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Valorada la solicitud presentada, de acuerdo con lo establecido en la norma VIII de la convocatoria y una vez elevada la candidatura por el Comité de Selección, la Dirección del Instituto de Estudios Fiscales por las competencias atribuidas mediante Real Decreto 63/2001, de 26 de enero de 2001, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo del Instituto de Estudios Fiscales, ha acordado la adjudicación definitiva de la citada beca a:
Dña Trinidad Vázquez Ruano. N.I.F.: 78681993-M
Contra la resolución del procedimiento de concesión de la beca, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 9.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, con arreglo a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 23 de junio de 2003.–El Director, Juan José Rubio Guerrero.
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