Visto el expediente de indulto de doña María Teresa Hernando Valles, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga, en sentencia de fecha 26 de junio de 1998, como autora de un delito de hurto, a la pena de seis meses y un día de prisión, y de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso ideal con otro continuado de estafa, a la pena de dos años, tres meses y un día de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de abril de 2002,
Vengo en conmutar a doña María Teresa Hernando Valles, las penas privativas de libertad impuestas, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 19 de abril de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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