Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-6283

Orden APA/702/2002, de 1 de abril, por la que se prorroga por segunda vez el mandato del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2002, páginas 12656 a 12657 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2002-6283

TEXTO ORIGINAL

El Decreto 835/1972, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, dispone en su artículo 89.3 que los vocales de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen, Genéricas y Específicas serán renovados cada cuatro años, pudiendo ser reelegidos.

Esta disposición esta recogida en el artículo 39.2 del Reglamento de la Denominación de Origen Calificada Rioja, aprobado mediante Orden de 3 de abril de 1991.

Por otra parte, el artículo 8 del Real Decreto 2004/1979, de 13 de julio, por el que se regula la constitución de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen y el Consejo General del Instituto Nacional de Denominaciones de Origen, habilita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para resolver los casos particulares que se presenten en la aplicación del citado Real Decreto.

La última convocatoria de elecciones a vocales del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja se produjo mediante la Orden de 28 de abril de 1997, habiendo tomado posesión los vocales elegidos el 21 de julio de 1997, por lo que la renovación del Consejo Regulador debería haberse producido en julio del 2001, no obstante, diversas circunstancias aconsejaron prorrogar su mandato hasta el 31 de marzo de 2002, aprobándose a tal efecto la Orden de 18 de julio de 2001.

En la actualidad se está procediendo a la revisión en profundidad de la Ley 25/1970, Estatuto de la viña, el vino y los alcoholes, lo que, de acuerdo con las Comunidades Autónomas implicadas territorialmente en la Denominación de Origen Calificada Rioja, aconseja prorrogar nuevamente el mandato del actual Consejo Regulador.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Prórroga del mandato del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja.

1. Queda prorrogado el mandato del actual Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja por un período de un año.

2. Dentro del plazo que se fija en el punto anterior, el Consejo Regulador cesará en sus funciones el día de la toma de posesión de los nuevos vocales que resulten elegidos de acuerdo con la norma electoral que se establezca.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación desde el 1 de abril de 2002.

Madrid, 1 de abril de 2002.

ARIAS CAÑETE

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid