Por Resolución de 16 de octubre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de noviembre), de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, se convocaron ayudas para estancias de investigadores, profesores de universidad y de escuela universitaria en centros de investigación españoles y extranjeros, incluido el programa «Salvador de Madariaga». Por Resolución de 9 de abril de 2001 se denegaron las solicitudes presentadas por don Manuel Becana Ausejo y don Óscar Blasco de la Cruz. Solicitada por los interesados la reconsideración de la denegación de sus solicitudes, y a la vista de las alegaciones presentadas, la Comisión de selección ha propuesto la concesión de las ayudas solicitadas, por lo que, de conformidad con la delegación otorgada por la resolución convocatoria, he resuelto:
Conceder las ayudas para estancias en centros de investigación, con las características que se indican en el anexo, por un importe total de 23.289,22 euros (equivalente a 3.875.000 pesetas).
El gasto será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781, quedando supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos de los Presupuestos Generales del Estado.
Los beneficiarios de las ayudas quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en los apartados 5 y 6 de la Resolución de 16 de octubre de 2000, de convocatoria de las ayudas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, que establece el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 10 de diciembre de 2001.−El Director general, Ismael Crespo Martínez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario.
Nombre | País | Inicio | Fin | Dotación mensual | Viaje | Ejercicio 2002 | |
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Concedido − Euros |
Concedido − Pesetas |
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Becana Ausejo, Manuel. | Australia. | 1-2-2002 | 30-4-2002 |
2.554,30 € 425.000 ptas. |
2.103,54 € 350.000 ptas. |
9.766,44 | 1.625.000 |
Blasco de la Cruz, Óscar. | Reino Unido. | 1-3-2002 | 31-7-2002 |
2.404,05 € 400.000 ptas. |
1.502,53 € 250.000 ptas. |
13.522,77 | 2.250.000 |
23.289,22 | 3.875.000 |
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