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Documento BOE-A-2002-6285

Resolución de 11 de marzo de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de construcción de una linea eléctrica de 400 kV desde la línea eléctrica de 400 KV Trillo-Loeches a la subestación de Fuentes de la Alcarria (Guadalajara) promovida por "Red Electrica de España, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2002, páginas 12657 a 12666 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-6285

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos de las citadas disposiciones.

La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en su disposición adicional duodécima, modificó el Real Decreto Legislativo 1302/1986, ampliando la relación de actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental con la inclusión de las líneas aéreas de energía eléctrica con una tensión igual o superior a 220 kV y una longitud superior a 15 kilómetros.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, y el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la formulación de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

Al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, el promotor, Red Eléctrica de España (REE) remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 12 de febrero de 1999, la memoria resumen del proyecto de construcción de un ramal de entrada-salida desde la línea Trillo-Loeches a la futura subestación de tracción Fuentes de la Alcarria, que discurre íntegramente por la provincia de Guadalajara.

El objeto de este proyecto es suministrar energía al Tren de Alta Velocidad (TAV) Madrid-Lérida, mediante la conexión de la futura subestación de tracción situada en Fuentes de la Alcarria, en el término municipal de Brihuega (Guadalajara) con la línea ya existente a 400 kV Trillo-Loeches.

El trazado propuesto inicialmente discurría con dirección predominantemente noroeste desde la línea ya existente Trillo-Loeches en el término municipal de Irueste, hasta la proyectada subestación Fuentes de la Alcarria situada junto al trazado del TAV atravesando los barrancos formados por los arroyos de San Andrés y del Peñón y por los ríos Tajuña y Ungría.

Recibida la memoria resumen, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, con fecha 22 de marzo de 1999, inició un período de consultas a personas, instituciones y administraciones sobre el impacto ambiental del proyecto.

En virtud del artículo 14 del Reglamento, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 26 de julio de 1999, remitió al promotor las respuestas recibidas, indicando la opinión del órgano ambiental con respecto a los aspectos más significativos que debían tenerse en cuenta en la realización del estudio de impacto ambiental. La relación de consultados y un resumen de las respuestas recibidas se recogen en el anexo I.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 15 del Reglamento, se sometió conjuntamente a trámite de información pública el proyecto de trazado de la línea eléctrica y el estudio de impacto ambiental, en la provincia afectada: Guadalajara.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento, con fecha 6 de octubre de 2000, La Delegación Provincial de Trabajo del Gobierno de Guadalajara, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación ambiental, el proyecto de la línea eléctrica, el estudio de impacto ambiental y el resultado del trámite de información pública, con lo que se completó la remisión del expediente a que hace referencia el artículo 16 del Reglamento.

El anexo II contiene los aspectos más destacables del estudio de impacto ambiental del primer trazado propuesto, así como el resultado de la información pública.

Con fecha 27 de noviembre de 2000, las Cortes de Castilla-La Mancha acuerdan mediante Resolución, rechazar el proyecto relativo a esta línea a su paso por el Valle de Ungría, instando a que se presenten trazados alternativos.

En reunión celebrada el 22 de diciembre de 2000, considerando la Resolución anteriormente mencionada, la Dirección General de Calidad y Evaluación ambiental comunicó al promotor la necesidad de elaborar un nuevo estudio de impacto ambiental en el que se analizasen otras alternativas al trazado de la línea, y la necesidad de someter de nuevo dicho estudio al trámite de información pública.

El promotor estudió una alternativa siguiendo el corredor de transporte generado por la Nacional II y el TAV, de acuerdo con lo indicado en la fase de información pública por la Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El trazado tiene una longitud aproximada de 30 kilómetros, se inicia en el apoyo 93 de la línea Trillo-Loeches situado en el término municipal de Yebes con dirección Noroeste, pasando por los términos municipales de Yebes, Horche y Lupiana hasta cruzar el trazado del TAV a la altura del paraje denominado Valdejudíos. A partir de este punto discurre con dirección Noroeste paralelo al trazado del TAV por su lado norte, pasando por los términos municipales de Centenera y Aldeanueva de Guadalajara, donde atraviesa nuevamente el trazado del TAV a la altura del paraje denominado Las Viñas para discurrir por los términos municipales de Valdegrudas y Torija, llegando a la Subestación de Fuentes de la Alcarria por el Suroeste.

La Dirección General de Calidad ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, mediante escrito de fecha 12 de marzo de 2001, consideró adecuado desde el punto de vista medioambiental el nuevo trazado propuesto por REE.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 15 del Reglamento, se sometió conjuntamente a trámite de información pública el proyecto modificado de trazado de la línea eléctrica y su correspondiente estudio de impacto ambiental, en la provincia de Guadalajara.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento, con fecha 27 de diciembre de 2001, La Subdelegación de Gobierno en Guadalajara, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el proyecto de la línea eléctrica, el estudio de impacto ambiental y el resultado del trámite de esta información pública, con lo que se completó la remisión del expediente a que hace referencia el artículo 16 del Reglamento. Un resumen del estudio de impacto ambiental del trazado definitivo se encuentra en el anexo III. El anexo IV contiene un resumen del resultado de la información pública del citado estudio de impacto ambiental.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por el Real Decreto-Ley 9/2000, de 6 de octubre, y por los artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula, únicamente a efectos ambientales la siguiente declaración de impacto ambiental.

Declaración de impacto ambiental

Examinada la documentación, se considera que el proyecto es ambientalmente viable, cumpliendo las siguientes condiciones:

1. Selección del pasillo de menor impacto ambiental

El pasillo seleccionado como de menor impacto sobre el medio ambiente, de entre las alternativas analizadas, es el pasillo denominado D, propuesto en el estudio de impacto ambiental.

El trazado tiene una longitud aproximada de 30 kilómetros, se inicia con dirección predominantemente Noroeste en el apoyo 93 de la línea Trillo-Loeches, situado en el término municipal de Yebes. Continúa describiendo un pequeño arco para evitar la población de Horche, sobrevuela la carretera N-320 y toma dirección Norte, discurriendo por los términos municipales de Guadalajara y Lupiana, hasta cruzar el encinar de Lupiana a la altura del paraje denominado el Puntal de los Tres Caminos y el trazado del TAV a la altura del paraje denominado Valdejudíos. A partir de este punto, discurre con dirección Noroeste paralelo al trazado del TAV por su lado norte, vuela la Cañada Real Galiana y pasa por los términos municipales de Centenera y Aldeanueva de Guadalajara, donde atraviesa nuevamente el trazado del TAV a la altura del paraje denominado Las Viñas. A partir de aquí discurre en paralelo al trazado del TAV por su parte sur, cruzando los términos municipales de Torija, Valdegrudas, Trijueque y Brihuega, y llega a la Subestación de Fuentes de la Alcarria por el Suroeste.

2. Medidas preventivas y correctoras

Se efectuarán las medidas preventivas y correctoras indicadas en el estudio de impacto ambiental, en especial las que se indican a continuación:

2.1 Protección de la vegetación y el suelo:

2.1.1 Los tipos de apoyo, de acuerdo con lo especificado en el proyecto, poseerán cimentaciones fraccionadas en cuatro bloques macizos independientes, de manera que se minimice la ocupación del terreno y la afección a la vegetación presente en la base de los mismos.

2.1.2 Se evitará la instalación de apoyos en cualquier parte del trazado donde se afecten ejemplares de encinas («Quercusilex» o «Quercusfaginea»), especialmente en el encinar abierto del paraje conocido como «El Puntal de los Tres Caminos», en el término municipal de Lupiana. Si por razones de seguridad, fuese necesaria la poda de árboles, deberá realizarse con motosierra, desbrozadora, hacha y otras herramientas manuales similares, debiendo prohibirse a tal fin el empleo de maquinaria pesada. En caso de que fuese necesario proceder a la tala de árboles, se deberá obtener el permiso oportuno del órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2.1.3 Con carácter previo a la construcción de la línea, se realizará un muestreo a pie de los tramos que discurren por el interior de Hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y Flora Silvestres:

Tramo comprendido entre los apoyos 1-3: situado en el paraje denominado «Navajo del Moro» con vegetación protegida de matorrales gipsícolas ibéricos (estepas yesosas), bosques de «Quercus ilex», robledales de «Quercus faginea» y brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

Tramo comprendido entre los apoyos 6-8 y 9-11: situados en los parajes conocidos como «Alto del Rajal» y «Majada de los Puercos» respectivamente, con vegetación protegida de brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

Tramo comprendido entre los apoyos 30-31: situado en el paraje denominado «Las Navas» con vegetación protegida de bosques de «Quercus ilex» y brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

En caso de afectar a estos enclaves puntuales se tomarán las siguientes medidas:

Los accesos deberán permanecer balizados por ambos lados a lo largo de todo el periodo de ejecución del proyecto.

Se evitará en la medida de lo posible la ubicación de apoyos sobre estas poblaciones, la construcción de accesos, y la instalación de zonas de acopio en el interior de estos hábitats.

El tendido de los cables en estas zonas se realizará a mano, evitando el paso de vehículos todo terreno y maquinaria pesada.

2.1.4 Para trazar los accesos a las bases de los apoyos, se aprovecharán los caminos existentes adaptando el trazado al terreno siguiendo las curvas de nivel para evitar movimientos de tierra innecesarios. La ubicación de las infraestructuras y equipamientos necesarios se realizará minimizando la ocupación de terrenos y siempre en aquellos con menor valor ambiental y difícilmente erosionables.

2.1.5 Para disminuir los peligros de incendio, se establecerán normas de seguridad que deberán observarse en los trabajos de cualquier clase que se realicen en la línea, se promoverá la instrucción de los trabajadores que han de intervenir en las labores de extinción, se les dotará del material necesario y se coordinarán las posibles actuaciones con los servicios locales de extinción.

2.1.6 Se prohibirá expresamente la reparación o el cambio de aceite de la maquinaria en zonas que no estén expresamente destinadas a ello.

2.1.7 Los residuos que se generen durante las obras se gestionarán adecuadamente dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y, en su caso, se depositarán en vertederos debidamente autorizados por el órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2.2 Protección a la fauna:

2.2.1 Durante la fase de construcción, se evitará al máximo la generación de ruidos así como el uso de explosivos.

Con anterioridad al inicio de las obras, se deberá realizar un seguimiento del tramo comprendido entre el primer apoyo de la nueva línea desde la línea Trillo-Loeches, hasta el primer cruce con el trazado del TAV, para detectar la presencia de nidos de especies amenazadas en las inmediaciones de la línea. En caso de descubrirse alguno, se avisará al órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para adoptar las medidas oportunas.

2.2.2 Durante el funcionamiento de la línea y desde el momento de la instalación del cable de tierra, se realizará un seguimiento de acuerdo con lo especificado en el programa de vigilancia desarrollado en el punto 3.2.2 de esta declaración. En caso de detectarse la existencia de zonas críticas de colisión de aves, se procederá a la instalación de dispositivos salvapájaros en un plazo no superior a tres meses, especificando y justificando el tipo de dispositivo adoptado.

Si por los resultados del programa de vigilancia o por las comprobaciones que pudiese efectuar el órgano ambiental, se detectase que los dispositivos instalados no son suficientemente efectivos, el promotor deberá adoptar otros sistemas de señalización que disminuyan el riesgo de colisión a límites admisibles.

En caso de que eventualmente se instalasen nidos de especies amenazadas sobre los apoyos, de manera que pudieran suponer un problema para el funcionamiento o mantenimiento de la línea, el promotor notificará estas incidencias al órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que adopte las medidas oportunas.

Si debajo de los conductores se detectase la presencia de colmenas se procederá a su desplazamiento en las proximidades, y en caso de que esto no fuese posible, se aislarán mediante la instalación de placas metálicas puestas a tierra.

En cualquier caso, las características de la línea eléctrica y de sus apoyos deberán cumplir con lo dispuesto en el Decreto 5/1999, de 2 de febrero, por el que se establecen normas para las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión y líneas aéreas de baja tensión confines de protección de la avifauna en Castilla-La Mancha («Diario Oficial de Castilla-La Mancha» de 12 de febrero).

2.3 Protección del sistema hidrológico:

2.3.1 Durante la fase de obras no se invadirá, desviará o cortará el cauce de ninguno de los cursos fluviales atravesados por la línea.

2.3.2 Las zonas de préstamos, acopios, áreas de servicio y vertidos no ocuparán terrenos limítrofes con los cauces ni áreas de recarga de acuíferos, para evitar la afección directa o por escorrentía del sistema fluvial o acuífero.

2.4 Protección del Patrimonio Cultural:

2.4.1 Todos los movimientos de tierra necesarios próximos a yacimientos arqueológicos catalogados, se efectuarán con la presencia de un arqueólogo.

2.4.2 Si durante la ejecución de la obra apareciesen restos arqueológicos y/o paleontológicos, se informará a la Dirección General de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la adopción de las medidas oportunas de protección sobre el nuevo yacimiento.

2.5 Protección de vías pecuarias: se evitará la instalación de apoyos en todos los cruces con vías pecuarias, cañadas, veredas, cordeles o coladas. En caso de producirse daños en estas vías, se deberá presentar un plan de restauración de las mismas al final de las obras.

2.6 Restauración ecológica y paisajística: en todas las zonas afectadas por las obras, especialmente en las inmediaciones de los apoyos, en los pasillos utilizados para el tendido de los conductores y en los nuevos accesos abiertos para la instalación de los apoyos, se procederá a:

Eliminar cualquier residuo resultante de las obras.

Restaurar topográficamente a las condiciones originales.

Restaurar la cubierta vegetal existente con anterioridad, en la medida de lo posible.

En caso de la creación de nuevos taludes y superficies abiertas, se realizarán para su sujeción, siembras y plantaciones de especies autóctonas similares a las existentes en cada área afectada y pertenecientes a las series de regresión. Los cultivos y prados que hayan sido alterados se restaurarán mediante laboreo, aporte de tierra vegetal y siembras.

3. Programa de vigilancia ambiental.

Se redactará un programa de vigilancia ambiental, tanto para la fase de obras como para la fase de funcionamiento de la línea eléctrica, que permita el seguimiento y control de los impactos y la eficacia de las medidas preventivas y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y en el condicionado de esta declaración.

Se designará un responsable con cualificación técnica adecuada y, en su caso, al equipo técnico que se considere necesario para desarrollar adecuadamente dicho programa de vigilancia.

El programa de vigilancia detallará el modo de seguimiento de las actuaciones, describirá el tipo de informes, la frecuencia y el periodo de su emisión.

El programa contemplará los aspectos indicados en el estudio de impacto ambiental e incluirá, en especial, los siguientes:

3.1 Programa de vigilancia durante la fase de construcción de la línea.

Se incluirán los siguientes aspectos: supervisión del terreno utilizado para la construcción e izado de los apoyos, tendido de cables y apertura de accesos; control y gestión de los residuos sólidos procedentes de desmontes y excavaciones; control y seguimiento de las posibles operaciones de talas, podas y desbroces y de la eliminación de los residuos vegetales que se produzcan; información a los trabajadores de las normas y recomendaciones para el manejo responsable de materiales y sustancias potencialmente contaminantes para el entorno (aceites, combustibles, hormigones) y del uso adecuado de la maquinaria para no afectar al suelo y a la vegetación.

3.2 Vigilancia durante el funcionamiento de la línea.

3.2.1 Vigilancia de los procesos erosivos y las medidas correctoras de revegetación: se observarán visualmente, con anterioridad y posterioridad al período más intenso de precipitaciones, todas las superficies donde se haya retirado la cobertura vegetal con el fin de localizar la presencia de cárcavas, desprendimientos o deslizamientos por socavación del terreno. Se deberá comprobar igualmente la profundidad de la capa vegetal presente y la evolución de las replantaciones efectuadas.

3.2.2 Vigilancia de los efectos sobre la avifauna: se diseñará un programa de vigilancia específico para estimar la posible afección de la línea sobre las aves con la siguiente periodicidad:

En el tramo comprendido desde la subestación de Fuentes de la Alcarria hasta el segundo cruce con el TAV, se desarrollará durante el primer año de instalación, pudiéndose ampliar un año más en función de los resultados obtenidos.

En el tramo comprendido entre el primer apoyo de la nueva línea desde la línea Trillo-Loeches hasta el primer cruce con el trazado del TAV, se desarrollará durante dos años.

Pasado este segundo año, y en caso de precisarse, se propondrá un nuevo plan de vigilancia para los siguientes.

Este programa especificará y justificará, como mínimo, la metodología de estudio empleada, así como los resultados obtenidos del mismo, detallando el tramo de la línea o apoyo causante del accidente, las características de los restos de las aves recogidas, el índice de colisión por especie y las fuentes de información de los datos aportados.

3.2.3 Control arqueológico efectuado durante las obras al que se hace referencia en la condición 2.4.

3.3 Informes del programa de vigilancia.

Con independencia de los informes de carácter interno necesarios para asegurar el funcionamiento y autocontrol del programa de vigilancia, el promotor emitirá los siguientes informes:

Se emitirán informes con periodicidad semestral durante la fase de construcción, que hará referencia, como mínimo, a todos los aspectos indicados en la condición 3.1.

Se realizará un informe anual durante la fase de funcionamiento de la línea, que hará referencia, como mínimo, a todos los puntos referidos en la condición 3.2.1 y 3.2.3 de esta declaración.

Asimismo, se emitirán informes semestrales a partir de la instalación de los cables de tierra de los resultados de las actividades realizadas en cumplimiento de la condición 3.2.2 de esta declaración.

Estos informes incluirán un capítulo de conclusiones, en el que se evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas en esta declaración, la eficacia de las medidas correctoras utilizadas, las posibles desviaciones respecto de los impactos residuales previstos en el estudio de impacto ambiental y, en su caso, propondrá medidas correctoras adicionales y/o modificaciones en la periodicidad de los controles realizados.

Se emitirá un informe especial cuando se presenten circunstancias excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento, sin perjuicio de la comunicación inmediata, que en su caso proceda, a los órganos competentes.

Al finalizar el primer año de funcionamiento y basándose en la experiencia y conclusiones obtenidas del plan de vigilancia anteriormente desarrollado, se propondrá un nuevo programa de vigilancia a realizar en el segundo año, y terminado éste, se propondrá, en su caso, otro programa de vigilancia a cumplir en los años sucesivos.

Los informes deberán ser emitidos en las fechas propuestas en el programa y remitidos tanto a la Dirección General de Política Energética y Minas como a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Del examen de esta documentación por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental podrán derivarse modificaciones y/o ampliaciones de las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los objetivos de la presente declaración de impacto ambiental.

4. Documentación adicional

El promotor efectuará y remitirá a la Dirección General de Política Energética y Minas y a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, para su aprobación, los estudios y/o proyectos que se indican a continuación:

4.1 Con anterioridad al inicio de las obras.

Una vez diseñados los accesos para cada apoyo en los hábitats expresados en las condiciones 2.1.2 y 2.1.3, y con anterioridad a su construcción, se enviará un informe a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental que incluya su localización cartográfica, dimensiones y vegetación afectada.

Propuesta de programa de vigilancia ambiental durante la fase de construcción, tal como se indica en la condición 3.1.

4.2 Con anterioridad a la puesta en funcionamiento de la línea:

Se remitirá la propuesta de programa de vigilancia ambiental durante la fase de funcionamiento, tal como se indica en la condición 3.2.

5. Financiación de las medidas correctoras y del plan de vigilancia ambiental

Deberán incorporarse a las prescripciones técnicas de carácter ambiental asociadas al proyecto de ejecución, con el nivel de detalle que corresponda, las medidas correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental y las contenidas en esta declaración, así como las actividades derivadas de la realización del programa de vigilancia ambiental.

Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de las medidas correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en las condiciones establecidas, figurarán en las especificaciones de obra que han de regir los trabajos. También se valorarán los gastos derivados del programa de vigilancia ambiental. Estas condiciones se exigirán a todos los contratos y subcontratos que el promotor efectúe para la realización de las obras y el funcionamiento de las instalaciones.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

Madrid, 11 de marzo de 2002.‒La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

ANEXO I
Consultas previas sobre el impacto ambiental del proyecto
Relación de consultados Respuestas recibidas
Dirección General de la Conservación de la Naturaleza.
Confederación Hidrográfica del Tajo. X
Delegación del Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Subdelegación del Gobierno en Guadalajara. X
Dirección General del Medio Ambiente Natural de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. X
Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha X
Dirección General de Desarrollo Industrial de la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. X
Diputación Provincial de Guadalajara.
Ayuntamiento de Atanzon.
Ayuntamiento de Brihuega.
Ayuntamiento de Budia.
Ayuntamiento de Caspueñas.
Ayuntamiento de Guadalajara.
Ayuntamiento de Irueste.
Ayuntamiento de Lupiana. X
Ayuntamiento de Peñalver.
Ayuntamiento de Romanones.
Ayuntamiento de San Andrés del Rey.
Ayuntamiento de Tendilla.
Ayuntamiento de Torija.
Ayuntamiento de Trijueque.
Ayuntamiento de Valdeavellano. X
Ayuntamiento de Valdegrudas.
Ayuntamiento de Valfermoso de Tajuña. X
Ayuntamiento de Yelamos de Abajo.
Ayuntamiento de Yelamos de Arriba.
Instituto Geológico y Minero de España. X
ADENA.
Ecologistas en Acción. X
CODA.
Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG). Departamento de Medio Ambiente. Madrid.
FAT.
Greenpeace.
SEO. Facultad de Biología. Universidad Complutense de Madrid.
Sociedad conservación Vertebrados (SCV).
Asociación Castellano-Manchega Defensa del Patrimonio Natural (ACMADEN).
Asociación Naturalista para la Defensa de Castilla-La Mancha.
Asociación Alcarreña para la Defensa del Medio Ambiente (DALMA). X
Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental. X

Se han consultado un total de 39 entidades: 8 organismos de la Administración central y autonómica; 18 Ayuntamientos; 1 centro de investigación y 12 asociaciones ecologistas. Se han recibido 12 contestaciones, exponiéndose a continuación un resumen de su contenido.

Contestaciones a las consultas previas

Confederación Hidrográfica del Tajo. Informa que debe evitarse cualquier afección al régimen hidráulico superficial. Indica que en caso de afectar la zonas de policía de los cauces públicos, habrá de obtenerse la correspondiente autorización de esta Confederación.

Subdelegación del Gobierno en Guadalajara. Señala la existencia de montes de utilidad pública en la zona de estudio. Asimismo, sugiere emplear el máximo cuidado en el cruce de la línea con cursos de agua de San Andrés, Tajuña y Ungría, de gran interés faunístico y florístico. También señala la necesidad de extremar el cuidado en los trabajos de mantenimiento y limpieza de la línea y su zona de influencia, debido al elevado riesgo de incendio por el tipo de vegetación existente.

Dirección General del Medio Ambiente Natural. Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Informa de la proximidad al área de estudio de dos zonas propuestas como Lugar de Interés Comunitario (LIC), «Quejigares de Barrio Pedro y Brihuega» y «Sierra de Altomira», ésta última también propuesta como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA).

Asimismo, señala la existencia de una pareja de águila perdicera, en peligro de extinción según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha, por lo que aconseja el alejamiento del trazado de los parajes denominados «Carravieja», «Valdullán» y «Cerro Bermejo» en el término municipal de Brihuega. Sugiere la instalación de dispositivos salvapájaros en estas zonas, así como en el cruce con cauces naturales, en particular con el río Tajuña.

Igualmente, apunta la necesidad de respetar al máximo los sotos de ribera, las masas de frondosas existentes, los montes públicos y las vías pecuarias existentes.

Adjunta el Decreto 5/1999 de 2 de febrero de 1999, por el que se establecen normas para instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión en la protección de la avifauna.

Dirección General de Cultura. Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Aporta información sobre la ubicación de los Bienes de Interés Cultural existentes en los términos municipales afectados, su rango de protección y el procedimiento en caso de hallarse nuevos restos arqueológicos.

Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Señala que deberá considerarse el Decreto 5/1999 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se establecen normas para la protección de la avifauna en instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión.

Ayuntamientos de Lupiana, Valdeavellano y Valfermoso de Tajuña. No emiten ninguna sugerencia de tipo ambiental.

Instituto Tecnológico Geológico y Minero de España. Considera que se debería tener en cuenta los impactos debido a movimientos de tierras en la geomorfología local así como las afecciones a puntos de interés tanto geológico como arqueológico.

Señala la necesidad de un estudio e inventariado de la flora y las comunidades vegetales y faunísticas presentes en la zona, indicando su estado de conservación y rango de protección legal nacional y regional, centrándose sobre todo en la avifauna y en el impacto sufrido por las obras.

Considera necesaria la valoración de los impactos paisajísticos que puedan producirse tanto durante la fase de construcción, como de explotación de la línea.

También aporta recomendaciones ambientales para prevenir, minimizar o corregir los impactos que se puedan producir.

Ecologistas en Acción. Solicita la especificación de los medios adoptados para la protección de la avifauna, así como la inclusión en el estudio de impacto de la afección paisajística, el proceso de restauración de los deterioros ambientales que se puedan producir y las medidas a adoptar para la reducción de riesgo de incendios provocados por la línea.

Asociación Alcarreña para la Defensa del Medio Ambiente (DALMA). Señala la existencia de montes de utilidad pública en la zona de estudio indicando su condición de montes relictos con gran variedad de especies autóctonas.

Propone que la línea no discurra por el valle del río San Andrés, uno de los parajes mejor conservado de la provincia de Guadalajara.

Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental. Informa haberlo comunicado a sus socios, a fin de que puedan presentar sugerencias a título personal.

ANEXO II
Resumen del estudio de impacto ambiental y resultado de la información pública del primer trazado propuesto

Contenido

El estudio de impacto ambiental realizado por «Baoinsa, S.L.»,a solicitud del promotor «Red Eléctrica de España, S.A.», realiza una descripción detallada del proyecto y de las actividades que su desarrollo conlleva. Localiza e identifica siguiendo la normativa vigente, las zonas y parajes que por sus características legales, especial eso destacables, pueden verse afectadas por el proyecto. Realiza un inventario ambiental del área de estudio, analizando los componentes del medio físico, biológico, socioeconómico y del paisaje que lo definen, acompañados con cartografía temática a escala 1:50.000. Identifica los efectos ambientales sobre los diversos componentes del medio, provocados como consecuencia de la ejecución del proyecto, diferenciando entre los producidos en la fase de construcción y en la fase de explotación. Realiza un estudio de pasillos alternativos, comparando los diferentes trazados. Propone medidas preventivas y correctoras que permitan reducir, evitar o compensar los impactos ambientales. Identifica y evalúa los impactos residuales. Define un programa de vigilancia ambiental y aporta un documento de síntesis.

Justificación del proyecto

De acuerdo con la información contenida en el estudio de impacto ambiental, el proyecto de REE, consiste en la construcción de una línea eléctrica aérea de 400 kV de aproximadamente 21,5 kilómetros de longitud para suministrar energía al Tren de Alta Velocidad (TAV) Madrid-Lérida, mediante la conexión de la futura subestación de tracción situada en Fuentes de la Alcarria, en el término municipal de Brihuega (Guadalajara) con la línea ya existente a 400 kV Trillo-Loeches.

Básicamente la construcción del tendido eléctrico se compone de las siguientes actividades: apertura de pistas de acceso, excavación y hormigonado de los apoyos, retirada de tierras y materiales de la obra civil, acopio de material, montaje e izado de los apoyos, desbroce y corta de arbolado, acopio de materiales para el tendido, tendido de conductores y regulado de la tensión, eliminación de materiales y rehabilitación de daños.

Inventario ambiental

Ámbito de estudio

La zona de estudio, comprendida entre las cotas de 740-1.040 metros, tiene como límite sur la línea Trillo-Loeches y como límite norte el trazado del Tren de Alta Velocidad, donde se ubica la nueva subestación de Fuentes de la Alcarria.

La descripción de la zona de estudio siguiendo dirección Sur-Norte, se inicia con páramos o alcarrias a través de cultivos de secano (cereal xerófilo debido a la baja precipitación de la zona) acompañados de bosquetes de encinas («Quercus ilex» spp. «rotundifolia»), continuando por dos barrancos presentes: el barranco del Ojuelo y el barranco formado por el arroyo de San Andrés, este último con masas de monte bajo en regeneración en su ladera de umbría con encinas («Quercus ilex»), quejigos («Quercus faginea») y rebollos («Quercus pyrenaica»).

Antes del cruce del arroyo de San Andrés se encuentra la Vereda De Viuda del Rosal y rebasado el mismo se sitúan la Vereda De la Peña del Gato, y los Cordeles de Ganados Galiana y Cordelera.

Más adelante se ubican cultivos de secano con pequeños rodales de encinas hasta el barranco creado por el Arroyo del Peñón. Sigue una zona con cultivos de secano entre bosquetes de encinar, hasta el barranco creado por el río Tajuña, siendo este el principal río que drena la zona. Pasando este barranco, existen de nuevo páramos con cultivos de secano hasta el barranco del río Ungría, ambos con masas de monte bajo con encinas («Quercus ilex»), quejigos («Quercus faginea») y rebollos («Quercus pyrenaica») en sus laderas de orientación norte. Más adelante se encuentran cultivos de secano con algún pie de encina disperso. Salpicando todo el ámbito de estudio se encuentran matorrales como aulagares («Genista scorpius» y «G. pumila») y coscojares («Quercus coccifera») asociados a zonas de barrancos y cultivos abandonados.

Todos los cauces cruzados por la línea tienen asociados vegetación de ribera con sotos de álamos blancos («Populus alba») y negros (Populus nigra) junto a sauces («Salix spp.»), apareciendo en algunas zonas fresnos («Fraxinus angustifolia»).

El principal valor ambiental del área son los ríos Tajuña, Ungría, y los arroyos de San Andrés y del Peñón que discurren en parte encajados en barrancos en contraste con los páramos o alcarrias en su parte superior, presentando un alto valor paisajístico y ambiental.

Destaca en la zona de estudio la presencia de nutria («Lutra lutra») en el río Tajuña y el águila-azor perdicera («Hieraetus fasciatus») en los cortados del Tajuña, catalogadas respectivamente como especies «en peligro de extinción» y «vulnerable» según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha.

Hay otras especies presentes en la zona de estudio como la avutarda («Otis tarda»), el sisón («Tetrax tetrax»), el aguilucho cenizo («Circus pygargus»), el halcón peregrino («Falco peregrinus») y el búho real («Buho buho»), todas ellas catalogadas como «vulnerable» según el mismo Catálogo.

Dentro de la fauna piscícola destaca la bermejuela («Rutilus arcasii») en el río Ungría, especie autóctona incluida en el anexo II de la Directiva Hábitat y catalogada como «de interés especial» según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha.

Espacios naturales de interés

Según el estudio de impacto ambiental, en el área de estudio existen Hábitats de interés según la Directiva Hábitats 92/43/CEE y no existen propuestas de Lugar de Interés Comunitario (LIC) ni zonas de la Red de Espacios Protegidos de la Junta de Castilla-La Mancha.

Paisaje

La zona de estudio posee un fuerte contraste visual consecuencia de la coexistencia de páramos y valles encajados. Aparecen encinares residuales en los páramos, como en Trijueque, Valdegrudas o entre el río Peñón y el Tajuña.

Por otra parte, en los valles existe vegetación de ribera, destacando el valor paisajístico de los ríos Tajuña y Ungría, y los arroyos de San Andrés y del Peñón, que discurren dentro de barrancos con un alto valor medioambiental.

Descripción de alternativas

El estudio de impacto ambiental analiza dos alternativas o pasillos que presentan un tramo común (pasillo A): la alternativa que discurre por los pasillos B+A y la que discurre por los pasillos C+A descritas a continuación.

Alternativa B+A: el pasillo B parte de la línea Trillo-Loeches desde el paraje conocido como el Cerro del tío Espartaco al suroeste del núcleo de Yélamos de Abajo y al sureste de Irueste aproximadamente a 1 kilómetro de ambas poblaciones, desde donde toma dirección Norte cruzando el barranco del arroyo de San Andrés. Continúa a través del páramo que separa el arroyo de San Andrés del arroyo del Peñón, cruza el barranco formado por este último y adopta dirección predominantemente Noroeste para cruzar la carretera CM-2005 y el barranco formado por el río Tajuña pasando entre las poblaciones de Tomellosa y Archilla a 1,5 y 2 kilómetros de distancia respectivamente. Discurre por el paraje conocido como Maravillana, desde donde entronca con el pasillo A. A partir de aquí atraviesa el páramo entre los ríos Tajuña y Ungría. A continuación cruza el barranco del río Ungría. Una vez salvado el río, el pasillo toma dirección Norte y cruza el páramo existente hasta que en las proximidades del paraje denominado Caparraz toma dirección Noreste para entrar en la futura subestación de Fuentes de la Alcarria.

Alternativa C+A: el pasillo C se presenta como alternativa al pasillo B en la mitad sur del trazado de la línea. Este pasillo parte de la línea Trillo-Loeches al sur del inicio del pasillo B desde el paraje conocido como Carrayélamos y discurre a 750 metros kilómetros al norte del núcleo de Irueste, tomando dirección Noreste para cruzar el barranco formado por el arroyo de San Andrés hasta el paraje denominado Las Palomas donde toma dirección Norte para sobrevolar el valle del Tajuña. Sigue con la misma dirección y cruza varios barrancos menores hasta confluir con el pasillo A a la altura del paraje denominado Maravillana. A partir de ahí continúa con el mismo trazado que la alternativa anterior hasta alcanzar la subestación de Fuentes de la Alcarria.

El estudio de impacto ambiental propuso el pasillo B+A considerándole de menor impacto ambiental.

Resultado de la información pública

Relación de entidades que han presentado alegaciones con contenido ambiental

Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Guadalajara.

Ayuntamiento de Caspueñas y 400 titulares afectados.

Ayuntamiento de Yélamos de Abajo.

Ecologistas en acción.

Asociación Alcarreña para la Defensa del Medio Ambiente (DALMA). Otras alegaciones.

Resumen del contenido ambiental de las alegaciones y de las contestaciones del promotor.

Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Guadalajara. Recomienda analizar la posibilidad de emplear el corredor de transporte generado por la Nacional II actual autovía A-II, el oleoducto Rota-Zaragoza y el propio tren AVE, para atravesar así un área más antropizada, y evitar una degradación paisajística al eludir intersectar una serie de valles de elevado valor ecológico afectados por las otras alternativas.

Esta nueva alternativa, en líneas generales, partiría desde la línea Trillo-Loeches a partir de su apoyo 93 con dirección Noroeste, girando más tarde en dirección Noreste hasta alcanzar la futura subestación de Fuentes de la Alcarria.

Ayuntamiento de Caspueñas y 400 titulares afectados. Informa de la existencia de la solicitud de inclusión del Valle del río Ungría bajo la figura de Paisaje Protegido, además de la afección producida a la masa boscosa existente en Montellano que forma parte del patrimonio del municipio con una protección similar a la de Montes de Utilidad Pública y del Plan de Desarrollo Rural.

Advierte que el trazado atraviesa el barranco de Valhondo de mayor valor ecológico y ambiental que el barranco del río Ungría y paisajes bien conservados como los quejigares existentes en el municipio.

Considera necesaria la existencia de un inventario de especies vegetales afectadas y adjunta un inventario de fauna.

Sugiere la conveniencia de hallar una alternativa para el trazado A, a la vez que indica que desplazando el trazado propuesto se atravesarían menos barrancos. Coincide con la alternativa propuesta por la Dirección General de Medio Ambiente Natural de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el desplazamiento de la subestación de Fuentes de la Alcarria, ya que no se intersectaría ningún barranco.

El promotor (REE) responde a ambas alegaciones que si bien el trazado alternativo propuesto discurre por terrenos más antropizados y llanos, también atraviesa zonas constituidas por masas densas de encinares y quejigares con un excelente estado de conservación y alto valor ecológico, suponiendo además un incremento importante en la longitud de la línea.

Por otra parte, el promotor estima la incidencia del trazado sobre el río Ungría como compatible, ya que no se situarían apoyos en el valle, sino que se sobrevolaría el mismo a gran altura, no siendo necesaria la apertura de calle de seguridad para la instalación de la línea y señala que en el momento de la tramitación del expediente no existía una figura de protección para el Valle del río Ungría.

Ayuntamiento de Yélamos de Abajo. Se opone a la instalación de la línea al considerar que supondría una carga excesiva de tendidos eléctricos para el término municipal y un perjuicio para los habitantes de este municipio.

El promotor (REE) responde que ha realizado un estudio de impacto ambiental en el que se han considerado todos los condicionantes, subordinando los intereses particulares al interés general. Asimismo, indica que el trazado es compatible con el uso agrícola de la zona.

Ecologistas en acción. Se adhiere a las alegaciones de la Asociación Alcarreña para la Defensa del Medio Ambiente (DALMA) resumidas en el punto siguiente.

Asociación Alcarreña para la Defensa del Medio Ambiente (DALMA). Considera que las opciones presentadas son insuficientes y a que atraviesan cuatro valles de alto valor ecológico. Sugiriere que se estudie un pasillo situado más al este o paralelo a la A-II, procedente de la Central de Trillo.

Considera intocables los Montes de Utilidad Pública números 46, 220 y 39 ubicados en los términos municipales de Irueste, Romanones y Brihuega.

Coinciden con el promotor que la opción B+A es ambientalmente más viable que la opción C+A.

El promotor (REE) responde a ambas asociaciones que se han definido tres pasillos que conforman dos alternativas, por lo que no cree necesaria la definición de una tercera.

El trazado paralelo a la autovía A-II supondría un aumento considerable de la longitud de la línea, al igual que el desvío de la línea hacia el Este, además de afectar este último al área de nidificación del águila-azor perdicera.

Indica que el trazado actual atraviesa los arroyos de San Andrés y del Peñón en un solo vano, no habiendo apoyos en los valles y sobrevolándolos a gran altura, por lo que la vegetación no se ve afectada.

Otras alegaciones. Se han presentado 14 alegaciones de particulares referidas a cuestiones administrativas que en ocasiones van acompañadas de alegaciones similares a las presentadas por el ayuntamiento de Caspueñas o a la asociación DALMA y con contestaciones por parte del promotor idénticas a las realizadas en los casos anteriores.

Resolución de las Cortes de Castilla-La Mancha

El Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha del día 23 de noviembre de 2000 acuerda:

Rechazar el proyecto relativo a la línea eléctrica entrada y salida en Fuentes de la Alcarria de la línea Trillo-Loeches a su paso por el Valle de Ungría y en consecuencia trasladan dicho acuerdo al Gobierno de Castilla-La Mancha para que solicite la retirada del mencionado proyecto presentado por el Gobierno de España.

Instar al Gobierno de España y al de Castilla-La Mancha para que exijan a la empresa «Red Eléctrica de España, S.A.» a que presente aquellos trazados alternativos que garanticen la protección del Medio Ambiente y el desarrollo sostenible de todos los parajes afectados.

En reunión celebrada el 22 de diciembre de 2000, considerando la resolución anteriormente mencionada, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental comunicó al promotor la necesidad de elaborar un nuevo estudio de impacto ambiental en el que se analizasen otras alternativas al trazado de la línea, y la necesidad de someter de nuevo dicho estudio al trámite de información pública.

Posteriormente, el promotor elaboró un nuevo estudio de impacto ambiental, incluyendo un pasillo alternativo que se describe en el anexo III de esta declaración.

ANEXO III
Resumen del estudio de impacto ambiental del trazado definitivo

Atendiendo al requerimiento de las Cortes de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, indicó al promotor la necesidad de estudiar una nueva alternativa al trazado de la línea.

El promotor propuso un nuevo trazado que fue considerado adecuado desde el punto de vista medioambiental por la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cuyo estudio de impacto ambiental se resume a continuación.

Justificación y descripción del proyecto

De acuerdo con la información contenida en el estudio de impacto ambiental, el proyecto de REE, consiste en la construcción de una línea eléctrica aérea de 400 kV y de una longitud aproximada de 30 kilómetros, para suministrar energía al Tren de Alta Velocidad (TAV) Madrid-Lérida, mediante la conexión de la futura subestación de tracción situada en Fuentes de la Alcarria, en el término municipal de Brihuega (Guadalajara), con la línea ya existente de 400 kV Trillo-Loeches. El estudio de impacto ambiental propone como mejor alternativa el pasillo D, cuyo trazado se describe a continuación:

El trazado tiene una longitud aproximada de 30 kilómetros, se inicia con dirección predominantemente Noroeste en el apoyo 93 de la línea Trillo-Loeches, situado en el término municipal de Yebes. Continúa describiendo un pequeño arco para evitar la población de Horche, sobrevuela la carretera N-320 y toma dirección Norte, discurriendo por los términos municipales de Guadalajara y Lupiana, hasta cruzar el encinar de Lupiana a la altura del paraje denominado el Puntal de los Tres Caminos y el trazado del TAV a la altura del paraje denominado Valdejudíos. A partir de este punto, discurre con dirección Noroeste paralelo al trazado del TAV por su lado norte, vuela la Cañada Real Galiana y pasa por los términos municipales de Centenera y Aldeanueva de Guadalajara, donde atraviesa nuevamente el trazado del TAV a la altura del paraje denominado Las Viñas. A partir de aquí discurre en paralelo al trazado del TAV por su parte sur, cruzando los términos municipales de Torija, Valdegrudas, Trijueque y Brihuega, y llega a la Subestación de Fuentes de la Alcarria por el Suroeste.

Los apoyos serán torres de celosía de acero galvanizado con disposición en doble bandera y dos cables de tierra en su parte superior para su protección. La distancia media entre torres será de 400-500 metros, pudiendo llegar en caso máximo a 800-900 metros. La altura de los apoyos oscilará entre 42-46 metros. La base de la torre estará compuesta por cuatro pies, con una separación entre ellos de entre 5,90 y 10,149 metros. La fijación de los apoyos al terreno se realizará mediante cuatro zapatas de hormigón de forma troncocónica, una por pata, con una base cilíndrica de 0,5 metros de altura.

Los cables de tierra, de 11 milímetros de diámetro, serán dos, y se dispondrán en la parte superior de los apoyos, protegiendo a los cables conductores (más gruesos, de 30 milímetros de diámetro) de rayos y descargas atmosféricas. Se podrán señalizar con dispositivos anticolisión o salvapájaros, para evitar la colisión de algunas especies de avifauna.

En cuanto a la apertura de pistas de acceso, en general se intentará utilizar carreteras o caminos ya existentes. Al finalizar las obras, se dejarán en las condiciones que se encontraron anteriormente. En caso de construir accesos nuevos, se realizarán de 3-4 metros de anchura media y con el firme del propio terreno compactado.

Los materiales necesarios para el montaje de la línea se acopiarán en la proximidad de los apoyos, en zonas destinadas para ello. El armado e izado de los apoyos consiste en el montaje previo de la torre en el suelo y su posterior izado mediante grúa-plumas pesadas.

Una vez finalizadas las diferentes fases del trabajo, se retirarán los materiales sobrantes de la excavación. El control durante las obras de las cuestiones relacionadas con el cuidado del entorno como el orden, limpieza, limitación del uso del suelo de las obras, cerramiento de propiedades, prohibición de uso de explosivos, o vertido de aceites y grasas al suelo, son responsabilidad del contratista, quedando todo ello reflejado en el conjunto de especificaciones técnicas y pliegos de condiciones a cumplir por la empresa adjudicataria de los trabajos.

Inventario ambiental

Ámbito de estudio

La nueva zona de estudio complementa a la primera en su parte suroeste, incluyendo un mayor trazado del TAV y de la Autovía A-II, limita al Sur con la línea eléctrica Trillo-Loeches y al Norte con esta autovía e incluye los nuevos términos municipales de Aldeanueva de Guadalajara, Aranzueque, Armuña de Tajuña, Centenera, Horche y Yebes.

Está comprendida entre las cotas de 600 y 1.800 metros, predominando las zonas llanas, que se corresponden con los páramos de mayor altitud y las alcarrias o zonas más bajas. La cota inferior está asociada al valle del Tajuña en el extremo Sur del ámbito de estudio y la cota más elevada se localiza en el extremo Norte en los páramos que rodean el emplazamiento de la nueva subestación.

Actualmente, predominan las tierras labradas entre las que aparecen restos de vegetación potencial de la zona como encinares, quejigares y matorrales. Los cultivos más importantes son los olivares en solitario o en mosaico, la patata, la alfalfa y los cereales como el trigo y la cebada cervecera, predominante este último en las vegas de regadío entre pequeñas manchas arbóreas de fresnos («Fraxinus angustifolia»), sauces («Salix sp.») y algunos olmos («Ulmus sp.»).

La actividad industrial se encuentra muy poco desarrollada, la apicultura es una actividad con especial relevancia en la zona de estudio y la carga ganadera es muy baja aunque la red de vías pecuarias está bien desarrollada, existiendo en esta zona la Cañada Real Galiana, las Veredasdelos Verdugales y de Alcohete y las Coladas de Centera y Lupiana.

Existen numerosos barrancos y arroyos de menor entidad: arroyos de la Moraleja, de Valdeceño, de Valdevacas y de las Fuentes, barrancos de los Pilancones, de Valdenazor y de los Yesares.

En este nuevo trazado, el principal curso de agua afectado es el río Matayeguas, afluente del río Ungría, que desemboca a su vez en el Tajuña.

En su cabecera, así como en la zona de Lupiana, se localizan encinas («Quercus ilex») acompañadas normalmente por el quejigo («Quercus faginea») y la coscoja («Quercus coccifera»), este último matorral casi siempre mezclado con el quejigo y la encina en las cuestas y superficies de erosión de los paramos y en las laderas de solana de los barrancos de todos los cursos hídricos de la zona de estudio. También aparece el enebro («Juniperus oxycedrus») y matorrales de sustitución como el aladierno («Rhamnus alaternus»), el espino negro («Rhamnus lycioides»), el cambrón («Genista pumilla»), el espliego («Lavandula latifolia»), el tomillo («Thymus zygis») y en algunos casos la gayuba («Arctostaphyllos uva-ursi»). Como estrato subarbustivo destacan la siempreviva («Helichrysum stoechas»), el espliego («Lavandula latifolia«), la salvia («Salvia lavandulifolia»), la ajedrea («Satureja montana») y los tomillos («Thymus mastichina, T. zygis»).

Los matorrales leñosos constituyen una de las formaciones mejor representadas en el corredor de estudio, como los aulagares, localizados en suelos esqueléticos en zonas altas y con pendiente acusada, donde la especie dominante es la aulaga («Genista scorpius») o el cambrón («Genista pumilla»).

En cuanto a la fauna de la zona, según el Catálogo de Especies amenazadas de Castilla-La Mancha se diferencian:

Especies de interés especial: Bermejuela («Rutilus arcasii») localizada en el río Ungría, incluida también en el Anexo II de la Directiva Hábitat; el alcaraván («Burhinus oedicnemus») dentro del área de interés para las aves esteparias de Torija-Torremocha del Campo incluida en la zona de estudio en su parte norte; el abejaruco («Merops apiaster») en zonas de colmenas; el tejón («Meles meles») en las masas de frondosas y zonas de matorral, y el gato montés («Felix sylvestris») en masas de frondosas mejor conservadas.

Especies en peligro de extinción: el águila azor-perdicera («Hieraetus fasciatus») también calificada por la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (UICN) como vulnerable en España, localizada en los cortados de la margen derecha del Tajuña, aguas abajo de Brihuega en zonas con masa mixtas de quejigo, encina y pino carrasco.

Especies vulnerables: el aguilucho pálido («Circus cyaneus») en los cultivos de secano situados ente el Tajuña y la A-II y dentro de la zona de importancia para las aves esteparias de Torija-Torremocha del Campo; el sisón («Tetrax tetrax») observado esporádicamente en el área de estudio.

Como vulnerables según el Catálogo de Especies amenazadas de Castilla-La Mancha y la UICN: la avutarda («Otis tarda») observada esporádicamente en los páramos entre Torija y Torremocha del Campo; el aguilucho cenizo («Circus pygargus») con alguna pareja en las zonas de cultivo cerealista entre el cauce del Tajuña y la A-II; el halcón peregrino («Falco peregrinus») existiendo datos de nidificación en cortados del Tajuña aguas abajo y arriba de la zona de estudio; el búho real («Buho buho»), calificado como «vulnerable» por el Catálogo de Especies amenazadas de Castilla-La Mancha y como «especie rara» en España por la UICN, se localiza en la parte Sudeste del ámbito de estudio.

Existe un área de interés para las aves esteparias de Torija-Torremocha del Campo al norte del ámbito de estudio.

Hábitats de interés según la Directiva Habitats 92/43/CEE anexo I

Los hábitats afectados por el trazado de la línea son los siguientes:

A la altura del paraje conocido como «Navajo del Moro» matorrales gipsícolas ibéricos (estepas yesosas), bosques de «Quercus ilex», robledales de «Quercus faginea» y brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

A la altura de los parajes conocidos como «Alto del Rajal» y «Majada de los Puercos» brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

A la altura del paraje conocido como «Las Navas» bosques de «Quercus ilex» y brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

Espacios naturales de interés

Según el estudio de impacto ambiental, en el área de estudio existe una propuesta de Lugar de Interés Comunitario (LIC) contemplada como «Riberas de Valfermoso de Tajuña y Brihuega».

Existen hábitats incluidos dentro del Anexo I de la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha como son las comunidades gipsícolas, comunidades rupícolas no nitrófilas y galerías fluviales arbóreas o arbustivas.

En la actualidad no existe ninguna zona incluida dentro de la Red de Espacios Protegidos de la Junta de Castilla-La Mancha, aunque actualmente se ha solicitado la inclusión del valle del río Ungría bajo la figura de Paisaje Protegido.

Puntos de interés geomorfológico y yacimientos

Existen una serie de puntos de interés geológico o geomorfológico catalogados de «interés especial» según Anexo I de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha:

Uvalas y dolinas en los páramos entre la Nacional II (actual Autovía A-II) y el río Ungría y alrededor de los núcleos de Yélamos de Arriba, Lupiana, Horche y San Andrés del Rey.

Formaciones tobáceas localizadas en el barranco del arroyo Bernal en las proximidades del núcleo de Romancos.

Lagunas o cuencas endorreicas en el páramo de San Andrés del Rey.

Cortados fluviales y escarpes en los nacimientos del arroyo Bernal y del río San Andrés respectivamente.

Los yacimientos afectados por el trazado son los siguientes:

En el término municipal de Horche el yacimiento denominado «Corrales de las Cabras».

En el término municipal de Torija el número de yacimiento A (sin denominar).

En el término municipal de Aldeanueva de Guadalajara los yacimientos denominados «98046-1 Alta velocidad» y «98046-2 Alta velocidad».

Elección de la solución adoptada

Definición de condicionantes y descripción de alternativas

El estudio de impacto ambiental describe las características del trazado en sus distintas alternativas y analiza la viabilidad del pasillo propuesto. La descripción del trazado incluye tres pasillos alternativos. Las alternativas B+A y C+A, descritas en el primer estudio de impacto ambiental, y el nuevo pasillo denominado D ya descrito en el apartado «Justificación y descripción del proyecto» de este mismo anexo.

Comparación de alternativas y definición del pasillo óptimo

Los pasillos B y C cruzan barrancos con un alto valor paisajístico a lo largo de su trazado, además este último atraviesa la propuesta de lugar de Interés Comunitario (LIC) «Riberas de Valfermoso de Tajuña y Brihuega» y una zona de comunidades gypsicolas.

El pasillo A sobrevuela el valle del río Ungría. Dadas las características del mismo las Cortes de Castilla-La Mancha solicitan mediante Resolución un trazado alternativo.

El pasillo D en cambio, discurre por una zona más o menos llana, aprovechando los pasillos de infraestructuras ya existentes debido al trazado del tren de alta velocidad Madrid-Lérida, el oleoducto Rota-Zaragoza y la autovía A-II y evita cruzar barrancos o valles en todo su trazado.

Todos los pasillos cruzan veredas, coladas y cañadas. En cuanto a las dimensiones de los distintos pasillos, el C+A tiene una longitud de 21,4 km, el B+A de 21,7 km, y el D aproximadamente de 30 km.

No obstante, una vez comparadas las alternativas, analizando los impactos que generará la línea sobre el medio físico, biológico y socioeconómico y teniendo en cuenta la Resolución de las cortes de Castilla-La Mancha y la consideración de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el estudio de impacto ambiental considera como trazado menos impactante el pasillo D.

El pasillo propuesto no afecta directamente a ninguno de los espacios naturales protegidos presentes en la zona de estudio ni a Hábitats Prioritarios según el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE en su parte inicial, afecta al monte de utilidad pública 255 «El Robollar» localizado al inicio del trazado aunque no es necesaria la apertura de calles de seguridad ni la tala de pies, sobrevuela varias zonas donde se han localizado los yacimientos de «Corrales de las Cabras», el «98046-1 alta velocidad», el «98046-2 alta velocidad» y el «Yacimiento A en el término municipal de Torija». Atraviesa en sus últimos kilómetros una zona con presencia esporádica de aves esteparias aunque la afección a las mismas solapa con la afección del corredor del TAV más agresiva, sobrevuela un encinar abierto en el término municipal de Lupiana en el paraje conocido como «el Puntal de los Tres Caminos» por donde la masa se estrecha, por lo que no existe la necesidad de instalar apoyos dentro del mismo, minimiza la apertura de accesos al disponer de una gran red de pistas en el entorno y atenúa la afección paisajística al solapar afecciones con el corredor del TAV.

Análisis de intervisibilidad de la línea

Se describe la visibilidad de la línea mediante el concepto de cuenca visual, definido como un conjunto de puntos intervisibles, que proporcionan información sobre el potencial visual de la línea. Dentro de la zona de estudio se definen varias cuencas visuales, aunque por las características de la zona por donde discurre el trazado, solamente se tendrá en cuenta la denominada Cuenca del Páramo. Esta es una cuenca prácticamente llana con cultivos de cereal, olivares y bosquetes de encinas de baja altura, por lo que no existe ninguna barrera visual que atenúe la afección, dando lugar a que la visibilidad sea muy alta, aunque esto se solventa debido a que la totalidad de los núcleos de la zona están localizados en la parte alta de los barrancos o en el fondo de los mismos, lo que provoca que la visibilidad de la línea sea nula.

Por lo tanto, los únicos elementos afectados por la infraestructura serán las carreteras GU-905 desde Centenera a Iriepal y la N-320 que cruza perpendicularmente el trazado a la altura del Barranco de Valdenazor, quedando visible en sentido transversal, atenuándose hacia el Sur por la distancia y hacia el Norte por el encinar de Lupiana que actúa como barrera visual.

Identificación y evaluación de impactos

En este apartado en primer lugar se identifican las distintas afecciones del proyecto sobre el medio durante las fases de obras y explotación y posteriormente se indican las medidas preventivas y correctoras que se van a adoptar para disminuir y corregir el impacto ambiental.

Identificación de las acciones del proyecto durante la fase de obras: modificación superficial del suelo debido a la construcción de accesos y explanaciones, pérdida de cubierta vegetal por movimientos de tierras, afección a vías pecuarias presentes por el tránsito de maquinaria, fragmentación y alteración de hábitats de fauna terrestre, riesgo de contaminación por vertidos accidentales y generación de humos, polvo y ruido provocados por movimientos de maquinaria y presencia de personal.

Identificación de las acciones del proyecto durante la fase de explotación: ocupación del espacio por la presencia de la línea (cables, conductores y apoyos) y transporte de energía eléctrica e intrusión visual de los apoyos desde algunas poblaciones o infraestructuras cercanas. Riesgo permanente de colisión de aves con los cables de tierra. Pérdida de uso agrícola por ocupación del suelo debido a la instalación de apoyos y construcción de nuevos accesos. Generación de campos eléctricos y magnéticos.

Medidas preventivas y correctoras

El estudio de impacto ambiental propone un amplio rango de medidas preventivas y corretoras de carácter general, incluyendo asimismo otras más concretas que no se considera necesario reflejar, ya que quedan contempladas en el condicionado de esta declaración de impacto ambiental.

Programa de vigilancia ambiental

El programa de vigilancia ambiental se realiza con objeto de establecer un sistema que garantice el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras, debiéndolas asumir las empresas contratadas para ejecutar los trabajos.

Durante las actividades de construcción de la línea, se realizará un control permanente por parte de técnicos cualificados, los cuales son responsables del cumplimiento del programa de vigilancia ambiental. Estas labores se complementarán con controles periódicos, consistentes en visitas a las obras para constatar el correcto desarrollo de los trabajos y los posibles impactos generados. Antes de la finalización de la obra se efectuará una revisión completa y exhaustiva de la línea, llevando a cabo las medidas adecuadas para la corrección de los impactos residuales. Una vez puesta la línea en servicio, el personal de mantenimiento realizará revisiones periódicas para, además de verificar el buen estado y funcionamiento de los elementos de la línea, controlar la eficacia de las medidas correctoras llevadas a cabo.

ANEXO IV
Resultado de la información pública

Relación de entidades que han presentado alegaciones con contenido ambiental

Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Guadalajara.

Ayuntamiento de Aldeanueva de Guadalajara.

Ayuntamiento de Guadalajara.

Ayuntamiento de Valdegrudas.

Ayuntamiento de Centenera.

Ayuntamiento de Yebes, propietarios y demás titulares afectados en el término municipal de Yebes.

Asociación de Agricultores y Ganaderos de Iriepal y Cooperativa Local S. Isidro y la Inmaculada de Iriepal.

Ayuntamiento de Horche.

Don Jose Luis Navas Vacas, doña Ofelia Araceli Marrodan Fernández, don Oriol Rodrigo Torija Marrodan, don José Fernando Pastor Martínez, doña Carmen Moratilla García.

Don Antonio Pradana Bonilla.

Don Eduardo Florentino Torijano Matía y doña M.a Carmen Galve Manzano.

Resumen del contenido ambiental de las alegaciones y de las contestaciones del promotor

Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Guadalajara. Indica que dentro del trazado se incluye parte del Monte de Utilidad Pública número 255 «El Robollar», no encontrándose espacios naturales protegidos, zona sensible alguna o elementos geomorfológicos de protección especial. Sin embargo, sí existen varias vías pecuarias y Hábitats de Protección especial según la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, entre los que se incluyen las comunidades gypsófilas existentes en el inicio de la traza.

REE responde que el trazado no afecta a las comunidades gypsófilas, concretamente a las situadas en la zona limítrofe de los términos municipales de Yebes y Horche.

Ayuntamiento de Aldeanueva de Guadalajara. A través de varios escritos, solicita que el trazado se desplace hacia el Este para aproximarlo al límite con el término municipal de Guadalajara puesto que supondría una menor ocupación territorial a la vez que reduciría el impacto ambiental y visual. Hace referencia a la Resolución de las Cortes de Castilla-LaMancha en relación a la definición del trazado por parte del promotor y concluye que las distancias a los núcleos urbanos no son aceptadas, solicitando el enterramiento de la línea.

REE contesta que la línea cumple el requisito del Ministerio de Medio Ambiente en lo relativo a la distancia del trazado de la línea a núcleos urbanos. Así mismo, indica que se busca el paralelismo con el trazado del TAV situando la línea en el margen izquierdo del mismo, con lo que se aleja del casco urbano.

Ayuntamiento de Guadalajara. Indica que la ejecución del proyecto no debe provocar ningún daño al arbolado y no debe instalarse ningún apoyo en el interior de la Cañada Real.

El promotor (REE) responde que está de acuerdo con estas condiciones.

Ayuntamiento de Valdegrudas. Muestra su oposición al trazado, solicitando que se respete el trazado inicial al discurrir más alejado de su término municipal.

El promotor (REE) responde que la modificación del trazado inicial afecta al término de Valdegrudas respecto al original en la misma distancia.

Ayuntamiento de Centenera. Muestra su disconformidad al proyecto debido a que no ha obtenido información suficiente y objetiva, hace referencia a la Resolución de las Cortes de Castilla-La Mancha en relación a la definición del trazado por parte del promotor, y concluye que las distancias a los núcleos urbanos no son aceptadas, solicitando el enterramiento de la línea.

Ayuntamiento de Yebes, propietarios y demás titulares afectados en el término municipal de Yebes. Presenta un escrito donde se indica la existencia de una zona donde anidan águilas perdiceras (en peligro de extinción) y avutardas (vulnerable) ambas según el Decreto de Castilla-La Mancha 33/1998 de 5 de mayo de 1998. En este escrito también se rechaza el proyecto alegando que el nuevo trazado supone un riesgo para la salud.

Asociación de Agricultores y Ganaderos de Iriepal y Cooperativa Local S. Isidro y la Inmaculada de Iriepal. Manifiestan su oposición, suscribiendo en su totalidad el documento presentado por el Ayuntamiento de Horche resumido más adelante.

El promotor (REE) responde a estas alegaciones haciendo referencia a los pasos seguidos en colaboración con los órganos ambientales para la definición del trazado final. Respecto a los riesgos de la línea eléctrica sobre la salud, presenta un resumen de varios estudios donde se indica que los campos electromagnéticos generados no son nocivos para el hombre.

Ayuntamiento de Horche. Expone su rechazo mediante dos escritos, uno del Ayuntamiento y otro en representación de algunos vecinos, alegando que el trazado D de mayor recorrido que el resto de alternativas, supondría un mayor impacto paisajístico y afectaría a un mayor número de habitantes, con el consiguiente aumento de efectos nocivos sobre la salud, además de discurrir sobre la Cañada Real Galiana, una de las principales del país.

No considera el impacto sobre los ríos como un argumento válido para el cambio de trazado advirtiendo que las dos alternativas descritas coinciden en la misma zona de cruce del río Ungría, zona que había sido el motivo de la rectificación del proyecto original.

Indica que el índice más alto de colisión de aves con líneas eléctricas se produce en especies que están en los parajes de «Las Navas», «Peñablanca», «Las Navillas», «Valdejudío», etc por las que cruza la línea, afectándose incluso la nidificación de las avutardas en los parajes de «Nava Redonda», «Los Verdugales», el «Renachal» y el «Monte».

Finalmente, indica que los informes de impacto sobre el patrimonio histórico cultural se refiere solo a los trazados A, B y C sin incluir los municipios afectados por el trazado D.

Adjunta los siguientes documentos:

Escrito de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de Guadalajara en contestación a consultas realizadas por este Ayuntamiento.

Resolución de las Cortes de Castilla-La Mancha.

Escrito de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Escrito del Diputado Regional, Presidente de la Comisión de Industria, manifestando el total apoyo a este Ayuntamiento respecto a la búsqueda de diferentes alternativas de trazado que no coarten el desarrollo socioeconómico de la comarca.

Don José Luis Navas Vacas, doña Ofelia Araceli Marrodan Fernández, don Oriol Rodrigo Torija Marrodan, don José Fernando Pastor Martínez, doña Carmen Moratilla García. Indican su oposición al pasillo seleccionado, alegando que existen zonas para atravesar el río Ungría y Tajuña con un impacto mínimo sobre el paisaje. Proponen un trazado que conecte con la subestación Fuentes de la Alcarria desde el noreste, evitando de este modo el cruce con el río Ungría.

Señalan que el tendido pasa muy próximo a un área recreativa muy visitada localizada en las proximidades de la Urbanización «Bella Vista», por lo que este trazado es el que afecta a un mayor número de personas que el resto de alternativas.

En cuanto a las colisiones de aves con el trazado y los informes del Patrimonio Histórico Cultural, indica lo mismo que la alegación anterior.

El promotor (REE) responde a ambas alegaciones haciendo referencia a los pasos seguidos en colaboración con los órganos ambientales para la definición del trazado final.

Presenta las distancias al borde de los núcleos urbanos de los términos Municipales por los que transcurre la línea eléctrica, además de indicar que no se aconseja el enterramiento de la misma.

Considera que el impacto sobre la avifauna es compatible con las especies presentes, no perjudicando su nidificación.

Finalmente señala que la línea no discurre sobre la Cañada Real Galiana, sino que la cruza en dos ocasiones.

Don Antonio Pradana Bonilla. En representación de «Las Flores, Sociedad Anónima» indica su oposición, alegando que el establecimiento de la línea en esta zona supondría graves perjuicios para el cultivo de cereal de sus fincas, para el suelo por el posible vertido de sustancias contaminantes y para las especies protegidas que anidan en esta finca que incluye un coto de caza mayor y menor, parcelas agrícolas de labor de secano, de monte bajo, matorral, pastos y masas arboladas, señalando las especies presentes y el grado de protección de algunas de ellas.

Por último solicita que en el caso de abrir calles de seguridad se determine su ubicación y anchura y los árboles que necesitan ser talados, la superficie que será ocupada por los apoyos y la duración de la ocupación de los terrenos.

El promotor (REE) responde que la instalación de la línea no necesitar la apertura de calles de seguridad sobre las masas arboladas existentes realizándose los accesos campo a través. Respecto a los riesgos sobre la salud presenta un resumen de varios estudios donde se indica que los campos electromagnéticos generados no son nocivos para el hombre.

Don Eduardo Florentino Torijano Matía y doña M.a Carmen Galve Manzano. Informan que la línea interrumpe el cultivo de su finca al situar en ella un apoyo de la línea. Además existe un contrato de opción de compra de la parcela para la construcción de una planta de vertidos y quema de residuos de la provincia de Guadalajara o de cualquier otra industria.

El promotor (REE) responde que la instalación de la línea es compatible con cualquier utilización agropecuaria.

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