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Documento BOE-A-2003-11590

Resolución de 22 de mayo de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud y el Instituto Social de la Marina, para la asistencia sanitaria telemática del buque destinado a la campaña de asistencia médica embarcada, por el Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla".

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2003, páginas 22331 a 22332 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-11590

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud y el Instituto Social de la Marina, para la asistencia sanitaria telemática del Buque destinado a la Campaña de Asistencia Médica Embarcada, por el Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla», y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de mayo de 2003.‒El Secretario General Técnico, Luis Martínez-Sicluna-Sepúlveda.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud (SCS) y el Instituto Social de la Marina, para la asistencia sanitaria telemática del Buque destinado a la Campaña de Asistencia Médica Embarcada, por el Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla»

REUNIDOS

En Santander, a 8 de abril de 2003.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Jaime del Barrio Seoane, Consejero de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales y Presidente del Consejo de Dirección del Servicio Cántabro de Salud, y actuando en nombre y representación de dicho Organismo Autónomo con la autorización del Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 k) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De otra parte, la Ilma. Sra. Dña. María Antonia Lucena Varea, Directora General del Instituto Social de la Marina, según nombramiento por Real Decreto 1022/2000, de fecha 2 de junio de 2000, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (B.O.E. n.º 133, de 3 de junio de 2000), actuando en nombre y representación del citado organismo.

Ambas partes se reconocen mutuamente la competencia y capacidad legal para obligarse y suscribir en nombre de sus respectivas Entidades, el presente Convenio de Colaboración el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

1. El objeto de este Convenio es definir los términos de colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud y el Instituto Social de la Marina para la prestación de asesoramiento médico y asistencia sanitaria especializada a distancia por parte del Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla» a los pacientes que, hallándose ingresados en el Buque Sanitario destinado a la Campaña de Asistencia Médica Embarcada requieran, a juicio de los facultativos del citado Buque, tales atenciones.

Asimismo, prestará asesoramiento y asistencia técnica a dichos facultativos en la realización de intervenciones de carácter menor.

2. Para los contenidos indicados se utilizarán los medios técnicos existentes en el citado Buque para la transmisión de imágenes y datos, a cuyo efecto el Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla», recibirá la oportuna dotación instrumental que permita contactar con el Buque Sanitario.

Segunda. Obligaciones del Instituto Social de la Marina.

El Instituto Social de la Marina, en cumplimiento del compromiso asumido con el Servicio Cántabro de Salud se obliga a facilitar al Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla» las dotaciones técnicas e instrumentales que sean necesarias para la comunicación y transmisión de imágenes y datos con el Buque Sanitario, así como su mantenimiento y reparación.

Tercera. Obligaciones del Servicio Cántabro de Salud.

El Servicio Cántabro de Salud, en cumplimiento del compromiso asumido con el Instituto Social de la Marina, se obliga a mantener un servicio permanente de asesoramiento a lo largo de las 24 horas, durante los 365 días del año, en el Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla» atendido por facultativos que reciban, en todo momento, las consultas efectuadas desde el Buque Sanitario y que en atención a su naturaleza, deriven las mismas al especialista o especialistas que correspondan del citado centro hospitalario para su debida atención.

Asimismo, el Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla» se compromete a restituir al Instituto Social de la Marina las dotaciones técnicas e instrumentales no estructurales facilitadas por el mismo en perfecto estado de uso, en el supuesto de resolución del Convenio según lo previsto en la cláusula Octava del mismo.

Cuarta. Régimen económico.

El asesoramiento necesario, que comprende todas las consultas con diferentes especialistas, para cada paciente del Buque Sanitario, tendrá a los efectos de este Convenio, la consideración de acto médico único.

Dicho asesoramiento prestado desde el Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla» se facturará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de junio de 2001 de la Dirección General del Instituto Nacional de la Salud, norma aplicable según lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley de Cantabria 10/2001, de creación del Servicio Cántabro de Salud, por la que se regulan los precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Cántabro de Salud, percibiendo la cantidad de 77,09 € por cada acto médico efectuado.

Con carácter mensual el Servicio Cántabro de Salud, a través del Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla», facturará los actos médicos realizados en el período, con relación nominal de los mismos.

Quinta. Revisión del Convenio.

El precio se actualizará de conformidad con lo que establezca la normativa que los rija.

Sexta. Duración del Convenio.

El presente convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y su duración será la correspondiente a la Campaña de Asistencia Médica Embarcada, de marzo hasta noviembre de 2003, ambos inclusive, pudiendo ser prorrogado mediante acuerdo expreso de las partes para la Campaña del siguiente ejercicio.

Séptima. Comisión de Seguimiento.

Se crea una Comisión de Seguimiento del presente Convenio integrada por dos representantes del Servicio Cántabro de Salud y dos del Instituto Social de la Marina que serán designados por cada Organismo.

Su régimen y funcionamiento se consensuará en el seno de la citada Comisión y en lo no previsto, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Corresponde a esta Comisión resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de este Convenio.

Octava. Resolución del Convenio.

Además de las previstas en la normativa vigente, produce la resolución del presente Convenio su incumplimiento por cualquiera de las partes, dando lugar, en caso de incumplimiento por parte del Instituto Social de la Marina, del pago de las cantidades que en el momento de la resolución se adeudarán por los servicios efectivamente prestados, hasta esa fecha por el Hospital Universitario «Marqués de Valdecilla».

Novena. Jurisdicción competente.

El presente convenio se formaliza de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, dada la naturaleza administrativa del presente convenio, serán resueltas por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y para la debida constancia de todo lo acordado, se firma el presente Convenio de Colaboración, en cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicado.

El Consejero de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales, Jaime del Barrio Seoane.‒La Directora General del Instituto Social de la Marina, M.ª Antonia Lucena Varea.

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