Con el fin de atender las necesidades de personal laboral de
administración y servicios de esta Universidad, este Rector, en
uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20
de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
("Boletín Oficial del Estado" número 307, del 24), en relación
con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en los
artículos 77, 80 y 174 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza,
aprobados por el Real Decreto 1271/1985, de 29 de mayo
("Boletín Oficial del Estado" número 180, de 29 de julio), y previo
acuerdo con el Comité Intercentros, acuerda convocar pruebas
selectivas para cubrir plazas vacantes de la Universidad de
Zaragoza, mediante contratación laboral de carácter fijo de plantilla,
con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas mediante el
procedimiento de oposición libre, para cubrir las plazas de personal laboral
que se indican a continuación.
Un Técnico Especialista. Facultad de Ciencias. Área de
Laboratorio. Departamento de Bioquímica y Biología Molecular y
Celular. (Grupo C).
Un Oficial. Facultad de Ciencias. Área de Laboratorio.
Departamento de Química Orgánica-Química Física. (Grupo D).
. Un Oficial. Facultad de Medicina. Área de Laboratorio.
Departamento de Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública.
(Grupo D).
Un Oficial. Facultad de Veterinaria. Área de Laboratorio.
Departamento de Anatomía Patológica, Medicina Legal y Forense y
Toxicología. (Grupo D).
Un Oficial. Centro Politécnico Superior. Área de Laboratorio.
Departamento de Física de la Materia Condensada. (Grupo D).
Un Oficial Físico-Química. Escuela Politécnica Superior. Área
de Laboratorio. (Grupo D).
Un Oficial Químico-Agrícola. Escuela Politécnica Superior.
Área de Laboratorio. (Grupo D).
1.2 El número de plazas convocadas podrá incrementarse
como consecuencia de las plazas vacantes generadas desde la
fecha de la Resolución de la oferta del 2000, que publica la Oferta
de Empleo de esta Universidad, para dicho año, hasta el desarrollo
del proceso selectivo, siempre que se produzcan antes de la
propuesta definitiva de aprobados que haya de realizar el Tribunal
calificador.
1.3 Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación
lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"
número 185, del 3), con las modificaciones que la misma ha tenido
hasta la fecha ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial
del Estado" número 85, de 10 de abril) ; el Decreto
Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón,
por el que se aprueba la Ley de Ordenación de la Función Pública
de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón"
número 25, de 1 de marzo), modificada por la Ley 12/1996, de 30
de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón" número 4, de 13 de
enero de 1997) ; el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno
de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de
puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional
de los funcionarios de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón" número 67, del 13) ;
la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a
determinados sectores de la función pública de los nacionales de los
demás Estados miembros de la Unión Europea ("Boletín Oficial
del Estado" número 307, del 24) ; el Real Decreto 1271/1985,
de 29 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la
Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial del Estado" número 180,
de 29 de julio) ; el Convenio Colectivo para el personal laboral
de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" número
86, de 19 de julio de 2000), y lo establecido en la Plantilla
Orgánica del Personal de Administración y Servicios de la Universidad
de Zaragoza.
1.4 La adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo
con las peticiones de los interesados entre los puestos de trabajo
ofertados, según el orden obtenido en el proceso selectivo, siempre
que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto
en la Relación de Puestos de Trabajo.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo I de esta convocatoria.
1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
El primer ejercicio se iniciará a partir del mes de abril de 2002.
La fecha, hora y lugar del mismo, se determinará en la resolución
de este Rectorado en la que se apruebe la lista provisional de
admitidos y excluidos, que se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", "Boletín Oficial de Aragón", en el tablón de anuncios
de la Universidad, sito en Zaragoza, en la planta baja del edificio
Interfacultades (calle Pedro Cerbuna, 12) y en los Vicerrectorados
de Huesca (calle Ronda Misericordia, 1) y de Teruel (Ciudad
Escolar, sin número), así como en la siguiente dirección de Internet:
http://wzar.unizar.es/personal/pas/concursos/concursos.htm. El
modelo de solicitud, así como listas de admitidos y excluidos y
demás información podrá consultarse en dicha dirección.
1.7 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido
a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas ("Boletín
Oficial del Estado" número 4, de 4 de enero de 1985).
1.8 Funciones generales de las plazas y jornada de trabajo.
1.8.1 Las funciones y tareas que corresponden a las plazas
que se convocan son las que figuran en el anexo I de esta
convocatoria.
1.8.2 La jornada de trabajo de las plazas convocadas será
la dispuesta en la Relación de Puestos de Trabajo de personal
de administración y servicios de esta Universidad, publicada por
Resolución de 28 de julio de 1998 ("Boletín Oficial de Aragón"
número 96, de 14 de agosto) y posteriores modificaciones.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También
podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del
cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados
de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad
que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente
de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando
así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la
Comunidad Europea y ratificados por España en aplicación de la
Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999
de 29 de diciembre y del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
Asimismo, podrán participar los extranjeros residentes en España,
en aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000 de 11
de enero y modificada por la Ley 8/2000, de 2 de diciembre,
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social, que reúnan los requisitos previstos en dicha
ley y en las disposiciones que la desarrollen. Estos últimos deberán
estar en posesión del permiso de residencia.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber
cumplido la edad de jubilación (sesenta y cinco años).
c) Poseer la titulación académica exigida para cada una de
las plazas por el vigente Convenio Colectivo:
Para la plaza del Grupo C, estar en posesión del título de
Bachillerato LOGSE ; de Formación Profesional de Grado Superior; de
Bachillerato Unificado Polivalente ; de Técnico Superior o Técnico
Especialista de Formación Profesional de II Grado, titulación
equivalente o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad
para mayores de veinticinco años.
Para las plazas del Grupo D, estar en posesión del título de
Graduado en Educación Secundaria ; de Formación Profesional de
Grado Medio ; de Educación General Básica; de Técnico o Técnico
Auxiliar de Formación Profesional de Primer Grado ; Graduado
Escolar, titulación equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
en España, de acuerdo al Real Decreto 104/1988, de 29 de enero,
sobre homologación y convalidación de títulos y estudios
extranjeros de educación no universitaria ("Boletín Oficial del Estado"
número 41, de 17 de febrero), al Real Decreto 1665/1991, de
25 de octubre, sobre reconocimiento de los títulos de Enseñanza
Superior de los Estados miembros de la CEE, que exigen una
formación mínima de tres años ("Boletín Oficial del Estado" número
280, de 22 de noviembre), o al Real Decreto 86/1987, de 16
de enero, sobre homologación de títulos extranjeros de educación
superior ("Boletín Oficial del Estado" número 20, del 23), debiendo
acompañarse a la solicitud fotocopia compulsada de la misma.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su
Estado, el acceso a la función pública, en el modelo que figura
como anexo III a esta convocatoria.
f) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y
que, de conformidad con lo establecido en la base 6.2, están
exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del
conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia
compulsada del Diploma básico o superior de Español como lengua
extranjera o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros
expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar
esta documentación, no podrán ser declarados exentos, debiendo
en consecuencia realizar la prueba indicada anteriormente.
2.2 Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior
de esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de
la firma del contrato de carácter fijo de plantilla en la Universidad
de Zaragoza.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la solicitud que se publica como
anexo II, que será facilitada gratuitamente en la Universidad de
Zaragoza en: El Centro de Información Universitaria y
Reclamaciones, Conserjerías de los Centros, Servicio de Personal y
Vicerrectorados de Huesca y Teruel ; en las Oficinas del Servicio
de Información y Documentación de la Diputación General de
Aragón ; y en la Delegación y Subdelegaciones del Gobierno en la
Comunidad Autónoma de Aragón. También será válida la fotocopia
del modelo publicado en el "Boletín Oficial del Estado", en el
"Boletín Oficial de Aragón" y el modelo obtenido a través de Internet.
Este modelo, así como listas de admitidos y excluidos y demás
información, podrá consultarse en la dirección de Internet
reseñada en la base 1.6.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999,
de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos indicados
en la solicitud pasarán a formar parte del fichero de personal,
cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de
Zaragoza, gestión de la docencia e investigación, gestión de la
participación del personal en los servicios y actos universitarios,
así como la gestión de la participación de los candidatos en los
procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero serán
tratados con fines históricos o estadísticos.
Tales ficheros están regulados por la resolución de 16 de julio
de 2001 de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón"
número 96, de 13 de agosto), y posteriores modificaciones, en
las que se indica la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso,
rectificación y cancelación de los datos, remitiendo un escrito al
ilustrísimo señor Gerente de la Universidad de Zaragoza,
adjuntando copia de documento que acredite la identidad del interesado.
Los aspirantes que deseen participar en estas pruebas selectivas
y concurran a la cobertura de plazas diferenciadas deberán rellenar
una solicitud por cada una de las plazas a las que se desee optar.
Técnico Especialista. Facultad de Ciencias. Área de
Laboratorio. Departamento de Bioquímica y Biología Molecular y Celular.
(Grupo C).
Oficial. Facultad de Ciencias. Área de Laboratorio.
Departamento de Química Orgánica-Química Física. (Grupo D). Oficial
Físico-Química. Escuela Politécnica Superior. Área de Laboratorio.
(Grupo D).
Oficial. Facultad de Medicina. Área de Laboratorio.
Departamento de Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública.
(Grupo D).
Oficial. Facultad de Veterinaria. Área de Laboratorio.
Departamento de Anatomía Patológica, Medicina Legal y Forense y
Toxicología. (Grupo D).
Oficial. Centro Politécnico Superior. Área de Laboratorio.
Departamento de Física de la Materia Condensada. (Grupo D).
Oficial Químico-Agrícola. Escuela Politécnica Superior. Área
de Laboratorio (Grupo D).
A la solicitud se deberán acompañar los siguientes documentos,
siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos:
Una fotocopia legible por ambas caras, del documento nacional
de identidad vigente, pasaporte u otro documento de identificación
suficiente ; los aspirantes que no posean la nacionalidad española
y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del
documento que acredite su nacionalidad y de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir
a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el
que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar
declaración jurada o promesa de éste de que no están separados de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo. En el caso de los aspirantes
no comunitarios, que sean extranjeros residentes y tengan derecho
a participar, deberán presentar fotocopia del documento que
acredite su nacionalidad y del permiso de residencia temporal o
permanente en España.
Fotocopia de la titulación en el caso de haber sido obtenida
en el extranjero y fotocopia de la credencial que acredite su
homologación.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española,
fotocopia compulsada del Diploma básico o superior de Español como
lengua extranjera o del Certificado de Aptitud en Español para
extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas,
excepto los extranjeros nacionales de países cuyo idioma oficial sea
el español o los extranjeros que tengan el título expedido en
España.
Documento original del resguardo del pago en el banco o, en
su defecto, copia bancaria del mismo. En el caso de que la solicitud
se encuentre mecanizada mediante ráfaga bancaria, no será
necesario dicho resguardo.
3.2 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en
cuenta, además de lo indicado en las instrucciones de la misma,
lo siguiente:
En el recuadro número 16 los aspirantes cuya nacionalidad
no sea la española deberán indicar la fecha de expedición de la
credencial de la homologación de la titulación académica que
hayan hecho constar en el apartado 15 de la solicitud.
En el recuadro número 22 los aspirantes sólo podrán solicitar
participar por la forma de acceso libre.
En el recuadro número 23 los aspirantes con grado de
minusvalía deberán indicar el grado de minusvalía que tengan acreditado
y solicitar, cumplimentando el recuadro número 24, las posibles
adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro número 26, en el apartado C), los aspirantes
de nacionalidad no española indicarán si poseen la titulación
acreditativa de conocimiento del castellano o si han de realizar una
prueba de acreditación, haciendo constar Diploma Básico,
Diploma Superior de Español, certificado de aptitud (según lo indicado
en la base 2.1) o "realizará prueba", según sea el caso.
En el recuadro número 27 los aspirantes harán constar si
desean o no formar parte de una lista de espera para futuras
necesidades de personal contratado con carácter temporal en plazas
de la misma categoría que las que se convocan en la presente.
En caso de su no cumplimentación, se entenderá en sentido
negativo.
En el recuadro número 28 los aspirantes consignarán la
cantidad de 2.000 pesetas (12,02 euros) o 1.500 pesetas (9,02 euros)
según sean plazas de los grupos C o D respectivamente. En el
caso de las personas con discapacidad igual o superior al 33
por 100, se indicará "exento", debiendo presentar, junto con la
solicitud, el correspondiente documento acreditativo, expedido por
el organismo competente, de su grado de minusvalía.
Los documentos que deban acompañarse a la solicitud, según
lo dispuesto en las bases de la convocatoria, se harán constar
en el apartado de la solicitud "Documentos que se aportan".
3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar para la
Universidad) podrá realizarse en el Registro General de la Universidad
de Zaragoza, sito en la calle Pedro Cerbuna, 12, en los registros
de los Vicerrectorados de Huesca (calle Ronda Misericordia, 1)
y de Teruel (Ciudad Escolar, sin número) o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"
número 285, del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero
("Boletín Oficial del Estado" número 12, del 14). Se dirigirán al
excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad de
Zaragoza, siendo el plazo de presentación de veinte días hábiles a
partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Las solicitudes suscritas
en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el
párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes, que las remitirán
seguidamente a esta Universidad.
3.4 Los derechos de examen serán, para los aspirantes por
el sistema general de acceso libre los siguientes:
Para las plazas del Grupo C: 2.000 pesetas o 12,02 euros.
Para las plazas del Grupo D: 1.500 pesetas o 9,02 euros,
que se ingr esarán en la cuenta corriente
número 2085-0168-58-0300017984, abierta en Ibercaja, urbana 10,
bajo el nombre "Pruebas Selectivas".
Estarán exentos de pago los aspirantes con grado de
discapacidad igual o superior al 33 por 100, quienes deberán justificar
debidamente su condición y grado de discapacidad.
Cuando se ingrese en una entidad distinta a la indicada deberá
acompañarse justificante de la transferencia efectuada. La falta
de justificación del abono de los derechos de examen determinará
la exclusión del aspirante.
En cualquier caso, el pago no supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, de acuerdo
con lo establecido en la base anterior.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido para la presentación de solicitudes y hasta un máximo
de diez días hábiles posteriores a la finalización de éste.
Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, este
Rectorado dictará resolución, en el plazo máximo de un mes,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado" y en el "Boletín Oficial de Aragón", se relacionarán los
aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,
apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad
o pasaporte, así como el lugar o lugares en que se encuentre
expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes
admitidos y excluidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer
ejercicio.
4.2 Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al
de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la citada
resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
su exclusión u omisión, siempre y cuando dicho defecto sea
subsanable. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen
la exclusión o aleguen la omisión serán definitivamente excluidos
de la participación en las pruebas.
4.3 Transcurrido dicho plazo se dictará resolución que declare
aprobada definitivamente la lista de aspirantes admitidos y
excluidos, publicándose en el "Boletín Oficial del Estado", en el "Boletín
Oficial de Aragón", en los tablones oficiales de la Universidad
y en la dirección de Internet que se reseña en la base 1.6.
Contra dicha resolución podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día
siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra
esta resolución recurso de reposición en el plazo de un mes, a
partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de
esta Universidad que resolverá lo procedente, en cuyo caso no
cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo
anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del
recurso de reposición.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos ("Boletín
Oficial del Estado" número 90, del 15), la devolución de tasas
sólo procederá cuando no se realice el hecho imponible por causas
no imputables al sujeto pasivo. Consecuentemente, no procederá
devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos
de exclusión del proceso selectivo por causa imputable al
interesado.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 24 del vigente Convenio Colectivo,
estará compuesto de la siguiente forma:
Titulares:
Presidente: Don Antonio Laguna Castrillo, Catedrático de la
Universidad del Departamento de Química Inorgánica, por
delegación del Ilmo. Sr. Gerente.
Vocales:
Don Carlos Cativiela Marín, Catedrático de Universidad del
Departamento de Química Orgánica, en representación de la
Universidad.
Don Santiago Jesús Samper Fernández, Administrador de la
Facultad de Ciencias, en representación de la Universidad.
Don Antonio Montañés Gómez, en representación del Comité
Intercentros.
Don José Antonio Manso Alonso, en representación del Comité
Intercentros.
Secretario: Don Óscar Luis Sebastián Sevilla, Jefe de Negociado
de Gestión de la Sección de Personal de Administración y Servicios,
que actuará con voz pero sin voto.
Suplentes:
Presidente: Don José María Marín Jaime, Excmo Sr. Adjunto
al Rector de Coordinación y Relaciones Institucionales, por
delegación del Ilmo. Sr. Gerente.
Vocales:
Doña Ana Castelló Puig, Excma. Sra. Vicerrectora para el
Campus de Huesca, en representación de la Universidad.
Don Juan Octavio Forniés Gracia, Catedrático de Universidad
del Departamento de Química Inorgánica, en representación de
la Universidad.
Don Manuel Tricas Moreno, en representación del Comité
Intercentros.
D. Óscar Luis Calvo Boned, en representación del Comité
Intercentros.
Secretaria: Doña Montserrat Bastida San Rodrigo, Jefa de la
Sección de Personal de Administración y Servicios, que actuará
con voz pero sin voto.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a este Rectorado o al Presidente del Tribunal,
cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco
años anteriores al de la publicación de esta convocatoria. El
Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración
expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas
en este párrafo.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas en el párrafo
anterior.
Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la
autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
y en el "Boletín Oficial de Aragón", la resolución por la que se
nombra a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir
a los que hubiesen perdido tal condición.
5.3 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
Tribunal en el plazo de treinta días desde la publicación de la
convocatoria, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad
al menos de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión
el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.4 A partir de su constitución el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros. En todo caso, deberán estar presentes el Presidente
y el Secretario, de acuerdo al artículo 26 de la Ley 30/1992.
5.5 Constituido el Tribunal, éste resolverá todas las dudas
que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo
que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento
de actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo
dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas de los ejercicios que
estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su
colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales
asesores corresponde al Rector, a propuesta del Tribunal.
Igualmente, cuando por el número de aspirantes en el proceso
de desarrollo de los ejercicios se requiera, el Tribunal podrá
designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto
y normal desarrollo de los mismos.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este
sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que
lo soliciten en la forma prevista en esta convocatoria
(cumplimentación del recuadro número 24 de la solicitud), las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización, debiendo
cumplimentarse para ello el anexo IV de esta convocatoria.
La Universidad de Zaragoza, a través de la Unidad de Protección
y Prevención de Riesgos, se podrá poner en contacto con los
aspirantes con minusvalía siempre y cuando figuren los datos
telefónicos y del domicilio en la solicitud, al objeto de recabar mayor
información sobre las adaptaciones necesarias. A tal efecto el
Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los
órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los
órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
o Comunidad Autónoma. Si se suscitaran dudas al Tribunal
respecto de la capacidad de un aspirante para el desempeño de las
actividades habitualmente desarrolladas por el personal de los
puestos convocados, podrá recabar el correspondiente dictamen
de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma.
5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, se corrijan
sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para
ello los medios adecuados.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer
la identidad del opositor.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Zaragoza, Sección de Personal Administración y Servicios, calle Pedro
Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza, teléfono 976 761000, extensión
3118.
5.10 El Tribunal será único para todas las plazas objeto de
la presente convocatoria, pudiendo realizar, si así lo estiman sus
miembros, sesiones independientes para cada plaza o grupo de
plazas afines.
Con arreglo a lo regulado en el artículo 33 y en el anexo IV
del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre Indemnizaciones
por razón del servicio ("Boletín Oficial del Estado" número 68,
de 19 de marzo), el Tribunal tendrá la categoría tercera, de actuar
en sesión conjunta para todas las plazas, o las categorías que
se indican, en función de las plazas, de actuar en sesiones
independientes:
Plazas del grupo C: Categoría tercera.
Plazas del Grupo D: Categoría cuarta.
5.11 En ningún caso el Tribunal podrá declarar superado el
proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anterior será
nula de pleno derecho.
5.12 Contra las resoluciones que tome el Tribunal, cabe
interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el órgano
superior jerárquico, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
114 y siguientes de la Ley 30/1992.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Con carácter previo a la realización de las pruebas de
la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán acreditar el conocimiento del castellano
mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que
poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y
escrita en esta lengua. El contenido se ajustará a lo dispuesto en el
Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, por el que se establecen
diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua
extranjera ("Boletín Oficial del Estado" del 29). La prueba se
calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración
de apto para pasar a realizar las fases de la oposición. El Tribunal
convocará a estos aspirantes a la realización de las pruebas
indicando el lugar y fecha de realización, mediante convocatoria en
los tablones de anuncios de la Universidad.
6.2 Quedarán eximidos de realizar dicha prueba quienes estén
en posesión del Diploma Superior o Diploma Básico de Español
como Lengua Extranjera establecidos por el Real Decreto
826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real
Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del Certificado de Aptitud
en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales
de Idiomas, y los extranjeros nacionales de países cuyo idioma
oficial sea el español.
6.3 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "D", de acuerdo con lo
dispuesto en la Resolución del Instituto Aragonés de
Administración Pública, de 22 de febrero de 2001 ("Boletín Oficial de
Aragón" número 25, del 28).
6.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.5 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en llamamiento único, sin perjuicio de las tandas
que se precise realizar, siendo excluidos del proceso selectivo
quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados
y libremente apreciados por el Tribunal.
6.6 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos por
el Tribunal con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación
a la señalada para el inicio de los mismos, en los locales donde
se haya celebrado el primero, en los tablones de anuncios de
la Universidad señalados en la base 1.6 y por cualesquiera otros
medios que se juzgue conveniente para facilitar su máxima
divulgación.
6.7 Concluido el primer ejercicio, los aspirantes podrán
llevarse el cuestionario del examen y el Tribunal procederá a publicar
en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, así como en
los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la
base 1.6, el referido cuestionario y la plantilla de respuestas, en
su caso, en un plazo máximo de una semana a contar desde la
fecha de realización del mismo.
6.8 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión del
proceso selectivo al Rector de la Universidad de Zaragoza,
comunicándole, a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas.
7. Procedimiento de selección
Constará de dos ejercicios:
7.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario
de no más de 100 preguntas basadas en el contenido del programa
de estas pruebas. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán
diversas respuestas de las cuales sólo una de ellas será la correcta,
pudiéndose penalizar las respuestas erróneas, de acuerdo a lo
que determine el Tribunal calificador. El tiempo máximo para su
realización será de 120 minutos, salvo que el Tribunal estime
conveniente ampliarlo en función de las características de algunas
de las plazas.
7.2 Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica que
versará sobre aspectos específicos relacionados con el perfil y
funciones de la plaza además de, en su caso, aspectos generales
de la misma. El tiempo para la realización de esta prueba no
podrá exceder de dos horas, salvo que el Tribunal estime
conveniente ampliarlo.
8. Calificación de los ejercicios
8.1 Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo
necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos.
8.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo
necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos.
8.3 El Tribunal determinará las medidas oportunas para la
realización de los ejercicios aprobando las instrucciones y criterios
de valoración que estime pertinentes, así como el número de
preguntas válidamente contestadas para alcanzar la puntuación
mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.
8.4 Valoración final: La calificación final de las pruebas
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
los dos ejercicios. En caso de empate, se dará prioridad al aspirante
con mayor puntuación en el segundo. Si el empate continuase,
se resolverá mediante sorteo entre los aspirantes igualados.
9. Superación de los ejercicios
Al finalizar la calificación de cada uno de los ejercicios de la
oposición el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de
celebración de los mismos, en los tablones de anuncios de la
Universidad señalados en la base 1.6 y en aquellos otros que estime
oportunos, las relaciones de aspirantes que hayan superado cada
uno de los ejercicios, con indicación de la puntuación obtenida
y del número del documento nacional de identidad o pasaporte.
10. Superación del proceso selectivo
10.1 Los aspirantes que superen el proceso selectivo serán
los que obtengan la mayor calificación, sumadas las puntuaciones
del primero y segundo ejercicios, teniendo en cuenta que no
pueden superar la oposición mayor número de aspirantes que número
de plazas convocadas.
10.2 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará
públicas, en los tablones de anuncios de la Universidad de Zaragoza
señalados en la base 1.6, las relaciones de aspirantes que superen
el mismo. Dichas relaciones serán elevadas al Excmo. Sr. Rector
Magnífico, por orden de puntuación total, especificando la
puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición y la puntuación total.
10.3 No podrá adjudicarse más de una plaza de las
convocadas por esta Resolución a un mismo aspirante. En el caso de
que un aspirante sea seleccionado para la adjudicación de más
de una plaza, deberá optar por una de ellas y renunciar a las
demás, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente a la publicación de las relaciones de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo.
10.4 Cuando, por causa imputable al aspirante o de fuerza
mayor, no llegue a perfeccionarse el contrato de trabajo se acudirá
a la relación definitiva de candidatos que hayan superado los dos
ejercicios, según el orden de calificación final, hasta la cobertura
de todas las plazas convocadas.
11. Presentación de documentos y formalización del contrato
11.1 En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la
Universidad señalados en la base 1.6 de las relaciones definitivas
de aprobados a que se refiere la base 10.2, los aspirantes que
figuren en las mismas deberán presentar en la Sección de Personal
de Administración y Servicios de la Universidad de Zaragoza (calle
Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza) los siguientes documentos:
a) Original y fotocopia para su cotejo, o fotocopia
compulsada, del título indicado en el recuadro número 15 de la solicitud,
o en su defecto, certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios equivalentes para su obtención.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas, según modelo que figura como anexo III a esta
convocatoria. En el caso de aspirantes cuya nacionalidad no sea la
española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo
que figura como anexo III.
c) Certificación expedida por el facultativo del Servicio de
Salud de la Universidad de Zaragoza de no padecer enfermedad
ni defecto físico que imposibilite para el desempeño de las
funciones correspondientes.
d) Los aspirantes extranjeros que no residan en España
deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber
solicitado la tarjeta de residencia comunitaria así como del número
de identidad del extranjero (N.I.E.), en el caso de que no la hubiese
tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de
participación.
e) Los aspirantes, no comunitarios, que sean residentes
extranjeros, deberán presentar fotocopia compulsada del permiso
de residencia en España, así como del número de identidad del
extranjero (N.I.E.).
11.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de
presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá
acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la
convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
11.3 Si dentro del plazo indicado, salvo causas de fuerza
mayor debidamente justificadas, no se presenta la citada
documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen
de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria, no
podrán formalizar el contrato y quedarán anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud inicial y no podrá el adjudicatario
ser contratado, formulándose propuesta a favor del siguiente en
la lista de puntuación, siempre y cuando su valoración en la
oposición fuera suficiente.
11.4 Quienes tuvieran la condición de personal al servicio
de la Administración Pública estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para
la formalización de su contrato o nombramiento, debiendo
presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependieran
para acreditar tal condición, con expresión del número y grupo
de trienios, fecha de su cumplimiento y aquellas circunstancias
que obren en su hoja de servicios, así como fotocopia compulsada
de la titulación exigida.
11.5 La petición de puesto de trabajo por parte de los
aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la
Universidad, previa oferta de aquéllos, siendo adjudicados de acuerdo
a lo establecido en la base 1.4.
11.6 Por el Rectorado de la Universidad se procederá al
nombramiento para la formalización del contrato laboral de carácter
fijo de plantilla, mediante Resolución publicada en el "Boletín
Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de Aragón", en la que
se determinará la fecha en que comenzará a surtir efecto dicha
contratación.
12. Período de prueba
12.1 En el contrato que se suscriba podrá fijarse un período
de prueba que en ningún caso será superior al establecido legal
o convencionalmente y tendrá los efectos que el ordenamiento
jurídico laboral dispone.
12.2 Los aspirantes contratados vendrán obligados a realizar
los cursos de formación que puedan establecerse.
13. Norma final
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,
de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el artículo 8.2 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado" número 167,
del 14).
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra
esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso
contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga
resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Zaragoza, 23 de enero de 2002.-El Rector, P. D. (Resolución
de 7 de julio de 2000, "Boletín Oficial de Aragón" número 85,
del 17), el Gerente, Mariano Berges Andrés.
ANEXO I
Funciones y temarios
Técnico especialista
Departamento de Bioquímica y Biología Molecular y Celular.
Facultad de Ciencias
Requisitos: Estar en posesión del título de Bachillerato LOGSE ;
de Formación Profesional de Grado Superior ; de Bachillerato
Unificado Polivalente ; de Técnico Superior o Técnico Especialista de
Formación Profesional de segundo Grado ; titulación equivalente
o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para
mayores de veinticinco años.
Funciones:
1. Preparar, montar y mantener las prácticas del laboratorio.
2. Apoyo técnico en trabajos de investigación y proyectos de
fin de carrera.
3. Organizar/realizar ensayos físicos y fisicoquímicos de
identificación y medida, así como análisis por métodos químicos e
instrumentales:
Tomar, preparar y codificar muestras adecuando sus
condiciones al ensayo.
Preparar y valorar disoluciones y reactivos que entrañen
dificultad.
Ajustar los equipos e instrumentos al tipo de ensayo, análisis
y precisión requerida.
Realizar/supervisar la identificación o medida de parámetros
mediante el ensayo.
Realizar análisis químicos y mediante técnicas instrumentales.
Recoger los datos y realizar los cálculos necesarios para
expresar los resultados adecuadamente.
4. Coordinar y supervisar la actividad del laboratorio:
Establecer planificación y calendario de actuaciones de su
actividad y la del personal de él dependiente, en colaboración con
el responsable del laboratorio.
Supervisión de trabajo del personal que dependa de él
directamente.
Comunicar al personal a su cargo la planificación de actividades
del laboratorio y la distribución de tareas.
Supervisión del cumplimiento de las normas de seguridad e
higiene del laboratorio.
Presupuestar y realizar la valoración económica de trabajos
para su posterior facturación, si es el caso.
5. Mantenimiento del laboratorio de prácticas y de uso
común:
Responsable de la limpieza, ordenación y almacenaje de
material, reactivos y/o equipos.
Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.
Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su
caso.
Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan
una especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará
limitado por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos
para el desempeño del puesto de trabajo.
Mantenimiento adecuado de los medios de seguridad e higiene.
Gestión de residuos.
Gestión de compras.
6. Recabar y organizar información de técnicas, equipos y
materiales del laboratorio (folletos, catálogos, manuales).
7. Cualquier otra afín a la categoría del puesto y que resulte
necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.
Temario:
1. Formulación y nomenclatura de los compuestos químicos
inorgánicos y orgánicos.
2. Estructura de la materia. El átomo. Partículas
fundamentales. El núcleo. Concepto de mol. Masa atómica y masa molecular.
El sistema periódico y propiedades periódicas. Las leyes de la
radiactividad. Reacciones nucleares.
3. El enlace químico. Enlace iónico. Enlace covalente. Fuerzas
intermoleculares. El enlace metálico. Propiedades de los
compuestos iónicos, covalentes y metálicos.
4. Estados de agregación de la materia. Estado gaseoso.
Estado líquido. Estado sólido. Estructura cristalina.
5. Disoluciones. Tipos de disoluciones. Formas de expresar
la concentración. Procedimientos de preparación y normalización
de reactivos y soluciones patrón. Propiedades de las disoluciones.
Teorías de la ionización. El agua como disolvente. Otros
disolventes.
6. Cambios materiales y energéticos en las reacciones
químicas. Estudio de las transformaciones químicas. Termoquímica.
Equilibrios químicos. Reacciones de transferencia de protones.
Reacciones de transferencia de electrones.
7. Electroquímica. Energía eléctrica en los procesos químicos.
Pilas eléctricas. Electrólisis.
8. Química inorgánica. No metales: Halógenos ; anfígenos;
hidrácidos ; grupo del fósforo; grupo del carbono. Metales. Estado
metálico. Metales y aleaciones. Aleaciones base-hierro. Aleaciones
no férreas.
9. Química del carbono. El átomo de carbono y los
compuestos orgánicos. Reacciones orgánicas de los principales grupos
funcionales. Conceptos básicos de química macromolecular.
10. Operaciones básicas en el laboratorio. Servicios
auxiliares del laboratorio. Técnicas y procedimientos de limpieza y
esterilización del material. Toma y preparación de muestras. Medidas
de masa y volumen. Manipulación de sustancias. Separaciones
mecánicas. Separaciones difusionales.
11. Ensayos físicos y fisicoquímicos. Conceptos básicos de
materiales. Técnicas de ensayos físicos y fisicoquímicos:
Instrumentos y aparatos ; técnicas de ensayo; ensayos mecánicos;
ensayos físico-químicos ; ensayos metalográficos; unidades; patrones
internos y externos, interpretación de resultados.
12. Análisis químico. Análisis volumétrico. Gravimetrías.
Material y aparatos utilizados.
13. Análisis instrumental. Parámetros instrumentales. Curvas
de calibrado. Rango de linealidad. Interpolación.
14. Análisis instrumental. Métodos eléctricos. Métodos
ópticos. Métodos cromatográficos. Otros métodos: Análisis por
absorción y difracción de rayos X ; espectrofotometría de masas.
15. Instrumentación y control. Medida de presión. Medida
de temperatura. Medida de caudal. Medida de nivel de líquidos
y sólidos en depósitos. Medida de humedad. Regulación. Aparatos
de regulación. Características de los elementos de regulación.
Transmisión de la información. Teoría de los servomecanismos
en general.
16. Química de los procesos. Balances de materia. Reactores
químicos. Principales procesos químicos industriales: Procesos de
combustión ; petroquímica; procesos de química inorgánica básica;
procesos primarios orgánicos.
17. Microbiología. Microorganismos. Ensayos físicos,
químicos y biológicos de microorganismos. El microscopio óptico.
Desinfección y esterilización.
18. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.
Organización del laboratorio.
19. Almacenamiento y conservación de registros y materiales.
20. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color
y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y
protección. Protección de máquinas. Protección personal.
Actuaciones en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia
del laboratorio. Salud laboral.
21. Nociones básicas de salud laboral y prevención de riesgos.
Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados
de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de
Prevención, Evacuación de Edificios.
22. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.
Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las
Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y
representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.
23. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la
acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la
Universidad. Los estudiantes. El profesorado. El personal de
Administración y Servicios de las Universidades públicas. Régimen
económico y financiero de las Universidades públicas.
24. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza
y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización académica.
Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.
25. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia
e investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los
estudiantes y el personal de Administración y Servicios).
26. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios
de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico
y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.
27. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.
Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las
Administraciones públicas.
28. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.
Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del
convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y
acceso a grupos y categorías: Promoción interna, ingreso por turno
libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.
Formación y perfeccionamiento profesionales.
29. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.
Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
30. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.
Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.
Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición
final.
Oficial de Laboratorio
Departamento de Química Orgánica y Química Física. Facultad
de Ciencias. Escuela Politécnica Superior de Huesca
Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria ; de Formación Profesional de Grado Medio;
de Educación General Básica ; de Técnico o Técnico Auxiliar de
Formación Profesional de primer Grado ; Graduado Escolar;
titulación equivalente.
Funciones:
1. Preparar, montar y mantener las prácticas del laboratorio.
2. Apoyo en las tareas de investigación.
3. Efectuar operaciones de preparación de muestras para su
tratamiento posterior:
Tomar e identificar muestras representativas bajo
procedimientos establecidos.
Efectuar la separación de mezclas gaseosas, líquidas o sólidas
mediante la técnica apropiada.
Preparación de muestras con la técnica apropiada a las
características de la muestra, el tipo de ensayo o análisis y el aparato
utilizado.
Preparación de los aparatos y equipos necesarios.
4. Realizar ensayos físicos, físico-químicos y análisis químicos
sistemáticos:
Preparar disoluciones y reactivos.
Valorar disoluciones y reactivos.
Preparar el equipo e instrumentos para el ensayo o el análisis.
Realizar ensayos y análisis de identificación y/o medida de
propiedades de sustancias químicas.
Realizar análisis mediante técnicas instrumentales sencillas.
5. Mantenimiento de los laboratorios de prácticas y de uso
común:
Limpieza de material, medios y equipos.
Ordenar y almacenar material y/o reactivos.
Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.
Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su
caso.
Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan
una especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará
limitado por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos
para el desempeño del puesto de trabajo.
Transporte de material y equipos con los medios adecuados.
Colaboración en la gestión de residuos.
6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto y que resulte
necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.
Temario:
1. Propiedades físicas fundamentales: Peso, masa, densidad,
volumen, fuerza, presión, calor, temperatura. Definición.
Unidades.
2. El átomo. Número atómico. Masa atómica. Sistema
periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulación y
nomenclatura.
3. Moléculas. Concepto de átomo-gramo. Peso molecular.
Mol. Composición centesimal de una sustancia. Equivalente
químico y equivalente gramo.
4. Disoluciones. Formas de expresar la concentración.
Preparación de disoluciones. Soluciones tampón o amortiguadoras.
5. Concepto de ácido y base. Concepto de ionización.
Constante de disociación. Concepto de Ph. Métodos para su medida.
6. Material de laboratorio. Clasificación y usos. Técnicas y
procedimiento de limpieza, desinfección y esterilización.
7. Operaciones analíticas básicas. Pesada. Disolución de
sustancias sólidas. Disgregación de sustancias sólidas. Filtración.
Centrifugado. Decantación. Calefacción. Evaporación. Secado.
Incineración. Destilación y rectificación. Cristalización.
Generación de gases.
8. Toma de muestras. Registro y almacenamiento.
Preparación de muestras.
9. Productos químicos. Sistemas de clasificación, ordenación
y almacenamiento.
10. Análisis químico. Análisis cualitativo inorgánico. Métodos
cuantitativos: Gravimetría y volumetría. Material y aparatos
utilizados.
11. Ensayos físicos generales. Determinación del punto de
fusión. Determinación del punto de ebullición. Solubilidad.
Polarimetría, refractometría.
12. Colorimetría. Cromatografía: En papel, en columna, en
capa fina.
13. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.
14. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color
y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y
protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.
Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones
en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del
laboratorio.
15. Nociones básicas de salud laboral y prevención de riesgos.
Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados
de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de
Prevención, Evacuación de Edificios.
16. La Ley Orgánica de Universidades. Titulo preliminar.
Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las
Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y
representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.
17. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la
acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la
Universidad. Los estudiantes. El profesorado. El personal de
Administración y Servicios de las Universidades públicas. Régimen
económico y financiero de las Universidades públicas.
18. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza
y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización académica.
Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.
19. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia
e investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los
estudiantes y el personal de Administración y Servicios).
20. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios
de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico
y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.
21. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.
Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las
Administraciones públicas.
22. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.
Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del
convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y
acceso a grupos y categorías: Promoción interna. Ingreso por turno
libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.
Formación y perfeccionamiento profesionales.
23. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.
Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
24. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.
Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.
Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición
final.
Oficial de Laboratorio
Departamento de Microbiología, Medicina Preventiva y Salud
Pública. Facultad de Medicina
Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria ; de Formación Profesional de Grado Medio;
de Educación General Básica ; de Técnico o Técnico Auxiliar de
Formación Profesional de Primer Grado ; Graduado Escolar;
titulación equivalente.
Funciones:
1. Preparar, montar y mantener las prácticas de laboratorio.
2. Apoyo a las tareas de investigación.
3. Efectuar operaciones de preparación de muestras para su
tratamiento posterior:
Recepción y preparación de especímenes y muestras de seres
vivos: Células, tejidos, partes u órganos.
Preparar materiales y equipos para el tratamiento de muestras.
4. Colaborar en el procesado de muestras y en la realización
de ensayos:
Preparación de disoluciones colorantes, reactivos y medios de
cultivo.
Procesado básico de muestras biológicas.
Preparar el equipo e instrumentos para el ensayo o el análisis.
5. Mantenimiento de los laboratorios:
Limpieza, desinfección y esterilización de material, medios y
equipos.
Ordenar y almacenar material, reactivos y/o muestras
biológicas.
Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.
Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su
caso.
Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan
especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará limitado
por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos para
el desempeño del puesto de trabajo.
Transporte de material y equipos con los medios adecuados.
Colaboración en la gestión de residuos.
6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto que resulte
necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.
Funciones específicas:
Revelar material fotográfico.
Temario:
1. Propiedades físicas fundamentales: Peso, masa, densidad,
volumen, fuerza, presión, calor, temperatura. Definición.
Unidades.
2. El átomo. Número atómico. Masa atómica. Sistema
periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulación y
nomenclatura.
3. Moléculas. Concepto de átomo-gramo. Peso molecular.
Mol. Composición centesimal de una sustancia. Equivalente
químico y equivalente gramo.
4. Disoluciones. Formas de expresar la concentración.
Preparación de disoluciones. Soluciones tampón o amortiguadoras.
5. Concepto de ácido y base. Concepto de ionización.
Constante de disociación. Concepto de Ph. Métodos para su medida.
6. Material de laboratorio. Clasificación y usos. Técnicas y
procedimiento de limpieza, desinfección y esterilización.
7. Operaciones analíticas básicas. Pesada. Disolución de
sustancias sólidas. Disgregación de sustancias sólidas. Filtración.
Centrifugado. Decantación. Calefacción. Evaporación. Secado.
Incineración. Destilación y rectificación. Cristalización.
Generación de gases.
8. Toma de muestras. Registro y almacenamiento.
Preparación de muestras.
9. Productos químicos. Sistemas de clasificación, ordenación
y almacenamiento.
10. Análisis químico. Análisis cualitativo inorgánico. Métodos
cuantitativos: Gravimetría y volumetría. Material y aparatos
utilizados.
11. Ensayos físicos generales. Determinación del punto de
fusión. Determinación del punto de ebullición. Solubilidad.
Polarimetría. Refractometría.
12. Colorimetría. Cromatografía: En papel, en columna, en
capa fina.
13. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.
14. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color
y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y
protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.
Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones
en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del
laboratorio.
15. Nociones básicas de salud laboral y prevención de riesgos.
Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados
de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de
Prevención. Evacuación de Edificios.
16. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.
Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las
Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y
representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.
17. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la
acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la
Universidad. Los estudiantes. El Profesorado. El personal de
Administración y Servicios de las Universidades públicas. Régimen
económico y financiero de las Universidades públicas.
18. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza
y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización académica.
Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.
19. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia
e investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los
estudiantes y el personal de Administración y Servicios).
20. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios
de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico
y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.
21. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.
Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
22. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.
Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del
convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y
acceso a grupos y categorías: Promoción interna, ingreso por turno
libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.
Formación y perfeccionamiento profesionales.
23. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.
Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
24. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.
Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.
Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición
final.
Oficial de Laboratorio
Departamento de Anatomía Patológica, Medicina Legal y Forense
y Toxicología. Laboratorio de Toxicología. Facultad de Veterinaria
Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria ; de Formación Profesional de Grado Medio;
de Educación General Básica ; de Técnico o Técnico Auxiliar de
Formación Profesional de Primer Grado ; Graduado Escolar;
titulación equivalente.
Funciones:
1. Preparar, montar y mantener las prácticas de laboratorio.
2. Apoyo a las tareas de investigación.
3. Efectuar operaciones de preparación de muestras para su
tratamiento posterior:
Recepción y preparación de especímenes y muestras de seres
vivos: células, tejidos, partes u órganos.
Preparar materiales y equipos para el tratamiento de muestras.
4. Colaborar en el procesado de muestras y en la realización
de ensayos:
Preparación de disoluciones colorantes, reactivos y medios de
cultivo.
Procesado básico de muestras biológicas.
Preparar el equipo e instrumentos para el ensayo o el análisis.
5. Mantenimiento de los laboratorios:
Limpieza, desinfección y esterilización de material, medios y
equipos.
Ordenar y almacenar material, reactivos y/o muestras
biológicas.
Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.
Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su
caso.
Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan
especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará limitado
por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos para
el desempeño del puesto de trabajo.
Transporte de material y equipos con los medios adecuados.
Colaboración en la gestión de residuos.
6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto que resulte
necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.
Funciones específicas:
Cuidado y mantenimiento de animales de experimentación.
Temario:
1. Propiedades físicas fundamentales: Peso, masa, densidad,
volumen, fuerza, presión, calor, temperatura. Definición.
Unidades.
2. El átomo. Número atómico. Masa atómica. Sistema
periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulación y
nomenclatura.
3. Moléculas. Concepto de átomo-gramo. Peso molecular.
Mol. Composición centesimal de una sustancia. Equivalente
químico y equivalente gramo.
4. Disoluciones. Formas de expresar la concentración.
Preparación de disoluciones. Soluciones tampón o amortiguadoras.
5. Concepto de ácido y base. Concepto de ionización.
Constante de disociación. Concepto de Ph. Métodos para su medida.
6. Material de laboratorio. Clasificación y usos. Técnicas y
procedimiento de limpieza, desinfección y esterilización.
7. Operaciones analíticas básicas. Pesada. Disolución de
sustancias sólidas. Disgregación de sustancias sólidas. Filtración.
Centrifugado. Decantación. Calefacción. Evaporación. Secado.
Incineración. Destilación y rectificación. Cristalización.
Generación de gases.
8. Toma de muestras. Registro y almacenamiento.
Preparación de muestras.
9. Productos químicos. Sistemas de clasificación, ordenación
y almacenamiento.
10. Análisis químico. Análisis cualitativo inorgánico. Métodos
cuantitativos: Gravimetría y volumetría. Material y aparatos
utilizados.
11. Ensayos físicos generales. Determinación del punto de
fusión. Determinación del punto de ebullición. Solubilidad.
Polarimetría. Refractometría.
12. Colorimetría. Cromatografía: En papel, en columna, en
capa fina.
13. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.
14. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color
y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y
protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.
Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones
en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del
laboratorio.
15. Nociones básicas de salud laboral y prevención de riesgos.
Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados
de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de
Prevención, Evacuación de Edificios.
16. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.
Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las
Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y
representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.
17. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la
acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la
Universidad. Los estudiantes. El profesorado. El personal de
Administración y Servicios de las Universidades públicas. Régimen
económico y financiero de las Universidades públicas.
18. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza
y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización académica.
Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.
19. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia
e Investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los
estudiantes y el personal de Administración y Servicios).
20. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios
de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico
y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.
21. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.
Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
22. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.
Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del
convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y
acceso a grupos y categorías: Promoción interna. Ingreso por turno
libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.
Formación y perfeccionamiento profesionales.
23. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.
Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
24. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.
Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.
Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición
final.
Oficial de Laboratorio Químico-Agrícola
Escuela Politécnica Superior de Huesca
Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria, de Formación Profesional de Grado Medio ;
de Educación General Básica ; de Técnico o Técnico Auxiliar de
Formación Profesional de I Grado ; Graduado escolar; titulación
equivalente.
Funciones:
1. Preparar, montar y mantener las prácticas del laboratorio.
2. Apoyo en las tareas de investigación.
3. Efectuar operaciones de preparación de muestras para su
tratamiento posterior:
Recepción y preparación de especímenes y muestras vegetales
o animales.
Tomar e identificar muestras representativas bajo
procedimientos establecidos.
Efectuar la separación de mezclas gaseosas, líquidas o sólidas
mediante la técnica apropiada.
Preparación de muestras con la técnica apropiada a las
características de la muestra, el tipo de ensayo o análisis y el aparato
utilizado.
Preparación de los aparatos y equipos necesarios.
4. Colaborar en el procesado de muestras y en la realización
de ensayos:
Preparar disoluciones, colorantes, reactivos y medios de
cultivo.
Procesado básico de muestras biológicas.
Valorar disoluciones y reactivos.
Realizar ensayos y análisis de identificación y/o medida de
propiedades de sustancias químicas.
Realizar análisis mediante técnicas instrumentales sencillas.
Preparar el equipo e instrumentos para el ensayo o el análisis.
5. Mantenimiento de los laboratorios de prácticas y de uso
común:
Limpieza, desinfección y esterilización de material, medios y
equipos.
Ordenar y almacenar material, reactivos y/o muestras
biológicas.
Controlar e inventariar material, reactivos y/o equipos.
Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su
caso.
Mantenimiento y reparación de los equipos que no revistan
una especial dificultad técnica. El tipo de reparación estará
limitado por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos
para el desempeño del puesto de trabajo.
Transporte de material y equipos con los medios adecuados.
Colaboración en la gestión de residuos.
6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto y que resulte
necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.
Temario:
1. Propiedades físicas fundamentales: Peso, masa, densidad,
volumen, fuerza, presión, calor, temperatura. Definición.
Unidades.
2. El átomo. Número atómico. Masa atómica. Sistema
periódico de los elementos. Concepto de valencia. Formulación y
nomenclatura.
3. Moléculas. Concepto de átomo-gramo. Peso molecular.
Mol. Composición centesimal de una sustancia. Equivalente
químico y equivalente gramo.
4. Disoluciones. Formas de expresar la concentración.
Preparación de disoluciones. Soluciones tampón o amortiguadoras.
5. Concepto de ácido y base. Concepto de ionización.
Constante de disociación. Concepto de pH. Métodos para su medida.
6. Material de laboratorio. Clasificación y usos. Técnicas y
procedimiento de limpieza, desinfección y esterilización.
7. Operaciones analíticas básicas. Pesada. Disolución de
sustancias sólidas. Disgregación de sustancias sólidas. Filtración.
Centrifugado. Decantación. Calefacción. Evaporación. Secado.
Incineración. Destilación y rectificación. Cristalización.
Generación de gases.
8. Toma de muestras. Registro y almacenamiento.
Preparación de muestras. Análisis sencillos de material vegetal y de suelos.
9. Productos químicos. Sistemas de clasificación, ordenación
y almacenamiento.
10. Análisis químico. Análisis cualitativo inorgánico. Métodos
cuantitativos: Gravimetría y volumetría. Material y aparatos
utilizados.
11. Ensayos físicos generales. Determinación del punto de
fusión. Determinación del punto de ebullición. Solubilidad.
Polarimetría. Refractometría.
12. Colorimetría. Cromatografía: En papel, en columna, en
capa fina.
13. La planta. Raíz. Simbiosis radiculares. El tallo. Las hojas,
clases. Las flores. Los frutos. Las semillas. Nutrición y riego.
14. Formas de reproducción de las plantas. La siembra y los
semilleros. El transplante. El estaquillado. El acodo. El injerto.
La poda.
15. Maquinaria y aperos agrícolas. El taller agrícola.
Invernaderos: Usos y mantenimiento.
16. Productos fitosanitarios. Clasificación toxicológica. Dosis
y tratamiento. Equipos de protección. Normas a seguir para su
manejo.
17. Plagas. Reconocimiento de plagas. Identificación y
conservación de insectos más comunes.
18. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.
19. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color
y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y
protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.
Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones
en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del
laboratorio.
20. Nociones básicas de Salud Laboral y Prevención de
Riesgos. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados
de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de
Prevención. Evacuación de edificios.
21. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.
Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las
Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y
representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.
22. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la
acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la
Universidad. Los estudiantes. El Profesorado. El Personal de
Administración y Servicios de las Universidades Públicas. Régimen
económico y financiero de las Universidades Públicas.
23. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza
y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización Académica.
Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.
24. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia
e Investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los
estudiantes y el Personal de Administración y Servicios).
25. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios
de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico
y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.
26. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.
Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
27. El Personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.
Comisión de Interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del
Convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y
acceso a grupos y categorías: Promoción interna, ingreso por turno
libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.
Formación y perfeccionamiento profesionales.
28. El Personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.
Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
29. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.
Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.
Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición
final.
Oficial de Laboratorio
Departamento de Física de la Materia Condensada.
Centro Politécnico Superior
Requisitos: Estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria, de Formación Profesional de grado medio ; de
Educación General Básica, de Técnico o Técnico Auxiliar de
Formación Profesional de I grado ; Graduado Escolar; titulación
equivalente.
Funciones:
1. Preparar, montar y mantener las prácticas de laboratorio.
2. Apoyo en las tareas de investigación.
3. Efectuar operaciones de preparación de muestras y equipos
necesarios para su tratamiento posterior.
4. Realizar ensayos físico-químicos sistemáticos:
Preparar equipos e instrumentos.
Realizar ensayos y análisis de materiales.
Técnicas instrumentales sencillas.
5. Mantenimiento de los laboratorios de prácticas y de uso
común:
Limpieza de material, medios y equipos.
Ordenar y almacenar el material.
Controlar e inventariar material y equipos.
Detección de anomalías en instalaciones, dando parte, en su
caso.
Mantenimiento y reparación de equipos que no revistan una
especial complejidad técnica. El tipo de reparación estar limitado
por el contenido formativo del nivel de estudios exigidos para
el desempeño del puesto de trabajo.
Transporte de material y equipos con los medios adecuados.
6. Cualquier otra afín a la categoría del puesto y que resulte
necesaria para cumplir la finalidad del puesto de trabajo.
Temario:
1. Representación gráfica de datos. Escalas decimales,
semilogarítmicas, logarítmicas.
2. Formulación y nomenclatura de los compuestos químicos
inorgánicos y orgánicos.
3. Magnitudes físicas y su medida. Sistemas de unidades.
Medidas de longitud, masa, temperatura y eléctricas. Instrumentos
de medida.
4. Fundamentos de mecánica. Leyes de Newton.
5. Electrostática. Ley de Coulomb. Campo eléctrico. Potencial
eléctrico. Condensadores.
6. Electrodinámica. Corriente eléctrica. Energía de la
corriente eléctrica. Corrientes derivadas. Leyes de Kirchoff.
7. Magnetostática. Inducción. Corriente alterna.
8. Óptica geométrica e instrumentos.
9. Operaciones básicas en laboratorio. Sistemas de vacío.
Sistemas de gases a presión. Líquidos criogénicos.
10. Propiedades mecánicas de materiales. Materiales
magnéticos. Técnicas de preparación metalográfica de materiales.
11. Dibujo técnico.
12. Informática básica. Bases de datos (Access) y
procesadores de textos (Word).
13. Normas de buenas prácticas en el laboratorio.
14. Seguridad e higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color
y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y
protección. Dispositivos de seguridad. Protección de máquinas.
Protección personal. Prevención de riesgos ambientales. Actuaciones
en casos de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia del
laboratorio.
15. Nociones básicas de Salud Laboral y Prevención de
Riesgos. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Delegados
de Prevención, Comités de Seguridad y Salud, Servicios de
Prevención. Evacuación de edificios.
16. La Ley Orgánica de Universidades. Título preliminar.
Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las
Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y
representación. El Consejo de Coordinación Universitaria.
17. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la
acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la
Universidad. Los estudiantes. El Profesorado. El Personal de
Administración y Servicios de las Universidades Públicas. Régimen
económico y financiero de las Universidades Públicas.
18. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Naturaleza
y fines de la Universidad de Zaragoza. Organización Académica.
Gobierno, administración y gestión. Reforma de los Estatutos.
19. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Docencia
e Investigación. Comunidad universitaria (el profesorado, los
estudiantes y el Personal de Administración y Servicios).
20. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza. Los servicios
de asistencia a la comunidad universitaria. Régimen económico
y financiero. Las actividades culturales en la Universidad.
21. Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos.
Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
22. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Determinación de las partes. Condiciones de aplicación y vigencia.
Comisión de Interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del
Convenio. Organización y Planificación del Trabajo. Ingreso y
acceso a grupos y categorías: Promoción interna, ingreso por turno
libre. Provisión de puestos de trabajo. Clasificación profesional.
Formación y perfeccionamiento profesionales.
23. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Jornadas y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias.
Suspensión y extinción del contrato de trabajo.
24. El personal laboral al servicio de la Universidad de
Zaragoza. El Convenio Colectivo del personal laboral de la Universidad
de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón" de 19 de julio de 2000).
Régimen disciplinario. Salud laboral. Retribuciones. Acción social.
Derechos de representación colectiva y de reunión del PAS.
Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición
final.
ANEXO II: (Ver imágenes páginas 7485 y 7486)
ANEXO III
Declaración jurada/promesa
Don/doña .......................................................................,
con domicilio en ...................................................................,
municipio ....................., provincia de ..................................,
nacionalidad ....................., con documento nacional de
identidad (pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad)
número ....................., declara bajo juramento o promete, a
efectos de ser nombrado ..............................................................,
i (para ciudadanos españoles) que no ha sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las
funciones públicas.
i (para ciudadanos extranjeros) que no ha sido sometido a
sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública.
....................., ........ de ..................... de ........
(Localidad) (día) (mes) (año)
ANEXO IV
Listado de adaptaciones compensatorias para las oposiciones
y exámenes en los que participen personas con necesidades
especiales
i Ampliación del tiempo de examen (en un 25 por 100).
i Colocación en primeras filas.
i Mesa adaptada para usuarios de sillas de ruedas.
i Aumento del nivel de iluminación.
i Preguntas de examen y folios ampliados en tamaño.
i Preguntas de examen y folios en alto contraste.
i Transcripción en sistema Braille.
i Posibilidad de uso de máquinas de escribir en sistema
Braille.
i Posibilidad de uso de medios de ampliación de imagen.
i Instrucciones generales e instrucciones durante las pruebas
siempre escritas.
i Disponibilidad de equipos de frecuencia modulada para
personas con deficiencia auditiva.
i Intérprete de lengua de signos.
i Posibilidad de uso del ordenador e impresora u otras ayudas
técnicas para la comunicación escrita.
i Necesidad de alimentación eléctrica para ayudas técnicas
para la comunicación.
Otras.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid