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Documento BOE-A-2002-21044

Orden ECO/2662/2002, de 7 de octubre, de autorización a la entidad «Euler Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de crédito y de inscripción de la entidad en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2002, páginas 38248 a 38248 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-21044

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Euler Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», ha presentado en esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para operar como entidad aseguradora en el ramo de crédito.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que la entidad «Euler Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» cumple los requisitos establecidos en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar a la entidad «Euler Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de crédito.

Segundo.

Inscribir, en consecuencia, a la entidad «Euler Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 de la precitada Ley 30/1995.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 7 de octubre de 2002.

DE RATO Y FIGAREDO

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones. 

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