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Documento BOE-A-2002-3487

Resolución de 1 de febrero de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acta en el que se contiene el acuerdo de aprobar la tabla salarial para el año 2002 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2002, páginas 6983 a 6984 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-3487
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/02/01/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en el que se contiene el acuerdo de aprobar la tabla salarial para el año 2002 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de agosto de 2001) (código de Convenio número 9902405), que fue suscrito con fecha 18 de enero de 2002, por la Comisión Mixta del Convenio en la que están integradas la organización empresarial ANGED y las Sindicales FASGA y FETICO, firmantes de dicho Convenio en representación de las partes empresarial y trabajadora y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de febrero de 2002.—La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO DE GRANDES ALMACENES

Por la Representación de los Trabajadores: FASGA y FETICO.

Por la Representación Empresarial: ANGED.

En Madrid a 18 de enero de 2002, siendo las trece horas, en los locales de ANGED, en Madrid, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes constituida al amparo del artículo 68 del mismo.

Asisten a la reunión la totalidad de las organizaciones sindicales firmantes del Convenio Colectivo y la organización empresarial ANGED, previa convocatoria realizada al efecto, con el objeto de tratar los temas que conforman el contenido del siguiente orden del día:

1. Aplicación del incremento salarial, conforme a lo establecido en el artículo 29 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes. Aprobación de las tablas salariales para el año 2002.

En primer lugar se constata que, dado que el IPC real oficial del año 2001 ha sido del 2,7 por 100, la subida aplicada a los salarios en el año 2001 supera la inflación real por lo que no ha lugar a efectuar revisión salarial.

A continuación, tras un debate en el que se acredita que la previsión oficial de crecimiento del IPC para el año 2002, fijada por el Gobierno en la Ley de Presupuestos del Estado, es del 2 por 100, la Comisión Mixta, según lo dispuesto en el artículo 29.1 y 2 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes, acuerda:

Primero.

Aplicar, a partir del 1 de enero de 2002, los siguientes incrementos salariales:

Salario base de grupo: 2,3 por 100.

Complementos del artículo 29, 2.º: 1,7 por 100.

En consecuencia, los nuevos importes salariales resultantes de la aplicación del incremento, son los siguientes:

Tablas salariales año 2002

Grupo

Salario anual

Euros

Hora

Euros

Iniciación 10.590,60 5,933108
Profesional 10.908,32 6,111098
Coordinador 11.890,06 6,661100
Técnicos 12.960,17 7,260601

Formación:

Años

Salario anual

Euros

Hora

Euros

Formación primer año 8.726,65 4,888879
Formación segundo año 9.817,49 5,499986
Formación tercer año 10.908,32 6,111098
Segundo.

Facultar a doña Nuria Muñoz Hernández para que realice las gestiones y trámites precisos en orden al depósito, registro y publicación de lo aquí acordado.

2. Comunicación de los centros que pudieran verse afectados por la disposición transitoria primera 3.

Dentro del presente punto del orden del día por la Representación de las Empresas se da cuenta a la Comisión Mixta del resultado, en el ámbito nacional, de aquellos centros en los que las empresas podrían programar en la jornada anual para el 2002, un máximo de cinco domingos a trabajadores con condición personal de no trabajar en domingo o festivo.

En este sentido ANGED informa que el número de centros comerciales de ANGED en el territorio nacional en los que puede ser ejercitada temporalmente en 2002 la facultad extraordinaria de la disposición transitoria primera 3 es de 31 de un total de 322 grandes centros de venta en los que se aplica el Convenio Colectivo.

3. Calendario de vacaciones del Centro Avenida de Andalucía (El Corte Inglés, Sociedad Anónima»).

Tras un debate y ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo, se entiende por tramitada la consulta planteada por la representación de los trabajadores ante la Comisión Mixta, a los efectos que se estimen oportunos.

Ruegos y preguntas.

a) Conversión a euros del resto de conceptos económicos:

Dado que existen cantidades referidas a otros conceptos económicos, que, manteniendo su importe durante la vigencia del Convenio, figuran en el mismo expresadas en pesetas, se considera oportuno, a efectos de su conversión, proceder a la determinación de las cuantías correspondientes en euros:

Antigüedad

1.er cuatrienio 2.º cuatrienio 3.er cuatrienio 4. º cuatrienio y más
Anual Hora Anual Hora Anual Hora Anual Hora
255,79 0,143300 225,98 0,126599 201,94 0,113132 192,32 0,107742
Cpto. FUNC art. 32 Bolsa vacaciones
Anual Por dom/fest (+ de 10)
150,26 18,03 318,54
Dietas Seguro vida Cant. indemn. prendas art. 42
Entera Media
27,05 13,52 21.035,42 232,59

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/02/2002
  • Fecha de publicación: 20/02/2002
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 23 de julio de 2001 (Ref. BOE-A-2001-15832).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Grandes almacenes

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