Visto el expediente de indulto de don Juan Francisco Mercadé Voltas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Tarragona, en sentencia de fecha 31 de diciembre de 1999, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas, y una falta de amenazas, a la pena de cinco días de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos entre los años 1989 y 1991, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de abril de 2002,
Vengo en conmutar a don Juan Francisco Mercadé Voltas las penas privativas de libertad impuestas, por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 19 de abril de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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