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Documento BOE-A-2002-24687

Orden ECD/3220/2002, de 21 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada "Fundación GASELEC", de Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 18 de diciembre de 2002, páginas 44523 a 44524 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-24687

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña María del Carmen

Gutiérrez Navas, solicitando la inscripción de la "Fundación GASELEC"

en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y

Deporte, según lo dispuesto en la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de

Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades

de Interés General, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia

Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero ("Boletín

Oficial del Estado" de 6 de marzo de 1996) y en el Reglamento del Registro

de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto

384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación

anteriormente citada fue constituida en Melilla el 20 de marzo de 2002, según consta

en escritura pública número seiscientos catorce, otorgada ante el Notario

don Pedro-Antonio Lucena González, por: Doña María del Carmen Gutiérrez

Navas, don Gustavo Cabanillas Gutiérrez, doña María del Carmen

Cabanillas Gutiérrez, doña María Belén Cabanillas Gutiérrez, "Compañía

Hispano Marroquí de Gas y Electricidad, Sociedad Anónima" (GASELEC).

La escritura citada fue complementada por la número mil doscientos

siete, otorgada en Málaga el 24 de septiembre de 2002 ante el Notario

del ilustre Colegio de Granada don Francisco Carlos Pérez de la Cruz

Manrique.

Segundo. Domicilio y ámbito de actuación de la Fundación.-El

domicilio de la Fundación quedó establecido en Melilla, calle Comandante

García Morato, número 3; y su ámbito de actuación se extiende a todo

el territorio nacional.

Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la

cantidad de ciento quince mil ochocientos euros con cincuenta y nueve

céntimos (115.800,59 euros).

La dotación fundacional se desglosa en:

60.120 euros en efectivo metálico, que han sido desembolsados e

ingresados en entidad bancaria.

Los objetos que integrarán el "Museo de la Fundación Gaselec",

valorados en 55.680 euros con 59 céntimos, según inventario y valoración

que se incorporan a la escritura fundacional.

Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir

la Fundación, que aparecen incorporados a la escritura de constitución

a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de

la Fundación los siguientes: "Promover el desarrollo científico y cultural,

así como la protección de la fauna y el medio ambiente, principalmente

en la Ciudad Autónoma de Melilla y zona limítrofe".

Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de

la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán

sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de

cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidenta vitalicio,

doña María del Carmen Gutiérrez Navas; Vicepresidente, don Gustavo

Cabanillas Gutiérrez; Secretaria, doña María-Belén Cabanillas Gutiérrez; Vocal,

don Javier Alonso Arrizabalaga, según consta en escritura de constitución

de la Fundación y se reitera en la escritura que la complementa, ambas

citadas en el antecedente primero, constando la aceptación de los cargos

indicados.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho

a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos

Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por

Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de

6 de marzo).

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,

aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" del 29).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades

Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas,

aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio ("Boletín Oficial del Estado"

de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones

anteriormente citadas.

La Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 1 de

febrero de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 9), en virtud de la cual

se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las

competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al

mismo.

Segundo.-Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de

las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto

a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación,

procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos

extremos.

Tercero.-Según la disposición transitoria única del Reglamento del

Registro de Fundaciones de competencia Estatal, hasta tanto no entre

en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes,

por lo que procede la inscripción de la "Fundación GASELEC" en el Registro

de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico

del Departamento, ha dispuesto acordar la inscripción en el Registro de

Fundaciones del Departamento de la denominada "Fundación GASELEC",

de ámbito estatal, con domicilio en Melilla, calle Comandante García

Morato, número 3, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto

de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 21 de noviembre de 2002.-P. D. (Orden de 1 de febrero de

2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), el Secretario general técnico,

José Luis Cádiz Deleito".

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