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Documento BOE-A-2002-16442

Orden MAM/2072/2002, de 29 de julio, por la que se resuelve concurso, referencia 3EG/2002INM, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto Nacional de Meteorología para funcionarios de los grupos A y B.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2002, páginas 30390 a 30396 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-16442

TEXTO ORIGINAL

Por Orden MAM/625/2002, de 13 de marzo ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), corrección de errores, Orden MAM/785/2002,

de 1 de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 12), se convocó

concurso, referencia 3EG/2002INM, para la provisión de puestos

de trabajo vacantes en el Instituto Nacional de Meteorología, y

de acuerdo con lo previsto en la base undécima de dicha

convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de resolución del

presente concurso ampliado por Orden MAM/1600/2002, de 19

de junio ("Boletín Oficial del Estado" del 27), y habiéndose

cumplido cuantos requisitos y procedimientos se establecen en las

normas reglamentarias y base de la convocatoria mencionada,

que recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento General,

10 de marzo de 1995, sobre plazo de presentación de instancias,

examen de las mismas, valoración de méritos alegados según

baremo establecido y previa propuesta elaborada por la

correspondiente Comisión de Valoración a la que hace referencia la base

novena de la citada Orden de 1 de abril de 2002,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de

la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos

de trabajo que se relacionan en el anexo a los funcionarios que,

asimismo, se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se indican en

el citado anexo.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles

si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Cuarto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio

activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la

publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado". No

obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde

la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado

de hijos tendrán derecho, mientras duren las citadas situaciones,

a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso

formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo

el reingreso al servicio activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concurso de méritos que convoque

tanto la Administración del Estado como las Comunidades

Autónomas hasta que hayan trancurrido dos años desde la toma de

posesión del puesto que se les adjudique en la presente Orden,

salvo lo previsto por el apartado 2 del artículo 41 del citado

Reglamento General.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición ante

el Titular del Departamento en el plazo de un mes o interponer

recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente

Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos

meses, contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo

interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente

o se haya producido su desestimación presunta, conforme a lo

dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, según redacción dada a los mismos por la Ley

4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos 9 y 46 de

la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 29 de julio de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden de

6 de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14), la

Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Dirección General de Programación y Control Económico y

Presupuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO (ver imágenes páginas 30391 a 30396).

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