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Documento BOE-A-2002-18813

Resolución de 13 de septiembre de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio específico 2002 al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Aragonés de la Mujer, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 28 de septiembre de 2002, páginas 34651 a 34653 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-18813

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio Específico 2002 al Convenio de colaboración

suscrito entre el Instituto de la Mujer y el Instituto Aragonés de la Mujer,

sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente

a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del

artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del citado

Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 13 de septiembre de 2002.-El Secretario general técnico, Luis

Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO

Convenio específico 2002 al Convenio de colaboración suscrito entre

el Instituto de la Mujer y el Instituto Aragonés de la Mujer sobre

cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las

mujeres

En Madrid, a 28 de junio de 2002.

SE REÚNEN

De una parte, doña Pilar Dávila del Cerro, Directora general del Instituto

de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), nombrada mediante

Real Decreto 148/2000, de 2 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" número

21, del 5), en nombre y representación del citado organismo autónomo

(Real Decreto 758/1996, de 6 de mayo; Real Decreto 839/1996, de 10 de

mayo; Ley 16/1983, de 24 de octubre, y Real Decreto 774/1997, 30 de

mayo), y en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.

Y de otra, doña Ana de Salas Giménez de Azcárate, Directora general

del Organismo Instituto Aragonés de la Mujer (Consejería de Presidencia

y Relaciones Institucionales), nombrada mediante Decreto número

164/1999, de 14 de septiembre, en nombre y representación del Órgano

de Gobierno de la Comunidad Autónoma, en uso de las facultades que

le confiere la Ley 2/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto

Aragonés de la Mujer.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y

convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.-Que el presente convenio específico se fundamenta en el

convenio de colaboración suscrito el 21 de marzo de 1994 para llevar a cabo

conjuntamente programas y actuaciones dirigidos a las mujeres entre el

Instituto de la Mujer y el Instituto Aragonés de la Mujer, como organismos

competentes en materia de políticas para las mujeres.

Segundo.-Que de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda

del convenio de colaboración suscrito el 21 de marzo de 1994, los programas

que se llevarán a cabo en el ejercicio de 2002 y que se reflejan en el

presente convenio específico, son conformes con la propuesta elaborada

por la Comisión de Seguimiento, en reunión celebrada el día 12 de febrero

de 2002.

Tercero.-Ambas partes, declaran que para la realización de los

programas contenidos en el presente convenio específico, existe crédito

suficiente para el presente ejercicio económico en la Ley de Presupuestos

Generales del Estado y en la Ley de Presupuestos de la Comunidad

Autónoma de Aragón.

Cuarto.-Que el artículo 6, apartado uno, de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley de 13

de enero de 1999, habilita a la Administración General de Estado y a

los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, para celebrar

convenios de colaboración entre sí, y en el ámbito de sus respectivas

competencias; y el artículo 3, apartado uno, letra c), del Real Decreto Legislativo

2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la

Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, excluye del ámbito

de aplicación de la ley citada, los convenios de colaboración que celebre

la Administración General del Estado o sus Organismos Autónomos con

las Comunidades Autónomas.

Consecuentemente, la Administración General del Estado, a través del

Organismo Autónomo Instituto de la Mujer y la Administración Autonómica

de Aragón, a través del Instituto Aragonés de la Mujer, están habilitados

para la suscripción de este convenio específico, el cual quedará fuera del

ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones

Públicas, excepto para la resolución de las dudas y de las lagunas que pudieran

presentarse, en cuyo caso serán de aplicación los principios del Real

Decreto Legislativo 2/2000.

Quinto.-Que para el cumplimiento de los fines de interés general y

social cuya consecución tiene encomendada la Administración General

del Estado, el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos

Sociales, tiene interés y se hace necesaria la colaboración con el Instituto

Aragonés de la Mujer, para desarrollar los proyectos que más adelante

se reseñan.

Por todo lo manifestado y en virtud de lo dispuesto en el artículo

seis de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común y de la cláusula segunda del

convenio suscrito el día 21 de marzo de 1994, ambas partes acuerdan

suscribir el presente convenio específico, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La Administración General del Estado y la Comunidad

Autónoma de Aragón realizarán en 2002, los siguientes programas seleccionados

de común acuerdo:

1. Estancias de tiempo libre para mujeres solas con hijas e hijos

menores, exclusivamente a su cargo

Este programa va dirigido a mujeres solas con hijas e hijos menores,

exclusivamente a su cargo, en situación de precariedad económica y social,

y se realizará en el segundo semestre de 2002, en una localidad costera.

Consistirá en la estancia durante diez días en régimen de pensión

completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como

para sus hijas/os.

1.1 La Administración General del Estado, a través del Instituto de

la Mujer, se obliga a:

Convocar la concesión de las estancias de tiempo libre que será

publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Contratar los servicios de alojamiento, manutención, póliza de seguro,

cocktail de clausura y transporte al mismo.

Suministrar diverso material de propaganda, relacionado con el

programa.

Resolver a propuesta del Instituto Aragonés de la Mujer, las solicitudes

presentadas.

1.2 La Comunidad Autónoma de Aragón, a través del Instituto

Aragonés de la Mujer, se obliga a:

Difundir la convocatoria.

Recibir las solicitudes.

Contratar el transporte de traslado de las personas beneficiarias y

de las monitoras.

Contratar a las monitoras.

Elaborar propuesta de concesión de las beneficiarias, a través de la

Comisión correspondiente, y elevar propuesta a la Directora General del

Instituto de la Mujer, con al menos, siete días de antelación a la fecha

del inicio de las Estancias.

Realizar una memoria de las Estancias al finalizar el programa, en

un plazo máximo de dos meses.

1.3 Condiciones económicas.-El Instituto de la Mujer cubrirá los

gastos de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cocktail de clausura

y transporte en autocar al cocktail, si procediera desplazarse, de las

mujeres, de las/ los menores y las monitoras de todo el programa. El importe

total por estos conceptos asciende a trescientos veinticuatro mil quinientos

cuarenta y seis euros con cincuenta y tres céntimos (324.546,53 euros), y

será distribuido proporcionalmente por el número total de personas

beneficiarias, incluidas las monitoras de las Comunidades Autónomas que

participan en el programa, con las excepciones que se recogen en el párrafo

tercero.

La Administración Autonómica de Aragón, a través del Instituto

Aragonés de la Mujer, correrá con los gastos de transporte por el traslado

de las personas beneficiarias de esta Comunidad Autónoma, desde el lugar

de procedencia al destino y viceversa, material para actividades y el pago

de las monitoras, por un importe de seis mil setecientos sesenta y un

euros con treinta y nueve céntimos (6.761,39 euros), con las excepciones que

se recogen en el párrafo tercero. Los gastos que sobrepasen la cantidad

establecida por los mismos conceptos, correrán por cuenta del Instituto

Aragonés de la Mujer.

A las personas beneficiarias se les entregará diverso material

divulgativo relacionado con el programa. Este servicio y su traslado a los hoteles

donde estén hospedadas lo contratará el Instituto de la Mujer. Del importe

total del gasto de este concepto, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad

de seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12 euros), que será distribuida

proporcionalmente con el número de mujeres entre las Comunidades

Autónomas que participen en el programa.

La Comunidad Autónoma de Aragón, a través del Instituto Aragonés

de la Mujer, aportará la cantidad de cuatrocientos ochenta euros con

ochenta y un céntimos (480,81 euros), que abonará directamente a la empresa

suministradora.

2. Formación para mujeres

2.1 Acciones.-Como en años anteriores, el Instituto de la Mujer va

a promover acciones formativas dirigidas a colectivos de mujeres y a

profesionales de diversos sectores, durante el presente ejercicio, con la

colaboración de los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas,

incluida la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, a través

del Instituto Aragonés de la Mujer.

2.2 Objetivos.-Los objetivos que se pretenden conseguir del programa,

entre otros, son mejorar la cualificación, adaptar la formación a las

necesidades del mercado de trabajo, diversificar la formación y proporcionar

formación especializada.

2.3 Cursos.-De este programa se llevarán a cabo los siguientes cursos:

a) Cursos dirigidos a mujeres desempleadas (NOVA), cuyo objetivo,

entre otros, es el de facilitar su inserción laboral, adaptando la formación

a las necesidades del mercado de trabajo.

b) Un curso en colaboración con la Escuela de Organización Industrial

(EOI), para apoyo a las mujeres emprendedoras para la creación de su

propia empresa.

2.4 Organización.-Ambas partes, aportarán los medios personales,

materiales y financieros necesarios para la celebración de los cursos.

2.5 Condiciones económicas.-Para la realización de este programa,

el Instituto de la Mujer aportará la cantidad global de un millón quinientos

dos mil quinientos treinta euros con veintiséis céntimos (1.502.530,26 euros)

para los cursos del apartado a) y ciento sesenta y dos mil doscientos

setenta y tres euros con veintisiete céntimos (162.273,27 euros) para los cursos

del apartado b), que serán impartidos a las personas beneficiarias de las

Comunidades Autónomas que participen en el programa. El Instituto de

la Mujer cubrirá los gastos de organización y ejecución de los cursos que

se impartan en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Instituto Aragonés de la Mujer, se hará cargo de los gastos que

se deriven de la selección de personas beneficiarias y del seguimiento

de los cursos que se lleven a cabo en su ámbito territorial.

3. Programa Relaciona

El Instituto de la Mujer va a promover en el presente ejercicio el

proyecto "Relaciona", en colaboración con los organismos de igualdad de las

Comunidades Autónomas, incluida el Instituto Aragonés de la Mujer. Este

proyecto se enmarca en el Plan de Acción contra la Violencia Doméstica.

Se trata de un proyecto de prevención de la violencia de género desde

el ámbito escolar dirigido al profesorado.

Los objetivos que se pretenden conseguir son:

Analizar las situaciones de violencia que se producen en los centros

educativos desde una perspectiva de género.

Reflexionar sobre la importancia de la práctica docente en este tema

y sobre los modelos y los valores que se asocian a la masculinidad y

a la feminidad.

Dar importancia a la relación y a la convivencia escolar.

Ambas partes, aportarán los medios personales, materiales y

financieros necesarios para la celebración del proyecto.

Para llevar a cabo este programa que promueve el Instituto de la Mujer,

el presupuesto asciende a cuarenta y dos mil setenta euros con ochenta

y cinco céntimos (42.070,85 euros) que será distribuido proporcionalmente

por las Comunidades Autónomas que participen en el programa. Los gastos

que se deriven de la organización y ejecución del programa en la Comunidad

de Aragón serán abonados por el Instituto de la Mujer.

Por su parte, la Administración autonómica de Aragón, a través del

Instituto Aragonés de la Mujer, cubrirá los gastos de difusión y coordinación

de las acciones del programa que se ejecuten en el ámbito territorial de

la Comunidad de Aragón.

Segunda.-Las cantidades que corresponde aportar el Instituto de la

Mujer irán con cargo al presupuesto de gastos del organismo para el año

2002, a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Programas 1, 2.3.a) y 3: 19.105.323B.227.06.

Programa 2.3.b): 19.105.323B.226.10.

Todas las cantidades que corresponde aportar al Instituto Aragonés

de la Mujer, se abonarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias

11.10.323.2.227.06 y 11.10.323.2.226.02 del presupuesto de gastos del

organismo para 2002.

Tercera.-En todo el material impreso, así como en la difusión que

se haga de los programas, deberá constar la colaboración de ambos

organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Cuarta.-El seguimiento de los programas tal y como establece la

cláusula cuarta del convenio marco vigente, corresponderá a la Comisión de

Seguimiento.

Además, el Instituto Aragonés de la Mujer, se compromete a entregar

al Instituto de la Mujer una memoria de las actividades realizadas en

la ejecución del Convenio.

Quinta.-El presente convenio específico surtirá efectos a partir de su

firma y tendrá vigencia hasta el cumplimiento de su objeto y de las

obligaciones de cada una de las partes, incluida la obligación de la acreditación

económica de los programas por parte del Instituto Aragonés de la Mujer.

Ambas partes, de común acuerdo, podrán prorrogar la vigencia de

este convenio específico, cuando fuere necesario continuar con la ejecución

de alguno o de algunos de los programas por no haberse concluido en

el plazo inicialmente pactado, siempre que se condicione a la previa

existencia de crédito adecuado y suficiente y así se acuerde con anterioridad

a la fecha de expiración del presente convenio.

Sexta.-El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio por

cualquiera de las partes, será causa de su extinción, sin perjuicio de lo

establecido en la cláusula siguiente.

El incumplimiento por parte del Instituto de la Mujer, determinará

para éste el pago de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen

a la otra parte. El incumplimiento por parte del Instituto Aragonés de

la Mujer, determinará para ésta la obligación de restituir al Instituto de

la Mujer las cantidades que se hubieran percibido injustificadamente y

la de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.

En ambos casos se respetarán los derechos adquiridos por los terceros

de buena fe.

También será causa de resolución, el mutuo acuerdo y la imposibilidad

sobrevenida de cumplir las actividades descritas.

Séptima.-Este Convenio tiene naturaleza administrativa; se regirá por

las estipulaciones en él contenidas, y en lo no previsto en éstas, así como

para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por los principios

del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba

el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Dada la naturaleza jurídico-administrativa de este Convenio, el orden

jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver

las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante

la ejecución del mismo.

Y, estando conformes ambas partes con el contenido del presente

documento, lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha

indicados.-La Directora general del Instituto de la Mujer, doña Pilar Dávila

del Cerro.-La Directora general del Instituto Aragonés de la Mujer, Ana

Salas Giménez de Azcárate.

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