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Documento BOE-A-2002-8914

Orden FOM/1013/2002, de 22 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Astrónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2002, páginas 16736 a 16746 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2002-8914

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,

de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 16), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2002 y con

el fin de atender las necesidades de personal en la Administración

Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31

de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo

informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,

acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

de Astrónomos (código 1105), con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas,

por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso

libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de

promoción interna asciende a una plaza.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema

general de acceso libre asciende a una plaza.

1.1.3 La plaza reservada a la promoción interna, en caso de

que no sea cubierta por este sistema, se acumulará a la del sistema

general de acceso libre.

En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción

interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general

de acceso libre.

1.1.4 El aspirante que ingrese por el sistema de promoción

interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrá en todo caso

preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de

acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

No será de aplicación en esta convocatoria lo previsto en el

punto 2 del artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo.

1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los

dos sistemas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3),

modificada por la 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial del

Estado" del 29), y por la 22/1993, de 29 de diciembre ("Boletín

Oficial del Estado" del 31) ; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre

("Boletín Oficial del Estado" del 24) ; el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), y

lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso,

oposición y curso selectivo previstas en el anexo I, con las

valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en

el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos, de conformidad con lo previsto en el

apartado 2.4 del anexo I, una vez aplicado lo dispuesto en la

base 1.1.4 de esta convocatoria.

1.6. El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

antes del 15 de octubre de 2002.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, el Subsecretario del Ministerio de Fomento hará pública

la lista de los aspirantes del sistema de promoción interna con

la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá

ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya

a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón

de anuncios de los Servicios Centrales del Ministerio de Fomento.

La duración máxima de las fases de concurso y oposición será

de nueve meses, contados a partir de la publicación de la presente

convocatoria.

1.7 Los aspirantes, que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición, serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 1.3 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superadas las fases anteriores, será de dos meses a partir de la

terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superen el curso selectivo, de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad

convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en

el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de

Islandia. También podrán participar el cónyuge de los españoles

y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea,

de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes, los de su cónyuge y los

menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan

a sus expensas.

B) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación.

C) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título,

en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias,

de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

D) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

E) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de

origen en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales,

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido

eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes

del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con

anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán pertenecer, el día de la publicación

de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", a

cualquier Cuerpo o Escala del Grupo B y tener, el día de la

finalización del plazo de presentación de solicitudes, una antigüedad

de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan,

estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto (artículo 1.1) y reunir los demás requisitos exigidos

en esta convocatoria.

Igualmente podrán participar en las presentes pruebas

selectivas, por el turno de promoción interna, los funcionarios que

pertenezcan a Cuerpos y Escalas del Grupo B de los Servicios

Postales y de Telecomunicación, siempre que estén destinados

en la Administración General del Estado en puesto de trabajo que

no pertenezca a la "Sociedad Estatal Correos y Telégrafos,

Sociedad Anónima".

Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

del Cuerpo o Escala del Grupo B, a que pertenezcan, serán

computables, a efectos de antigüedad, para participar por promoción

interna en estas pruebas selectivas.

2.4 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en el Instituto Nacional

de Administración Pública, en la Oficina de Información de los

Servicios Centrales del Ministerio de Fomento, así como en las

representaciones diplomáticas o consulares de España en el

extranjero.

Los aspirantes que posean la nacionalidad española deberán

presentar, junto a la solicitud, dos fotocopias del documento

nacional de identidad.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente

documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario

o de familiar de residente comunitario en vigor, o, en su caso,

de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador

comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de Noruega o Islandia y que no residan en España, bien por residir

en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de

estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento

de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del

resguardo de haber solicitado la exención del visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos

deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una

declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión

Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo,

de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,

del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su

cargo.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Fomento".

En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

"Subsecretaría".

En el recuadro número 15 se señalará "Astrónomos",

consignándose el código número 1105 en el espacio reservado para

el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

consignará una de las siguientes letras según corresponda:

"L": Sistema general de acceso libre.

"P": Sistema de promoción interna.

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid

capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el

recuadro número 20.

En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que

se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado

en la base 2.1, apartado C) de esta convocatoria.

Para poder valorar la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, los aspirantes deberán presentar certificación, según

modelo contenido en el anexo VII, expedida por las Unidades

de Recursos Humanos del Departamento en el que el funcionario

haya prestado o preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad

en el Cuerpo o Escala a que pertenezca el mismo, así como cuanta

documentación estime oportuna para la mejor valoración de los

méritos señalados en el apartado 1.1 del anexo I de la

convocatoria.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1

"ejemplar para la Administración" del modelo de solicitud) se hará en

el Registro General del Ministerio de Fomento o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al Subsecretario

del Ministerio de Fomento, Subdirección General de Recursos

Humanos, paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid. En la

solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso

de los derechos de examen, como se señala en la base 3.5.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente exclusivamente en el supuesto

de solicitudes presentadas en el extranjero en la cuenta corriente

número 0182-2458-10-0200000489, abierta en la sucursal 2458,

Calle Goya, número 14, de Madrid, del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria (BBVA), a nombre de "Ministerio de Fomento.

Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero.

Tasa 001. Derechos de Examen". El ingreso podrá efectuarse

directamente en cualquier oficina del BBVA o mediante transferencia

desde cualquier Entidad Bancaria. A estos efectos, los importes

correspondientes a la tasa por derechos de examen, son los que

se establecen en la base 3.5 de la presente convocatoria.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas, incluido

el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.

3.4 Las certificaciones de homologación habrán de

presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de

febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23), acompañando a la

solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter

excepcional, al Tribunal con antelación a la celebración de las

correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones

se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al

cual se produjeron. En caso de duda el Tribunal habrá de dirigirse

a la Comisión Permanente de Homologación.

3.5 De conformidad con lo establecido por el apartado siete

del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos

de examen será de 24,52 euros para los aspirantes que participen

en las pruebas mediante el sistema general de acceso libre y 12,26

euros para los aspirantes que participen mediante el sistema de

promoción interna, por aplicación del apartado seis de la misma

norma citada.

Estarán exentos del pago de la tasa, como señala el apartado

cinco.a) del artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre,

de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, los

aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que

deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en

su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente debiendo

acompañarse a la solicitud.

Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el apartado

cinco.b) del artículo 17 de la citada Ley 50/1998, estarán exentos

del pago de la tasa las personas que figuren como demandantes

de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la

fecha de la convocatoria siempre que, en el plazo de que se trate,

no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen

negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de

promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo,

carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario

Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandantes de

empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en

la oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente. En

cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará mediante una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

El importe de la tasa por derechos de examen se consignará

en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El

ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación

de la solicitud en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa

de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en

la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecánica, o en su defecto sello y firma

autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad

colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo

y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la

autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un

mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y en la

que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio,

así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación

de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo

caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad, pasaporte o documento que acredite la nacionalidad

del aspirante.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

En caso de que ninguno de los aspirantes excluidos subsanen,

o no existieran aspirantes excluidos, una vez transcurrido el plazo

de diez días hábiles la lista provisional de aspirantes admitidos

adquirirá carácter definitivo.

Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición

en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o

directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en

la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan

en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento,

en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no

procederá devolución alguna de los derechos de examen en los

supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa

imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus

miembros titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que les

correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario,

o quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría

del Departamento.

5.8 Con el fin de garantizar que los aspirantes con minusvalías

gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios

que el resto de los participantes, el Tribunal adoptará las medidas

precisas en aquellos casos en que resulte necesario. En este

sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que lo

soliciten, en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones

posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, paseo de

la Castellana, 67, 28071 Madrid, teléfono 91 597 87 87.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos, una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable

del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado

el mismo un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con

lo establecido en resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial

del Estado" de 2 de abril), por la que se publica el resultado del

sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 Con la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios

el Tribunal hará pública la convocatoria para la realización del

siguiente en los locales donde se haya celebrado el ejercicio

anterior, en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por

cualquier otro medio, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima

divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a

la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate del

mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, como mínimo,

de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en

el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o

directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las fases de concurso y oposición, el Tribunal

hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último

ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10

y en aquellos otros que estime oportuno, una sola relación de

aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada en

dichas fases, con indicación de su Documento Nacional de

Identidad, pasaporte o documento que acredite la nacionalidad del

aspirante, y del sistema de acceso.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase de oposición y, en el supuesto de persistir

el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los

mismos en el segundo ejercicio y, en su caso, en el cuarto, primero

y tercero de dicha fase de oposición.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Fomento,

especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de

los ejercicios.

Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano

la citada relación, para su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará

pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado

dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase teórica del curso selectivo y en el supuesto

de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida

en su fase práctica.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará

pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

una sola relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación

total alcanzada en todo el proceso selectivo con especificación

de la puntuación obtenida en cada una de las tres fases del mismo,

así como con indicación del documento nacional de identidad,

pasaporte o documento que acredite la nacionalidad del aspirante,

y del sistema de acceso.

En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá

declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes

superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que

se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos, Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67,

28071 Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1,

apartado C, de esta convocatoria o certificación académica que

acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del

título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

presentarse fotocopia compulsada de la documentación que

acredite su homologación.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta

convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar, además de la declaración relativa al Estado español,

declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso

a la función pública, según el modelo que figura como anexo VI

a esta convocatoria.

C) Los aspirantes extranjeros que no residan en España

deberán presentar una fotocopia compulsada del resguardo de haber

solicitado la tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que

no la hubieran tenido que aportar en el momento de presentar

la solicitud de participación.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la remuneración, que

deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas.

Dicha opción deberá ser formulada igualmente por los funcionarios

interinos, por los contratados administrativos y por el personal

laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto

456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6

de marzo).

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de

fuerza mayor debidamente acreditada no presentaren la

documen

tación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno

de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta

del Subsecretario del Departamento, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en el que se determinará la fecha

en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento.

8.5 Una vez finalizado el curso selectivo, los opositores

aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa

oferta de los mismos.

Los opositores aprobados que no posean la nacionalidad

española quedan excluidos de la posibilidad de elegir aquellos puestos

de trabajo que se oferten como primer destino y que, a juicio

de la Administración, supongan la participación directa o indirecta

en el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen

por objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario del

Ministerio de Fomento, funcionarios de carrera mediante resolución

del Secretario de Estado para la Administración Pública que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que se indicará

el destino adjudicado.

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios

competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 22 de abril de 2002.-P. D. (Orden de 25 de septiembre

de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 5 de octubre), el Director

general de Organización, Procedimiento y Control, José Antonio

Sánchez Velayos.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANEXO I

Cuerpo de Astrónomos

PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

1. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

1.1 Concurso.

1.2 Oposición.

1.3 Curso selectivo.

1.1 Concurso.-En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio y en la que sólo podrán tomar parte los aspirantes

a que se hace referencia en la base 2.3 de la convocatoria, se

valorará la antigüedad del funcionario en el Cuerpo o Escala a

que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios

efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la presente

convocatoria.

Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo

desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados

en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros

Centros Oficiales de formación de funcionarios.

1.2 Oposición.-La fase de oposición constará de cuatro

ejercicios obligatorios, de los cuales uno será práctico.

Los cuatro ejercicios obligatorios tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Para los aspirantes que participen por el turno

de promoción interna, consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del

aspirante en relación con las materias del programa, correspondientes

a los grupos A, B, C, D y de los temas 15 al 20, ambos inclusive,

del grupo E, del anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 85

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta ;

correspondiendo al menos 20 preguntas a cada uno de los grupos

A, B, C y D y 5 preguntas a los temas 15 al 20 del grupo E

del programa. Las contestaciones erróneas serán valoradas

negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas y cuarenta y cinco minutos.

Para los aspirantes que participen por el turno libre, este

ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario de

preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación

con las materias del programa, que figuran en el anexo II de esta

convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 100

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta ;

correspondiendo al menos 20 preguntas a cada uno de los grupos

del programa. Las contestaciones erróneas serán valoradas

negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas.

La calificación máxima de este ejercicio, tanto para los

aspirantes del turno de promoción interna como del turno libre, será

de 20 puntos, siendo necesario obtener 10 puntos, para tener

acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Para los aspirantes que participen por el

turno de promoción interna, consistirá en el desarrollo por escrito,

en dos sesiones, de cuatro temas elegidos por sorteo:

A) En una sesión, los opositores desarrollarán un tema de

cada uno de los grupos A, B y C del anexo II. El tiempo máximo

para la realización de estos tres temas será de cinco horas.

B) En otra sesión, los opositores desarrollarán un tema del

grupo D del anexo II. El tiempo máximo para la realización de

este tema será de una hora y treinta minutos.

Para los aspirantes que participen por el turno libre, consistirá

en el desarrollo por escrito, en dos sesiones, de cinco temas

elegidos por sorteo:

A) En una sesión, los opositores desarrollarán un tema de

cada uno de los grupos A, B y C del anexo II. El tiempo máximo

para la realización de estos tres temas será de cinco horas.

B) En otra sesión, los opositores desarrollarán un tema de

cada uno de los grupos D y E del anexo II. El tiempo máximo

para la realización de estos dos temas será de tres horas.

Para los temas a desarrollar se utilizará papel autocopiativo.

Una vez finalizado el tiempo de realización y antes de entregar

los mismos, el opositor separará el original de la copia, numerando

cada una de las hojas escritas tanto de la copia como del original

y una vez ordenado depositará ambas partes (original y copia)

en sobres separados, cerrados y suficientemente identificados. En

posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres,

entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del original.

Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo

máximo de veinte minutos formulará preguntas sobre los temas

desarrollados u otros que tengan relación con los mismos.

La calificación máxima de este ejercicio, tanto para los

aspirantes que participen por el turno de promoción interna como

para los del turno libre, será de 40 puntos, siendo necesario

obtener un mínimo de 20 puntos para superar el mismo. Dicha

calificación vendrá determinada por la claridad de la redacción y

exposición de ideas, la concreción y precisión del contenido de los

temas escritos.

Tercer ejercicio.-Idioma inglés: Este ejercicio constará de dos

partes:

A) Parte escrita: Consistirá en la realización de dos

traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre

dos textos redactados en lengua inglesa y española

respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias

contenidas en el anexo II de esta convocatoria.

La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una

hora.

B) Parte oral: Consistirá en mantener una conversación en

idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de quince

minutos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,

siendo necesario obtener 10 puntos para superar el mismo.

El Tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma

Inglés, con preferencia de Profesores de la Escuela Oficial de

Idiomas.

Cuarto ejercicio: Este ejercicio, de carácter práctico, consistirá

en la resolución, por escrito, de un supuesto práctico, elegido

por el Tribunal que deberá comprender diversos apartados o

preguntas sobre cualquiera de las materias de los grupos A, B, C

y D del programa que figura en el anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas.

El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez

finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar

el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando

cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del

original y una vez ordenado, depositará ambas partes (original

y copia) en sobres separados, cerrados y suficientemente

identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los

sobres, entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura

del original.

La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos,

siendo necesario obtener 20 puntos para superar el mismo.

1.3 Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales,

organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del

Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el

Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto ("Boletín Oficial del

Estado" del 30) y cuya duración máxima será de cinco meses.

La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses

y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en

el anexo III de esta convocatoria.

La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar

o reorganizar las materias que figuran en el anexo III, así como

incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras

actividades formativas complementarias, relacionadas con las

actividades propias de los funcionarios del Cuerpo Astrónomos.

La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses

y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de

trabajo de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional

mediante la rotación de los funcionarios en prácticas por distintas

Unidades Administrativas del mencionado Centro Directivo.

Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios en prácticas

tendrán asignados tutores académicos.

En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas

reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la

Comisión de Valoración prevista en el apartado 2.3 de este anexo un

informe de las actividades desarrolladas, con los comentarios o

sugerencias que crean oportuno formular.

La asistencia al curso selectivo, en alternancia con prácticas

reales, es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán

directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos,

en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y

formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 1475/2000,

de 4 de agosto.

2. Valoración

2.1 Fase de concurso.-La valoración de los méritos señalados

en el apartado 1.1 de este anexo, se realizará de la forma siguiente:

A) Antigüedad: Se otorgará a cada aspirante, por cada año

completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo

de 12 puntos.

B) Grado personal: Se otorgará a cada aspirante por la

posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta un

máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual al 26: 4 puntos.

Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 24: 3 puntos.

Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 22: 2 puntos.

Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 19: 1 punto.

Grado personal igual al 18: 0,75 puntos.

Grado personal igual al 17: 0,5 puntos.

Grado personal igual al 16: 0,25 puntos.

C) Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante por

el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones

similares, a juicio del Tribunal, a las del Cuerpo objeto de esta

convocatoria, 1 punto por cada año completo, hasta un máximo

de 4 puntos.

D) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados: Se

otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4

puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado,

siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias

relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta

convocatoria.

2.2 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 1.2 de este anexo.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2.3 Curso selectivo.-La Comisión de Valoración nombrada

por la Subsecretaría del Departamento estará integrada, en la parte

teórica, por los coordinadores de los módulos II y IV, la

Subdirectora general de Recursos Humanos, la Jefa del Área de

Selección y Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte

práctica estará integrada por los tutores de los aspirantes, la

Subdirectora general de Recursos Humanos y la Jefa del Área de

Selección y Formación. En las dos partes del curso selectivo, la

Subdirectora general de Recursos Humanos ejercerá de Presidenta

y la Jefa del Área de Selección y Formación de Secretaria.

La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección

General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo,

quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.

La calificación máxima de cada unas de las dos partes del curso

selectivo será de 50 puntos ; siendo necesario obtener 25 puntos

como mínimo en cada una de las partes para superar las mismas.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 100

puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.

2.4 Calificación total-La calificación total de las pruebas

selectivas vendrá determinada, para el sistema de promoción

interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de

concurso, oposición y curso selectivo y para el sistema general de

acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la

fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,

en el cuarto, primero y tercero de dicha fase de oposición.

ANEXO II

Cuerpo de Astrónomos

PROGRAMA

Grupo A

1. Sistemas trifásicos equilibrados: Tensiones, corrientes,

potencias. Conexiones en estrella y triángulo. Medida de

potencias. Transformadores trifásicos: Conexión de los arrollamientos,

grupos de conexión. El transformador trifásico en sistemas

equilibrados. Sistemas trifásicos desequilibrados: Red infinita ;

componentes simétricas. El transformador trifásico en sistemas

desequilibrados.

2. Circuitos con formas de onda no senoidales. Causas de

la distorsión. Definiciones: Tasas de distorsión, factor de cresta,

factor de potencia. Análisis de circuitos no senoidales. Potencias.

Armónicos en sistemas trifásicos. Efecto de la presencia de

armónicos sobre el sistema de suministro. Procedimientos de reducción

de armónicos. Medida de armónicos.

3. Sistemas de alimentación ininterrumpida: Descripción y

comparación de las diferentes topologías. Descripción de los

bloques de un SAI. Reducción de armónicos a la entrada.

Acumuladores. Grupos electrógenos: Parámetros que los caracterizan.

Aplicación de GE's a la alimentación de SAI's: Precauciones a

tener en cuenta.

4. Componentes electrónicos pasivos. Resistencias: Tipos y

sus propiedades. Efectos parásitos. Valores normalizados y

códigos de valores. Tolerancias y su codificación. Efectos térmicos.

Condensadores: Tipos y sus propiedades. Efectos parásitos:

Circuitos equivalentes. Valores preferidos y códigos de valores.

Tolerancias. Bobinas: Tipos y aplicaciones. Efectos parásitos: Circuito

equivalente. Diseño. Transformadores: Tipos y aplicaciones.

Circuitos equivalentes. Circuitos impresos: Estructura y propiedades.

Materiales. Procesos de fabricación y acabados. Consideraciones

de diseño. Ayudas CAD y CAM.

5. Transistores de efecto de campo en microondas.

Estructura. Tipos. Principios de Funcionamiento. Comportamiento en

microondas. Parámetros fundamentales. Análisis de ruido. El

HEMT.

6. El mezclador Schottky. Curva I-V característica. Circuito

RF equivalente. Ruido. El bloque mezclador Schottky. Ejemplos

de mezcladores Schottky milimétricos.

7. La unión SIS. Curva característica I-V. Efecto túnel asistido

por fotones. Teoría del mezclador cuántico. Límites en frecuencia.

Tipos de uniones. Adaptación de la capacidad.

8. Realimentación. Realimentación positiva y negativa:

Efectos. Estabilidad en amplificadores realimentados.

9. Amplificadores operacionales: Características.

Impedancias y ganancias en lazo abierto. Ancho de banda. Realimentación:

amplificador inversor y no-inversor. El seguidor de voltaje.

10. Amplificadores operacionales no ideales. Voltaje de

offset, corrientes de offset y polarización. Ruido y su caracterización.

Rechazo en modo común. Influencia de la tensión de alimentación

y de la temperatura sobre las características del amplificador

operacional. Comportamiento en frecuencia: Diagrama de Bode.

Compensación de frecuencia. "Slew rate". Reducción del rango de

linealidad con la frecuencia.

11. Aplicaciones lineales de los amplificadores operacionales:

sumador, generador de corriente, regulador de tensión, integrador,

diferenciador, filtros activos, amplificadores de instrumentación.

Aplicaciones no lineales de los amplificadores operacionales:

Limitador, comparador, rectificador, diodo de pequeña señal,

generadores de ondas.

12. Electrónica digital: Álgebra de Boole. Funciones lógicas

(NOT, OR, AND, NOR, NAND, XOR): Diagramas de Venn, tablas

de verdad, propiedades, símbolos. Teorema de De Morgan.

Expresiones lógicas: Simplificación. Mapas de Karnaugh. Método de

Quine-McCluskey.

13. Sistemas combinacionales: Definición. Codificadores y

decodificadores. Multiplexores y demultiplexores. Comparadores.

Circuitos de paridad.

14. Sistemas secuenciales: Definición y técnicas de diseño.

Flip-flops: Diversos tipos. Registros de desplazamiento,

contadores, FIFO's y LIFO's.

15. Convertidores D/A y A/D. Digitalización de señales

analógicas: Teorema de muestreo. Cuantificación y codificación.

Convertidores D/A: Tipos. Circuitos de muestreo-retención (S/H).

Convertidores A/D: Tipos.

16. Memorias: Tipos. Memorias de semiconductores.

Memorias RAM: Estáticas, dinámicas. Memorias ROM. Memorias

secuenciales.

17. Microprocesadores: Arquitectura. Descripción de las

distintas unidades de un microprocesador. Programas. Lenguajes de

bajo y alto nivel. Sistemas operativos.

18. Sistemas lineales representados por ecuaciones

diferenciales ordinarias. Resolución de ecuaciones diferenciales

ordinarias: Ecuación característica. Respuesta libre y forzada ; respuesta

estacionaria y transitoria. Funciones de excitación más usadas.

Resolución mediante la transformada de Laplace. Función de

transferencia. Sistemas de control en lazo cerrado. Diagramas de

bloques: Reglas de simplificación. Error en régimen permanente:

Clasificación de los sistemas y constantes de error. Controladores

P, PI, PD, PID: Comparación de sus propiedades.

19. Teoría moderna de control: Definición de estado y

variables de estado. Representación de un sistema en términos de

variables de estado. Conceptos de controlabilidad y observabilidad de

los sistemas. La matriz de transición de estados: Respuesta libre

y forzada de un sistema lineal. Propiedades de la matriz de

transición.

20. Estabilidad de sistemas y la función de estado de

Liapunov. Formas cuadráticas definidas positivas y negativas:

Teorema de Sylvester. Definición de estabilidad: Estabilidad en sentido

de Liapunov ; estabilidad asintótica. El segundo método de

Liapunov: Teoremas de estabilidad asintótica local y global ; teorema

de inestabilidad. Aplicación a sistemas lineales.

21. Servosistemas de control en antenas orientables de gran

tamaño y precisión. El control del movimiento en acimut y

elevación: Descripción de un sistema típico Fenómenos que

contribuyen a los errores en la puntería. Los sistemas de seguridad.

El control del subreflector para corregir distorsiones

gravitacionales en antenas Cassegrain.

22. Componentes de servosistemas de antenas. Servomotores

de cc: Tipos, función de transferencia. Motores sin escobillas y

su excitación. Control de velocidad. Amplificadores lineales:

Función de transferencia. Tipos de servoamplificadores más comunes.

Función de transferencia del sistema amplificador/motor.

Tacómetros: Tipos, función de transferencia. Transductores de

posición: Lineales. Transductores de posición angulares.

Inclinómetros.

23. Tiempo y frecuencia. Caracterización de la estabilidad

en frecuencia. Patrones de tiempo y frecuencia.

Grupo B

1. Teoría electromagnética aplicada al estudio de antenas.

Conceptos fundamentales. Ecuaciones de Maxwell y condiciones

de contorno. Solución de las ecuaciones de Maxwell a los

problemas de radiación. El dipolo ideal. Diagrama de radiación de

líneas de corriente. Regiones de radiación.

2. Conceptos básicos sobre antenas. Diagrama de radiación.

Ángulo sólido del haz. Directividad y ganancia. Impedancia y

eficiencia. Apertura efectiva. Temperatura de antena. Polarización.

3. Antenas de apertura. Iluminación. Radiación desde

aperturas. Principio de Huygens. Aperturas rectangulares. Aperturas

circulares.

4. El reflector parabólico. Geometría. Diagrama de radiación.

Taper. Polarización. El reflector parabólico offset.

5. Los errores de la superficie en radiotelescopios con

reflector parabólico. Naturaleza de los errores. Efectos sobre la

ganancia. Efectos sobre el diagrama de radiación.

6. Radiotelescopios de tipo Cassegrain. Geometría. La

parábola equivalente. Diagrama de radiación. Taper. Comparación

entre reflector parabólico y sistema Cassegrain. Ejemplos de

antenas Cassegrain.

7. Eficiencia en antenas reflectoras. Eficiencia de apertura y

área efectiva. Eficiencia de iluminación. Eficiencia de spillover.

Eficiencia por bloqueo. Eficiencia por errores de superficie.

Eficiencia de haz principal.

8. Desviaciones de la forma original de la superficie reflectora.

Eficiencia por errores de superficie. Efecto de la gravedad. Efecto

del viento. Efecto de las deformaciones térmicas. Reflectividad

de la superficie.

9. Estructura mecánica de la antena Cassegrain. Problema

estructural. Configuración general. Diseño estructural.

Homología. Tipos de monturas. Efectos del clima.

10. Efecto de los errores de posicionamiento de alimentadores

en sistemas reflectores. Desplazamientos axiales, desenfoque.

Desplazamiento laterales. Factor de desviación del haz. Superficie

de Petzval. Aberraciones.

11. La aproximación cuasióptica. Propagación de haces

gausianos. Transformación de haces gausianos. Propagación de haces

gausianos en la zona focal del radiotelescopio Cassegrain.

Iluminación. Alimentadores.

12. Alimentadores de bocina: Diversos tipos y características.

13. Fuentes de calibración de radiotelescopios. Fuentes

puntuales. Fuentes extensas.

14. Medida de parámetros relativos del diagrama de radiación

de antenas de radioastronomía con fuentes celestes. Medidas con

fuentes puntuales. Medidas con fuentes extensas. Medida del

diagrama de radiación.

15. Calibración de la puntería de antenas de reflector en

radioastronomía. Fuentes de errores de puntería y su

modelización. Medida de los parámetros del modelo y su utilización para

corregir la puntería. Utilización de inclinómetros en la en la mejora

de la puntería. Calibración del enfoque.

16. Calibración absoluta de radiotelescopios con fuentes

celestes. Método directo. Método del chopper-wheel. Sky-tipping.

Método del cold-chopper.

17. Caracterización de la superficie de antenas de apertura

en radioastronomía. Técnicas holográficas: Aplicación y ventajas

sobre otras técnicas. Fundamentos teóricos de la metrología

holográfica de antenas. Método de la holografía coherente. Método

de la recuperación de fase. Comparación entre ambos.

18. Sistemas de antenas. Fundamentos de arrays. Tipos de

array. Síntesis de Schekulnoff.

19. El interferómetro simple. Funcionamiento. Función de

coherencia mutua. Diagrama de radiación de un interferómetro.

20. Interferómetros múltiples. Funcionamiento. Diagrama de

radiación. Apuntado por conmutación de fase. Aplicaciones.

21. Calibración de interferómetros. Ecuación fundamental de

la calibración. Secuencia de calibración.

22. Síntesis de apertura. Fundamentos. Efectos

instrumentales y de propagación.

23. Interferometría de muy larga base. Fundamentos.

Sistemas de referencia. Flujo de señal en VLBI.

24. Efectos de la atmósfera en interferómetros. Fundamentos.

Atenuación. Desfase.

25. Polarimetría: Respuesta de un interferómetro en función

de los parámetros de Stokes. Polarización instrumental y métodos

para su calibración.

26. El sistema de calibración de la fase instrumental en VLBI.

Concepto y fundamentos. Unidad de antena y unidad de estación.

Diagrama de bloques. Aplicación en astronomía y geodesia.

Recuperación de la información de "phase cal".

27. Radiotelescopios espaciales: Problemática, objetivos. Los

proyectos COBE, HERSCHEL-PLANCK. Interferómetros

espaciales. Proyectos VSOP, Radioastron, VSOP2, ARISE. Resultados

obtenidos y esperados.

Grupo C

1. Esquemas generales de detección de la señal

radioastronómica. Detección coherente e incoherente de la señal. Esquema

general del receptor coherente. Esquema general del receptor

incoherente. Límites de la detección. Sensibilidad.

2. Radiómetros. Radiómetro de potencia total Radiómetro

conmutado de Dicke. Radiómetro de correlación.

3. El ruido en las observaciones de radioastronomía

milimétrica. Sensibilidad. Temperatura de sistema. Temperatura de

antena, opacidad.

4. Técnicas de separación entre la señal útil y el ruido.

Conmutación de posición. Conmutación de frecuencia.

5. El ruido en receptores de radioastronomía. Temperatura

de ruido para distintas configuraciones de receptor. Temperatura

en doble banda lateral y en simple banda. Medida del ruido.

6. El receptor milimétrico heterodino. Esquema general del

receptor milimétrico heterodino. Tipos de mezcladores empleados

en radioastronomía milimétrica. Tipos de amplificadores

empleados en radioastronomía milimétrica. Estado del arte.

7. Conversión de frecuencia. Fundamentos de la teoría clásica

del mezclador. Pérdidas de conversión. Temperatura de ruido en

doble banda y en simple banda. Tipos de mezcladores.

8. Bolómetros. Fundamentos. El elemento detector. Acoplo

al telescopio. Funcionamiento. NEP.

9. Osciladores locales. Tubos de vacío. Osciladores de estado

sólido. Multiplicadores. Control de frecuencia, PLL. Inyección

de OL.

10. Criogenia aplicada a la radioastronomía. Diseño de

criostatos. Capacidad refrigeradora. Estructura del criostato.

11. Back-ends analógicos. Generalidades. Resolución

espectral. Back-end de continuo y espectrales. Banco de filtros.

Espectrómetro acustoóptico. Spectrum expanders.

12. Back-end digitales. Esquema. Desnormalización.

Sensibilidad. Ventajas y desventajas de los autocorreladores.

13. Back-ends para VLBI. Sistemas basados en equipos

convencionales. Sistemas específicos.

14. El terminal VLBA. Diagrama de bloques. Señales FI y

en banda base. Muestreo. Oscilador local y sistema de tiempos.

Sistema de calibración. Estabilidad y precisión de las medidas.

15. Registro de datos según la norma VLBA. El formato de

datos VLBA. El formateador de VLBA. Fundamentos de grabado

en cinta magnética. Características de los registradores y

limitaciones.

16. Máseres de hidrógeno. Tipos. Métodos de caracterización.

Sintonía.

17. Ruido de fase en los osciladores. Efectos sobre las

observaciones radioastronómicas. Estabilización mediante PLL.

18. El terminal MK4 de adquisición de datos de VLBI.

Diagrama de bloques. Modos de observación. Análisis comparativo

con el sistema VLBA.

19. COTS y el terminal MK5 de adquisición de datos de VLBI.

Análisis comparativo con los sistemas VLBA y MK4. El interfaz

estándar para VLBI (VSI).

20. El sistema de control (Field system) de los terminales

VLBI. Concepto, estructura e implementación.

21. Correladores para VLBI: Arquitectura FX y XF. El

correlador del VLBA. El correlador de la EVN/JIVE. Productos de

correlación. El diagrama FOURFIT.

22. Herramientas para la preparación de observaciones VLBI:

"SCHED y DRUDG". Concepto, estructura e implementación.

Particularidades a tener en cuenta en la preparación de observaciones

de líneas espectrales.

23. El paquete de programas para el análisis de imágenes

astronómicas: AIPS. Concepto y estructura. Tareas específicas

para el procesamiento de datos de continuo y de líneas espectrales.

24. El análisis de datos astronómicos de líneas espectrales

mediante AIPS. Diagrama de flujo típico. Calibración de la función

visibilidad de fuentes de líneas espectrales. Problemas especiales

y ventajas en el análisis de dichos datos. Autocalibración.

25. Métodos de obtención de los mapas de brillo de las fuentes

astronómicas a partir de las visibilidades: Ajuste de modelos,

transformación de Fourier y convolución. Los algoritmos CLEAN.

26. Técnicas de VLBI para astrometría y geodesia. Conceptos

básicos. Métodos y herramientas disponibles: El paquete

CALC/SOLVE. Precisión alcanzada en los observables.

Grupo D

1. Radiación de ondas electromagnéticas. Ecuaciones de

Maxwell. Solución general de las ecuaciones de Maxwell.

2. Radiación térmica del cuerpo negro. Ley de Planck. Ley

del desplazamiento de Wien. Ley de Rayleigh-Jeans. Ley de Wien.

Radiación térmica de una fuente discreta.

3. Mecanismos de radiación en el continuo de ondas de radio.

Radiación térmica. Radiación sincrotrón.

4. La transferencia radiativa. Absorción de energía

electromagnética. Espesor óptico. Emisión de energía electromagnética.

Emisión interna y absorción. Irradiancia externa con emisión y

absorción interna. Ecuación de transferencia.

5. Fundamentos de la radiación en líneas. Coeficientes de

Einstein. Transferencia radiativa con los coeficientes de Einstein.

Ecuación de la tasa.

6. Líneas de recombinación a frecuencias radio. Parámetros

físicos de las líneas. Intensidades de las líneas en condiciones

de equilibrio térmico. Intensidades de las líneas en condiciones

de no equilibrio térmico. Observaciones de líneas de

recombinación.

7. Líneas moleculares rotacionales. Moléculas diatómicas.

Moléculas poliatómicas lineales. Moléculas poliatómicas no lineales.

8. Líneas moleculares vibracionales. Moléculas diatómicas.

Moléculas poliatómicas lineales. Moléculas poliatómicas no lineales.

9. Líneas moleculares electrónicas. Moléculas diatómicas.

Moléculas poliatómicas lineales. Moléculas poliatómicas no lineales.

10. Procesos de formación y destrucción de moléculas en los

medios interestelar y circunestelar. Procesos de formación en los

medios interestelares. Lugares de formación. Mecanismos de

destrucción de moléculas interestelares.

11. Estructura del medio interestelar. Definición de medio

interestelar. Componentes. Polvo interestelar.

12. Condiciones físicas de las regiones HII. Equilibrio

ionización-recombinación. Equilibrio enfriamiento-calentamiento.

13. Emisión en la línea de los 21 cm del hidrógeno neutro.

La línea de los 21 cm. Líneas de emisión y absorción. Cinemática

galáctica.

14. Nubes moleculares interestelares. El gas interestelar.

Observaciones relacionadas con la formación estelar.

15. Procesos de formación de estrellas. Colapso

gravitacional. Formación autoregulada. Evolución de las nubes moleculares.

Distribución galáctica.

16. Envolturas circunestelares. Estructura y evolución.

Máseres circunestelares. Nebulosas protoplanetarias y planetarias.

Resultados obtenidos por VLBI.

17. Evolución estelar. Diagrama H-R.

18. Observaciones moleculares en milimétricas de galaxias

externas. La distribución de gas molecular en nuestra galaxia.

La distribución de gas molecular en otras galaxias.

19. Sistemas de referencia. Sistemas de coordenadas.

Sistemas inerciales de referencia. Origen del sistema de referencia.

20. Precesión, nutación y movimientos propios. Precesión

luni-solar. Precesión general. Nutación.

21. Métodos para la determinación de la latitud. Método de

Horrebow-Talcott. Método de la determinación de distancias

cenitales meridianas. Método de las observaciones circunmeridianas.

Método del primer vertical.

22. Métodos para la determinación de la longitud y la hora.

Método de la observación del paso por el meridiano de estrellas.

Método de la observación de estrellas fuera del meridiano mediante

un teodolito. Método por observación de los pasos meridianos

de la luna.

23. Métodos de VLBI Para la determinación de la precesión,

nutación y movimientos del Polo terrestre. Resultados.

24. Métodos de VLBI para el estudio de la rotación de la

Tierra. Proyecto CORE. Concepto, objetivos y organización.

Parámetros de orientación de la Tierra (EOP). El Servicio Internacional

de Rotación Terrestre (IERS).

25. Determinación de los movimientos de las placas

tectónicas por VLBI. Proyectos CDP y EUROPE. Concepto y realización.

El sistema de referencia terrestre.

26. El sistema de posicionamiento global (GPS) y su

aplicación en la determinación de observables geodésicos. Redes

EUREF e IGS. Otros sistemas disponibles o en proyecto. Análisis

comparativo de las técnicas GPS y VLBI:

27. Estudios astrométricos de muy alta precisión utilizando

técnicas de referencia de fase en VLBI. Resultados.

28. Polarización de ondas electromagnéticas. Parámetros de

Stokes. Esfera de Poincaré. Polarización de radiofuentes.

29. Estudio espectral de las funciones aleatorias. La función

de autocorrelación y la distribución espectral de energía.

Sensibilidad de un radiómetro.

30. Teoría matemática de los filtros lineales. Estudio de la

respuesta de un filtro lineal. Teorema de muestreo.

31. Definición y propiedades de la transformada de Fourier.

Propiedades de la transformada de Fourier. Transformada de

Fourier de una distribución.

Grupo E

1. El constitucionalismo. La Constitución como norma

suprema. La evolución histórica del constitucionalismo español. La

Constitución Española de 1978. Principios informadores,

estructura y reforma constitucional.

2. Los tres poderes del Estado. El Poder Legislativo. El Poder

Ejecutivo. El Poder Judicial.

3. Derecho Administrativo. Concepto y evolución. Tipos

históricos: Modelos anglosajones frente a continentales.

4. El Ordenamiento Jurídico, Administrativo: Sus fuentes. La

Constitución. Los tratados internacionales. La Ley. El reglamento.

Otras fuentes del derecho administrativo.

5. La organización administrativa estatal. Principios rectores.

Normas reguladoras. Órganos superiores de la Administración

General del Estado.

6. La organización territorial de la Administración del Estado.

Delegados del Gobierno, Subdelegados del Gobierno. Otros

órganos territoriales.

7. Las Administraciones Autonómica y Local. El proceso

autonómico. Sistema de distribución de competencias entre la

Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

8. La Unión Europea. Instituciones. Fuentes del derecho

comunitario.

9. El procedimiento administrativo: Concepto y naturaleza.

La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común.

10. El acto administrativo: Concepto, elementos y clases.

Nulidad y anulabilidad. La responsabilidad patrimonial de la

Administración.

11. Recursos administrativos. Concepto y naturaleza. Clases

y regulación actual.

12. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Evolución.

Características generales. El recurso contencioso-administrativo.

13. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos

de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación.

Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.

14. La acción administrativa: Los contratos administrativos.

Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento.

La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

Incumplimiento de los contratos administrativos.

15. Ministerio de Fomento. Evolución y estructura. Funciones

y estructura orgánica de la Dirección General del Instituto

Geográfico Nacional.

16. El Observatorio Astronómico Nacional. Estructura.

Funciones encomendadas al OAN. Distribución territorial: Sedes del

OAN y sus actividades respectivas. Instituciones internacionales

de las que el OAN es miembro: El IRAM y el EVN/JIVE.

17. La Ley de Ordenación de la Cartografía. El Consejo

Superior Geográfico: Composición y funcionamiento. El Registro

Central de Cartografía: Reglamento de Régimen Jurídico y de

Funcionamiento.

18. La Ley 11/1975 sobre Señales Geodésicas y Geofísicas.

Reglamento que la desarrolla.

19. Comisión Española de Geodesia y Geofísica, Comisión

Nacional de Astronomía Comisión Permanente de Normas

Sismorresistentes. Composición y funciones.

20. El Centro Nacional de Información Geográfica. Funciones

y estructura orgánica.

ANEXO III

Cuerpo de Astrónomos

Curso selectivo

Módulo I: Trabajo en equipo.

Módulo II: Administración y Función Pública.

Módulo III: Elaboración de informes.

Módulo IV: Gestión administrativa y gestión

económica-financiera.

Módulo V: Ámbitos de actuación del Instituto Geográfico

Nacional:

1. La información estadística en España. La Ley de la Función

Estadística Pública. Estadística de población. Códigos estadísticos.

2. Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo

Tecnológico.

3. La Metrología. Sistema Internacional de Unidades.

Normalización y Homologación.

4. Los derechos de autor. La Ley de Propiedad Intelectual.

5. Organización y funciones del Instituto Geográfico Nacional.

6. El personal al servicio del IGN. El presupuesto del IGN.

7. Organización básica de la Astronomía en España.

8. La red de Observatorios astronómicos del IGN.

9. Organismos Internacionales gestores de la Astronomía: La

UAI y la URSI.

10. Principales Centros astronómicos de la Unión Europea.

11. Panorámica actual y tendencias de la Astronomía en el

mundo.

12. Principales Centros astronómicos del mundo.

13. Proyectos astronómicos transnacionales con

participación del IGN: ALMA, CORE, SKA, FIRST/HERSCHEL, VSOP.

14. Productos y servicios geográficos y su comercialización.

El Centro Nacional de Información Geográfica.

ANEXO IV

Cuerpo de Astrónomos

Tribunal titular:

Presidente: Don Jesús Gómez González, Cuerpo de

Astrónomos.

Vocales: Don Manuel García Pérez, Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Información ; don Alberto Barcia Cancio,

Cuerpo de Ingenieros Geógrafos, y don Fernando Moreno Mielgo,

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del

Ministerio de Medio Ambiente.

Secretario: Don Francisco Colomer Sanmartín, Cuerpo de

Astrónomos.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Rafael Bachiller García, Cuerpo de

Astrónomos.

Vocales: Don Sebastián Más Mayoral, Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Información ; don José Luis Besada

Sanmartín, Cuerpo de Catedráticos de Universidad, y doña Amparo

Avello López, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del

Estado.

Secretario: Don Pablo de Vicente Abad, Cuerpo de Astrónomos.

ANEXO V

Cuerpo de Astrónomos

Don ...........................................................

.................................................., con domicilio

en ..............................................................

y con documento nacional de identidad número .................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo de ......................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ....................., a ........ de ..................... de 2002.

ANEXO VI

Cuerpo de Astrónomos

Don ...........................................................,

nacional de ....................................................,

con domicilio en ...............................................,

y con documento identificativo número ..........................

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo de ......................................,

que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en su Estado el acceso a la función pública.

En ....................., a ........ de ..................... de 2002.

ANEXO VII: (Ver imagen página 16746)

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