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Documento BOE-A-2003-16259

Resolución de 15 de julio de 2003, del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, por la que se da publicidad al resumen de la cuenta anual del ejercicio 2002 del Organismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2003, páginas 31729 a 31737 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2003-16259

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado 6 del punto primero de la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de Junio de 2000, por la que se regula la obtención y rendición de cuentas a través de soporte informático para los organismos públicos a los que sea de aplicación la instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace público el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2002 del Organismo Autónomo Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

Madrid, 15 de Julio de 2003.‒El Presidente, José Folgado Blanco.

Ilma. Sra. Directora General del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

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D. MEMORIA

1. Organización

La ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en su artículo 78, creo el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, como Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Industria y Energía a través de la Secretaría de Estado de Energía y Recursos Minerales. Siendo su objeto, la ejecución de la política de reestructuración de la minería del carbón, así como el desarrollo y ejecución de cuantas medidas se dirijan a fomentar el desarrollo económico de aquellas zonas que, de acuerdo con la normativa aplicable, tengan la consideración de municipios mineros del carbón.

Por el Real Decreto 689/2000, de 21 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y Hacienda, este organismo queda adscrito al Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa.

El Real Decreto 492/1998, de 27 de marzo por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, establece cuales son las funciones del Instituto para poder desarrollar su objeto, y cuales son sus órganos de dirección.

Funciones:

a) Gestionar las ayudas de cualquier naturaleza que se concedan a las empresas dedicadas a la minería del carbón, tanto por su actividad minera como por procesos de reestructuración y racionalización de las misma.

b) Inspeccionar y controlar las producciones de carbón de las empresas mineras.

c) Gestionar las ayudas que puedan corresponder a los sujetos productores de energía eléctrica, titulares de centrales térmicas.

d) Gestionar las ayudas destinadas a cubrir cargas excepcionales vinculadas a planes de modernización, reestructuración y racionalización de la actividad de las empresas mineras del carbón.

e) Gestionar las ayudas de cualquier naturaleza que tengan por objeto el desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón.

f) Desarrollar políticas de difusión y asesoramiento técnico sobre normativa de ayudas, aspectos mercantiles, fiscales y otros que permitan la captación de proyectos empresariales y su implantación en las zonas mineras del carbón.

g) Suscribir convenios, tanto como personas privadas o públicas, para el mejor cumplimiento de su objetivo.

h) Articular y desarrollar cuantos incentivos financieros se consideren oportunos para fomentar el desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón.

i) Elaborar estudios, estadísticas e información general relativa al sector minero.

j) Realizar cuantas otras funciones y actividades sean necesarias para la adecuada implantación de la política de reordenación de la minería del carbón y para el desarrollo económico alternativo de las zonas mineras del carbón.

Órganos de dirección:

a) Consejo Rector. Integrado por:

El Presidente, que lo será del Instituto.

El Vicepresidente, que será el Director General del Instituto.

Vocales.

b) El Presidente.

c) El Director General.

d) El Gerente con rango de Subdirector General. Dependiendo del Gerente, existen cuatro áreas:

1. Secretaría General. Dentro de la Secretaría General, existen los siguientes servicios:

Servicio de Recursos Humanos.

Servicio de Asuntos Generales.

Servicio de Gestión Económica y Habilitación.

Servicio de Contabilidad

2. Área de Explotación.

3. Unidad de Reestructuración.

4. Unidad de Reactivación.

e) Adscrita a la dirección del Instituto: La Intervención Delegada de la General de la Administración del Estado.

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