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Documento BOE-A-2002-16443

Orden MAM/2073/2002, de 30 de julio, por la que se resuelve concurso específico, referencia 4E/2002P, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento para funcionarios de los grupos A, B, C y D.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2002, páginas 30397 a 30400 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-16443

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de MAM/1302/2002, de 22 de marzo ("Boletín

Oficial del Estado" de 5 de junio), se convocó concurso, referencia

4E/2002P, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en

el Departamento, y de acuerdo con lo previsto en la base undécima

de dicha convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente

Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo

y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de

resolución del presente concurso, y habiéndose cumplido cuantos

requisitos y procedimientos se establecen en las normas

reglamentarias y bases de la convocatoria mencionada, que recogen

lo prevenido en el mencionado Reglamento General, de 10 de

marzo de 1995, sobre plazo de presentación de instancias, examen

de las mismas, valoración de méritos alegados según baremo

establecido y previa propuesta elaborada por la correspondiente

Comisión de Valoración a la que hace referencia la base séptima de

la citada Orden de 22 de marzo,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de

la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos

de trabajo que se relacionan en el anexo a los funcionarios que,

asimismo, se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se indican en

el citado anexo.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles

si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Cuarto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio

activo, el plazo de un mes para tomar posesión deberá computarse

desde la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del

Estado". No obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido

destino desde la situación de servicios especiales o de excedencia

para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras duren las

citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello

sea preciso formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto

se haga efectivo el reingreso al servicio activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que

convoque tanto la Administración del Estado como otras

Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde

la toma de posesión del puesto que se les adjudique en la presente

Orden, salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del

citado Reglamento General.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indeminización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición ante

el Titular del Departamento en el plazo de un mes o interponer

recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente

Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos

meses, contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo

interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente

o se haya producido su desestimación presunta, conforme a lo

dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción

dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como

en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 30 de julio de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden de

6 de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14), la

Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Dirección General de Programación y Control Económico y

Presupuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO (ver imágenes páginas 30398 a 30400).

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