Visto el expediente de indulto de don José María Caballero Valles,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 5 de Barcelona, en sentencia
de fecha 1 de junio de 2000, como autor de un delito de apropiación
indebida, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor, con las
accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del
Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 19 de julio de 2002,
Vengo en conmutar a don José María Caballero Valles, la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de sesenta días-multa,
a satisfacer en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de
cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 19 de julio de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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