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Documento BOE-A-2003-10406

Orden TAS/1260/2003, de 12 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social por las modalidades de acceso libre y de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2003, páginas 19784 a 19793 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-10406

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 215/2003, de 21 de febrero, por el que se

aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2003 ("Boletín

Oficial del Estado" del 22), autoriza en su Anexo la convocatoria

de veintiuna plazas para el ingreso en la Escala de Programadores

de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Igualmente, el artículo 5 del citado Real Decreto prevé la convocatoria

de hasta 3727 plazas de promoción interna para los distintos

grupos de personal funcionario, con la distribución por Cuerpos y

Escalas que determine el Ministerio para las Administraciones

Públicas. Una vez efectuada dicha distribución, han sido

adjudicadas doce plazas para el ingreso en la Escala de Programadores

de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

En cumplimiento de lo dispuesto en el referido Real Decreto

215/2003, de 21 de febrero, y con el fin de atender las necesidades

de personal en la Administración de la Seguridad Social, este

Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas

en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997 de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda publicar la convocatoria de pruebas selectivas

para ingreso en la Escala de Programadores de Informática de

la Administración de la Seguridad Social, con dos modalidades

de acceso, una para la cobertura de las plazas previstas en el

Anexo del Real Decreto 215/2003, de 21 de febrero y otra, para

la cobertura de las plazas previstas en el artículo 5 de dicho Real

Decreto, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 21 plazas de

la Escala de Programadores de Informática de la Administración

de la Seguridad Social, por el sistema general de acceso libre.

Del total plazas se reservará una para quienes tengan la

condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior

al 33 por 100.

Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva de discapacitados,

los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase de

oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad

de condiciones, a las de acceso libre.

La plaza no cubierta por el cupo de reserva de discapacitados

se acumulará a las de acceso libre.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

1.2 Asimismo se convocan pruebas para cubrir 12 plazas de

la Escala de Programadores de Informática de la Administración

de la Seguridad Social, por promoción interna.

En el caso de que estas plazas quedaran vacantes no podrán

acumularse a las de la modalidad de acceso libre.

1.3 El proceso selectivo será único para ambas modalidades

de acceso y constará de una fase de Oposición y otra de Período

de Prácticas. El proceso constará, además, de una fase de

Concurso para los aspirantes por promoción interna.

El proceso selectivo se realizará con las valoraciones, pruebas

y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá la

superación de un período de prácticas.

Para la realización de este período de prácticas, los aspirantes

que hayan superado la fase de oposición serán nombrados

funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

Los aspirantes deberán optar por el sistema general de acceso

libre o por el de promoción interna.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

1.5.1 Fase de oposición: para todos los aspirantes.

El primer ejercicio se realizará en la fecha y lugares que

determine la Resolución a la que se hace referencia en la base 4.1.

La duración máxima de la fase de Oposición será de seis meses,

contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

Dicha fase deberá concluir, necesariamente, antes de finalizar el

año 2003.

1.5.2 Fase de Concurso: únicamente para los aspirantes por

promoción interna.

La fase provisional de concurso se publicará con la relación

de opositores que superen el primer ejercicio, y la fase definitiva,

por Resolución del Subsecretario del Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales, con la relación de opositores que superen el segundo

ejercicio.

1.5.3 Período de Prácticas: Se realizará a continuación de

la fase de Oposición para aquellos aspirantes que hayan superado

la misma.

El Período de Prácticas comenzará en el plazo máximo de tres

meses, a partir de la publicación en el BOE de la lista definitiva

de aprobados, y tendrá una duración máxima de seis meses.

1.6 Los aspirantes que accedan por el sistema de promoción

interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los provenientes

del sistema de acceso libre para cubrir los puestos de trabajo

vacantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del R.D.

364/1995, de 10 de marzo.

1.7 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

1.8 La presente convocatoria y los actos que se deriven de

ella podrán ser consultados en la siguiente página web:

"www.seg-social.es".

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Ser español o nacional de alguno de los Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que

en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la

Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado

la edad de jubilación.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener título

de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto

Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100.

2.3 Los aspirantes que concurran por promoción interna

deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

2.3.1 Ser personal de las Administraciones u Organismos

señalados en el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, pertenecer como

funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del

Grupo C relacionados en el Anexo VI de estas bases, y tener una

antigüedad de, al menos, dos años de servicios efectivos prestados

como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala del Grupo C

desde el que participan.

2.3.2 También podrán participar los funcionarios de Cuerpos

y Escalas Postales y de Telecomunicaciones adscritos al Grupo C

que estén destinados en la Administración General del Estado.

2.3.3 Estar incluido a efectos de promoción profesional en

el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

2.4 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de Organismos Internacionales, que

posean nacionalidad española y la titulación exigida para

participar en las pruebas selectivas.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán

al Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá

la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública,

en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero

y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se

acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del

pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan

en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse

en España en régimen de estancia, deberán presentar una

fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los opositores que participen por promoción interna y

no desempeñen un puesto de trabajo, con carácter definitivo, en

la relación de puestos de trabajo de la Administración de la

Seguridad Social, presentarán unida a su solicitud certificación de

méritos (según modelo que figura como Anexo V) expedida por los

servicios de personal de los Ministerios u organismos donde

presten o hayan prestado sus servicios.

La certificación de méritos deberá ir referida a la fecha de

publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, dictará

Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada

la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución,

que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se

relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas

de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional

de identidad o pasaporte y modalidad de acceso, señalando un

plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión, contados a partir del siguiente al

de la publicación de la citada Resolución. Asimismo, se indicarán

los lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de

aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del

primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

en el Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación

y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos

Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt,

número 4, 28071 Madrid.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial

del Estado de 14 de marzo), por la que se anuncia el resultado

del sorteo celebrado el día 10 del referido mes de marzo. De

acuerdo con dicha Resolución, en el supuesto de que no exista ningún

aspirante cuyo primer apellido comience por la letra "X", el orden

de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido

comience por la letra "Y" y así sucesivamente.

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

No obstante, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba

hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo

de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido el primer ejercicio de la fase de la Oposición,

el Tribunal hará públicas, en los lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes que

lo hayan superado por orden alfabético y por cada modalidad

de acceso, con indicación de la puntuación obtenida y la

puntuación provisional de Concurso, así como del número del

documento nacional de identidad.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,

contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar

sus alegaciones respecto a la valoración provisional de méritos

en la fase de Concurso.

Los aspirantes destinados en la relación de puestos de trabajo

de la Administración de la Seguridad Social que, habiendo

superado el primer ejercicio, participen por promoción interna, deberán

presentar, en un plazo de veinte días naturales contados a partir

del siguiente al que se hagan públicas las listas de aprobados

del primer ejercicio, certificación expedida por los servicios de

personal de los Ministerio, Organismo, Entidades Gestoras o

Servicio Común de la Seguridad Social donde presten o hayan

prestado sus servicios, según modelo que figura como Anexo V a esta

convocatoria.

La presentación de la certificación podrá hacerse en cualquiera

de los lugares indicados en la base 3.1 de esta convocatoria.

La no presentación de la certificación en el plazo señalado

supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso

a efectos de lo previsto en el Anexo I.

La relación de las puntuaciones definitivas de la fase de

Concurso se publicará mediante Resolución del Subsecretario del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales simultáneamente a las

calificaciones del segundo ejercicio para aquellos aspirantes que

en el mismo hayan alcanzado el mínimo necesario según lo

establecido en el Anexo I de esta convocatoria, en los lugares señalados

en la base 6.3 de la convocatoria.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal

elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de

aspirantes que han superado dicha fase, por cada modalidad de acceso,

por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones

de cada uno de los ejercicios, la puntuación obtenida en la fase

de Concurso, para los aspirantes por promoción interna, y la suma

total. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el

día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter

potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes

a contar desde el día siguiente al de su publicación, significándose,

que en este caso, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley.

Madrid, 12 de mayo de 2003.-P. D. [Art. 2.8 a) O.M. 21.05.96,

B.O.E. del 27], el Subsecretario, José Marí Olano.

ANEXO I

Proceso de selección y valoración

El proceso de selección para el acceso a la Escala de

Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad

Social para los aspirantes del sistema general de acceso libre,

constará de dos fases:

a) Oposición.

b) Período de Prácticas.

Para los aspirantes que participen por promoción interna

constará de las siguientes fases: Concurso, Oposición y Período de

Prácticas.

A) Fase de Concurso:

No tendrá carácter eliminatorio. La certificación de méritos para

la valoración de la fase de concurso deberá estar referida a la

fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín

Oficial del Estado.

1. Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios

efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/78,

de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por año hasta un máximo

de 28 puntos.

2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará

la siguiente puntuación:

Grados 11 y 12: 11,00 puntos

Grados 13 y 14: 12,00 puntos

Grados 15 y 16: 13,00 puntos

Grados 17 y 18: 14,00 puntos.

Grados 19 y 20: 15,00 puntos

Grados 21, 22 o superior: 16,00 puntos.

3. Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con

carácter definitivo en la Relación de Puestos de Trabajo de la

Administración de la Seguridad Social, se otorgará la siguiente

puntuación:

Nivel 14: 14,00 puntos

Nivel 15: 15,00 puntos

Nivel 16: 16,00 puntos

Nivel 17: 17,00 puntos

Nivel 18: 18,00 puntos

Nivel 19: 19,00 puntos

Nivel 20: 20,00 puntos

Nivel 21, 22 o superior: 21,00 puntos

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia

de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Relación de Puestos de Trabajo de la

Administración de la Seguridad Social y a los funcionarios en situación

de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la

Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la

Seguridad Social, el nivel del puesto de trabajo en el que les

correspondería realizar el reingreso.

4. Puntuación alcanzada en la convocatoria de 2002: A los

opositores que hayan superado los dos ejercicios de la

convocatoria de 2002 y no hayan obtenido una de las plazas que se

convocaban, se les otorgarán 7 puntos.

B) Fase de Oposición:

Tanto para los aspirantes por promoción interna como para

los de acceso libre, la fase de Oposición estará formada por los

siguientes ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio:

1. Primer ejercicio: Para los aspirantes de acceso libre y los

de promoción interna no exentos de la materia general del

programa (forma de acceso "B"), consistirá en contestar por escrito

a un cuestionario de 90 preguntas sobre la totalidad de las materias

contenidas en el programa a que hace referencia el Anexo II.

Los aspirantes que participen por promoción interna y que

pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que figuran en el Anexo VI con

los códigos números 1188 (exclusivamente los que procedan por

integración de la Escala de Operadores de Ordenador de

Informática de la Administración de la Seguridad Social), 1616, 1633,

1640, 1641, y 1654, forma de acceso "A", estarán exentos de

la materia general del programa señalado en el Anexo II y

contestarán por escrito a un cuestionario de 60 preguntas.

Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con

respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, y teniendo

todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se

valorarán negativamente.

Este ejercicio se realizará en sesión única y con una duración

de 90 minutos para los aspirantes de acceso libre y de promoción

interna no exentos de la materia general del programa (forma

de acceso "B"). Para los aspirantes de promoción interna exentos

de la materia general del programa (forma de acceso "A"), la

duración del ejercicio será de 60 minutos.

El ejercicio se calificará de cero a 50 puntos, siendo necesario

obtener 25 puntos para acceder al segundo ejercicio. Esta

puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas que

se deriven de los baremos que fije el Tribunal.

2. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito,

durante un período de 4 horas, de un supuesto práctico. Para

la resolución del supuesto, el Tribunal podrá proponer a los

aspirantes la posibilidad de elegir una entre varias opciones

tecnológicas distintas, correspondientes a diferentes dominios del

conocimiento en el campo de los Sistemas y Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones, relacionadas con las materias que

figuran en el Anexo II de la convocatoria.

El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el opositor en

sesión pública ante el Tribunal.

Una vez leído ante el Tribunal el ejercicio completo, éste

procederá a realizar cuantas preguntas considere necesarias durante

un período máximo de veinte minutos, para determinar el grado

de adecuación de la solución propuesta.

Se calificará con un máximo de 50 puntos. Para superar este

ejercicio será necesario obtener un mínimo de 25 puntos. Esta

puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas

que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada, para

los participantes por el sistema de acceso libre, por la suma total

de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

De mantenerse esta circunstancia, se dirimirá con la realización

de una prueba complementaria, a determinar por el Tribunal, en

el plazo máximo de un mes contado a partir de la publicación

de la relación de opositores que superan el segundo ejercicio.

Esta prueba complementaria la realizarán exclusivamente los

opositores afectados por el empate para establecer el orden de

prioridad entre ellos.

A los aspirantes por el sistema de promoción interna, se les

adicionará, a la puntuación obtenida por la suma de las

calificaciones de los dos ejercicios, la puntuación obtenida en la fase

de Concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. De mantenerse

esta circunstancia se dirimirá a favor de la mayor puntuación

alcanzada en el primer ejercicio, en la fase de Concurso, en el mérito

de antigüedad y, de persistir aún la situación de empate, se

atenderá a la puntuación otorgada al trabajo desarrollado y al grado

consolidado, por este orden. Si aún hubiera lugar para ello, se

dirimirá acudiendo al mayor número de días de servicio prestados

y reconocidos al amparo de la Ley 70/78, de 26 de diciembre,

finalmente se atenderá al mayor nivel de titulación académica

poseída.

En los ejercicios que se exima a los aspirantes que ostenten

la condición de funcionarios de organismos internacionales, se

otorgará la calificación mínima exigida para la superación de los

mismos. Los interesados podrán renunciar a tal calificación y

participar en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad

de condiciones que el resto de los aspirantes del sistema general

de acceso libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo por escrito

con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

C) Período de Prácticas:

Los aspirantes aprobados, nombrados funcionarios en prácticas

por Orden de la autoridad convocante, participarán en el Período

de Prácticas correspondiente a la tercera fase del proceso de

selección. El período de prácticas no tendrá carácter eliminatorio.

El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los tres meses

siguientes a la finalización de la fase de Oposición. Su duración,

que no excederá de seis meses, así como su contenido se

concretará por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales. Esta fase tendrá como finalidad esencial

la adquisición por parte de los funcionarios en prácticas del

conocimiento de aquellas materias de carácter eminentemente

informático necesario para el desempeño de los puestos a ocupar.

Al finalizar el Período de Prácticas, los aspirantes serán

evaluados por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales en base a los informes emitidos por los responsables

de las unidades en las que se realicen las citadas prácticas,

calificándose de "Aptos" o "No aptos", siendo necesario obtener la

calificación de "Apto" para superarlo.

D) Superación de ejercicios de esta convocatoria de los

aspirantes por promoción interna:

Los aspirantes que en el turno de promoción interna hubieran

superado las pruebas pero, al no reunir méritos suficientes, no

hubieran aprobado, quedarán exentos de la realización de las

pruebas en la siguiente convocatoria.

ANEXO II

PROGRAMA

Materia general

I. Seguridad Social

Tema 1. La Seguridad Social en la Constitución Española de

1978. El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

de 1994. Estructura y contenido.

Tema 2. Régimen económico financiero de la Seguridad

Social: Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social.

Recursos generales de la Seguridad Social. Inversiones.

Tema 3. Campo de aplicación y composición del sistema de

la Seguridad Social. Régimen General: Ámbito subjetivo de

aplicación, inclusiones y exclusiones.

Tema 4. Campo de aplicación y composición del sistema de

la Seguridad Social. Regímenes Especiales: Enumeración y

características generales. Sistemas Especiales: Enumeración y

características generales.

Tema 5. Normas sobre afiliación. Altas y bajas en el Régimen

General. Procedimiento y efectos. El convenio especial y otras

situaciones asimiladas a la del alta. Encuadramiento e inscripción.

Tema 6. Contingencias y situaciones protegidas. El concepto

de Accidente de Trabajo. El accidente "in itinere". El concepto

de Enfermedad Profesional.

Tema 7. Acción protectora. Contenido y clasificación de las

prestaciones. caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades.

Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.

Tema 8. Requisitos generales del derecho a las prestaciones.

Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento

de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización.

Automaticidad y anticipo de prestaciones.

Tema 9. Incapacidad temporal: Concepto y causas que

motivan esta situación. Beneficiarios. Prestación económica:

Determinación y cuantía. Nacimiento, duración y extinción del derecho

al subsidio. Maternidad: Prestaciones y duración.

Tema 10. Incapacidad permanente en la modalidad

contributiva. Concepto. Grados de incapacidad. Prestaciones:

determinación y cuantía. Beneficiarios. Nacimiento, duración y extinción

del derecho.

Tema 11. Lesiones permanentes no invalidantes. La

calificación y revisión de la incapacidad permanente.

Tema 12. Jubilación en la modalidad contributiva: Concepto.

Requisitos: Especial referencia a la edad de jubilación.

Determinación de la cuantía de la prestación: Base reguladora y porcentaje

aplicable. Suspensión y extinción de la prestación.

Tema 13. La protección por muerte y supervivencia. Hecho

causante. Requisitos para las pensiones de viudedad, orfandad

y en favor de familiares. Cuantía de las prestaciones.

Compatibilidad. Extinción. El auxilio por defunción.

Tema 14. Prestaciones familiares por hijo a cargo.

Modalidades contributiva y no contributiva. Requisitos para el

reconocimiento. Cuantía de las prestaciones. Supuestos especiales.

Régimen de incompatibilidades.

Tema 15. Las pensiones no contributivas. Antecedentes.

Invalidez no contributiva: Concepto, beneficiarios, cuantía y régimen

de jurídico. Jubilación no contributiva: Concepto, beneficiarios,

cuantía y régimen jurídico. Las pensiones de ancianidad en favor

de españoles no residentes.

Tema 16. La asistencia social y los servicios sociales. La

protección a la tercera edad. La protección a la minusvalía. El empleo

de los trabajadores minusválidos. Régimen unificado de ayudas

públicas a disminuidos. Otros servicios sociales.

Tema 17. Revalorización de pensiones: Pensiones únicas y

pensiones concurrentes. Cuantías mínimas y complementos por

mínimos. Límites máximos.

Tema 18. La cotización a la Seguridad Social: Normas

comunes del Sistema. La liquidación de cuotas. El Régimen General

de la Seguridad Social. Supuestos especiales. Bases y tipos de

cotización. Liquidación de otras deudas.

Tema 19. La gestión recaudatoria: Concepto, competencia

y objeto. Responsables del pago. Requisitos para el pago de las

distintas formas de extinción de las deudas. El aplazamiento. La

Recaudación en período voluntario. Efectos de la falta de

recaudación en plazo reglamentario. Recaudación de otros recursos.

Capitales coste de pensiones. Control de recaudación.

Tema 20. La recaudación en vía ejecutiva. Normas generales.

Iniciación y títulos ejecutivos. La providencia de apremio.

Oposición y efectos. El embargo de bienes. Enajenación de bienes.

Modalidades. Créditos incobrables. Tercerías.

Tema 21. Gestión de la Seguridad Social. Entidades gestoras:

Naturaleza, organización y funciones.

Tema 22. La Tesorería General de la Seguridad Social:

naturaleza, competencias y funciones. Estructura orgánica. Especial

referencia a la Gerencia de Informática. Naturaleza, estructura

y funciones.

Tema 23. La colaboración en la gestión. Mutuas de Accidente

de trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Requisitos para su constitución, competencias y ámbito de

colaboración. La colaboración empresarial: Colaboración obligatoria

y colaboración voluntaria.

Tema 24. Los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.

Régimen Especial Agrario. Planteamiento general, campo de

aplicación. Inscripción de los trabajadores en el censo. Cotización

y recaudación de los trabajadores y empresarios. Acción

protectora.

Tema 25. Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta

Propia o Autónomos. Campo de aplicación. Afiliación, altas y

bajas. Cotización. Acción protectora. Régimen Especial de los

Trabajadores del Mar. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas.

Cotización. Acción protectora.

Tema 26. Régimen Especial de la Minería del Carbón.

Antecedentes. Campo de aplicación. Particularidades en materia de

cotización y de la acción protectora con respecto al Régimen

General. Régimen Especial de Empleados de Hogar. Afiliación, altas

y bajas. Cotización. Acción protectora. El Seguro Escolar.

Tema 27. Los Regímenes Especiales externos al sistema

institucional de la Seguridad Social. La Seguridad Social de los

funcionarios civiles del Estado. La Seguridad Social de las Fuerzas

Armadas y de la Administración de Justicia.

Tema 28. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Órganos de dirección y tutela de la Seguridad Social. La Inspección

de Trabajo y Seguridad Social: Funciones y competencias.

Tema 29. Derecho Internacional de Seguridad Social.

Fuentes. Convenios bilaterales suscritos por España: Características

generales y principios que los informan. Convenios de la

Organización Internacional de Trabajo y del Consejo de Europa

ratificados por España.

Tema 30. Derecho comunitario de Seguridad Social. Fuentes.

La libre circulación de trabajadores en la Unión Europea.

Reglamentos de la Comunidad Europea en materia de Seguridad Social:

Especial referencia a los Reglamentos 1408/1971 y 574/1972

de la Comunidad Europea y sus actualizaciones.

II. Derecho Constitucional y Administrativo

Tema 1. La Comunidad Europea. Sistema Institucional.

Derecho comunitario europeo y derecho español.

Tema 2. La Constitución Española de 1978. Características.

Estructura. La reforma constitucional.

Tema 3. Las Cortes Generales. Las funciones de las Cortes.

El funcionamiento de las Cortes.

Tema 4. La Corona. El Rey. Funciones constitucionales del

Rey.

Tema 5. El poder judicial. Los derechos y libertades públicas.

Tema 6. El Gobierno. Composición y funciones.

Nombramiento y cese. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

Tema 7. El Tribunal Constitucional. Composición y

atribuciones. El Defensor del Pueblo.

Tema 8. La Administración y el derecho administrativo.

Organización administrativa.

Materia específica

I. Informática

Programación y análisis de aplicaciones (10)

Tecnología base (5)

Producción (6)

Sistemas operativos distribuidos (4)

Gestión y control de redes de comunicación (10)

Seguridad (5)

Programación y análisis de aplicaciones:

Tema 1. Análisis de Datos: Modelo Entidad/Asociación.

Tema 2. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y

normalización.

Tema 3. Análisis y diseño estructurado.

Tema 4. Análisis y diseño orientado a objetos.

Tema 5. Diseño de planes de pruebas de aplicaciones.

Tema 6. Planificación de control de calidad. Plan general de

garantía de calidad.

Tema 7. Uso de generadores de código y herramientas de

cuarta generación en las fases de diseño e implementación.

Tema 8. Conceptos básicos de orientación a objetos.

Programación orientada a objetos en Java. Objetos distribuidos.

Tema 9. Ficheros externos: Organización de ficheros,

compresión de datos, índices, ordenación de ficheros, técnicas

Hashing.

Tema 10. Temas avanzados de C: Tipos, operadores y

expresiones. Estructuras de control, tablas y punteros. Estructuras de

entrada/salida.

Tecnología base:

Tema 11. Conceptos básicos de Sistema Operativo.

Monitorización del Sistema Operativo.

Tema 12. Concepto de Base de Datos: Tipos de B.D. Bases

de datos con objetivos específicos: Data Warehouse, OLAP, Data

Mart, EIS , Data Mining.

Tema 13. Arquitectura de sistemas de almacenamiento en

disco. Niveles de RAID. Arquitectura de Librerías Automatizadas

de cartuchos. Librerías virtuales.

Tema 14. El sistema de Memoria: Tecnologías de los

dispositivos de memoria, memoria cache, memoria virtual y memoria

compartida.

Tema 15. Ordenadores de repertorio reducido de

instrucciones (RISC): Ventajas e inconvenientes frente a los CICS.

Características de un RISC genérico.

Producción:

Tema 16. Herramientas de producción: Gestión de

almacenamiento. Automatizadores de consola. Gestión de impresión.

Tema 17. Herramientas de producción: Monitores de

rendimiento y planificación de capacidad. Gestión de incidencias y

atención al usuario (Help Desk). Herramientas de distribución de

ficheros y de software.

Tema 18. Componentes fundamentales del hardware de una

instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.

Tema 19. Planificación de trabajos y sus recursos necesarios.

Control de ejecución de trabajos y rendimiento. Control de

incidencias en el sistema.

Tema 20. Sistemas de preexplotación y control de calidad.

Tema 21. Gestión de migración de aplicaciones.

Sistemas operativos distribuidos:

Tema 22. Introducción a los S.O. distribuidos: Conceptos de

hardware y software. Conceptos de diseño.

Tema 23. La comunicación en S.O. distribuidos: El modelo

ISO/OSI. El modelo Cliente/servidor.

Tema 24. Sincronización en S.O. distribuidos: Sincronización

de relojes, exclusión mutua, transacciones atómicas, bloqueos.

Tema 25. Gestión de ficheros en S.O. distribuidos: Conceptos

básicos. Conceptos de implementación.

Redes de comunicación:

Tema 26. Modelo de referencia OSI, servicios y protocolos

en el modelo OSI.

Tema 27. La Capa Física: Redes digitales y analógicas,

transmisión en banda base, modulación. Técnicas de multiplexación

y medios de transmisión.

Tema 28. La Capa de Enlace: Su función. Detección y

corrección de errores. Protocolos de la capa de enlace. Rendimiento

de protocolos.

Tema 29. Redes LAN: Servicios y normas IEEE-802.3 y 802.5.

Redes inalámbricas.

Tema 30. La Capa de Red: Servicios, circuitos virtuales y

datagramas. Técnicas de encaminamiento. Interconexión de redes.

Tema 31. Arquitectura TCP/IP: Generalidades,

direccionamiento y enrutamiento IP, protocolos de transporte TCP y UDP,

servicios a nivel de aplicación.

Tema 32. Redes públicas de datos: X.25, RDSI, Frame Relay

y ATM. Arquitectura de redes privadas: SNA.

Tema 33. Gestión de redes de área local.

Tema 34. Protección y seguridad en redes de área local.

Antivirus.

Tema 35. Redes internet y extranet. Conceptos, estructura

y características. Su implantación en las organizaciones.

Seguridad:

Tema 36. Planes de contingencia ante desastres. Política de

salvaguarda y recuperación de la información. Centros de

respaldo.

Tema 37. Planificación física de los datos: Concepto de copia

síncrona y asíncrona en subsistemas de almacenamiento de datos.

Tema 38. Seguridad lógica de los datos: Mecanismos de

implementación: Firewalls, Productos de protección de

recursos etc.

Tema 39. Encriptación: sistemas simétricos y asimétricos.

Clave pública y clave privada. Certificados digitales. Organismos

certificadores.

Tema 40. Seguridad perimetral. Medidas de seguridad física

y lógica. Control de accesos físicos.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Don Francisco Javier Martínez Abad, del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de Información de la

Administración del Estado.

Vocales: Doña Virginia del Pozo Queipo, del Cuerpo Superior

de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad

Social; don J. Antonio García Jiménez, del Cuerpo de Gestión

de Sistemas e Informática de la Administración del Estado; doña

Raquel Comet Gutiérrez, del Cuerpo Superior de Sistemas y

Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social.

Secretario: Doña M. Carmen Villa García, de la Escala de

Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad

Social.

Suplentes:

Presidente: Don Víctor Montero de Espinosa Rojo, del Cuerpo

Superior de Sistemas y Tecnologías de la Administración de la

Seguridad Social.

Vocales: Don Carlos Ferro Mora, del Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad Social;

doña M. Alejandra Torremocha Heras, del Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Administración de la Seguridad

Social; don Mario Antonio Triguero Garrido, de la Escala de

Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad

Social.

Secretario: Don José Luis Esteban Cerrato, de la Escala de

Programadores de Informática de la Administración de la

Seguridad Social.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

La solicitud se rellenará según lo establecido en el reverso de

la propia solicitud de admisión a las pruebas selectivas en la

Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen

(modelo 790) y conforme a las siguientes instrucciones

particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a centro gestor

se hará constar "Subsecretaría".

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala

de Programadores de Informática de la Administración de la

Seguridad Social", y en el recuadro correspondiente a "Código" figurará

"1632".

En el recuadro 17, "Forma de Acceso", los aspirantes que

participen por el sistema de acceso libre señalarán la letra "L". Los

aspirantes que participen por el sistema de promoción interna,

que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que se detallan en el

apartado B) del Anexo I de esta convocatoria, consignarán

necesariamente la letra "A". Los restantes opositores por promoción

interna consignarán la letra "B".

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales". No se

cumplimentará el espacio destinado a "Código" que figura a su

lado.

En el recuadro 19 se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en que se haya publicado la presente convocatoria.

En el recuadro 20 de la solicitud destinado a "Provincia de

examen" se consignará por los aspirantes, tanto por el sistema

de promoción interna como por el sistema de acceso libre, que

concurran a la celebración de estas pruebas, la provincia de

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por

el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se

consignará: Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,

Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o

equivalente.

En el recuadro 25, apartado A), "Datos a consignar según las

bases de la convocatoria", los aspirantes deberán indicar el código

del Cuerpo o Escala desde el que participan, según los códigos

de Cuerpos o Escalas que figuran en el Anexo VI de estas bases.

Los aspirantes que concurran por promoción interna y

pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que figuran en el Anexo VI con

los códigos números 1188 (exclusivamente los que procedan por

integración de la Escala de Operadores de Ordenador de

Informática de la Administración de la Seguridad Social), 1616, 1633,

1640, 1641, y 1654, forma de acceso "A", harán constar

necesariamente en este epígrafe la expresión "Exentos en el primer

ejercicio de la materia general del programa".

El importe de la tasa por derechos de examen será de 18,76

euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante el

sistema general de acceso libre.

Para los aspirantes que participen mediante el sistema de

promoción interna, la tasa por derechos de examen será de 9,38

euros.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se adjuntará el comprobante

bancario de haber satisfecho los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182/9002/48/0200000524, abierta en la

Sucursal 9002, Paseo de la Castellana, número 67, de Madrid,

C.P. 28046, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de

"Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta

restringida para la recaudación de tasas en el extranjero". El

ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde cualquier

entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la

correspondiente oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto

a la acreditación de las rentas se realizará mediante una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos

deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la mera presentación y pago en las oficinas

a que se hace referencia supondrá sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho

constar en sus solicitudes y documentación anexa.

ANEXO VI

CÓDIGO CUERPO/ESCALA

010 C. AGENTES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA

ADUANERA

122 VEEDORES SERV. DEFENSA CONTRA EL FRAUDE, A

EXTINGUIR

207 C. ADMINISTRATIVO, A EXTINGUIR

314 C. AUX. ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, A

EXTINGUIR

319 C. AYUDANTES CINEMATOGRÁFICOS, A EXTINGUIR

320 TRADUCTORES GABINETE PRENSA, A EXTINGUIR

414 C. TRADUCTORES DEL EJÉRCITO DEL AIRE

415 C. DELINEANTES DEL EJÉRCITO DEL AIRE

416 C. MAESTROS DE ARSENALES DE LA ARMADA

417 C. CARTÓGRAFOS DE LA ARMADA, A EXTINGUIR

626 C. CONTADORES DEL ESTADO, A EXTINGUIR

627 C. ADMINISTRATIVO DE ADUANAS, A EXTINGUIR

628 C. DELINEANTES

629 C. ESPECIALISTAS ELECTROMECÁNICOS DE LA

LOTERÍA NACIONAL

630 ESTADÍSTICOS TÉCNICOS A EXTINGUIR

918 C. CAPELLANES DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS

919 C. AYUDANTES DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS,

ESCALA MASCULINAS

920 C. AYUDANTES DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS,

ESCALA FEMENINA

1.018 C. TÉCNICOS MECÁNICOS DE SEÑALES MARÍTIMAS,

A EXTINGUIR

1.020 DELINEANTES, A EXTINGUIR LEY 33/1974

1.021 C. DELINEANTES DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

1.128 E. ADMINISTRATIVA OO.AA. SUPRIMIDOS, A

EXTINGUIR

1.129 PERSONAL DE LA CASA DE SU MAJESTAD EL REY,

GRUPO C

1.130 C. TÉCNICOS INTERPRET. LENGUA PROC. ZONA N.

MARRUECOS

1.132 C. ADMINISTRATIVO, A EXTINGUIR (REAL

DECRETO-LEY 23)

1.133 C. ADMINISTRATIVO DEL PATRIMONIO NACIONAL, A

EXTINGUIR

1.134 C. TÉCNICOS ESPECIALISTAS REPRODUCCIÓN

CARTOGRÁFICA

1.135 C. GENERAL ADMINISTRATIVO DE LA

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

1.136 C. DELINEANTES

1.188 C. TÉCNICOS AUXILIARES DE INFORMÁTICA DE LA

ADMÓN. DEL ESTADO

1.230 AG. INSP. PROCED. SERV. INSP. DISP. MERCADO

EXTERIOR

1.427 C. ADMINISTRATIVOS-CALCULADORES DE

METEOROLOGÍA DEL ESTADO

1.428 C. INTÉRPRETES INFORMADORES

1.429 C. OBSERVADORES DE METEOROLOGÍA DEL ESTADO

1.430 C. TÉCNICO ESPECIALISTAS TELECOMUNICACIONES

AERONÁUTICAS

1.431 C. EJECUTIVO POSTAL Y DE TELECOMUNICACIÓN

1.432 C. TÉCNICOS ESPECIALISTAS AERONÁUTICOS

1.433 C. TÉCNICOS ESPECIALIZADOS

1.516 C. CAPELLANES DE LA BENEFICENCIA GENERAL

1.616 C. ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

1.633 E. OPERADORES ORDENADOR INFORMÁTICA

ADMÓN. DE LA S. SOCIAL

1.640 E. ADMINISTRATIVA, A EXTING. DE LA

ADMINISTRACIÓN DE LA S. SOCIAL

1.641 E. OPERADORES ORDENADOR INFORMAT., A

EXTINGUIR ADMÓN. DE LA S. SOCIAL

1.642 E. DELINEANTES ADMINISTRACIÓN DE LA S. SOCIAL,

A EXTINGUIR

1.654 PLAZAS OPERADORES ORDENADOR, A EXTINGUIR

I.S.M.

1.703 SUBGRUPO ADMTVO. DEL GRUPO DE

ADMINISTRACIÓN GENERAL

CÓDIGO CUERPO/ESCALA

5.023 E. SECRET. COFRADÍAS 2.a CATEGORÍA, A EXTINGUIR

5.027 E. DELINEANTES DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL

MAPA

5.028 CONTABLES, A EXTINGUIR DEL SENPA

5.029 E. JEFE DE SILO, CENTRO DE SELECCIÓN Y

ALMACENAMIENTO

5.032 TRAD. BIBLIOT. SER. NAL. CUL. Y FERM. TAB.

5.033 E. PATRONES DE EMBARC. DEL INST. ESPAÑOL DE

OCEANOGRAFÍA

5.034 E. PREPARADORES INSTITUTO ESPAÑOL DE

OCEANOGRAFÍA

5.036 E. ADMINISTRATIVOS DE COFRADÍAS, A EXTINGUIR

5.037 E. AGENTES ECONOMÍA DOMÉSTICA DEL SER. DE

EXTENSIÓN AGRARIA

5.038 E. MONITORES DE EXTENSIÓN AGRARIA SERV. DE

EXTENSIÓN AGRARIA

5.039 E. SECRETARIOS SEGUNDA CATEGORÍAS DE

CÁMARAS AGRARIAS DEL IRA

5.040 E. ANALISTA DE LABORATORIO DEL IRA

5.041 AUXILIAR DE CAMPO DEL ICONA

5.043 E. OPERADOR DE RESTITUCIÓN DEL IRYDA

5.044 E. AUXILIAR TÉCNICO DEL IRYDA

5.045 E. INSPECTOR DE CAMPOS Y COSECHA INST.

SEMILLAS, PLANTAS VIVERO

5.046 E. PERIODISTA INST. ESTUDIOS AGRARIOS,

PESQUEROS Y ALIMENTARIOS

5.047 E. TÉCNICA COMISARÍA GRAL. DE ABASTEC. Y

TRANSPORTES DEL SENPA

5.053 MAQUINISTA DEL SENPA

5.213 E. TÉCNICO-ADMINISTRATIVO DE LA EDITORA

NACIONAL

5.214 DELIN. PATR. ALHAMBRA Y GENERALIFE

5.317 E. DELINEANTES DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL

M. DEFENSA

5.319 E. ESPECIALISTAS AVIACIÓN I.N.T.A. ESTEBAN

TERRADAS

5.320 E. DELINEANTES PROYECT. I.N.T.A ESTEBAN TERRADAS

5.321 E. ANALISTAS Y OPERADORES LABORAT. I.N.T.A.

ESTEBAN TERRADAS

5.322 PERSONAL DE TALLER DEL I.N.T.A. ESTEBAN TERRADAS

5.430 E. EXPERTOS DE SERVICIOS GENERALES DE

ENSEÑANZAS INTEGRADAS

5.431 E. AUXILIAR DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS

DE ORG. AUTON. MEC

5.432 E. DELINEANTES DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL

MEC

5.433 C. AYUDANTES DE INVESTIGACIÓN DEL CSIC

5.435 AUX. PS. INST. O. EDUC. PROF. P.P.F.P., A EXTINGUIR

5.527 E. INSPECTORES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA

ADUANERA

5.528 E. PATRONES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA

ADUANERA

5.530 E. MECÁNICOS NAVALES DEL SERVICIO DE

VIGILANCIA ADUANERA

5.616 E. DELINEANTES ORG. AUTÓNOMOS MINISTERIO

INDUSTRIA Y ENERGÍA

5.617 E. ESPECIALISTAS TÉCNICOS DE INVESTIGACIÓN DEL

CIEMAT

5.619 E. ADMINISTRATIVOS, A EXTINGUIR, DEL INI

5.620 E. TÉCNICOS SUBALTERNOS DE PRIMERA, A

EXTINGUIR, DEL INI

5.621 E. TÉCNICA SUBALTERNA DE SEGUNDA, A

EXTINGUIR, DEL INI

5.820 E. DELEGADOS TRIBUNALES DE LA OBRA DE

PROTECCIÓN DE MENORES

5.821 DIRECTORES INSTITUC. OBRA PROTECCIÓN DE

MENORES

5.822 EDUCADORES INSTITUCIONES DE LA OBRA DE

PROTECCIÓN DE MENORES

5.933 PAT. CAB. Y FOGON. HAB. (M. NAVAL.) N. SENT.

5.934 E. TÉCNICOS DE PROYECTOS Y OBRAS DE CONFED.

HIDROGRAF. DEL MOPU

CÓDIGO CUERPO/ESCALA

5.935 E. DELINEANTES DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEL

MOPU

5.936 E. CONTRAMAESTRES DE PUERTOS DE OO.AA. DEL

MOPU

5.940 E. AYUDANTE DE INGENIERO MANCOMUNIDAD DE

CANALES DEL TAIBILLA

5.941 E. TOPÓGRAFO 1 MANCOMUNIDAD DE CANALES DEL

TAIBILLA

5.943 E. AYUDANTES DE OBRAS CONFEDERACIÓN

HIDROGRÁFICA GUADALQUIVIR

5.944 E. ENCARGADO GRAL. CONFEDERACIÓN

HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR

5.945 E. AUXILIARES TÉCNICOS DEL CEDEX

5.946 C. TRADUCTORES TAQUÍGRAFOS, GRUPOS 1, 2 Y 3,

DEL CEDEX

5.947 E. PROGRAMADORES DEL CEDEX

5.948 E. PROGRAMADORES TÉCNICOS DEL INCE

6.025 E. ADMINISTRATIVA DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS

6.026 E. ADMINISTRATIVOS DE AISS, A EXTINGUIR

6.115 E. DELINEANTES DE AISNA

6.116 TERAPEUTAS OCUPACIONALES DE AISNA

6.322 TÉCNICOS-ADMTVOS., A EXTINGUIR, DEL INAS

6.323 E. DELINEACIÓN Y MEDIOS AUDIOVISUALES DEL

INEM

6.417 E. ÚNICA CUERPO ADMTIVO. O.M. 4-7-81, A

EXTINGUIR

6.466 E. OFICIALES ADMINISTRATIVOS DEL ICO

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