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Documento BOE-A-2002-3847

Resolución de 23 de enero de 2002, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el procedimiento de oposición libre, en plazas vacantes en la plantilla de personal laboral, mediante contratación laboral de carácter fijo (Área de Laboratorios).

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2002, páginas 7474 a 7487 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2002-3847

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal laboral de

administración y servicios de esta Universidad, este Rector, en

uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20

de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades

("Boletín Oficial del Estado" número 307, del 24), en relación

con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en los

artículos 77, 80 y 174 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza,

aprobados por el Real Decreto 1271/1985, de 29 de mayo

("Boletín Oficial del Estado" número 180, de 29 de julio), y previo

acuerdo con el Comité Intercentros, acuerda convocar pruebas

selectivas para cubrir plazas vacantes de la Universidad de

Zaragoza, mediante contratación laboral de carácter fijo de plantilla,

con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas mediante el

procedimiento de oposición libre, para cubrir las plazas de personal laboral

que se indican a continuación.

Un Técnico Especialista. Facultad de Ciencias. Área de

Laboratorio. Departamento de Bioquímica y Biología Molecular y

Celular. (Grupo C).

Un Oficial. Facultad de Ciencias. Área de Laboratorio.

Departamento de Química Orgánica-Química Física. (Grupo D).

. Un Oficial. Facultad de Medicina. Área de Laboratorio.

Departamento de Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública.

(Grupo D).

Un Oficial. Facultad de Veterinaria. Área de Laboratorio.

Departamento de Anatomía Patológica, Medicina Legal y Forense y

Toxicología. (Grupo D).

Un Oficial. Centro Politécnico Superior. Área de Laboratorio.

Departamento de Física de la Materia Condensada. (Grupo D).

Un Oficial Físico-Química. Escuela Politécnica Superior. Área

de Laboratorio. (Grupo D).

Un Oficial Químico-Agrícola. Escuela Politécnica Superior.

Área de Laboratorio. (Grupo D).

1.2 El número de plazas convocadas podrá incrementarse

como consecuencia de las plazas vacantes generadas desde la

fecha de la Resolución de la oferta del 2000, que publica la Oferta

de Empleo de esta Universidad, para dicho año, hasta el desarrollo

del proceso selectivo, siempre que se produzcan antes de la

propuesta definitiva de aprobados que haya de realizar el Tribunal

calificador.

1.3 Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación

lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para

la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"

número 185, del 3), con las modificaciones que la misma ha tenido

hasta la fecha ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial

del Estado" número 85, de 10 de abril) ; el Decreto

Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón,

por el que se aprueba la Ley de Ordenación de la Función Pública

de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón"

número 25, de 1 de marzo), modificada por la Ley 12/1996, de 30

de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón" número 4, de 13 de

enero de 1997) ; el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno

de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de

puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional

de los funcionarios de la Administración de la Comunidad

Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón" número 67, del 13) ;

la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a

determinados sectores de la función pública de los nacionales de los

demás Estados miembros de la Unión Europea ("Boletín Oficial

del Estado" número 307, del 24) ; el Real Decreto 1271/1985,

de 29 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la

Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial del Estado" número 180,

de 29 de julio) ; el Convenio Colectivo para el personal laboral

de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" número

86, de 19 de julio de 2000), y lo establecido en la Plantilla

Orgánica del Personal de Administración y Servicios de la Universidad

de Zaragoza.

1.4 La adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo

con las peticiones de los interesados entre los puestos de trabajo

ofertados, según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre

que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto

en la Relación de Puestos de Trabajo.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo I de esta convocatoria.

1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al

siguiente calendario:

El primer ejercicio se iniciará a partir del mes de abril de 2002.

La fecha, hora y lugar del mismo, se determinará en la resolución

de este Rectorado en la que se apruebe la lista provisional de

admitidos y excluidos, que se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", "Boletín Oficial de Aragón", en el tablón de anuncios

de la Universidad, sito en Zaragoza, en la planta baja del edificio

Interfacultades (calle Pedro Cerbuna, 12) y en los Vicerrectorados

de Huesca (calle Ronda Misericordia, 1) y de Teruel (Ciudad

Escolar, sin número), así como en la siguiente dirección de Internet:

http://wzar.unizar.es/personal/pas/concursos/concursos.htm. El

modelo de solicitud, así como listas de admitidos y excluidos y

demás información podrá consultarse en dicha dirección.

1.7 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido

a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades

del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas ("Boletín

Oficial del Estado" número 4, de 4 de enero de 1985).

1.8 Funciones generales de las plazas y jornada de trabajo.

1.8.1 Las funciones y tareas que corresponden a las plazas

que se convocan son las que figuran en el anexo I de esta

convocatoria.

1.8.2 La jornada de trabajo de las plazas convocadas será

la dispuesta en la Relación de Puestos de Trabajo de personal

de administración y servicios de esta Universidad, publicada por

Resolución de 28 de julio de 1998 ("Boletín Oficial de Aragón"

número 96, de 14 de agosto) y posteriores modificaciones.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También

podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del

cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados

miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados

de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad

que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente

de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando

así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la

Comunidad Europea y ratificados por España en aplicación de la

Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999

de 29 de diciembre y del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

Asimismo, podrán participar los extranjeros residentes en España,

en aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000 de 11

de enero y modificada por la Ley 8/2000, de 2 de diciembre,

sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su

integración social, que reúnan los requisitos previstos en dicha

ley y en las disposiciones que la desarrollen. Estos últimos deberán

estar en posesión del permiso de residencia.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

cumplido la edad de jubilación (sesenta y cinco años).

c) Poseer la titulación académica exigida para cada una de

las plazas por el vigente Convenio Colectivo:

Para la plaza del Grupo C, estar en posesión del título de

Bachillerato LOGSE ; de Formación Profesional de Grado Superior; de

Bachillerato Unificado Polivalente ; de Técnico Superior o Técnico

Especialista de Formación Profesional de II Grado, titulación

equivalente o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad

para mayores de veinticinco años.

Para las plazas del Grupo D, estar en posesión del título de

Graduado en Educación Secundaria ; de Formación Profesional de

Grado Medio ; de Educación General Básica; de Técnico o Técnico

Auxiliar de Formación Profesional de Primer Grado ; Graduado

Escolar, titulación equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación

en España, de acuerdo al Real Decreto 104/1988, de 29 de enero,

sobre homologación y convalidación de títulos y estudios

extranjeros de educación no universitaria ("Boletín Oficial del Estado"

número 41, de 17 de febrero), al Real Decreto 1665/1991, de

25 de octubre, sobre reconocimiento de los títulos de Enseñanza

Superior de los Estados miembros de la CEE, que exigen una

formación mínima de tres años ("Boletín Oficial del Estado" número

280, de 22 de noviembre), o al Real Decreto 86/1987, de 16

de enero, sobre homologación de títulos extranjeros de educación

superior ("Boletín Oficial del Estado" número 20, del 23), debiendo

acompañarse a la solicitud fotocopia compulsada de la misma.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su

Estado, el acceso a la función pública, en el modelo que figura

como anexo III a esta convocatoria.

f) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y

que, de conformidad con lo establecido en la base 6.2, están

exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del

conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia

compulsada del Diploma básico o superior de Español como lengua

extranjera o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros

expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar

esta documentación, no podrán ser declarados exentos, debiendo

en consecuencia realizar la prueba indicada anteriormente.

2.2 Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior

de esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de

la firma del contrato de carácter fijo de plantilla en la Universidad

de Zaragoza.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la solicitud que se publica como

anexo II, que será facilitada gratuitamente en la Universidad de

Zaragoza en: El Centro de Información Universitaria y

Reclamaciones, Conserjerías de los Centros, Servicio de Personal y

Vicerrectorados de Huesca y Teruel ; en las Oficinas del Servicio

de Información y Documentación de la Diputación General de

Aragón ; y en la Delegación y Subdelegaciones del Gobierno en la

Comunidad Autónoma de Aragón. También será válida la fotocopia

del modelo publicado en el "Boletín Oficial del Estado", en el

"Boletín Oficial de Aragón" y el modelo obtenido a través de Internet.

Este modelo, así como listas de admitidos y excluidos y demás

información, podrá consultarse en la dirección de Internet

reseñada en la base 1.6.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999,

de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos indicados

en la solicitud pasarán a formar parte del fichero de personal,

cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de

Zaragoza, gestión de la docencia e investigación, gestión de la

participación del personal en los servicios y actos universitarios,

así como la gestión de la participación de los candidatos en los

procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero serán

tratados con fines históricos o estadísticos.

Tales ficheros están regulados por la resolución de 16 de julio

de 2001 de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón"

número 96, de 13 de agosto), y posteriores modificaciones, en

las que se indica la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso,

rectificación y cancelación de los datos, remitiendo un escrito al

ilustrísimo señor Gerente de la Universidad de Zaragoza,

adjuntando copia de documento que acredite la identidad del interesado.

Los aspirantes que deseen participar en estas pruebas selectivas

y concurran a la cobertura de plazas diferenciadas deberán rellenar

una solicitud por cada una de las plazas a las que se desee optar.

Técnico Especialista. Facultad de Ciencias. Área de

Laboratorio. Departamento de Bioquímica y Biología Molecular y Celular.

(Grupo C).

Oficial. Facultad de Ciencias. Área de Laboratorio.

Departamento de Química Orgánica-Química Física. (Grupo D). Oficial

Físico-Química. Escuela Politécnica Superior. Área de Laboratorio.

(Grupo D).

Oficial. Facultad de Medicina. Área de Laboratorio.

Departamento de Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública.

(Grupo D).

Oficial. Facultad de Veterinaria. Área de Laboratorio.

Departamento de Anatomía Patológica, Medicina Legal y Forense y

Toxicología. (Grupo D).

Oficial. Centro Politécnico Superior. Área de Laboratorio.

Departamento de Física de la Materia Condensada. (Grupo D).

Oficial Químico-Agrícola. Escuela Politécnica Superior. Área

de Laboratorio (Grupo D).

A la solicitud se deberán acompañar los siguientes documentos,

siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos:

Una fotocopia legible por ambas caras, del documento nacional

de identidad vigente, pasaporte u otro documento de identificación

suficiente ; los aspirantes que no posean la nacionalidad española

y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del

documento que acredite su nacionalidad y de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor y, en su caso, los

documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir

a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el

que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar

declaración jurada o promesa de éste de que no están separados de

derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante

vive a sus expensas o está a su cargo. En el caso de los aspirantes

no comunitarios, que sean extranjeros residentes y tengan derecho

a participar, deberán presentar fotocopia del documento que

acredite su nacionalidad y del permiso de residencia temporal o

permanente en España.

Fotocopia de la titulación en el caso de haber sido obtenida

en el extranjero y fotocopia de la credencial que acredite su

homologación.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española,

fotocopia compulsada del Diploma básico o superior de Español como

lengua extranjera o del Certificado de Aptitud en Español para

extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas,

excepto los extranjeros nacionales de países cuyo idioma oficial sea

el español o los extranjeros que tengan el título expedido en

España.

Documento original del resguardo del pago en el banco o, en

su defecto, copia bancaria del mismo. En el caso de que la solicitud

se encuentre mecanizada mediante ráfaga bancaria, no será

necesario dicho resguardo.

3.2 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en

cuenta, además de lo indicado en las instrucciones de la misma,

lo siguiente:

En el recuadro número 16 los aspirantes cuya nacionalidad

no sea la española deberán indicar la fecha de expedición de la

credencial de la homologación de la titulación académica que

hayan hecho constar en el apartado 15 de la solicitud.

En el recuadro número 22 los aspirantes sólo podrán solicitar

participar por la forma de acceso libre.

En el recuadro número 23 los aspirantes con grado de

minusvalía deberán indicar el grado de minusvalía que tengan acreditado

y solicitar, cumplimentando el recuadro número 24, las posibles

adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro número 26, en el apartado C), los aspirantes

de nacionalidad no española indicarán si poseen la titulación

acreditativa de conocimiento del castellano o si han de realizar una

prueba de acreditación, haciendo constar Diploma Básico,

Diploma Superior de Español, certificado de aptitud (según lo indicado

en la base 2.1) o "realizará prueba", según sea el caso.

En el recuadro número 27 los aspirantes harán constar si

desean o no formar parte de una lista de espera para futuras

necesidades de personal contratado con carácter temporal en plazas

de la misma categoría que las que se convocan en la presente.

En caso de su no cumplimentación, se entenderá en sentido

negativo.

En el recuadro número 28 los aspirantes consignarán la

cantidad de 2.000 pesetas (12,02 euros) o 1.500 pesetas (9,02 euros)

según sean plazas de los grupos C o D respectivamente. En el

caso de las personas con discapacidad igual o superior al 33

por 100, se indicará "exento", debiendo presentar, junto con la

solicitud, el correspondiente documento acreditativo, expedido por

el organismo competente, de su grado de minusvalía.

Los documentos que deban acompañarse a la solicitud, según

lo dispuesto en las bases de la convocatoria, se harán constar

en el apartado de la solicitud "Documentos que se aportan".

3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar para la

Universidad) podrá realizarse en el Registro General de la Universidad

de Zaragoza, sito en la calle Pedro Cerbuna, 12, en los registros

de los Vicerrectorados de Huesca (calle Ronda Misericordia, 1)

y de Teruel (Ciudad Escolar, sin número) o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

número 285, del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero

("Boletín Oficial del Estado" número 12, del 14). Se dirigirán al

excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad de

Zaragoza, siendo el plazo de presentación de veinte días hábiles a

partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Las solicitudes suscritas

en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el

párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o

consulares españolas correspondientes, que las remitirán

seguidamente a esta Universidad.

3.4 Los derechos de examen serán, para los aspirantes por

el sistema general de acceso libre los siguientes:

Para las plazas del Grupo C: 2.000 pesetas o 12,02 euros.

Para las plazas del Grupo D: 1.500 pesetas o 9,02 euros,

que se ingr esarán en la cuenta corriente

número 2085-0168-58-0300017984, abierta en Ibercaja, urbana 10,

bajo el nombre "Pruebas Selectivas".

Estarán exentos de pago los aspirantes con grado de

discapacidad igual o superior al 33 por 100, quienes deberán justificar

debidamente su condición y grado de discapacidad.

Cuando se ingrese en una entidad distinta a la indicada deberá

acompañarse justificante de la transferencia efectuada. La falta

de justificación del abono de los derechos de examen determinará

la exclusión del aspirante.

En cualquier caso, el pago no supondrá sustitución del trámite

de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, de acuerdo

con lo establecido en la base anterior.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido para la presentación de solicitudes y hasta un máximo

de diez días hábiles posteriores a la finalización de éste.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, este

Rectorado dictará resolución, en el plazo máximo de un mes,

declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En

dicha resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado" y en el "Boletín Oficial de Aragón", se relacionarán los

aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,

apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad

o pasaporte, así como el lugar o lugares en que se encuentre

expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes

admitidos y excluidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer

ejercicio.

4.2 Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de

un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al

de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la citada

resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

su exclusión u omisión, siempre y cuando dicho defecto sea

subsanable. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen

la exclusión o aleguen la omisión serán definitivamente excluidos

de la participación en las pruebas.

4.3 Transcurrido dicho plazo se dictará resolución que declare

aprobada definitivamente la lista de aspirantes admitidos y

excluidos, publicándose en el "Boletín Oficial del Estado", en el "Boletín

Oficial de Aragón", en los tablones oficiales de la Universidad

y en la dirección de Internet que se reseña en la base 1.6.

Contra dicha resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día

siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra

esta resolución recurso de reposición en el plazo de un mes, a

partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de

esta Universidad que resolverá lo procedente, en cuyo caso no

cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo

anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del

recurso de reposición.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos ("Boletín

Oficial del Estado" número 90, del 15), la devolución de tasas

sólo procederá cuando no se realice el hecho imponible por causas

no imputables al sujeto pasivo. Consecuentemente, no procederá

devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos

de exclusión del proceso selectivo por causa imputable al

interesado.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas, de acuerdo con

lo establecido en el artículo 24 del vigente Convenio Colectivo,

estará compuesto de la siguiente forma:

Titulares:

Presidente: Don Antonio Laguna Castrillo, Catedrático de la

Universidad del Departamento de Química Inorgánica, por

delegación del Ilmo. Sr. Gerente.

Vocales:

Don Carlos Cativiela Marín, Catedrático de Universidad del

Departamento de Química Orgánica, en representación de la

Universidad.

Don Santiago Jesús Samper Fernández, Administrador de la

Facultad de Ciencias, en representación de la Universidad.

Don Antonio Montañés Gómez, en representación del Comité

Intercentros.

Don José Antonio Manso Alonso, en representación del Comité

Intercentros.

Secretario: Don Óscar Luis Sebastián Sevilla, Jefe de Negociado

de Gestión de la Sección de Personal de Administración y Servicios,

que actuará con voz pero sin voto.

Suplentes:

Presidente: Don José María Marín Jaime, Excmo Sr. Adjunto

al Rector de Coordinación y Relaciones Institucionales, por

delegación del Ilmo. Sr. Gerente.

Vocales:

Doña Ana Castelló Puig, Excma. Sra. Vicerrectora para el

Campus de Huesca, en representación de la Universidad.

Don Juan Octavio Forniés Gracia, Catedrático de Universidad

del Departamento de Química Inorgánica, en representación de

la Universidad.

Don Manuel Tricas Moreno, en representación del Comité

Intercentros.

D. Óscar Luis Calvo Boned, en representación del Comité

Intercentros.

Secretaria: Doña Montserrat Bastida San Rodrigo, Jefa de la

Sección de Personal de Administración y Servicios, que actuará

con voz pero sin voto.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a este Rectorado o al Presidente del Tribunal,

cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el

artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco

años anteriores al de la publicación de esta convocatoria. El

Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración

expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas

en este párrafo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas en el párrafo

anterior.

Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la

autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

y en el "Boletín Oficial de Aragón", la resolución por la que se

nombra a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir

a los que hubiesen perdido tal condición.

5.3 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el

Tribunal en el plazo de treinta días desde la publicación de la

convocatoria, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad

al menos de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión

el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al

correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4 A partir de su constitución el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros. En todo caso, deberán estar presentes el Presidente

y el Secretario, de acuerdo al artículo 26 de la Ley 30/1992.

5.5 Constituido el Tribunal, éste resolverá todas las dudas

que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo

que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento

de actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo

dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas de los ejercicios que

estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su

colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales

asesores corresponde al Rector, a propuesta del Tribunal.

Igualmente, cuando por el número de aspirantes en el proceso

de desarrollo de los ejercicios se requiera, el Tribunal podrá

designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto

y normal desarrollo de los mismos.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este

sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que

lo soliciten en la forma prevista en esta convocatoria

(cumplimentación del recuadro número 24 de la solicitud), las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización, debiendo

cumplimentarse para ello el anexo IV de esta convocatoria.

La Universidad de Zaragoza, a través de la Unidad de Protección

y Prevención de Riesgos, se podrá poner en contacto con los

aspirantes con minusvalía siempre y cuando figuren los datos

telefónicos y del domicilio en la solicitud, al objeto de recabar mayor

información sobre las adaptaciones necesarias. A tal efecto el

Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los

órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los

órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

o Comunidad Autónoma. Si se suscitaran dudas al Tribunal

respecto de la capacidad de un aspirante para el desempeño de las

actividades habitualmente desarrolladas por el personal de los

puestos convocados, podrá recabar el correspondiente dictamen

de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, se corrijan

sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para

ello los medios adecuados.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer

la identidad del opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de

Zaragoza, Sección de Personal Administración y Servicios, calle Pedro

Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza, teléfono 976 761000, extensión

3118.

5.10 El Tribunal será único para todas las plazas objeto de

la presente convocatoria, pudiendo realizar, si así lo estiman sus

miembros, sesiones independientes para cada plaza o grupo de

plazas afines.

Con arreglo a lo regulado en el artículo 33 y en el anexo IV

del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre Indemnizaciones

por razón del servicio ("Boletín Oficial del Estado" número 68,

de 19 de marzo), el Tribunal tendrá la categoría tercera, de actuar

en sesión conjunta para todas las plazas, o las categorías que

se indican, en función de las plazas, de actuar en sesiones

independientes:

Plazas del grupo C: Categoría tercera.

Plazas del Grupo D: Categoría cuarta.

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá declarar superado el

proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anterior será

nula de pleno derecho.

5.12 Contra las resoluciones que tome el Tribunal, cabe

interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el órgano

superior jerárquico, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos

114 y siguientes de la Ley 30/1992.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Con carácter previo a la realización de las pruebas de

la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán acreditar el conocimiento del castellano

mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que

poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y

escrita en esta lengua. El contenido se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, por el que se establecen

diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua

extranjera ("Boletín Oficial del Estado" del 29). La prueba se

calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración

de apto para pasar a realizar las fases de la oposición. El Tribunal

convocará a estos aspirantes a la realización de las pruebas

indicando el lugar y fecha de realización, mediante convocatoria en

los tablones de anuncios de la Universidad.

6.2 Quedarán eximidos de realizar dicha prueba quienes estén

en posesión del Diploma Superior o Diploma Básico de Español

como Lengua Extranjera establecidos por el Real Decreto

826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real

Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del Certificado de Aptitud

en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales

de Idiomas, y los extranjeros nacionales de países cuyo idioma

oficial sea el español.

6.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "D", de acuerdo con lo

dispuesto en la Resolución del Instituto Aragonés de

Administración Pública, de 22 de febrero de 2001 ("Boletín Oficial de

Aragón" número 25, del 28).

6.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.5 Los aspirantes serán convocados para la realización de

cada ejercicio en llamamiento único, sin perjuicio de las tandas

que se precise realizar, siendo excluidos del proceso selectivo

quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados

y libremente apreciados por el Tribunal.

6.6 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos por

el Tribunal con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación

a la señalada para el inicio de los mismos, en los locales donde

se haya celebrado el primero, en los tablones de anuncios de

la Universidad señalados en la base 1.6 y por cualesquiera otros

medios que se juzgue conveniente para facilitar su máxima

divulgación.

6.7 Concluido el primer ejercicio, los aspirantes podrán

llevarse el cuestionario del examen y el Tribunal procederá a publicar

en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, así como en

los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la

base 1.6, el referido cuestionario y la plantilla de respuestas, en

su caso, en un plazo máximo de una semana a contar desde la

fecha de realización del mismo.

6.8 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión del

proceso selectivo al Rector de la Universidad de Zaragoza,

comunicándole, a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las

pruebas selectivas.

7. Procedimiento de selección

Constará de dos ejercicios:

7.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario

de no más de 100 preguntas basadas en el contenido del programa

de estas pruebas. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán

diversas respuestas de las cuales sólo una de ellas será la correcta,

pudiéndose penalizar las respuestas erróneas, de acuerdo a lo

que determine el Tribunal calificador. El tiempo máximo para su

realización será de 120 minutos, salvo que el Tribunal estime

conveniente ampliarlo en función de las características de algunas

de las plazas.

7.2 Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica que

versará sobre aspectos específicos relacionados con el perfil y

funciones de la plaza además de, en su caso, aspectos generales

de la misma. El tiempo para la realización de esta prueba no

podrá exceder de dos horas, salvo que el Tribunal estime

conveniente ampliarlo.

8. Calificación de los ejercicios

8.1 Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos.

8.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos.

8.3 El Tribunal determinará las medidas oportunas para la

realización de los ejercicios aprobando las instrucciones y criterios

de valoración que estime pertinentes, así como el número de

preguntas válidamente contestadas para alcanzar la puntuación

mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.

8.4 Valoración final: La calificación final de las pruebas

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en

los dos ejercicios. En caso de empate, se dará prioridad al aspirante

con mayor puntuación en el segundo. Si el empate continuase,

se resolverá mediante sorteo entre los aspirantes igualados.

9. Superación de los ejercicios

Al finalizar la calificación de cada uno de los ejercicios de la

oposición el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de

celebración de los mismos, en los tablones de anuncios de la

Universidad señalados en la base 1.6 y en aquellos otros que estime

oportunos, las relaciones de aspirantes que hayan superado cada

uno de los ejercicios, con indicación de la puntuación obtenida

y del número del documento nacional de identidad o pasaporte.

10. Superación del proceso selectivo

10.1 Los aspirantes que superen el proceso selectivo serán

los que obtengan la mayor calificación, sumadas las puntuaciones

del primero y segundo ejercicios, teniendo en cuenta que no

pueden superar la oposición mayor número de aspirantes que número

de plazas convocadas.

10.2 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará

públicas, en los tablones de anuncios de la Universidad de Zaragoza

señalados en la base 1.6, las relaciones de aspirantes que superen

el mismo. Dichas relaciones serán elevadas al Excmo. Sr. Rector

Magnífico, por orden de puntuación total, especificando la

puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición y la puntuación total.

10.3 No podrá adjudicarse más de una plaza de las

convocadas por esta Resolución a un mismo aspirante. En el caso de

que un aspirante sea seleccionado para la adjudicación de más

de una plaza, deberá optar por una de ellas y renunciar a las

demás, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del

siguiente a la publicación de las relaciones de aspirantes que hayan

superado el proceso selectivo.

10.4 Cuando, por causa imputable al aspirante o de fuerza

mayor, no llegue a perfeccionarse el contrato de trabajo se acudirá

a la relación definitiva de candidatos que hayan superado los dos

ejercicios, según el orden de calificación final, hasta la cobertura

de todas las plazas convocadas.

11. Presentación de documentos y formalización del contrato

11.1 En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el

día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la

Universidad señalados en la base 1.6 de las relaciones definitivas

de aprobados a que se refiere la base 10.2, los aspirantes que

figuren en las mismas deberán presentar en la Sección de Personal

de Administración y Servicios de la Universidad de Zaragoza (calle

Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza) los siguientes documentos:

a) Original y fotocopia para su cotejo, o fotocopia

compulsada, del título indicado en el recuadro número 15 de la solicitud,

o en su defecto, certificación académica que acredite haber

realizado todos los estudios equivalentes para su obtención.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas, según modelo que figura como anexo III a esta

convocatoria. En el caso de aspirantes cuya nacionalidad no sea la

española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo

que figura como anexo III.

c) Certificación expedida por el facultativo del Servicio de

Salud de la Universidad de Zaragoza de no padecer enfermedad

ni defecto físico que imposibilite para el desempeño de las

funciones correspondientes.

d) Los aspirantes extranjeros que no residan en España

deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber

solicitado la tarjeta de residencia comunitaria así como del número

de identidad del extranjero (N.I.E.), en el caso de que no la hubiese

tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de

participación.

e) Los aspirantes, no comunitarios, que sean residentes

extranjeros, deberán presentar fotocopia compulsada del permiso

de residencia en España, así como del número de identidad del

extranjero (N.I.E.).

11.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de

presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá

acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la

convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

11.3 Si dentro del plazo indicado, salvo causas de fuerza

mayor debidamente justificadas, no se presenta la citada

documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen

de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria, no

podrán formalizar el contrato y quedarán anuladas todas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren

incurrido por falsedad en la solicitud inicial y no podrá el adjudicatario

ser contratado, formulándose propuesta a favor del siguiente en

la lista de puntuación, siempre y cuando su valoración en la

oposición fuera suficiente.

11.4 Quienes tuvieran la condición de personal al servicio

de la Administración Pública estarán exentos de justificar

documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para

la formalización de su contrato o nombramiento, debiendo

presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependieran

para acreditar tal condición, con expresión del número y grupo

de trienios, fecha de su cumplimiento y aquellas circunstancias

que obren en su hoja de servicios, así como fotocopia compulsada

de la titulación exigida.

11.5 La petición de puesto de trabajo por parte de los

aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la

Universidad, previa oferta de aquéllos, siendo adjudicados de acuerdo

a lo establecido en la base 1.4.

11.6 Por el Rectorado de la Universidad se procederá al

nombramiento para la formalización del contrato laboral de carácter

fijo de plantilla, mediante Resolución publicada en el "Boletín

Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de Aragón", en la que

se determinará la fecha en que comenzará a surtir efecto dicha

contratación.

12. Período de prueba

12.1 En el contrato que se suscriba podrá fijarse un período

de prueba que en ningún caso será superior al establecido legal

o convencionalmente y tendrá los efectos que el ordenamiento

jurídico laboral dispone.

12.2 Los aspirantes contratados vendrán obligados a realizar

los cursos de formación que puedan establecerse.

13. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,

de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley

Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe

interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el artículo 8.2 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado" número 167,

del 14).

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra

esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes,

ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso

contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga

resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 23 de enero de 2002.-El Rector, P. D. (Resolución

de 7 de julio de 2000, "Boletín Oficial de Aragón" número 85,

del 17), el Gerente, Mariano Berges Andrés.

ANEXO I

Funciones y temarios

Técnico especialista

Departamento de Bioquímica y Biología Molecular y Celular.

Facultad de Ciencias

Requisitos: Estar en posesión del título de Bachillerato LOGSE ;

de Formación Profesional de Grado Superior ; de Bachillerato

Unificado Polivalente ; de Técnico Superior o Técnico Especialista de

Formación Profesional de segundo Grado ; titulación equivalente

o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para

mayores de veinticinco años.

Funciones:

1. Preparar, montar y mantener las prácticas del laboratorio.

2. Apoyo técnico en trabajos de investigación y proyectos de

fin de carrera.

3. Organizar/realizar ensayos físicos y fisicoquímicos de

identificación y medida, así como análisis por métodos químicos e

instrumentales:

Tomar, preparar y codificar muestras adecuando sus

condiciones al ensayo.

Preparar y valorar disoluciones y reactivos que entrañen

dificultad.

Ajustar los equipos e instrumentos al tipo de ensayo, análisis

y precisión requerida.

Realizar/supervisar la identificación o medida de parámetros

mediante el ensayo.

Realizar análisis químicos y mediante técnicas instrumentales.

Recoger los datos y realizar los cálculos necesarios para

expresar los resultados adecuadamente.

4. Coordinar y supervisar la actividad del laboratorio:

Establecer planificación y calendario de actuaciones de su

actividad y la del personal de él dependiente, en colaboración con

el responsable del laboratorio.

Supervisión de trabajo del personal que dependa de él

directamente.

Comunicar al personal a su cargo la planificación de actividades

del laboratorio y la distribución de tareas.

Supervisión del cumplimiento de las normas de seguridad e

higiene del laboratorio.

Presupuestar y realizar la valoración económica de trabajos

para su posterior facturación, si es el caso.

5. Mantenimiento del laboratorio de prácticas y de uso

común:

Responsable de la limpieza, ordenación y almacenaje de

material, reactivos y/o equipos.

Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.

Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su

caso.

Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan

una especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará

limitado por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos

para el desempeño del puesto de trabajo.

Mantenimiento adecuado de los medios de seguridad e higiene.

Gestión de residuos.

Gestión de compras.

6. Recabar y organizar información de técnicas, equipos y

materiales del laboratorio (folletos, catálogos, manuales).

7. Cualquier otra afín a la categoría del puesto y que resulte

necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.

Temario:

1. Formulación y nomenclatura de los compuestos químicos

inorgánicos y orgánicos.

2. Estructura de la materia. El átomo. Partículas

fundamentales. El núcleo. Concepto de mol. Masa atómica y masa molecular.

El sistema periódico y propiedades periódicas. Las leyes de la

radiactividad. Reacciones nucleares.

3. El enlace químico. Enlace iónico. Enlace covalente. Fuerzas

intermoleculares. El enlace metálico. Propiedades de los

compuestos iónicos, covalentes y metálicos.

4. Estados de agregación de la materia. Estado gaseoso.

Estado líquido. Estado sólido. Estructura cristalina.

5. Disoluciones. Tipos de disoluciones. Formas de expresar

la concentración. Procedimientos de preparación y normalización

de reactivos y soluciones patrón. Propiedades de las disoluciones.

Teorías de la ionización. El agua como disolvente. Otros

disolventes.

6. Cambios materiales y energéticos en las reacciones

químicas. Estudio de las transformaciones químicas. Termoquímica.

Equilibrios químicos. Reacciones de transferencia de protones.

Reacciones de transferencia de electrones.

7. Electroquímica. Energía eléctrica en los procesos químicos.

Pilas eléctricas. Electrólisis.

8. Química inorgánica. No metales: Halógenos ; anfígenos;

hidrácidos ; grupo del fósforo; grupo del carbono. Metales. Estado

metálico. Metales y aleaciones. Aleaciones base-hierro. Aleaciones

no férreas.

9. Química del carbono. El átomo de carbono y los

compuestos orgánicos. Reacciones orgánicas de los principales grupos

funcionales. Conceptos básicos de química macromolecular.

10. Operaciones básicas en el laboratorio. Servicios

auxiliares del laboratorio. Técnicas y procedimientos de limpieza y

esterilización del material. Toma y preparación de muestras. Medidas

de masa y volumen. Manipulación de sustancias. Separaciones

mecánicas. Separaciones difusionales.

11. Ensayos físicos y fisicoquímicos. Conceptos básicos de

materiales. Técnicas de ensayos físicos y fisicoquímicos:

Instrumentos y aparatos ; técnicas de ensayo; ensayos mecánicos;

ensayos físico-químicos ; ensayos metalográficos; unidades; patrones

internos y externos, interpretación de resultados.

12. Análisis químico. Análisis volumétrico. Gravimetrías.

Material y aparatos utilizados.

13. Análisis instrumental. Parámetros instrumentales. Curvas

de calibrado. Rango de linealidad. Interpolación.

14. Análisis instrumental. Métodos eléctricos. Métodos

ópticos. Métodos cromatográficos. Otros métodos: Análisis por

absorción y difracción de rayos X ; espectrofotometría de masas.

15. Instrumentación y control. Medida de presión. Medida

de temperatura. Medida de caudal. Medida de nivel de líquidos

y sólidos en depósitos. Medida de humedad. Regulación. Aparatos

de regulación. Características de los elementos de regulación.

Transmisión de la información. Teoría de los servomecanismos

en general.

16. Química de los procesos. Balances de materia. Reactores

químicos. Principales procesos químicos industriales: Procesos de

combustión ; petroquímica; procesos de química inorgánica básica;

procesos primarios orgánicos.

17. Microbiología. Microorganismos. Ensayos físicos,

químicos y biológicos de microorganismos. El microscopio óptico.

Desinfección y esterilización.

18. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.

Organización del laboratorio.

19. Almacenamiento y conservación de registros y materiales.

20. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color

y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y

protección. Protección de máquinas. Protección personal.

Actuaciones en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia

del laboratorio. Salud laboral.

21. Nociones básicas de salud laboral y prevención de riesgos.

Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados

de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de

Prevención, Evacuación de Edificios.

22. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.

Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las

Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y

representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.

23. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la

acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la

Universidad. Los estudiantes. El profesorado. El personal de

Administración y Servicios de las Universidades públicas. Régimen

económico y financiero de las Universidades públicas.

24. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza

y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización académica.

Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.

25. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia

e investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los

estudiantes y el personal de Administración y Servicios).

26. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios

de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico

y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.

27. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.

Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las

Administraciones públicas.

28. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.

Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del

convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y

acceso a grupos y categorías: Promoción interna, ingreso por turno

libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.

Formación y perfeccionamiento profesionales.

29. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.

Suspensión y extinción del contrato de trabajo.

30. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.

Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.

Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición

final.

Oficial de Laboratorio

Departamento de Química Orgánica y Química Física. Facultad

de Ciencias. Escuela Politécnica Superior de Huesca

Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en

Educación Secundaria ; de Formación Profesional de Grado Medio;

de Educación General Básica ; de Técnico o Técnico Auxiliar de

Formación Profesional de primer Grado ; Graduado Escolar;

titulación equivalente.

Funciones:

1. Preparar, montar y mantener las prácticas del laboratorio.

2. Apoyo en las tareas de investigación.

3. Efectuar operaciones de preparación de muestras para su

tratamiento posterior:

Tomar e identificar muestras representativas bajo

procedimientos establecidos.

Efectuar la separación de mezclas gaseosas, líquidas o sólidas

mediante la técnica apropiada.

Preparación de muestras con la técnica apropiada a las

características de la muestra, el tipo de ensayo o análisis y el aparato

utilizado.

Preparación de los aparatos y equipos necesarios.

4. Realizar ensayos físicos, físico-químicos y análisis químicos

sistemáticos:

Preparar disoluciones y reactivos.

Valorar disoluciones y reactivos.

Preparar el equipo e instrumentos para el ensayo o el análisis.

Realizar ensayos y análisis de identificación y/o medida de

propiedades de sustancias químicas.

Realizar análisis mediante técnicas instrumentales sencillas.

5. Mantenimiento de los laboratorios de prácticas y de uso

común:

Limpieza de material, medios y equipos.

Ordenar y almacenar material y/o reactivos.

Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.

Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su

caso.

Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan

una especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará

limitado por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos

para el desempeño del puesto de trabajo.

Transporte de material y equipos con los medios adecuados.

Colaboración en la gestión de residuos.

6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto y que resulte

necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.

Temario:

1. Propiedades físicas fundamentales: Peso, masa, densidad,

volumen, fuerza, presión, calor, temperatura. Definición.

Unidades.

2. El átomo. Número atómico. Masa atómica. Sistema

periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulación y

nomenclatura.

3. Moléculas. Concepto de átomo-gramo. Peso molecular.

Mol. Composición centesimal de una sustancia. Equivalente

químico y equivalente gramo.

4. Disoluciones. Formas de expresar la concentración.

Preparación de disoluciones. Soluciones tampón o amortiguadoras.

5. Concepto de ácido y base. Concepto de ionización.

Constante de disociación. Concepto de Ph. Métodos para su medida.

6. Material de laboratorio. Clasificación y usos. Técnicas y

procedimiento de limpieza, desinfección y esterilización.

7. Operaciones analíticas básicas. Pesada. Disolución de

sustancias sólidas. Disgregación de sustancias sólidas. Filtración.

Centrifugado. Decantación. Calefacción. Evaporación. Secado.

Incineración. Destilación y rectificación. Cristalización.

Generación de gases.

8. Toma de muestras. Registro y almacenamiento.

Preparación de muestras.

9. Productos químicos. Sistemas de clasificación, ordenación

y almacenamiento.

10. Análisis químico. Análisis cualitativo inorgánico. Métodos

cuantitativos: Gravimetría y volumetría. Material y aparatos

utilizados.

11. Ensayos físicos generales. Determinación del punto de

fusión. Determinación del punto de ebullición. Solubilidad.

Polarimetría, refractometría.

12. Colorimetría. Cromatografía: En papel, en columna, en

capa fina.

13. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.

14. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color

y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y

protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.

Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones

en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del

laboratorio.

15. Nociones básicas de salud laboral y prevención de riesgos.

Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados

de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de

Prevención, Evacuación de Edificios.

16. La Ley Orgánica de Universidades. Titulo preliminar.

Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las

Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y

representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.

17. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la

acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la

Universidad. Los estudiantes. El profesorado. El personal de

Administración y Servicios de las Universidades públicas. Régimen

económico y financiero de las Universidades públicas.

18. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza

y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización académica.

Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.

19. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia

e investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los

estudiantes y el personal de Administración y Servicios).

20. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios

de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico

y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.

21. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.

Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las

Administraciones públicas.

22. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.

Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del

convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y

acceso a grupos y categorías: Promoción interna. Ingreso por turno

libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.

Formación y perfeccionamiento profesionales.

23. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.

Suspensión y extinción del contrato de trabajo.

24. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.

Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.

Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición

final.

Oficial de Laboratorio

Departamento de Microbiología, Medicina Preventiva y Salud

Pública. Facultad de Medicina

Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en

Educación Secundaria ; de Formación Profesional de Grado Medio;

de Educación General Básica ; de Técnico o Técnico Auxiliar de

Formación Profesional de Primer Grado ; Graduado Escolar;

titulación equivalente.

Funciones:

1. Preparar, montar y mantener las prácticas de laboratorio.

2. Apoyo a las tareas de investigación.

3. Efectuar operaciones de preparación de muestras para su

tratamiento posterior:

Recepción y preparación de especímenes y muestras de seres

vivos: Células, tejidos, partes u órganos.

Preparar materiales y equipos para el tratamiento de muestras.

4. Colaborar en el procesado de muestras y en la realización

de ensayos:

Preparación de disoluciones colorantes, reactivos y medios de

cultivo.

Procesado básico de muestras biológicas.

Preparar el equipo e instrumentos para el ensayo o el análisis.

5. Mantenimiento de los laboratorios:

Limpieza, desinfección y esterilización de material, medios y

equipos.

Ordenar y almacenar material, reactivos y/o muestras

biológicas.

Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.

Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su

caso.

Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan

especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará limitado

por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos para

el desempeño del puesto de trabajo.

Transporte de material y equipos con los medios adecuados.

Colaboración en la gestión de residuos.

6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto que resulte

necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.

Funciones específicas:

Revelar material fotográfico.

Temario:

1. Propiedades físicas fundamentales: Peso, masa, densidad,

volumen, fuerza, presión, calor, temperatura. Definición.

Unidades.

2. El átomo. Número atómico. Masa atómica. Sistema

periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulación y

nomenclatura.

3. Moléculas. Concepto de átomo-gramo. Peso molecular.

Mol. Composición centesimal de una sustancia. Equivalente

químico y equivalente gramo.

4. Disoluciones. Formas de expresar la concentración.

Preparación de disoluciones. Soluciones tampón o amortiguadoras.

5. Concepto de ácido y base. Concepto de ionización.

Constante de disociación. Concepto de Ph. Métodos para su medida.

6. Material de laboratorio. Clasificación y usos. Técnicas y

procedimiento de limpieza, desinfección y esterilización.

7. Operaciones analíticas básicas. Pesada. Disolución de

sustancias sólidas. Disgregación de sustancias sólidas. Filtración.

Centrifugado. Decantación. Calefacción. Evaporación. Secado.

Incineración. Destilación y rectificación. Cristalización.

Generación de gases.

8. Toma de muestras. Registro y almacenamiento.

Preparación de muestras.

9. Productos químicos. Sistemas de clasificación, ordenación

y almacenamiento.

10. Análisis químico. Análisis cualitativo inorgánico. Métodos

cuantitativos: Gravimetría y volumetría. Material y aparatos

utilizados.

11. Ensayos físicos generales. Determinación del punto de

fusión. Determinación del punto de ebullición. Solubilidad.

Polarimetría. Refractometría.

12. Colorimetría. Cromatografía: En papel, en columna, en

capa fina.

13. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.

14. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color

y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y

protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.

Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones

en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del

laboratorio.

15. Nociones básicas de salud laboral y prevención de riesgos.

Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados

de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de

Prevención. Evacuación de Edificios.

16. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.

Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las

Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y

representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.

17. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la

acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la

Universidad. Los estudiantes. El Profesorado. El personal de

Administración y Servicios de las Universidades públicas. Régimen

económico y financiero de las Universidades públicas.

18. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza

y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización académica.

Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.

19. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia

e investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los

estudiantes y el personal de Administración y Servicios).

20. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios

de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico

y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.

21. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.

Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las

Administraciones Públicas.

22. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.

Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del

convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y

acceso a grupos y categorías: Promoción interna, ingreso por turno

libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.

Formación y perfeccionamiento profesionales.

23. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.

Suspensión y extinción del contrato de trabajo.

24. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.

Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.

Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición

final.

Oficial de Laboratorio

Departamento de Anatomía Patológica, Medicina Legal y Forense

y Toxicología. Laboratorio de Toxicología. Facultad de Veterinaria

Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en

Educación Secundaria ; de Formación Profesional de Grado Medio;

de Educación General Básica ; de Técnico o Técnico Auxiliar de

Formación Profesional de Primer Grado ; Graduado Escolar;

titulación equivalente.

Funciones:

1. Preparar, montar y mantener las prácticas de laboratorio.

2. Apoyo a las tareas de investigación.

3. Efectuar operaciones de preparación de muestras para su

tratamiento posterior:

Recepción y preparación de especímenes y muestras de seres

vivos: células, tejidos, partes u órganos.

Preparar materiales y equipos para el tratamiento de muestras.

4. Colaborar en el procesado de muestras y en la realización

de ensayos:

Preparación de disoluciones colorantes, reactivos y medios de

cultivo.

Procesado básico de muestras biológicas.

Preparar el equipo e instrumentos para el ensayo o el análisis.

5. Mantenimiento de los laboratorios:

Limpieza, desinfección y esterilización de material, medios y

equipos.

Ordenar y almacenar material, reactivos y/o muestras

biológicas.

Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.

Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su

caso.

Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan

especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará limitado

por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos para

el desempeño del puesto de trabajo.

Transporte de material y equipos con los medios adecuados.

Colaboración en la gestión de residuos.

6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto que resulte

necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.

Funciones específicas:

Cuidado y mantenimiento de animales de experimentación.

Temario:

1. Propiedades físicas fundamentales: Peso, masa, densidad,

volumen, fuerza, presión, calor, temperatura. Definición.

Unidades.

2. El átomo. Número atómico. Masa atómica. Sistema

periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulación y

nomenclatura.

3. Moléculas. Concepto de átomo-gramo. Peso molecular.

Mol. Composición centesimal de una sustancia. Equivalente

químico y equivalente gramo.

4. Disoluciones. Formas de expresar la concentración.

Preparación de disoluciones. Soluciones tampón o amortiguadoras.

5. Concepto de ácido y base. Concepto de ionización.

Constante de disociación. Concepto de Ph. Métodos para su medida.

6. Material de laboratorio. Clasificación y usos. Técnicas y

procedimiento de limpieza, desinfección y esterilización.

7. Operaciones analíticas básicas. Pesada. Disolución de

sustancias sólidas. Disgregación de sustancias sólidas. Filtración.

Centrifugado. Decantación. Calefacción. Evaporación. Secado.

Incineración. Destilación y rectificación. Cristalización.

Generación de gases.

8. Toma de muestras. Registro y almacenamiento.

Preparación de muestras.

9. Productos químicos. Sistemas de clasificación, ordenación

y almacenamiento.

10. Análisis químico. Análisis cualitativo inorgánico. Métodos

cuantitativos: Gravimetría y volumetría. Material y aparatos

utilizados.

11. Ensayos físicos generales. Determinación del punto de

fusión. Determinación del punto de ebullición. Solubilidad.

Polarimetría. Refractometría.

12. Colorimetría. Cromatografía: En papel, en columna, en

capa fina.

13. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.

14. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color

y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y

protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.

Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones

en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del

laboratorio.

15. Nociones básicas de salud laboral y prevención de riesgos.

Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados

de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de

Prevención, Evacuación de Edificios.

16. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.

Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las

Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y

representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.

17. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la

acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la

Universidad. Los estudiantes. El profesorado. El personal de

Administración y Servicios de las Universidades públicas. Régimen

económico y financiero de las Universidades públicas.

18. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza

y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización académica.

Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.

19. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia

e Investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los

estudiantes y el personal de Administración y Servicios).

20. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios

de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico

y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.

21. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.

Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las

Administraciones Públicas.

22. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.

Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del

convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y

acceso a grupos y categorías: Promoción interna. Ingreso por turno

libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.

Formación y perfeccionamiento profesionales.

23. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.

Suspensión y extinción del contrato de trabajo.

24. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.

Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.

Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición

final.

Oficial de Laboratorio Químico-Agrícola

Escuela Politécnica Superior de Huesca

Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en

Educación Secundaria, de Formación Profesional de Grado Medio ;

de Educación General Básica ; de Técnico o Técnico Auxiliar de

Formación Profesional de I Grado ; Graduado escolar; titulación

equivalente.

Funciones:

1. Preparar, montar y mantener las prácticas del laboratorio.

2. Apoyo en las tareas de investigación.

3. Efectuar operaciones de preparación de muestras para su

tratamiento posterior:

Recepción y preparación de especímenes y muestras vegetales

o animales.

Tomar e identificar muestras representativas bajo

procedimientos establecidos.

Efectuar la separación de mezclas gaseosas, líquidas o sólidas

mediante la técnica apropiada.

Preparación de muestras con la técnica apropiada a las

características de la muestra, el tipo de ensayo o análisis y el aparato

utilizado.

Preparación de los aparatos y equipos necesarios.

4. Colaborar en el procesado de muestras y en la realización

de ensayos:

Preparar disoluciones, colorantes, reactivos y medios de

cultivo.

Procesado básico de muestras biológicas.

Valorar disoluciones y reactivos.

Realizar ensayos y análisis de identificación y/o medida de

propiedades de sustancias químicas.

Realizar análisis mediante técnicas instrumentales sencillas.

Preparar el equipo e instrumentos para el ensayo o el análisis.

5. Mantenimiento de los laboratorios de prácticas y de uso

común:

Limpieza, desinfección y esterilización de material, medios y

equipos.

Ordenar y almacenar material, reactivos y/o muestras

biológicas.

Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.

Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su

caso.

Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan

una especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará

limitado por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos

para el desempeño del puesto de trabajo.

Transporte de material y equipos con los medios adecuados.

Colaboración en la gestión de residuos.

6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto y que resulte

necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.

Temario:

1. Propiedades físicas fundamentales: Peso, masa, densidad,

volumen, fuerza, presión, calor, temperatura. Definición.

Unidades.

2. El átomo. Número atómico. Masa atómica. Sistema

periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulación y

nomenclatura.

3. Moléculas. Concepto de átomo-gramo. Peso molecular.

Mol. Composición centesimal de una sustancia. Equivalente

químico y equivalente gramo.

4. Disoluciones. Formas de expresar la concentración.

Preparación de disoluciones. Soluciones tampón o amortiguadoras.

5. Concepto de ácido y base. Concepto de ionización.

Constante de disociación. Concepto de pH. Métodos para su medida.

6. Material de laboratorio. Clasificación y usos. Técnicas y

procedimiento de limpieza, desinfección y esterilización.

7. Operaciones analíticas básicas. Pesada. Disolución de

sustancias sólidas. Disgregación de sustancias sólidas. Filtración.

Centrifugado. Decantación. Calefacción. Evaporación. Secado.

Incineración. Destilación y rectificación. Cristalización.

Generación de gases.

8. Toma de muestras. Registro y almacenamiento.

Preparación de muestras. Análisis sencillos de material vegetal y de suelos.

9. Productos químicos. Sistemas de clasificación, ordenación

y almacenamiento.

10. Análisis químico. Análisis cualitativo inorgánico. Métodos

cuantitativos: Gravimetría y volumetría. Material y aparatos

utilizados.

11. Ensayos físicos generales. Determinación del punto de

fusión. Determinación del punto de ebullición. Solubilidad.

Polarimetría. Refractometría.

12. Colorimetría. Cromatografía: En papel, en columna, en

capa fina.

13. La planta. Raíz. Simbiosis radiculares. El tallo. Las hojas,

clases. Las flores. Los frutos. Las semillas. Nutrición y riego.

14. Formas de reproducción de las plantas. La siembra y los

semilleros. El transplante. El estaquillado. El acodo. El injerto.

La poda.

15. Maquinaria y aperos agrícolas. El taller agrícola.

Invernaderos: Usos y mantenimiento.

16. Productos fitosanitarios. Clasificación toxicológica. Dosis

y tratamiento. Equipos de protección. Normas a seguir para su

manejo.

17. Plagas. Reconocimiento de plagas. Identificación y

conservación de insectos más comunes.

18. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.

19. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color

y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y

protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.

Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones

en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del

laboratorio.

20. Nociones básicas de Salud Laboral y Prevención de

Riesgos. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados

de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de

Prevención. Evacuación de edificios.

21. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.

Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las

Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y

representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.

22. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la

acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la

Universidad. Los estudiantes. El Profesorado. El Personal de

Administración y Servicios de las Universidades Públicas. Régimen

económico y financiero de las Universidades Públicas.

23. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza

y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización Académica.

Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.

24. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia

e Investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los

estudiantes y el Personal de Administración y Servicios).

25. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios

de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico

y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.

26. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.

Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las

Administraciones Públicas.

27. El Personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.

Comisión de Interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del

Convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y

acceso a grupos y categorías: Promoción interna, ingreso por turno

libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.

Formación y perfeccionamiento profesionales.

28. El Personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.

Suspensión y extinción del contrato de trabajo.

29. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.

Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.

Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición

final.

Oficial de Laboratorio

Departamento de Física de la Materia Condensada.

Centro Politécnico Superior

Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en

Educación Secundaria, de Formación Profesional de grado medio ; de

Educación General Básica, de Técnico o Técnico Auxiliar de

Formación Profesional de I grado ; Graduado Escolar; titulación

equivalente.

Funciones:

1. Preparar, montar y mantener las prácticas de laboratorio.

2. Apoyo en las tareas de investigación.

3. Efectuar operaciones de preparación de muestras y equipos

necesarios para su tratamiento posterior.

4. Realizar ensayos físico-químicos sistemáticos:

Preparar equipos e instrumentos.

Realizar ensayos y análisis de materiales.

Técnicas instrumentales sencillas.

5. Mantenimiento de los laboratorios de prácticas y de uso

común:

Limpieza de material, medios y equipos.

Ordenar y almacenar el material.

Controlar e inventariar material y equipos.

Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su

caso.

Mantenimiento y reparación de equipos que no revistan una

especial complejidad técnica. El tipo de reparación estar limitado

por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos para

el desempeño del puesto de trabajo.

Transporte de material y equipos con los medios adecuados.

6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto y que resulte

necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.

Temario:

1. Representación gráfica de datos. Escalas decimales,

semilogarítmicas, logarítmicas.

2. Formulación y nomenclatura de los compuestos químicos

inorgánicos y orgánicos.

3. Magnitudes físicas y su medida. Sistemas de unidades.

Medidas de longitud, masa, temperatura y eléctricas. Instrumentos

de medida.

4. Fundamentos de mecánica. Leyes de Newton.

5. Electrostática. Ley de Coulomb. Campo eléctrico. Potencial

eléctrico. Condensadores.

6. Electrodinámica. Corriente eléctrica. Energía de la

corriente eléctrica. Corrientes derivadas. Leyes de Kirchoff.

7. Magnetostática. Inducción. Corriente alterna.

8. Óptica geométrica e instrumentos.

9. Operaciones básicas en laboratorio. Sistemas de vacío.

Sistemas de gases a presión. Líquidos criogénicos.

10. Propiedades mecánicas de materiales. Materiales

magnéticos. Técnicas de preparación metalográfica de materiales.

11. Dibujo técnico.

12. Informática básica. Bases de datos (Access) y

procesadores de textos (Word).

13. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.

14. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color

y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y

protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.

Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones

en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del

laboratorio.

15. Nociones básicas de Salud Laboral y Prevención de

Riesgos. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados

de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de

Prevención. Evacuación de edificios.

16. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.

Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las

Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y

representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.

17. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la

acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la

Universidad. Los estudiantes. El Profesorado. El Personal de

Administración y Servicios de las Universidades Públicas. Régimen

económico y financiero de las Universidades Públicas.

18. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza

y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización Académica.

Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.

19. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia

e Investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los

estudiantes y el Personal de Administración y Servicios).

20. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios

de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico

y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.

21. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.

Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las

Administraciones Públicas.

22. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.

Comisión de Interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del

Convenio. Organización y Planificación del Trabajo. Ingreso y

acceso a grupos y categorías: Promoción interna, ingreso por turno

libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.

Formación y perfeccionamiento profesionales.

23. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.

Suspensión y extinción del contrato de trabajo.

24. El personal laboral al servicio de la Universidad de

Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad

de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).

Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.

Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.

Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición

final.

ANEXO II: (Ver imágenes páginas 7485 y 7486)

ANEXO III

Declaración jurada/promesa

Don/doña .......................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

municipio ....................., provincia de ..................................,

nacionalidad ....................., con documento nacional de

identidad (pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad)

número ....................., declara bajo juramento o promete, a

efectos de ser nombrado ..............................................................,

i (para ciudadanos españoles) que no ha sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las

funciones públicas.

i (para ciudadanos extranjeros) que no ha sido sometido a

sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública.

....................., ........ de ..................... de ........

(Localidad) (día) (mes) (año)

ANEXO IV

Listado de adaptaciones compensatorias para las oposiciones

y exámenes en los que participen personas con necesidades

especiales

i Ampliación del tiempo de examen (en un 25 por 100).

i Colocación en primeras filas.

i Mesa adaptada para usuarios de sillas de ruedas.

i Aumento del nivel de iluminación.

i Preguntas de examen y folios ampliados en tamaño.

i Preguntas de examen y folios en alto contraste.

i Transcripción en sistema Braille.

i Posibilidad de uso de máquinas de escribir en sistema

Braille.

i Posibilidad de uso de medios de ampliación de imagen.

i Instrucciones generales e instrucciones durante las pruebas

siempre escritas.

i Disponibilidad de equipos de frecuencia modulada para

personas con deficiencia auditiva.

i Intérprete de lengua de signos.

i Posibilidad de uso del ordenador e impresora u otras ayudas

técnicas para la comunicación escrita.

i Necesidad de alimentación eléctrica para ayudas técnicas

para la comunicación.

Otras.

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