Por Resolución de fecha 16 de junio de 2003 (BOE del 23),
se aprobaron las listas definitivas de admitidos y excluidos y las
puntuaciones definitivas de la fase general del concurso de méritos
para la provisión de vacantes de personal docente en el exterior,
convocado por Orden ECD/798/2003, de 21 de marzo (Boletín
Oficial del Estado, de 8 de abril),
Vistas las reclamaciones presentadas en plazo y recibidas con
posterioridad a la citada Resolución de 16 de junio de 2003,
Esta Dirección General ha resuelto su rectificación en los
siguientes términos:
Primero.-Considerar incluidos en la relación definitiva de
admitidos que no han superado la fase general, con indicación
del idioma acreditado y de las puntuaciones definitivamente
obtenidas a los participantes que figuran en el Anexo I a esta
Resolución.
Segundo.-Rectificar las puntuaciones definitivas obtenidas en
la fase general por los participantes que figuran en el Anexo II
a esta Resolución y que aparecían incluidos en la relación definitiva
de aspirantes admitidos que participan desde los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas
y Técnicos de Formación Profesional, con indicación del nivel de
idioma acreditado.
Tercero.-Rectificar las puntuaciones definitivas obtenidas en
la fase general de los participantes que figuran en el Anexo III
a esta Resolución y que aparecían incluidos en la relación definitiva
de aspirantes admitidos que participan desde el Cuerpo de
Maestros, con indicación del nivel de idioma acreditado.
Cuarto.-Los profesores a que se refieren los punto primero,
segundo y tercero, estarán a lo dispuesto en la Resolución de
16 de junio de 2003.
Quinto.-Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa
y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo
órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 2 de julio de 2003.-La Directora general, Engracia
Hidalgo Tena.
Sres. Subdirector general de Cooperación Internacional,
Subdirectora general de Ordenación y Desarrollo de Recursos
Humanos.
ANEXOS : (Ver imágenes páginas 29396 a 29398)
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