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Documento BOE-A-2002-20185

Resolución de 26 de septiembre de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Explanada de servicio del muelle Comercial", de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 2002, páginas 36558 a 36560 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-20185

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación

de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y

su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988,

de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados,

consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier

otra actividad comprendida en el anexo II de este Real Decreto Legislativo

sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma

prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental

en cada caso.

El proyecto "Explanada de servicio del muelle Comercial" se encuentra

comprendido en el apartado k) del grupo 9, "cualquier cambio o ampliación

de los proyectos que figuran en los anexos I y II, ya autorizados, ejecutados

o en proceso de ejecución que puedan tener efectos adversos significativos

sobre el medio ambiente", del anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

Con fecha 13 de mayo de 2002, la Autoridad Portuaria de Vilagarcía

remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la

documentación relativa al citado proyecto incluyendo sus características y

ubicación, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a

procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Con esta misma fecha,

la mencionada Autoridad Portuaria comunicó que abandonaba el proyecto

"ampliación del muelle comercial", que estaba siendo sometido a

procedimiento de evaluación de impacto ambiental, sustituyéndolo por el

proyecto objeto de la presente Resolución.

El proyecto "Explanada de servicio del muelle comercial", cuya

descripción figura en el anexo, consiste fundamentalmente en creación de

una explanada de cerca de 23.000 metros cuadrados mediante un relleno,

la construcción de una rampa Ro-Ro, así como las infraestructuras básicas

necesarias para la futura instalación de almacenes.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha solicitado

informe los siguientes organismos e instituciones: Dirección General de

Costas (Ministerio de Medio Ambiente), Dirección General de Calidad y

Evaluación Ambiental (Xunta de Galicia), Dirección General de Recursos

Marinos (Xunta de Galicia), Instituto Español de Oceanografía (Ministerio

de Ciencia y Tecnología), Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa,

Plataforma en Defensa de la Ría de Arousa (PARA), Organización de Productores

de Mejillón de Galicia (OPMEGA) y la Asociación de Vecinos "Outeiro",

de Sobradelo. Un resumen de esta consulta se recoge en el anexo.

Considerando las respuestas recibidas y los criterios del anexo III de

la Ley 6/2001, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la

posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen

someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, y teniendo

en cuenta las consideraciones anteriores, la Secretaría General de Medio

Ambiente considera que no es necesario someter a procedimiento de

evaluación de impacto ambiental el proyecto explanada de servicio del muelle

comercial.

No obstante, la Autoridad Portuaria de Vilagarcía deberá cumplir las

prescripciones que se citan a continuación.

Los rellenos se realizarán preferentemente cuando esté totalmente

ejecutado el cierre del recinto (escollera y muros de la rampa Ro-Ro). No

obstante, si por motivos técnicos o de programación de los trabajos ésto

no fuera posible, se dispondrá una barrera como la descrita en el punto 5.3

de la memoria resumen. Para que dicha barrera tenga más efectividad

en la retención de la fracción fina, se recomienda que las uniones entre

los paños de geotextil estén selladas y que el geotextil sobresalga de la

superficie del agua en toda la longitud de la barrera. Obviamente, dicha

barrera se colocará anclada a los extremos del cierre y cubrirá toda la

longitud que quede por cerrar en el momento de iniciar los rellenos.

Los materiales necesarios para la ejecución de la obra, así como los

que se utilicen en el relleno de la explanada, procederán de canteras,

concesiones o desmontes debidamente autorizados. La apertura de nuevas

canteras, si ello fuera necesario, se hará de acuerdo con lo establecido

por el órgano competente de la Junta de Galicia.

Debido al previsible aumento del tráfico rodado durante las operaciones

del cierre de escollera y de relleno, se recomienda que se establezca un

Plan de gestión viaria que contemple las rutas de acceso de los camiones

a la obra, el número previsto de viajes diarios y la franja horaria de

circulación. Asimismo, se prevendrán los efectos derivados de la emisión de

partículas sólidas a la atmósfera durante el transporte mediante la

utilización de toldos en caso de transporte de material pulverulento seco.

Dentro de "obras varias", citadas en el punto 5.4 de la memoria resumen,

se incluirá la futura conexión de la red de saneamiento al alcantarillado

general.

Aunque en la memoria resumen se indica que no se realizarán dragados,

en el punto 5.2 se menciona una fosa de atraque para buques frente a

la rampa Ro-Ro. Si para la ejecución de esta actuación, u otras contempladas

en el proyecto, fuera necesario realizar algún dragado, se estará a lo

dispuesto en las "Recomendaciones para la gestión de los materiales de

dragado en los puertos españoles". En su caso, los materiales extraídos se

utilizarán preferentemente como relleno de la explanada.

Si bien, por la magnitud y metodología de las obras proyectadas, no

se prevén impactos ambientales significativos sobre el entorno de la

actuación, se elaborará un programa de vigilancia ambiental mediante el cual

se controle, como mínimo, el posible aumento de turbidez y la

concentración de oxígeno disuelto, así como los contaminantes que se hayan

detectado, en su caso, en los materiales de relleno. Las estaciones de

muestreo se situarán tanto en aguas portuarias como en las zonas de marisqueo

o de cultivo de mejillones más próximas. Dicho programa, se llevará a

cabo durante la fase de construcción y la frecuencia de los muestreos

será tal que permita la rápida adopción de medidas correctoras.

La documentación solicitada en esta Resolución (plan de gestión viaria,

informe sobre la necesidad o no de dragado y resultados de la

caracterización si ésta fuera necesaria y programa de vigilancia ambiental)

deberá ser remitida por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía a la Dirección

General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Madrid, 26 de septiembre de 2002.-La Secretaria general, Carmen

Martorell Pallás.

ANEXO

Descripción del proyecto

El proyecto contempla la creación de una explanada mediante un

relleno de 22.977 metros cuadrados. En el extremo occidental de la explanada,

adosado al muelle Comercial Este, se emplazará una rampa Ro-Ro. Así

mismo, se dispondrán las tuberías e instalaciones básicas necesarias para

la posterior construcción de almacenes para manipulación de mercancías.

La realización de la obra viene justificada por la demanda de suelo

por parte de los clientes de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía y para

dar servicio al muelle Comercial, cuya superficie está totalmente colapsada.

Para el diseño de la obra se han tenido en cuenta una serie de

condicionantes de tipo funcional y geotécnico, no siendo necesario realizar

ninguna obra de dragado.

La futura explanada se utilizará principalmente para graneles sólidos,

aunque también podrá utilizarse como lugar de almacenaje y manipulación

de mercancía general, apoyado por la rampa Ro-Ro.

La duración prevista de las obras es de unos seis meses.

Colocación de la escollera de cierre: La escollera de cierre discurre

entre los muelles Comercial y de Enlace, con una única alineación y una

longitud de unos 247 metros. Por el extremo del muelle Comercial, dicha

escollera irá rematada por la rampa Ro-Ro que se describe más adelante.

La sección de la escollera de cierre está formada por un núcleo de todo

uno procedente de cantera, sobre el cual se colocará una lámina de geotextil

para evitar pérdidas de finos. Posteriormente se recubre con una capa

filtro de 1 metro de espesor en la cara exterior y 0,6 metros en la interior.

Dicha capa será de bloques de 20 a 25 kilogramos. En el lado exterior

se colocará además una escollera de protección formada por bloques de

500 kilogramos. La pendiente final del cierre es de 3H:2V en el lado exterior

y de 1H:1V en el interior. La coronación estará formada por una losa

de hormigón.

Construcción de la rampa Ro-Ro: En el extremo colindante con el muelle

Comercial, se construirá una rampa Ro-Ro de 25 metros de longitud por

20 metros de anchura, con una pendiente del 5,3 por ciento. Dicha rampa

se construirá sobre una estructura de bloques y se dispondrá un muro

de carga para evitar el deslizamiento de las capas de escollera del cierre

sobre la fosa de atraque.

Relleno de la explanada: El recinto delimitado por los muelles existentes

y la escollera de cierre se rellenará con materiales tipo jabre procedentes

de los desmontes que se realicen en los alrededores de Vilagarcía. Dichos

materiales serán analizados y no podrán ser plásticos ni contener materia

orgánica. La densidad será de 1,7 toneladas por metro cúbico. El metro

superior se rellenará con material seleccionado. La explanada se rellenará

hasta la cota + 4,00 metros. Para evitar la contaminación por dispersión

de la fracción fina, se colocará una barrera flotante dotada de una lámina

continua de geotextil que alcance, al menos, cuatro metros de profundidad.

Otras obras: Se colocarán las tuberías y servicios necesarios para dotar

a la explanada de las infraestructuras requeridas para la instalación de

almacenes de manipulación de mercancías.

En el anexo 1 de la memoria resumen se adjunta un escrito remitido

por la Consejería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia sobre la no

repercusión del proyecto "Ampliación del Muelle Comercial" sobre lugares

incluidos en la "Red Natura 2000". La Autoridad Portuaria de Vilagarcía

entiende que dicha declaración puede hacerse extensiva al proyecto

"Explanada de servicio del muelle Comercial", dado que éste último es, en

realidad, una pequeña parte del previsto anteriormente.

Consultas realizadas

A continuación se resume el contenido de las contestaciones recibidas

a las consultas realizadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación

Ambiental:

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Xunta

de Galicia considera que, aunque la afección previsible de la actuación

fuera de las aguas del puerto será pequeña, es conveniente que se finalice

totalmente la escollera de cierre antes del relleno, si ello es técnicamente

viable. Así mismo, recuerda que deberán solicitarse los preceptivos

informes conforme el artículo 21 de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado

y de la Marina Mercante.

La Dirección General de Recursos Marinos de la Xunta de Galicia indica

en su informe que en la memoria resumen no se han valorado los posibles

efectos causados por el proyecto. Considera que las obras pueden producir

impactos sobre la calidad de las aguas, los recursos marinos y la dinámica

marina, aunque sobre este último no se espera que sean importantes en

las aguas exteriores al puerto. En cualquier caso, consideran que se debería

realizar un seguimiento de la calidad de las aguas en los bancos marisqueros

cercanos y que convendría hacer un seguimiento de la dinámica marina

para comprobar que no se producen cambios substanciales.

El Instituto Español de Oceanografía comunica que no tiene sugerencias

que añadir al contenido de la memoria resumen.

El Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa acuerda que, dado que el

relleno de la actuación está incluido en el Plan Especial de la Zona Portuaria

de Vilagarcía de Arousa, entiende que deberán realizarse los estudios

medioambientales que se prevean para casos como el presente en la

legislación vigente.

La asociación Plataforma en Defensa de la Ría de Arousa (PARA) ha

presentado dos tipos de escritos. El primero se refiere a los "Planes Director

y Estratégico del Puerto" y el segundo, de fecha posterior, se refiere más

concretamente al proyecto "Explanada de servicio del muelle Comercial",

aunque hace continua referencia a los Planes Director y Estratégico del

Puerto. El segundo escrito comienza con una serie de fundamentos de

derecho en los que, a través de quince puntos, justifica las siguientes

alegaciones: 1.a Reitera las alegaciones presentadas en el primer escrito

de los mencionados; 2.a Considera que la Autoridad Portuaria de

Vilagarcía pretende evaluar parcialmente, desde el punto de vista ambiental,

cada una de las actuaciones que tiene previstas y no el conjunto, siendo

esta forma de actuar contraria a la legislación vigente; 3.a Indica que

la Autoridad Portuaria de Vilagarcía no realizó una Evaluación Ambiental

Estratégica sobre las repercusiones ambientales y los peligros que

representan los Planes Director y Estratégico del puerto; 4.a Las actuaciones

que se pretenden realizar están ubicadas en las inmediaciones de cultivos

marisqueros, y 5.a Expone su desacuerdo con la decisión de la Dirección

General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Xunta de Galicia sobre

la no repercusión del proyecto sobre lugares incluidos en la Red Natura

2000. Por todo lo anterior, solicita, entre otras, las siguientes peticiones:

que se abra una vía de negociación para conseguir un proyecto de desarrollo

integrado entre todos los sectores implicados; que la Autoridad Portuaria

de Vilagarcía aporte el Plan Director, el Plan Estratégico y el Plan de

Utilización de los Espacios Portuarios para que el Ministerio de Medio

Ambiente pueda evaluar las alegaciones presentadas con conocimiento

de causa; que se paralice la tramitación ambiental de las obras previstas

en los Planes Director y Estratégico del Puerto y se lleve a cabo la

Evaluación Ambiental Estratégica; y que se realice la tramitación ambiental

de la ampliación global del puerto sin fraccionar los proyectos.

La Organización de Productores de Mejillón de Galicia (OPMEGA) en

un extenso escrito, presenta las siguientes alegaciones: 1.a La memoria

resumen es incompleta e imprecisa; 2.a La actuación que se pretende

ejecutar es parte de un conjunto de obras y actuaciones que la Autoridad

Portuaria de Vilagarcía ha llevado y tiene previsto llevar a acabo en el

puerto, lo que considera como un fraccionamiento de proyectos y

constituye una infracción de la Ley 6/2001; 3.a En la descripción del proyecto

y sus acciones no se justifica suficientemente la necesidad de la ampliación

proyectada ni se indica el tipo y volumen de mercancía que se ubicará

en la explanada, ni tampoco el tipo de buques para los que se diseña

la rampa Ro-Ro; 4.a No se presenta un examen de alternativas ni se

justifica ambientalmente la solución adoptada; 5.a No se hacen referencias

a la incidencia del proyecto sobre el medio ambiente, tanto en la fase

de construcción como en la de explotación, sobre todo en esta última

en la que se prevé un aumento del tráfico de buques y un aumento de

vertidos sólidos y líquidos; 6.a Las barreras propuestas para contención

de la fracción fina durante la fase de relleno resultan insuficientes ya

que no llegan hasta el fondo, permitiendo el paso de partículas en

suspensión por debajo de la cota indicada; 7.a El proyecto debería someterse

a una previa evaluación de impacto ambiental al amparo de la normativa

vigente, y 8.a Considera que la obra proyectada, junto con las ya realizadas

y las propuestas en los Planes Director y Estratégico del Puerto, necesitan

ser sometidas a una evaluación de efectos ambientales según la

Directiva 92/43 "Hábitat". La última alegación contiene las conclusiones y una

serie de solicitudes entre las que se destacan la necesidad de que, por

parte de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía, se justifique la necesidad

de la ampliación propuesta, se realicen el estudio de alternativas y los

diferentes estudios ambientales, y que, por parte del órgano ambiental,

se inicie un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Especial

según lo previsto en la Directiva "Hábitats" y se inicie un procedimiento

de Evaluación Ambiental Estratégica que contemple la totalidad de los

Planes Director y Estratégico del Puerto.

La Asociación de Vecinos "Outeiro", de Sobradelo, expone que suscribe

y hace suyas las alegaciones formuladas por la asociación "Plataforma

en Defensa de la Ría de Arousa" y además manifiestan que la política

de rellenos que está llevando a cabo la Autoridad Portuaria de Vilagarcía

provoca graves perjuicios a los vecinos de la parroquia de Sobradelo debido

a los malos olores que desprenden las industrias de transformación de

túnidos asentadas en los polígonos creados sobre dichos rellenos. En último

lugar, realizan idénticas solicitudes que las enunciadas por Plataforma

en Defensa de la Ría de Arousa.

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