Por Resolución de 30 de junio de 2003, de la Dirección General
de Instituciones Penitenciarias ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de
julio), se hacen públicas las listas provisionales de admitidos y
excluidos para las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escalas Masculina y
Femenina, mediante el sistema de concurso-oposición, en el marco del
proceso de consolidación de empleo temporal.
De acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de
enero, expirado el plazo de diez días hábiles para poder subsanar
el defecto que en su día motivó la exclusión en las listas
mencionadas anteriormente, se acuerda aprobar el listado definitivo
de admitidos y excluidos, en los anexos que se adjuntan:
Primero.-Relación de aspirantes que en la Resolución de 30
de junio de 2003 ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de julio) no
aparecían admitidos o aparecían excluidos y después de presentar
escrito de subsanación de defectos u omisiones han sido admitidos
(anexo I). Esta relación se hará pública a través de su exposición
en los tablones de anuncios de los Centros Penitenciarios,
Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en
Subdelegaciones del Gobierno en las provincias, en la Dirección
General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en
la Dirección General de la Función Pública y en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones
Públicas.
Segundo.-Relación de aspirantes que han quedado
definitivamente excluidos (anexo II), con expresión de las causas de
exclusión que se adjuntan en el anexo III.
Frente a los actos de exclusión definitivos dictados por la
autoridad convocante podrán los aspirantes interponer
potestativamente recurso de reposición ante esta autoridad convocante en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la
publicación de la Resolución o ser impugnada directamente ante el
órgano jurisdiccional competente, pudiendo interponerse en este
caso recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses
a contar a partir del día siguiente de la publicación de la
Resolución, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley
4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 21 de julio de 2003.-El Director general, Ángel Yuste
Castillejo.
Ilmos. Sres. Presidentes de los Tribunales Calificadores.
ANEXOS : (Ver imágenes página 29394)
ANEXO II
Ministerio del Interior.
Dirección General de Instituciones Penitenciaras
Cuerpo de Ayudantes II. PP., Escala Masculina P. Consolidación
LISTA DE EXCLUIDOS
Núm.
orden
Instancia Apellidosynombre DNI Fecha
de nacimiento
Minusvalía
Exclusiones
1 195 Esteban Piquero,
Francisco José.
07517572 10/07/1962 0 2
2 102 Ruiz Abad,
Eduardo Félix.
45281211 25/10/1969 0 2
ANEXO III
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, Escalas
Masculina y Femenina, mediante sistema de
concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación de empleo
temporal
Cuadrodeexclusiones
1 Instancia fuera de plazo.
2 Falta de pago de las tasas de los derechos de examen
correspondientes.
3 Falta declaración jurada o promesa escrita de que carece
de rentas superiores al salario mínimo
interprofesional, necesaria para estar exento del pago.
4 Falta de certificación de no negación de participación
en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales, necesaria para estar exento de pago.
5 Falta del tiempo suficiente en el certificado de demanda
de empleo, necesario para estar exento de pago.
6 No cumplir el requisito de la base 2.1.1 de la
convocatoria.
7 Falta de firma en la solicitud.
8 Modelo no oficial de solicitud.
9 Instancia de solicitud sin completar datos.
10 Falta certificado de la demanda de empleo necesario
para estar exento del pago de tasas.
11 Pago insuficiente de las tasas de derecho de examen.
12 Falta de fotocopia del documento de identidad.
13 Edad insuficiente.
14 No cumplir alguno de los requisitos establecidos en la
base 2.2 de la convocatoria.
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