Con el fin de atender las necesidades de Personal de
Administración y Servicios de esta Universidad, este Rectorado, en uso
de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 50.1 de
los Estatutos de la Universidad "Carlos III" de Madrid, aprobados
por Decreto 197/1995, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid
("Boletín Oficial del Estado" número 183 de 2 de agosto) ; dentro
del marco de lo dispuesto por el artículo 3.2.e) de la Ley Orgánica
11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y de
conformidad con lo establecido por el Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado
y al Acuerdo sobre las condiciones de trabajo del personal
funcionario de Administración y Servicios de la Universidad
"Carlos III" de Madrid de 14 de abril de 2000, ha resuelto convocar
proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión de
Sistemas e Informática, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 15 plazas por
el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre:
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de
promoción interna asciende a cuatro plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema
general de acceso libre asciende a 11 plazas.
1.2 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción
interna se acumularán, igualmente, al sistema general de acceso
libre. En este sentido, el procedimiento para promoción interna
finalizará antes que el correspondiente al sistema de acceso libre.
El Presidente de Tribunal coordinará ambos procesos con esta
finalidad.
1.3 Los aspirantes solo podrán participar en uno de los dos
sistemas.
1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción
interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso
preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso
libre para cubrir las vacantes correspondientes. Asimismo, podrán
solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran
desempeñando. En caso de que la Universidad acuerde acceder
a lo solicitado, quedarán excluidos del sistema de adjudicación
de destinos, por el orden de puntuación obtenido en el proceso
selectivo.
1.5 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación:
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado y las bases de
esta convocatoria.
1.6 El programa que ha de regir las pruebas es el que figura
en el anexo II de la presente convocatoria.
1.7 El proceso selectivo constará para acceso libre de una
fase de oposición y para promoción interna de una fase de concurso
y una fase de oposición.
El desarrollo del proceso selectivo es el que figura en el anexo III
de la presente convocatoria.
1.8 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo del mismo, una vez aplicado
lo dispuesto en la base 1.4 de esta convocatoria.
1.9 El primer ejercicio de la oposición se iniciará, a partir
del 1 de marzo de 2002.
1.10 Sin perjuicio de lo dispuesto en estas bases en lo relativo
a publicaciones y notificaciones a los interesados, la convocatoria,
la información sobre el desarrollo del proceso selectivo así como
las resoluciones del Tribunal y del excelentísimo y magnífico señor
Rector de la Universidad "Carlos III" de Madrid se harán igualmente
públicas en la página web de la Universidad "Carlos III" de Madrid
(www.uc3m.es).
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a
la Función Pública y en particular:
a) Tener nacionalidad española, o de un Estado miembro de
la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que en
virtud de Tratados celebrados por la Comunidad Europea,
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, en los términos en que esta se halle definida en el
Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el
ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta
convocatoria.
d) Estar en posesión del título de Diplomado, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en condiciones de
obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno
de promoción interna deberá estar en situación de activo,
pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en
el "Boletín Oficial del Estado" a Cuerpos o Escalas de
Administrativos (grupo C), tener destino definitivo en la Universidad
"Carlos III" de Madrid, poseer una antigüedad de, al menos, dos años
en el Cuerpo o Escala a que se pertenezca y reunir todos los
demás requisitos exigidos.
Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en
algunos de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados serán
computables a efectos de antigüedad para participar por
promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán
hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña
como anexo I a la presente convocatoria, que se facilitará en el
Registro General de la Universidad "Carlos III" de Madrid, avenida
de la Universidad "Carlos III" número 22, Colmenarejo 28270
(Madrid), calle Madrid, 126, de Getafe (28903 Madrid), o calle
Butarque, 15, de Leganés (28911 Madrid), así como a través de
la página web de la Universidad: http://www.uc3m.es.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al magnífico y excelentísimo
señor Rector de la Universidad "Carlos III" de Madrid en el plazo
de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad "Carlos III" de Madrid, avenida
de la Universidad "Carlos III" número 22, Colmenarejo 28270
(Madrid), calle Madrid, 126, de Getafe (28903 Madrid), calle
Butarque, 15, de Leganés (28911 Madrid), o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
3.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas para
los aspirantes de acceso libre y de 1.500 para los aspirantes de
promoción interna. Estos derechos se ingresarán bien
directamente o mediante transferencia bancaria en el BBV-Argentaria (0182),
sucursal 9059 Getafe (Madrid), D.C. 29, número de cuenta
0203893031, de la Universidad "Carlos III" de Madrid, realizando
el ingreso en concepto de "Pruebas Selectivas Escala de Gestión
de Sistemas e Informática Grupo B. Universidad "Carlos III"".
En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad bancaria
o caja de ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la
cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen
determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI.
b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el
ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad
bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso,
en la solicitud figurará el sello de la entidad bancaria en la que
se ha efectuado el ingreso.
c) Los aspirantes por el sistema de promoción interna que
soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación
expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo
que figura como anexo IV de esta convocatoria, así como cuanta
documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los
méritos señalados en el anexo III de esta convocatoria.
3.6 En la solicitud se consignarán necesariamente los
siguientes datos:
En el apartado 1. "Cuerpo o Escala" se hará constar la
denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Gestión.
En el apartado 3. "Forma de acceso" se consignará "P" para
promoción interna y "L" para acceso libre.
Los aspirantes por el sistema general de acceso libre con grado
de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que deseen participar
en las pruebas selectivas deberán indicarlo en el recuadro 8 de
la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta
adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro 9.
En el recuadro "datos a consignar según las bases de la
convocatoria" apartado A) se deberá consignar el idioma francés o
inglés que los aspirantes eligen para el segundo ejercicio.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
3.9 Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición
de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida,
justificada y apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución
en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En
esta Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
figurarán los aspirantes excluidos con indicación expresa de la
causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer
ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán
expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos
y excluidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión
de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión, justificando
su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de
promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para
el acceso a dichas plazas de reserva o no aporten dentro del plazo
de subsanación la documentación acreditativa de su condición,
serán incluidos de oficio en la relación definitiva de aspirantes
admitidos por el sistema de acceso libre, siempre que cumplan
todos los requisitos necesarios para ello.
4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de
admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se
podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Procedimiento de selección
5.1 El procedimiento de selección por el sistema de
promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de
concurso:
5.1.1 Fase de oposición:
Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en
el anexo III de la presente convocatoria.
El primer y tercer ejercicio de la fase de oposición tendrán
el carácter de eliminatorios, de tal modo que la no superación
de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la
imposibilidad de continuar el proceso selectivo. La realización del
segundo ejercicio será obligatoria pero no tendrá el carácter de
eliminatorio. Su valoración será la que se especifica en el anexo III
5.1.2 Fase de concurso:
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.
Tan solo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos
acreditados por los aspirantes de conformidad con el baremo fijado
en el citado anexo III. En ningún caso, los puntos obtenidos en
esta fase podrán ser computados para superar los ejercicios que
se hayan realizado en la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito
necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con
la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos
Humanos ajustada al modelo que figura como anexo IV de esta
convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna
para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece
en la base 3.5 de la presente convocatoria.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará
como fecha límite para su cómputo, la de finalización del plazo
de presentación de las solicitudes de participación en las presentes
pruebas selectivas.
5.1.3 Valoración final:
La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso
y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de
ellas, un número mayor de personas que el total de plazas
convocadas.
Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna
de las plazas convocadas, será necesario superar los ejercicios
de la fase de oposición, y encontrarse, una vez sumadas las
puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no
superior al número de plazas convocadas en cada grupo.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante
con:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en el supuesto práctico.
c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la
fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así
sucesivamente de persistir la igualdad.
d) Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el
empate, este se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes
elegidos.
5.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el
sistema general de acceso libre será el de oposición.
5.2.1 Fase de oposición:
Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en
el anexo III de la presente convocatoria.
El primer y tercer ejercicio de la fase de oposición tendrán
el carácter de eliminatorios, de tal modo que la no superación
de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la
imposibilidad de continuar el proceso selectivo. La realización del
segundo ejercicio será obligatoria pero no tendrá el carácter de
eliminatorio. Su valoración será la que se especifica en el anexo III.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios.
En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad
al aspirante con:
a) Mayor puntuación en la segunda parte del primer ejercicio.
b) Mayor puntuación en el tercer ejercicio.
c) Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido el
empate, este se resolverá finalmente por sorteo entre los aspirantes
elegidos.
6. Tribunal Calificador
6.1 Según el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el
Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas estará
compuesto del siguiente modo: El Gerente, o persona en quien
delegue ; cuatro vocales designados por el Rector entre
funcionarios de carrera pertenecientes a Cuerpos o Escalas con nivel
de titulación igual o superior al exigido para el acceso a esta
Escala, uno de ellos propuesto por la Junta de Personal
Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad "Carlos III",
y un funcionario del servicio de Recursos Humanos y Organización
que actuará como Secretario, con voz pero sin voto.
Se designará un número igual de miembros suplentes.
6.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 del
Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de indemnizaciones por
razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda.
6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo
Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores
a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar
de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse
incursos en las circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas
en el párrafo anterior.
6.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 6.3.
6.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer
ejercicio. En dicha sesión, el tribunal acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
6.6 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros
titulares o suplentes.
6.7 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá
las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas,
así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo
Común.
6.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
6.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6 las adaptaciones
posibles de tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes de la Administración Pública.
6.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad "Carlos
III" de Madrid, calle Madrid, 126, Getafe 28903 (Madrid), teléfono
624 58 06. El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos
una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas
cuestiones sean planteadas, en relación con estas pruebas selectivas.
6.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo
establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva
redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será
nula de pleno derecho.
7. Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, de 12 de marzo de 2001 ("Boletín
Oficial del Estado" del 16), por la que se publica el sorteo celebrado
el día 5 de marzo de 2001.
7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su
personalidad.
7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor
debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.
Los aspirantes minusválidos o discapacitados que en su
solicitud hayan hecho constar petición de adaptación, deberán
concurrir al ejercicio para el que aquella se concrete provistos del
correspondiente certificado acreditativo de la minusvalía o
discapacidad, al objeto, de poder hacer efectiva, en su caso, la citada
petición.
7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.11 el
primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del
1 de marzo de 2002, publicándose en la misma Resolución a
la que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su celebración.
7.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y tercer ejercicios se efectuará por el Tribunal en
los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la
sede del Tribunal señalada en la base 6.10 y por cualesquiera
otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima
divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la fecha
señalada para la iniciación de los mismo. Cuando se trate del
mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde
se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier
otro medio si se juzga conveniente con doce horas, al menos,
de antelación.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá
su exclusión al magnífico y excelentísimo señor Rector, dando
traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas
a los efectos procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía
administrativa, y, consiguientemente, el interesado podrá formular
el recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala
correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de
dos meses previa comunicación al Rector de la Universidad.
8. Listas de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
publicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribual señalada en la base 6.10 y en aquellos
otros que estime oportunos, las relaciones independientes de
aspirantes aprobados, tanto por el sistema general de acceso libre
como por el de promoción interna, por orden de puntuaciones
alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad,
en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicio
y la suma total. Cuando se trate del sistema de promoción interna
se expresará, asimismo, en dicha relación la puntuación de la
fase de concurso.
8.2 El presidente del Tribunal enviará copias certificadas de
ambas listas al Rector de la Universidad "Carlos III" de Madrid,
dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Presentación de documentos y nombramiento
como funcionario de carrera
9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la relación definitiva de aprobados. Los aspirantes que hayan
superado las presentes pruebas selectivas, presentarán. para su
nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro
General de esta Universidad, avenida de la Universidad "Carlos III"
número 22, Colmenarejo 28270 (Madrid), calle Madrid, 126, de
Getafe (28903 Madrid), calle Butarque, 15, de Leganés (28911
Madrid) en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos
Humanos y Organización, los siguientes documentos:
a) Una fotocopia del DNI o acreditación equivalente, bien
compulsada, bien acompañada del original para su comprobación.
En caso de formato antiguo del DNI, una copia del NIF.
b) Fotocopia del título académico debidamente compulsada,
o el original y fotocopia para su comprobación y compulsa.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
d) Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33 por
100 deberán acreditar tal condición mediante certificación de los
órganos competentes del Ministerio de Asuntos sociales o en su
caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
9.2 Igualmente durante el plazo citado en la base anterior,
y con carácter previo a la formalización del nombramiento como
funcionario de carrera, los aspirantes seleccionados por el sistema
de acceso libre, se someterán a un reconocimiento médico de
acuerdo con las instrucciones que a tal efecto reciban del Servicio
de Recursos Humanos al objeto de verificar el requisito reseñado
en el apartado c) de la base 2.1 de la presente convocatoria.
9.3 Quienes tuvieran la condición de funcionarios o personal
laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal
o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar
tal condición.
9.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera,
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la
presente base, el Rectorado de la Universidad "Carlos III" de Madrid
dictará Resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de
la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas
convocadas. Esta Resolución será objeto de publicación en la sede
de los Tribunales indicadas en la base 6.10.
9.6 Finalizado el proceso selectivo y previa oferta y petición
de los destinos la autoridad convocante procederá al
nombramiento de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado". La toma de posesión de los
aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes contado
desde la fecha de la publicación de la Resolución citada en el
"Boletín Oficial del Estado".
10. Bolsa de trabajo
10.1 A efectos de la selección de funcionarios interinos de
la Escala de Gestión, se formará lista de espera con los aspirantes
de acceso libre, que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios
de la oposición no superen el proceso selectivo quedando
ordenados según la puntuación obtenida en los ejercicios superados.
En caso de igualdad de puntuación se estará a la prelación
dispuesta. en la base 5.2.1.
10.2 La solicitud para formar parte de la mencionada lista
de espera figura como anexo V y deberá ser cumplimentada en
su totalidad por los aspirantes que deseen formar parte de la misma
y presentada con la solicitud de participación en las presentes
pruebas selectivas.
11. Norma final
11.1 Los aspirantes por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria
y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin
perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado
para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos
necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo
lo no previsto en las bases.
11.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer
Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
en el plazo de dos meses desde su publicación. Asimismo, cuantos
actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de
los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los
casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Getafe, 11 de enero de 2002.-El Rector, por delegación
(Resolución de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla
Torras.
ANEXO I: (Ver imagen página 7290)
ANEXO II
Escala de Gestión de Sistemas e Informática
TEMARIO
I. Materias comunes
1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido.
Título preliminar y Título I. Derechos fundamentales y libertades
públicas. Su garantía y suspensión.
2. El sistema universitario español. Los fines de la
universidad. La autonomía de las universidades. Régimen jurídico de
las Universidades. El Consejo de Universidades. Ley de reforma
Universitaria. La financiación de las Universidades.
3. La Universidad "Carlos III" de Madrid. La misión de la
Universidad. Estatutos de la Universidad. Órganos de gobierno. El
Consejo Social. Organización académica. Los Departamentos.
Facultades y Escuelas Universitarias. Institutos Universitarios.
Otros centros.
4. El personal funcionario al servicio de las Administraciones
Públicas. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas de
Selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de
trabajo. La promoción profesional. Incompatibilidades del personal
al servicio de las Administraciones públicas.
5. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos,
principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de los
trabajadores. Organos de Prevención. Conceptos básicos sobre
Seguridad, Higiene, Ergonomía y Vigilancia de la Salud.
Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales.
II. Normativa y gestión de los centros de sistemas de información
1. Organizaciones internacionales y nacionales de
normalización. Normas en el sector de las tecnologías de la información
y las comunicaciones.
2. La selección de equipos informáticos. Criterios de
valoración y ponderación de los mismos.
3. La calidad en los servicios de información de la
Administración. El modelo de calidad EFQM y la guía para los servicios
ISO 9004-2.
4. El benchmarking como instrumento de comparación y
mejora. Aplicación a las funciones de producción, sistemas,
comunicaciones y desarrollo.
5. Gestión de problemas. Centros de atención a usuarios
(Help Desk). Sistemas de escalado de incidencias. Herramientas
y organización.
6. La Informática y el derecho a la intimidad. La protección
de datos de carácter personal.
III. Tecnologías de base y ofimática
1. Estructura de computadores. Elementos. Subsistemas.
2. Arquitecturas de procesadores. Tecnologías CISC/RISC.
3. Periféricos. Arquitecturas de buses. Unidades de control.
De entrada. De salida. De almacenamiento.
4. Ordenadores personales. Arquitecturas. Sistemas
operativos.
5. Aplicaciones para productividad personal. Procesadores de
texto. Hojas de cálculo. Bases de datos. Gráficos. Paquetes
integrados.
6. Herramientas de trabajo cooperativo. Mensajería y correo
electrónico. Workflow.
IV. Tecnologías y soluciones específicas
1. Sistemas departamentales. Arquitecturas. Sistemas
operativos.
2. Grandes sistemas centrales. Arquitecturas. Sistemas
operativos.
3. Búsqueda heurística, lógica e inteligencia artificial:
Evolución, aplicaciones, estado actual y tendencias.
4. Ingeniería del conocimiento. Representación del
conocimiento. Sistemas expertos. Herramientas.
5. Inteligencia artificial distribuida. Agentes inteligentes.
6. Aprendizaje automático. Inducción del conocimiento.
Aplicaciones de las Tecnologías de la información: Inducción de reglas
en bases de datos.
7. Aplicaciones específicas. Reconocimiento óptico de
caracteres e imágenes. Reconocimiento de voz. Informática gráfica.
8. Sistemas de identificación y autenticación.
V. Técnica de sistemas y bases de datos
1. Estructuras convencionales de datos. Ficheros
secuenciales. Ficheros indexados.
2. Modelo entidad-relación: Entidades y atributos, relaciones,
diagramas entidad-relación.
3. Bases de datos. Modelos jerárquico y en red. Propiedades.
Diseño. Manipulación.
4. Bases de datos. Modelo relacional. Terminología. Proceso
de normalización. Diseño. Manipulación. Lenguaje SQL.
5. Diccionarios de recursos de la información.
6. Monitores de teleproceso. Control de concurrencia.
Bloqueos. Recuperación de errores. Integridad.
7. Seguridad en transacciones: Autorizaciones, privilegios,
restricciones de integridad.
VI. Comunicaciones
1. Clasificación y características específicas de las redes de
comunicaciones según su alcance: Redes de área local. Redes
de área metropolitana. Redes de área extensa. Redes inalámbricas.
2. Modelos de referencia: Concepto de servicio y protocolo.
OSI de ISO. TCP/IP.
3. El nivel físico. Medios de transmisión por cable y fibra
óptica. Transmisión inalámbrica: Ondas de radio, infrarrojas y
microondas. Comunicaciones móviles: Teléfonos celulares
analógicos y digitales y red de comunicaciones personales (PCN),
satélites de comunicaciones de baja cota. Sistemas de cableado.
4. El nivel de enlace: Servicios que proporciona. El protocolo
HDLC. El nivel de enlace en Internet: SLIP y PPP. El control de
acceso al medio en las redes de área local.
5. El nivel de red. Servicios que proporciona. Redes X25.
El nivel de red en Internet: El protocolo IP y protocolos de control.
6. El nivel de transporte. Servicios que proporciona.
Direccionamiento. Los protocolos de transporte en Internet: TCP y UDP.
Aplicaciones TCP/IP. Telnet. FTP. SMTP. SMNP.
7. Interconexión de redes. Repetidores, puentes,
encaminadores y pasarelas.
8. Redes de transmisión de datos. Iberpac. Ibermic. Redes
privadas virtuales. Red uno.
9. Frame Relay. Arquitectura. Control de llamada.
Transferencia de datos. Funciones. Control de congestión.
10. Red digital de servicios integrados. Banda estrecha.
Banda ancha.
11. Redes ATM. Arquitectura de protocolos. Conexiones
lógicas. ATM Cells. Nivel de adaptación. Control de tráfico y
congestión.
12. Servicios de telecomunicación. Servicios finales,
portadores y de difusión. Servicios de valor añadido.
13. Diseño de redes. Tiempo de respuesta. Disponibilidad.
Servicios y tarifas. Gestión de red.
VII. Internet
1. Internet: Historia, evolución y características. Redes de
soporte. Proveedores de servicios. Internet, Intranet y Extranet:
Puntos en común y diferencias.
2. Servicios basados en Internet: Correo, transferencia de
ficheros, publicación en formato hipertexto, grupos de discusión
y noticias, diálogos de red, búsquedas y acceso a información
estructurada. Nuevos servicios.
3. Lenguajes utilizados en Internet: HTML, lenguajes de
SCRIPT, JAVA, lenguajes de cuarta generación. Páginas
dinámicas.
4. Aplicaciones típicas en Internet. Servidores de
aplicaciones.
5. Utilización de tecnologías y conceptos de Internet en la
implementación de sistemas cliente-servidor.
6. Acceso a Bases de Datos a través de Internet. Arquitecturas
y mecanismos de seguridad.
VIII. Ingeniería del "software"
1. Paradigmas de la ingeniería del "software": Ciclo de vida
clásico, construcción de prototipos, el modelo en espiral y técnicas
de cuarta generación.
2. Análisis. Orientado al flujo de los datos. Orientado a la
estructura de los datos. Orientado a objetos.
3. Diseño. Orientado al flujo de los datos. Orientado a la
estructura de los datos. Orientado a objetos. Otros aspectos del
diseño: Interfaz de usuario y sistemas de tiempo real.
4. Implementación: Lenguajes de programación. Codificación
estructurada. Orientación a objetos.
5. Verificación y validación. Técnicas de prueba. Estrategias
de prueba: Organización, participantes, pruebas unitarias, de
integración, del sistema, adecuación a las especificaciones.
6. Gestión de la calidad del "software". Factores que influyen.
Métricas de evaluación de la calidad. Actividades de garantía de
calidad del "software". Estándares internacionales.
7. Mantenimiento: Enfoques, costes, tareas, métricas,
Ingeniería inversa. Herramientas.
8. Gestión de la configuración del "software": Identificación
de la configuración. Control de versiones. Control de cambios.
IX. Seguridad informática
1. Confidencialidad, integridad y disponibilidad.
2. Medidas de seguridad: Físicas, técnicas (identificación y
autenticación, control de accesos, control de flujos de datos, no
repudio, notarización, auditoría), organizativas y legales.
Utilización de herramientas.
3. Las funciones de la seguridad informática y su encuadre
en la organización: Implementación, control, auditoría.
4. Políticas y planes de seguridad. Plan de contingencias y
recuperación de desastres.
5. Certificaciones de seguridad de sistemas informáticos y de
las comunicaciones.
6. Técnicas criptográficas: Claves simétricas y asimétricas.
Certificados digitales, terceras partes confiables. Infraestructura
de clave pública.
7. Problemas típicos de seguridad en Internet: Intrusiones,
accesos no autorizados a servicios, recepción de "software",
confidencialidad, fallos en el servicio. Medidas específicas a tomar.
ANEXO III
Proceso selectivo
I. Fase de oposición
La fase de oposición estará compuesta de tres ejercicios
obligatorios, dos de ellos de carácter eliminatorio (primero y tercero)
y el segundo obligatorio y no eliminatorio.
a) Primer ejercicio:
Primera parte: Consistirá en resolver por escrito durante un
tiempo máximo de sesenta minutos, un cuestionario de preguntas,
con respuestas múltiples (siendo sólo una de ellas la correcta),
relacionadas con las materias que figuran en el programa del
anexo II, con objeto de apreciar las aptitudes de los aspirantes,
en relación con las tareas propias de las plazas que se convocan.
Para la realización de esta parte los aspirantes del turno de
promoción interna estarán exentos de los bloques I y III del citado
anexo.
Esta primera parte se calificará de cero a diez puntos, siendo
necesario para aprobar y poder realizar la segunda parte, obtener
un mínimo de cinco puntos. Corresponde al Tribunal determinar
el número necesario de preguntas validamente contestadas para
ser calificado con cinco puntos, todo ello a la vista de la dificultad
del ejercicio propuesto y grado de conocimiento alcanzado con
referencia al nivel necesariamente exigible para el acceso a esta
escala.
Segunda parte: Consistirá, en una prueba de carácter
psicotécnico orientada a valorar, habilidades y capacidades de
comunicación, organización, coordinación, adaptabilidad al entorno y
trabajo en equipo.
Los aspirantes del turno de promoción interna estarán exentos
de la realización de esta parte.
La calificación del presente ejercicio será apto o no apto.
Estas dos partes se realizarán en distinta sesión.
b) Segundo ejercicio, obligatorio no eliminatorio:
Consistirá en efectuar por escrito la traducción sin diccionario
de un texto propuesto por el Tribunal en inglés o francés -según
la opción elegida por el aspirante en su solicitud-. Solamente
se valorará un alto nivel de conocimiento.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de una hora.
Se calificará con un máximo de tres puntos.
c) Tercer ejercicio:
Consistirá, tanto para los aspirantes de promoción interna,
como de turno libre, en la resolución de un supuesto práctico
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con
las materias que componen el temario, al objeto de apreciar la
capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas
relacionadas con los contenidos de las materias a que hace referencia
el programa de la convocatoria.
El ejercicio será leído por el opositor en sesión publica ante
el Tribunal, que valorará la formación general y actualización de
conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación
personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.
Una vez finalizada la lectura, el Tribunal podrá dialogar con
el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante
un período máximo de quince minutos.
La calificación de esta parte del ejercicio será de 0 a 10 puntos,
siendo necesario para aprobar, obtener un mínimo de 5 puntos.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio
será de cuatro horas.
II. Fase de concurso
En la fase de concurso se valorarán para los aspirantes del
sistema de promoción interna los servicios efectivos prestados y
los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre,
de reconocimiento de servicios previos en la Administración en
los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de
aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, el grado personal
consolidado, el trabajo desarrollado según el nivel de
complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado y los cursos
de formación recibidos relacionados con las plazas objeto de esta
convocatoria.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
que figura como anexo IV de la presente convocatoria.
Certificación a la que se adjuntarán documentación acreditativa de los
puestos de trabajo desempeñados, reconocimiento de grado y
copia de los certificados de cursos de formación para la mejor
valoración por el Tribunal de los méritos que recoge la presente
convocatoria.
Para el cómputo de los méritos se tendrá como fecha límite
la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La valoración se realizará conforme al siguiente baremo:
a) Antigüedad:
Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos los servicios
efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en
la Administración en los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos
en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con
otros igualmente alegados.
Por cada año completo de servicios prestados en Grupo C o
asimilado en Universidades: 0,50 puntos.
Por cada año completo de servicios prestados en Grupo C en
otros organismos: 0,25 puntos.
b) Grado personal consolidado:
Hasta el grado 16: 2,25 puntos y por cada unidad que exceda
de 16, 0,25 puntos hasta un máximo de 3,75.
c) Trabajo desarrollado:
Según el nivel de complemento de destino correspondiente al
puesto de trabajo que se ocupa el día de publicación de esta
convocatoria se otorgará la siguiente puntuación: Nivel 16: 2,25
puntos y por cada unidad que exceda de 16, 0,50 puntos hasta un
máximo de 5,25.
d) Cursos de Formación y participación en actividades
relacionadas con la mejora y evaluación de la calidad:
Cursos de Formación impartidos por la Universidad "Carlos III",
otras Universidades, el INAP u otros organismos públicos,
relacionados con el contenido de esta convocatoria.
Cursos de duración inferior a 25 horas: 0,25 puntos por cada
curso.
Cursos de duración igual o superior a 25 horas: 0,50 puntos.
Participación en actividades de la Universidad "Carlos III"
relacionadas con la mejora y evaluación de la calidad:
Participación en grupos de mejora: 0,50 puntos.
Participación en procesos de evaluación: 0,50 puntos.
Otras actividades análogas: 0,25 puntos.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado
será de 3 puntos.
ANEXOS: (Ver imágenes páginas 7293 y 7294)
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