Por Resolución de 24 de junio de 2002, de la Consejería de
Cultura y Educación de la Generalidad Valenciana, se aprueba
el expediente correspondiente al procedimiento selectivo de
ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 14 de
mayo de 1997, de doña Viviana Miralles Fernández, aspirante
seleccionada, en virtud del cumplimiento de la sentencia del
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, recaída
en el recurso contencioso-administrativo número 2/320/1998.
Teniendo en cuenta que con anterioridad a que se dictara la
citada sentencia, doña Viviana Miralles Fernández, participó y
superó los procedimientos selectivos convocados por Orden de
la Consellería de Cultura y Educación de la Generalitat Valenciana
de 29 de abril de 1999 y que por Orden del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte de 15 de enero de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" de 5 de febrero), fue nombrada funcionaria de carrera
del citado Cuerpo y Especialidad con efectos de 1 de septiembre
de 2000.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38.1 del Real
Decreto 850/1993, de 4 de junio ("Boletín Oficial del Estado"
del 30), el artículo 17 de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles
del Estado y el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,
de atribuciones de competencias en materia de personal.
Vista la propuesta de la Consejería de Cultura y Educación
de la Generalidad Valenciana,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.-Retrotraer al 1 de septiembre de 1998, los efectos
del nombramiento de funcionaria de carrera del Cuerpo de
Maestros, especialidad Educación Infantil, a doña Viviana Miralles
Fernández, con número de Registro de Personal 2901962224 A0597,
documento nacional de identidad 29019622 y una puntuación
de 6,5251.
Segundo.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía
administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 23 de julio de 2002.-La Ministra, P. D. (Orden de 1
de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), la Directora
general de Programación Económica, Personal y Servicios,
Engracia Hidalgo Tena.
Ilma. Sra. Directora general de Programación Económica, Personal
y Servicios.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid