En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,
de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 16), por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2002, y con el fin
de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias atribuidas por el
artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo
informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,
acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
Nacional Veterinario con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas por
el sistema de acceso libre.
1.1.1 Los funcionarios de Organismos Internacionales, a que
hace referencia la base 2.2 de esta convocatoria, que superen
las pruebas, participarán en la elección de destino junto a los
restantes aprobados. La adjudicación de las plazas se efectuará
por riguroso orden de puntuación.
1.1.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a
un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3),
modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial
del Estado" del 29); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo
("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril); el Real Decreto
182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23);
la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la función
pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición,
y un período de prácticas, con las valoraciones, pruebas,
puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 Las plazas se adjudicarán a los aspirantes que superen
el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total obtenida
por éstos a lo largo de todo el proceso.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en
un plazo no superior a los cuatro meses, a contar desde la
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses,
a contar desde la fecha de celebración de la fase escrita del primer
ejercicio.
1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
de la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas
por la autoridad convocante.
Estos funcionarios deberán superar el período de prácticas que
se determina en el anexo I.
Los aspirantes que no superen el período de prácticas perderán
el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera, mediante
resolución motivada de la autoridad convocante. Quienes no
pudieran realizar el período de prácticas por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán
efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar
correspondiente a la puntuación obtenida.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República
de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales
de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado
la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Licenciado en Veterinaria. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento
para el ejercicio de la profesión de Veterinario.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de Organismos Internacionales, posean
la nacionalidad española y la titulación exigida en esta
convocatoria. Estos aspirantes estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación,
creada por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, considere
que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para
el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas,
que, en todo caso, se ajustará al impreso oficial "Modelo 790",
será facilitada gratuitamente en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública y en el
Servicio de Información del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, así como en las representaciones diplomáticas de
España en el extranjero.
A la solicitud "Ejemplar para la Administración", se
acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondientes
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor, o, en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de Noruega o Islandia que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención de visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos, deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en todo caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que,
de conformidad con lo dispuesto en el anexo I de esta convocatoria,
estén exentos de la realización de la prueba previa de acreditación
del conocimiento del castellano, deberán aportar, a tal efecto,
fotocopia compulsada del diploma superior de español como
lengua extranjera o del certificado de aptitud en español para
extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar
esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo,
en consecuencia, realizar la prueba a que se refiere el citado
anexo I.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Agricultura,
Pesca y Alimentación". En el recuadro relativo a centro gestor
se hará constar "Subsecretaría". En el recuadro número 15 se
señalará "Nacional Veterinario", consignándose el código "0102".
En el recuadro número 17, relativo a la forma de acceso, se
consignara "L", que corresponde a "acceso libre".
Los ejercicios se celebrarán en Madrid capital. Los aspirantes
harán constar esta circunstancia en el recuadro número 20.
En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que
se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado
por la base 2.1.3 de esta convocatoria.
En el recuadro 25 A) se hará constar el idioma elegido para
la realización del segundo ejercicio.
3.2 Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se
dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación. Su presentación (ejemplar para la Administración, hoja
número 1 del modelo de solicitud) se hará en el Registro General
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, paseo Infanta
Isabel, número 1, 28014 Madrid, o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en
el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, como se señala en
la siguiente base 3.4.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente. Los interesados que elijan esta forma de
presentación de la solicitud adjuntarán a la misma comprobante
bancario de haber satisfecho los derechos de examen.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Igualmente, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de
examen será de 24,52 euros, debiendo consignar dicho importe
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
El ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la
presentación de la solicitud, en cualquier Banco, Caja de Ahorros
o Cooperativa de Crédito, de las que figuran como entidades
colaboradoras en la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica, o, en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero
realizarán el pago de esta tasa mediante el ingreso en la cuenta
corriente número 0182 9071 08 0200000957, abierta en el
BBVA, con el Título "Tesoro Público. Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación. Cuenta restringida para la recaudación de
tasas en el extranjero". El ingreso en esta cuenta restringida se
efectuará exclusivamente en el caso de las solicitudes presentadas
en el extranjero y podrá realizarse directamente en cualquier
oficina de dicho banco o mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria, siendo preciso que quede claro ante la entidad
destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago
de los derechos de examen.
Estarán exentos del pago de la tasa:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33
por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la convocatoria de
estas pruebas selectivas. Será requisito para el disfrute de la
exención que, en el plazo anteriormente citado, no hubieren rechazado
oferta de empleo adecuado, ni se hubiesen negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo
Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en
la correspondiente oficina del Servicio Público de Empleo. En
cuanto a la acreditación de las rentas se realizará con una declaración
jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos
deberán acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso, la presentación y pago de los derechos de
examen en las entidades de depósito supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante
el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Las certificaciones de homologación habrán de
presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de
febrero, acompañando a la solicitud para tomar parte en el proceso
selectivo y, con carácter excepcional, al Tribunal o Comisión
Permanente de Homologación antes citada.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la
autoridad convocante dictará Resolución, en el plazo máximo de un
mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y en la
que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,
con indicación de las causas de exclusión, se indicarán los lugares
en que se encuentra expuesta al público la lista certificada
completa de admitidos y excluidos, así como el lugar y la fecha de
comienzo de los ejercicios de la fase de oposición y, en su caso,
de la prueba de conocimiento de castellano para los aspirantes
que no posean la nacionalidad española. En la lista deberán
constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad o pasaporte o documento de identidad.
Dicha lista de admitidos deberá ser expuesta, en todo caso,
en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la
Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en
las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Contra la Resolución definitiva, que resuelva los escritos de
subsanación presentados, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente
a su publicación, ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura,
Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente a su publicación, significándose que, en este caso,
no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
4.3 No se procederá a la devolución de los derechos de
examen en los supuestos de exclusión de los aspirantes de las pruebas
selectivas por causas imputables exclusivamente a los interesados.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que vayan a sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia del Presidente y del Secretario y la de
la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta
días a partir de su designación y mínimo de diez antes de la
realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario
y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 A lo largo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría
del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación, paseo Infanta Isabel, número 1, tercera planta,
28014 Madrid, teléfonos 91 347 52 59 y 91 347 52 63.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que ha superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "S", según lo establecido
en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública, de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"
de 2 de abril), por la que se publicó el sorteo celebrado el 8
de marzo de 2002.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "S", el orden de actuación se iniciará
por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra "T", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.10, y por cualesquiera
otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima
divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a
la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate
del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde
se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier
otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,
de antelación.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión a la autoridad convocante, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a su publicación, ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a su publicación, significándose
que, en este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
6.6 Contra las resoluciones y actos del Tribunal y sus actos
de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan
indefensión podrá interponerse recurso de alzada ante el
excelentísimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en
el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, y en el artículo 14.2 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración
General del Estado.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados,
por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su
documento nacional de identidad o pasaporte o documento de
identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados a la autoridad convocante. Dicha lista se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado".
8. Presentación de documentos y nombramientos de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquél en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar en el Registro General del Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del mismo.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar, además de la declaración relativa al Estado español,
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso
a la función pública, según el modelo que figura como anexo V
a esta convocatoria.
C) Certificado médico oficial que acredite lo señalado en la
base 2.1.4.
D) Los aspirantes extranjeros que no residan en España
deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber
solicitado tarjeta de residencia comunitaria en el caso de que no la
hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la
solicitud de participación.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieren para
acreditar tal condición, con expresión del número e importe de
trienios, así como de la fecha de su cumplimiento.
Asimismo, deberán formular opción para la percepción de la
remuneración que deseen percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada
igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o
funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado"
de 6 de marzo).
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.4 Por orden de la autoridad convocante, se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes
aprobados deberá realizarse una vez finalizado el período de prácticas,
previa oferta de los mismos.
8.6 En el caso de que algunos de los puestos de trabajo
ofrecidos como primer destino supongan la participación directa o
indirecta en el ejercicio del poder público y en las funciones que
tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del
Estado quedan excluidos de la posibilidad de ser elegidos por
los aspirantes que no posean la nacionalidad española, siendo
la Administración la competente para determinar cuáles serían
esos puestos de trabajo.
8.7 Por el Secretario de Estado para la Administración Pública
y, a propuesta de la autoridad convocante, se procederá al
nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del
destino adjudicado.
8.8 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.9 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en
colaboración con los Centros de Formación de Funcionarios
com
petentes en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo
previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 6 de mayo de 2002.-El Ministro, P. D. (Orden de 26
de abril de 2001, "Boletín Oficial del Estado" de 5 de mayo),
el Subsecretario, Manuel Lamela Fernández.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
1. Proceso de selección
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
A) Oposición.
B) Período de prácticas.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase
de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad
española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen,
deberán acreditar dicho conocimiento mediante la realización de
una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel
adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en
posesión del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera
establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio,
modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero,
o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido
por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
A) La fase de oposición constará de cuatro ejercicios, todos
de carácter eliminatorio.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, durante
un período máximo de cuatro horas, de dos temas de carácter
general y sobre materias relacionadas, pero no coincidentes, con
el programa, elegidos por el opositor de entre tres temas
propuestos por el Tribunal.
Los opositores harán la lectura de su ejercicio ante el Tribunal,
en sesión pública, previo señalamiento de fecha.
En este ejercicio se valorarán la formación general, la claridad
y el orden de ideas y la capacidad de redacción.
Segundo ejercicio: Consistirá en la traducción directa, sin
diccionario, de un texto de francés o inglés, propuesto por el Tribunal,
sobre temas relacionados con la política agraria, durante un tiempo
máximo de una hora. Dicho texto será leído públicamente ante
el Tribunal, previo señalamiento de día y hora, procediéndose
seguidamente a mantener una conversación en el idioma elegido
durante un tiempo máximo de quince minutos.
Tercer ejercicio: Consistirá en la exposición oral de tres temas,
uno de cada una de las partes del programa. Para ello, el opositor
elegirá un tema de entre dos sacados al azar de la primera parte
del programa, e igualmente sacará al azar los otros dos temas,
de los cuales un tema corresponderá a la segunda parte del
programa y el otro a la tercera.
Cada uno de los temas deberá ser expuesto en un tiempo
máximo de quince minutos, disponiendo el opositor de veinte minutos
para la preparación previa de los mismos.
Finalizada la exposición, el Tribunal podrá realizar preguntas
sobre el contenido de los temas que hayan correspondido en suerte
al opositor.
Cuarto ejercicio: Consistirá en redactar por escrito, en el plazo
máximo de cuatro horas, un supuesto práctico propuesto por el
Tribunal.
El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los
aspirantes, previo señalamiento de día y hora, pudiendo el
Tribunal, a la finalización de la lectura, realizar cuantas preguntas
considere conveniente sobre el contenido del supuesto.
B) El período de prácticas constará de las siguientes fases.
Curso selectivo: Todos los aspirantes que superen las pruebas
de la oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por
la autoridad convocante y deberán realizar un curso selectivo que
tendrá una duración máxima de tres meses.
Período de prácticas propiamente dicho, mediante el
desempeño, en su caso, de un puesto de trabajo.
2. Valoración
Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que
no posean la nacionalidad española: La prueba se calificará de
"apto" o "no apto", siendo necesario obtener la valoración de "apto"
para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente
manera:
Primer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de diez
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para
superar este ejercicio.
Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de diez
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para
acceder al ejercicio siguiente.
Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de veinte
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez puntos para
acceder al ejercicio siguiente.
Cuarto ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de veinte
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez puntos para
superarlo.
En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que
ostenten la condición de funcionarios de Organismos Internacionales,
se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para
la superación de los mismos.
Los interesados podrán renunciar a tal calificación y participar
en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad de
condiciones que el resto de los aspirantes de turno libre. Tal renuncia
deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de las pruebas
selectivas.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el cuarto
ejercicio; si persistiera el empate, se acudiría a la puntuación obtenida
en el tercer ejercicio y, en caso necesario, a la calificación obtenida
en los restantes ejercicios en orden de realización.
Período de prácticas: Para su valoración, la autoridad
convocante otorgará la calificación de "apto" o "no apto", siendo
necesaria la calificación de "apto" para superarlo.
ANEXO II
Parte I
Administración Pública, Economía y Política Agraria
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características,
estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos
fundamentales y su especial protección.
Tema 2. La Corona: Atribuciones y competencias. Las Cortes
Generales: Composición y funciones.
Tema 3. El Gobierno. Composición, designación, funciones
y relaciones con el resto de los poderes del Estado.
Tema 4. La Administración Pública (I): Principios
constitucionales. La Administración General del Estado y su organización
periférica.
Tema 5. La Administración Pública (II): La organización
territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Las
Corporaciones Locales. La coordinación entre las distintas administraciones
públicas. Las Conferencias Sectoriales: Composición y funciones.
Tema 6. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes.
Tema 7. La Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las
Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común,
modificada por la Ley 4/1999.
Tema 8. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones públicas. Deberes y derechos de los funcionarios
públicos.
Tema 9. El contrato administrativo. Concepto, tipos,
principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución.
Tema 10. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El
ciclo presupuestario: Elaboración, ejecución y control.
Tema 11. Técnicas modernas de gestión pública. Concepto
de gestión pública. Marketing público. Gestión integrada de
recursos humanos. Dirección por Objetivos de actuaciones públicas.
Tema 12. La Unión Europea. Antecedentes históricos,
evolución, objetivos y perspectivas de futuro.
Tema 13. Ordenamiento jurídico de la Unión Europea: Sus
fuentes e incidencias en el ordenamiento español.
Tema 14. Instituciones comunitarias: El Consejo, el
Parlamento, la Comisión y el Tribunal Europeo de Justicia. Composición
y atribuciones. Funcionamiento y relaciones institucionales.
Tema 15. La toma de decisiones en la Unión Europea.
Tema 16. Población española: Estructura y evolución.
Tema 17. La economía española: Dimensiones, factores y
relaciones exteriores.
Tema 18. Política económica: Conceptos e instrumentos.
Tema 19. Política regional: Conceptos e instrumentos.
Tema 20. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Estructura. Relaciones con otros Departamentos,
Administraciones e interlocutores sociales.
Tema 21. Política agraria y política económica. La política
agraria como parte de la política económica. Características
económicas diferenciales del sector agrario.
Tema 22. Objetivos e instrumentos de la política agraria.
Objetivos e instrumentos clásicos. Ampliación de objetivos e
instrumentos modernos. Alcance y eficacia.
Tema 23. Política de producciones: Características de las
producciones agrarias. La búsqueda del equilibrio oferta-demanda.
Justificación de la intervención de las Administraciones en las
producciones agrarias.
Tema 24. Política de precios y política de rentas. Medidas
de mantenimiento de rentas y sostenimiento de precios. Fiscalidad
agraria. Seguros agrarios. Seguridad social agraria. Subvenciones
agrarias.
Tema 25. Política de comercialización agraria.
Comercialización en origen y en destino. El asociacionismo en la
comercialización. Normativa legal reguladora de los contratos tipo
agroalimentarios.
Tema 26. Política de industrialización agraria. Tendencias
actuales en la Unión Europea y en España. Medidas de apoyo
desde la Administración.
Tema 27. La industria agroalimentaria, forestal y pesquera
en la Unión Europea y en España. Características diferenciales.
Tema 28. Política alimentaria. El consumo y la cadena
alimentaria en la Unión Europea y en España. Política de fomento
de la calidad alimentaria. Seguridad alimentaria.
Tema 29. Política de estructuras agrarias. Evolución.
Objetivos, instrumentos y alcance actual de la política de estructuras.
Mejora de las explotaciones agrarias. Los fondos estructurales y
su gestión.
Tema 30. El desarrollo rural. Las medidas comunitarias y su
aplicación en España.
Tema 31. Política de investigación e innovación tecnológica
agraria y pesquera. Planificación actual de la investigación agraria:
programas sectoriales. Cooperación nacional e internacional.
Tema 32. Política agraria y conservación de los recursos.
Agricultura y ganadería ecológicas. Tendencias actuales.
Tema 33. Política agraria y marco institucional. Las
Administraciones Públicas en la política agraria. Sindicalismo agrario.
Tema 34. Política agraria internacional. Organismos
internacionales relacionados con la agricultura y la alimentación: FAO,
OCDE, OMC y otros Organismos. Antecedentes y constitución.
Estructura y funciones.
Tema 35. La Macroeconomía en el Sector Agrario español.
Producción final agraria. Renta agraria. Empleo en el sector
agrario. Comercio exterior. Medios de producción. El sector
agroalimentario en la economía española.
Tema 36. Evolución histórica de la agricultura española. De
la agricultura de la subsistencia al desarrollo agroindustrial.
Adaptación para la integración en la Comunidad Económica Europea.
Evolución del sistema agrícola español.
Tema 37. Características generales y situación del sector
agrícola en España. Tendencias actuales.
Tema 38. Características generales y situación del sector
ganadero en España. Tendencias actuales.
Tema 39. Características generales y situación del sector
forestal en España. Tendencias actuales.
Tema 40. Características generales y situación del sector
pesquero en España. Tendencias actuales.
Tema 41. La integración de la agricultura española en la CEE.
El tratado de adhesión. El periodo transitorio. El capítulo pesquero.
La integración de las Islas Canarias.
Tema 42. La Macroeconomía del sector agrario de la Unión
Europea. Diferencias regionales.
Tema 43. Configuración de la Política Agraria Común.
Principios, objetivos e instrumentos. Las políticas agrarias nacionales.
Tema 44. La política de precios y mercados. Las
organizaciones comunes de mercado: Tipos. Los mecanismos
agromonetarios. El euro.
Tema 45. Evolución de la PAC. Las reformas: Causas y
evaluación. Tendencias actuales.
Tema 46. La Agenda 2000. Los acuerdos de Berlín y el nuevo
marco político y financiero de la PAC.
Tema 47. El futuro de la PAC. Influencias y tensiones externas
e internas. Los retos de la sociedad y los desafíos internacionales.
Tema 48. Las nuevas perspectivas de la PAC:
Multifuncionalidad, seguridad alimentaria, sostenibilidad y bienestar animal.
El modelo agrario europeo.
Tema 49. La política presupuestaria y la financiación de la
PAC. Mecanismos de control. Lucha contra el fraude: La OLAF.
Tema 50. Instrumentos de financiación agraria: FEOGA e
IFOP. Otros instrumentos financieros: FSE, FEDER, BEI... El
FEGA: Estructura y funciones. Distribución de competencias. Las
encomiendas de gestión.
Tema 51. Proyección internacional del la PAC. El GATT:
Origen, evolución y rondas de negociación. La OMC: Importancia
actual para la agricultura mundial. La globalización del comercio
agroalimentario.
Tema 52. La Ampliación de la UE. Políticas europeas y
ampliación. Instrumentos financieros y de asistencia a los PECOS.
Acuerdos de Asociación.
Tema 53. Otros acuerdos internacionales de la UE (ACP,
Euromediterráneos, etc.). Perspectivas de futuro.
Tema 54. La política forestal comunitaria. Relaciones con la
política agraria.
Plan de acción comunitario.
Tema 55. Política pesquera comunitaria. Evolución. La
Europa azul. Los acuerdos bilaterales y los acuerdos comunitarios con
otros países. Sociedades mixtas. Los organismos multilaterales
en pesca.
Tema 56. Política de recursos pesqueros. Política de
estructuras pesqueras. Política de mercados de productos de la pesca.
Financiación. El FROM.
Parte II
Producción Agroalimentaria y Pesquera
Tema 1. La empresa agraria. Características diferenciales de
la empresa agraria. La empresa agraria en la Unión Europea y
en España.
Tema 2. La empresa pesquera. Características diferenciales
de la empresa pesquera, artesanal y de altura. Empresas mixtas.
La empresa pesquera en la Unión Europea y en España.
Tema 3. Los medios de producción en agricultura, ganadería
y pesca.
Tema 4. Selección en ganadería. Procedimientos de mejora
genética. Valoración de reproductores, control de rendimientos.
Los libros genealógicos.
Tema 5. Las razas autóctonas españolas. Importancia como
conservadoras del patrimonio genético. Su función en el
mantenimiento del medio natural. Principales razas. Asociaciones de
criadores.
Tema 6. La identificación animal. Importancia y objetivos.
Sistemas de identificación. Normativa legal. La identificación
electrónica/el sistema electrónico de seguimiento.
Tema 7. El movimiento pecuario. Implicaciones zootécnicas
y sanitarias. Normativa legal.
Tema 8. Protección de los animales y bienestar animal.
Implicaciones zootécnicas y sanitarias. Normativa legal.
Tema 9. La alimentación animal. Fundamentos del
racionamiento. Los concentrados en la alimentación animal. Normativa
legal y perspectivas de futuro. La industria de la alimentación
animal en España.
Tema 10. Los aditivos en alimentación animal. Autorización
y control. Normativa legal y perspectivas de futuro.
Tema 11. Mercados y lonjas. La formación del precio en el
sector agrario y pesquero. Precios de los productos agrarios y
de los medios de producción. La constatación oficial de precios:
precios testigo.
Tema 12. Las producciones intensivas. Características,
problemática.
Tema 13. Las producciones extensivas. Características,
problemática.
Tema 14. Producción de carne de vacuno. Importancia
económica. Sistemas de producción. Características diferenciales con
el resto de la UE.
Tema 15. Producción de carne de ovino. Importancia
económica. Sistemas de producción. Características diferenciales con
el resto de la UE.
Tema 16. Producción de carne de porcino. Importancia
económica. Sistemas de producción. Características diferenciales con
el resto de la UE.
Tema 17. Producción de leche. Importancia económica.
Sistemas de producción. Características diferenciales con el resto
de la U.E.
Tema 18. Producción de huevos y de carne de ave.
Importancia económica. Sistemas de producción. Características
diferenciales con el resto de la UE.
Tema 19. Producción de conejo. Importancia económica.
Sistemas de producción. Características diferenciales con el resto
de la UE.
Tema 20. Producción en acuicultura continental. Importancia
económica. Sistemas de producción. Características diferenciales
con el resto de la UE.
Tema 21. Producción en acuicultura marina. Importancia
económica. Sistemas de producción. Características diferenciales con
el resto de la UE.
Tema 22. La investigación, la experimentación y la
divulgación en agricultura y ganadería.
Tema 23. La investigación, la experimentación y la
divulgación en pesca y acuicultura.
Tema 24. El desarrollo sostenible aplicado a la agricultura,
la ganadería.
Tema 25. El desarrollo sostenible aplicado a la pesca y
acuicultura.
Tema 26. OCM de la carne de vacuno: Estructura y
competencias.
Tema 27. OCM de la carne de ovino: Estructura y
competencias.
Tema 28. OCM de la leche y productos lácteos: Estructura
y competencias.
Tema 29. OCM de la carne de porcino. OCM de la carne
de aves. OCM de los huevos. Estructura y competencias
Tema 30. OCM de frutas y hortalizas frescas. OCM de frutas
y hortalizas transformadas. OCM del plátano. Estructura y
competencias.
Tema 31. OCM del sector vitivinícola. OCM del sector de las
materias grasas. Estructura y competencias
Tema 32. OCM del tabaco. OCM del azúcar. OCM del lúpulo.
OCM de las plantas textiles (lino y cáñamo). Normativa del
Algodón. Estructura y competencias
Tema 33. OCM del grupo COP: Cereales, oleaginosas y
proteaginosas. OCM de los forrajes desecados. OCM del arroz.
Estructura y competencias.
Tema 34. Regulación del mercado en los productos sin OCM
específica y en los productos de fuera del Anexo I.
Tema 35. La OCM del sector de la pesca. Antecedentes y
evolución. Características principales de la regulación. El coste
y principales parámetros de la regulación. El mercado comunitario
de la pesca. La aplicación de la OCM en España.
Tema 36. Las normas comunitarias sobre la competencia
aplicables a la PAC. Disposiciones generales a las empresas. Las
ayudas otorgadas por los Estados Miembros. Situación actual del
encuadramiento de las ayudas nacionales a la agricultura.
Perspectivas de futuro.
Tema 37. Evaluación intermedia de la Agenda 2000: Causas
y tendencias actuales.
Tema 38. Asociacionismo agrario. Formulas asociativas.
Cooperativas. Sociedades agrarias de transformación. Las
agrupaciones de productores agrarios. Otras figuras asociativas.
Tema 39. Organizaciones Interprofesionales en el sector
agrario, ganadero y pesquero. Constitución y funcionamiento. Líneas
de actuación. Normativa legal.
Tema 40. Nueva política de calidad alimentaria en la UE.
La seguridad alimentaria de la granja a la mesa.
Tema 41. El libro Blanco de la Seguridad Alimentaria. La
evaluación, gestión y comunicación del riesgo. La nueva normativa
alimentaria.
Tema 42. Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. La
Agencia Española de Seguridad Alimentaria. Objetivos en
ganadería y alimentación.
Tema 43. La reordenación de las explotaciones ganaderas.
Programas de reordenación. Trazabilidad.
Tema 44. La comercialización agraria, pesquera y
alimentaria. Interdependencias. Escalones y circuitos comerciales.
Peculiaridades sectoriales. La transparencia de los mercados. La
información de precios. Tipificación y normalización.
Tema 45. La comercialización en origen y en destino de los
productos agrarios. Principales aspectos que condicionan la
comercialización en origen de los productos agrarios. Los
mercados en origen. Las asociaciones de productores agrarios y la
comercialización en origen. Canales tradicionales y canales
alternativos de la comercialización en destino. Los mercados de
destino. La Empresa nacional MERCASA. La presencia de los
productos agrarios en los mercados en destino.
Tema 46. La comercialización pesquera. Los mercados en
origen. Las lonjas. Principales aspectos que condicionan la
comercialización de productos de la pesca. Canales alternativos.
Tipificación y normalización. La comercialización en destino. Calidad
en los productos pesqueros.
Tema 47. Canales de comercialización. El comercio mayorista
de productos alimentarios. Importancia y características. El
comercio minorista. Las formas tradicionales y las actuales. La
problemática derivada. El consumidor y el comercio alimentario.
Tema 48. El comercio exterior agrario español. Antecedentes
y evolución. El balance del comercio exterior agrario. Los sectores
dinámicos de la exportación. Las dependencias de la importación.
El comportamiento de los productos transformados.
Tema 49. La agricultura en la UE. Heterogeneidad y
características de la agricultura comunitaria. Las grandes producciones
continentales. Los productos mediterráneos. La posición
importadora/exportadora de la agricultura comunitaria.
Tema 50. La agricultura en EE.UU. Características de la
agricultura norteamericana: Principales parámetros de referencia. La
producción agraria de EE.UU. respecto a la europea. La política
agraria norteamericana. La Farm Bill de 1996. La agricultura y
la política agraria norteamericana ante la exportación.
Tema 51. La agricultura de los países del grupo CAIRNS.
Componentes y características del grupo. La competitividad de
la agricultura del grupo CAIRNS respecto al mercado mundial
y los grandes interlocutores (UE, EE.UU.).
Tema 52. La agricultura en el Mediterráneo Sur.
Características de las agriculturas de los países del Sur del Mediterráneo.
La diversificación o la especialización de dichas agriculturas. La
cooperación agraria con la UE.
Tema 53. La agricultura de los PECO. Características de la
agricultura de los PECO. Comparaciones de sus principales
parámetros con los de la agricultura europea. La concurrencia o
complementariedad con la agricultura comunitaria.
Parte III
Sanidad Veterinaria
Tema 1. Organización y estructura de los Servicios de Sanidad
Animal en España. Funciones de planificación, coordinación y
ejecución.
Tema 2. Estrategia de la Unión Europea en materia de
Sanidad Veterinaria. Órganos directivos, ejecutivos y consultivos de
los servicios veterinarios europeos. Toma de decisiones. Oficina
veterinaria y alimentaria. Comités Científicos.
Tema 3. Oficina Internacional de Epizootias. Código
Zoosanitario Internacional. Listas A y B de enfermedades. Aspectos
sanitarios del comercio internacional. La Organización Mundial de
la Salud.
Tema 4. Economía de la sanidad animal: Análisis
coste-beneficio del control de las enfermedades. Estructuras técnicas
básicas de vigilancia epidemiológica: Soporte informático y análisis
de los datos. Laboratorios de sanidad animal. Centros nacionales
de referencia.
Tema 5. Objetivos y estructura de los programas de sanidad
animal en las distintas especies animales. Agrupaciones de
Defensa Sanitaria. Integración del sector ganadero en los planes de
control y erradicación. La Red de Alerta Sanitaria.
Tema 6. Medicamentos veterinarios. La Agencia Europea del
Medicamento. La Agencia Española del Medicamento.
Organización de la evaluación y el seguimiento: Autorización, registro y
valoración de los medicamentos veterinarios.
Tema 7. Ecología de la enfermedad. Distribución de la
enfermedad en las poblaciones: Tendencia en la distribución espacial
y temporal. Vigilancia epidemiológica de enfermedades endémicas
y exóticas.
Tema 8. Determinantes de la enfermedad. Transición y
mantenimiento de la infección entre individuos y poblaciones. La
unidad epidemiológica.
Tema 9. Respuesta inmune: Componentes celulares y
humorales del sistema inmune. Identificación y medida de la respuesta
inmune. El diagnóstico etiológico. Técnicas analíticas de
diagnóstico inmunológico, su validación y armonización. Epidemiología
serológica: Sensibilidad especificidad y valor predictivo.
Tema 10. Mecanismos de las infecciones persistentes.
Patogenia. Infecciones latentes. Infecciones crónicas. Infecciones
lentas. Concepto y clases de portador.
Tema 11. Tipos de vacunas: Calidad, seguridad y eficacia.
Vacunas obtenidas por biotecnología. Estrategias de
inmunoprofilaxis. Diferenciación inmunológica entre animales vacunados e
infectados.
Tema 12. Residuos de medicamentos veterinarios y otros en
productos de origen animal. Límites máximos de residuos. Plan
Nacional de Investigación de Residuos.
Tema 13. Enfermedades infecto-contagiosas del ganado
vacuno: Brucelosis, tuberculosis, leucosis bovina, IBR, BVD.
Epidemiología, diagnóstico, control y erradicación.
Tema 14. Las Enfermedades Espongiformes Transmisibles.
EEB y scrapie. Programa Integral Coordinado de vigilancia y
control de las EET.
Tema 15. Enfermedades infecto-contagiosas del ganado ovino
y caprino: Brucelosis, lengua azul, maedi-visna, aborto enzoótico.
Epidemiología, diagnóstico, control y erradicación.
Tema 16. Enfermedades infecto-contagiosas del ganado
porcino: Mal rojo, rinitis atrófica, enfermedad de Aujeszky, neumonía
enzoótica, PRRS, parvovirosis porcina. Epidemiología,
diagnóstico, control y erradicación.
Tema 17. Enfermedades infecto-contagiosas de las aves:
enfermedad de Newcastle, enfermedad de Marek, enfermedad de
Gumboro, adenovirosis. Epidemiología, diagnóstico, control y
erradicación.
Tema 18. Enfermedades de la lista A de la OIE que afectan
a varias especies ganaderas. Sistemas de vigilancia y control.
Planes de lucha.
Tema 19. Enfermedades de la lista A de la OIE que afectan
a una sola especie ganadera. Sistemas de vigilancia y control.
Planes de lucha.
Tema 20. Enfermedades infecto-contagiosas de los équidos:
adenitis, influenza, rinoneumonitis y anemia. Epidemiología,
diagnóstico, control y erradicación.
Tema 21. Enfermedades infecto-contagiosas en apicultura y
acuicultura. Epidemiología, diagnóstico, control y erradicación.
Tema 22. Patología de la nutrición y el manejo.
Tema 23. Problemas de salud pública derivados de la
alimentación animal. Procesos patológicos y contaminaciones.
Sistemas de autocontrol.
Tema 24. Concepto y evolución de salud-enfermedad. Salud
pública, evolución histórica. Funciones de la salud pública.
Veterinaria de la salud pública.
Tema 25. El proceso sanitario en atención a la salud.
Planificación, organización, dirección y evaluación de programas.
Financiación de los gastos en salud. Modelos sanitarios. El modelo
español.
Tema 26. Estadística y su aplicación a la salud pública.
Especial referencia a la veterinaria de la salud pública.
Tema 27. Educación para la salud en sanidad animal y salud
pública.
Tema 28. Epidemiología. Concepto, usos y evolución
histórica. Objetivos. Metodología epidemiológica. Modelos
epidemiológicos. Alertas epidemiológicas.
Tema 29. La Ley General de Sanidad. El Ministerio de Sanidad
y Consumo. Competencias de las Comunidades Autónomas.
Coordinación institucional.
Tema 30. Vectores de enfermedades y su importancia
epidemiológica. Criterios generales de prevención de vectores y
plagas: Lucha antivectorial. Métodos y programas.
Tema 31. Conservación y preservación de los espacios
naturales. Normativa legal.
Tema 32. Evaluación del impacto ambiental. Reglamento de
actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Normativa
legal.
Tema 33. Salud pública e higiene del medio. Riesgos sobre
la salud de origen medioambiental. Programa integrado para el
control de la contaminación.
Tema 34. La incidencia de las explotaciones ganaderas sobre
la contaminación ambiental. Normativa legal.
Tema 35. Plaguicidas y productos fitosanitarios. Incidencia
en el medio ambiente. Control de residuos. Normativa legal.
Tema 36. La Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios. El Real Decreto de Infracciones y Sanciones
en Materia de Defensa del Consumidor y de la Producción
Agroalimentaria. Criterios de actuación en la inspección.
Tema 37. El Código Alimentario Español. Concepto y
estructura. Las reglamentaciones técnico-sanitarias y las normas de
calidad.
Tema 38. Los alimentos. Clasificación bromatológica.
Nutrientes: Clasificación. Criterios para una dieta equilibrada.
Tema 39. El consumo alimentario aparente y real en España.
Los hábitos de consumo: Tendencias. Repercusiones para la salud:
(vitaminas, gluten, fosfatos, intolerancias alimentarias, etc.).
Tema 40. La calidad en los alimentos: Definición y principios.
Nuevos conceptos de calidad, la seguridad alimentaria. El principio
de precaución.
Tema 41. Los aditivos alimentarios. Valoración sanitaria y
de seguridad. Normativa legal.
Tema 42. El etiquetado, envasado y embalado de los
productos alimenticios. Materiales en contacto con los alimentos.
Normativa legal.
Tema 43. Los alimentos como causa o vehículo de infecciones
e intoxicaciones alimentarias. Aspectos bióticos y abióticos.
Tema 44. Sistema de análisis de riesgos, identificación y
control de puntos críticos: Concepto, aplicación y evaluación.
Normativa legal.
Tema 45. La carne: Concepto, composición, higiene e
inspección. Despiece y clasificación comercial de las carnes frescas.
Tema 46. Mataderos. Criterios de homologación para
intercambios intracomunitarios. Control de residuos. Normativa legal.
Tema 47. Industrias de elaboración de productos cárnicos
y otros productos de origen animal. Métodos de conservación.
Normativa legal.
Tema 48. Leche y productos lácteos. Procesos tecnológicos
para la elaboración de los distintos tipos y productos derivados.
Normativa legal.
Tema 49. Huevos. Tipificación y factores de calidad.
Ovoproductos. Normativa legal. Miel. Tipificación y factores de
calidad. Normativa legal.
Tema 50. Pescados, moluscos y crustáceos. Inspección.
Depuración de moluscos. Normativa legal. Biotoxinas marinas.
Controles.
Tema 51. Frutas, verduras y hortalizas. Normalización e
inspección. Sistemas de conservación de vegetales: Tecnología.
Normativa legal. Las setas: Tipificación e inspección.
Tema 52. Nuevas tecnologías agroalimentarias. Nuevos
alimentos. Alimentos modificados genéticamente. Controles y
normativa legal.
Tema 53. Zoonosis. Epidemiología. Normativa legal.
Principales zoonosis en España. Programas de prevención y control.
Tema 54. La Organización Mundial de la Salud: El Codex
Alimentarius Mundi. Aspectos sanitarios del comercio
internacional agroalimentario.
Tema 55. Comercio exterior. Importaciones, exportaciones
y tránsito. Productos sometidos a control sanitario en frontera.
Los Puestos de Inspección Fronteriza.
ANEXO III
Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso
en el Cuerpo Nacional Veterinario
Tribunal titular:
Presidente: Don Rafael Eloy Bolívar Raya, Cuerpo Nacional
Veterinario.
Vocales: Don Paulino Cuervas-Mons Martínez, Escala de
Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA; don Justo
Nombela Maqueda, Cuerpo Nacional Veterinario, y doña Elena
Cores García, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.
Secretaria: Doña Soledad López Larrío, Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Carlos Luis de Cuenca Esteban, Cuerpo
Nacional Veterinario.
Vocales: Don Fernando Bezares Pertica, Cuerpo Superior
Sistemas y Tecnología Información Admón. del Estado; doña
Sonsoles Sánchez Trujillano, Cuerpo Nacional Veterinario, y doña
Elena Cebrián Calvo, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos.
Secretaria: Doña Teresa Alonso González, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.
ANEXO IV
Don/Dña ......................................................,
con domicilio en ..................................................,
y documento nacional de identidad número ...................,
declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario/a del Cuerpo Nacional Veterinario, que no ha sido
separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones
Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones
públicas.
En ................... a ...... de ................... de 2002.
ANEXO V
Don/Dña ......................................................,
con domicilio en ..................................................,
y documento de identidad o pasaporte número ...................,
declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario/a del Cuerpo Nacional Veterinario, que no ha sido
sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su estado el acceso a la función pública.
En ................... a ...... de ................... de 2002.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid