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Documento BOE-A-2002-4315

Resolución de 4 de febrero de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de mejora y modernización de regadíos en zona La Mota de El Salobral, Albacete, de la "Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias de la Meseta Sur, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2002, páginas 8693 a 8694 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-4315

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo; en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, y Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, en los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la realización de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal y resolución sobre los proyectos del anexo II del citado Real Decreto Legislativo 1302/1986.

La Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias de la Meseta Sur, de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 6/2001, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 26 de diciembre de 2001, documentación sobre las características, ubicación y potencial impacto del proyecto «mejora y modernización de regadíos en zona La Mota de El Salobral», al objeto de determinar su sometimiento al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

La actuación se tipifica en la categoría de proyectos del anejo II de la Ley 6/2001, grupo 1, letra c), proyectos de consolidación y mejora de regadíos de más de 100 hectáreas.

El proyecto consiste en la construcción de la infraestructura para la sustitución del actual sistema de riego basado en una red de acequias, por un sistema en presión de riego localizado, consiguiendo ahorros en el consumo de agua, disminución de las tasas de utilización de abonos y fertilizantes y mayor eficiencia en la producción. El terreno objeto del proyecto, actualmente en riego, tiene una superficie de 322,8 ha.

Las obras a realizar son la excavación de zanjas para albergar las tuberías de la red de riego con una longitud total de 8.484 m, y la excavación del vaso de un embalse de 150.000 m3 de capacidad, localizado próximo a la carretera C-3211, junto al embalse actual. El embalse se construye semiexcavado compensando el volumen de tierra extraído del vaso con los taludes de sus bordes.

El consumo actual de agua de la zona La Mota, que se abastece de la extracción de agua subterránea de tres sondeos y de la aportación de la compensación del trasvase Tajo-Segura, incluyendo las pérdidas, se estima en 9.000-10.000 m3/ha, previéndose, tras la modernización de la infraestructura, un consumo de 6.000 m3/ha.

Las captaciones subterráneas y la aportación del trasvase serán almacenadas en el embalse al que llegarán dos entradas de 300 mm de diámetro, que recogerán las captaciones procedentes de los sondeos, y otra entrada de 400 mm de diámetro que recogerá la aportación procedente del trasvase Tajo-Segura, utilizando en parte las tuberías existentes. La salida del embalse se realiza mediante tubería enterrada de 800 mm de diámetro.

La renovación del sistema de riego requiere la instalación de seis grupos de impulsión de 150 CV de potencia con un nuevo centro de transformación para su funcionamiento y línea eléctrica en una longitud de 220 m.

En las parcelas de riego se instalarán válvulas volumétricas para el control del caudal y de la presión. Todo el sistema se monitoriza y automatiza controlándose desde el ordenador central instalado en el centro de transformación.

El volumen de tierra extraído de la excavación de las zanjas se distribuye homogéneamente en el terreno debido a que sus características lo hacen apto para el uso agrícola. No se produce material sobrante por excavación y movimiento de tierras. Los residuos que puedan originarse durante la obra se transportarán al vertedero municipal de Albacete, localizado en la carretera de Ayora.

El proyecto se diseña teniendo en cuenta medidas atenuantes de posibles alteraciones en el terreno, tales como la adaptación del trazado de la red de tuberías a la red de caminos existentes y sus márgenes, el uso de estos caminos agrícolas para la realización de la obra, la adopción de pautas constructivas tradicionales del entorno en el edificio de la estación de bombeo e instalaciones anejas.

El proyecto prevé la realización de un conjunto de medidas tendentes a eliminar o reducir las posibles afecciones y molestias que puedan generarse durante la ejecución de las obras, tales como el control de vertidos, acopio y reutilización de tierra vegetal útil, delimitación de pasillos para movimiento de maquinaria, riegos durante las obras para el control de emisión de polvo, revegetación de los taludes del embalse, ocultación mediante pantallas vegetales de edificios e instalaciones, incorporación de apoyos y aisladores en el tendido eléctrico para la protección de aves.

Asimismo, el proyecto prevé la ejecución de un programa de vigilancia ambiental basado en el seguimiento y control de la efectividad de las medidas de prevención y corrección y el mantenimiento de la calidad de las zonas recuperadas tras las obras.

Analizada la documentación ambiental del proyecto de mejora y modernización de regadíos en zona La Mota de El Salobral, teniendo en cuenta que el objetivo de la actuación es la modernización de un terreno de 322,8 ha actualmente en regadío, que permita ahorros en el consumo de agua, disminución de las tasas de utilización de abonos y fertilizantes y mayor eficiencia en la producción, teniendo en cuenta que el ámbito del proyecto no se encuentra en Zonas de Especial Protección para las Aves, Lugares de Interés Comunitario o Espacios Naturales Protegidos.

En virtud del artículo 1.2 de la Ley 6/2001, teniendo en consideración los criterios de selección del anexo III, y viendo que de la realización de la obra no se prevén impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, la Secretaría General de Medio Ambiente resuelve que es innecesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de «mejora y modernización de regadíos en zona La Mota de El Salobral», Albacete, de la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias de la Meseta Sur.

Madrid, 7 de febrero de 2002.‒La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

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