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Documento BOE-A-2001-8953

Resolución de 2 de abril de 2001, de la Consejería de Cultura y Deporte, por la que se incoa expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado "La Iglesia de San Andrés", en Argomilla de Cayón, término municipal de Santa María de Cayón (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2001, páginas 16751 a 16752 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2001-8953

TEXTO ORIGINAL

La Iglesia de San Andrés, en Argomilla de Cayón, término municipal de Santa María de Cayón, fue declarada monumento histórico-artístico de carácter nacional mediante Real Decreto 594/1982, de 15 de enero.

La disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, establece que los bienes que con anterioridad hayan sido declarados histórico-artísticos pasan a tener la consideración y a denominarse Bien de Interés Cultural.

Asimismo, la disposición adicional única de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, establece que los bienes radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria que hayan sido declarados Bien de Interés Cultural al amparo de la Ley de Patrimonio Histórico Español, pasan a tener la condición, salvo aquellos en los que es competente la Administración del Estado conforme al apartado b) del artículo 6 de dicha Ley, de Bienes de Interés Cultural en las condiciones que recoge la propia Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria. Por lo tanto, procede adecuar la declaración a las prescripciones impuestas por la citada Ley, delimitando, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 18, el entorno afectado por la declaración.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, visto el acuerdo adoptado por la Comisión Técnica de Patrimonio Edificado en su sesión ordinaria de 2 de febrero de 2001, el excelentísimo señor Consejero de Cultura y Deporte resuelve:

Primero.

Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado «La Iglesia de San Andrés», en Argomilla de Cayón, término municipal de Santa María de Cayón.

Segundo.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 51 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, describir y justificar el entorno de protección en el anexo que se adjunta a la presente Resolución.

Tercero.

Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

Cuarto.

Dar traslado de esta Resolución, conforme al artículo 17 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, al Ayuntamiento de Santa María de Cayón, y hacerle saber que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la misma, toda actuación urbanística en el entorno de protección, incluyendo los cambios de uso, en tanto no se haya aprobado la figura urbanística de protección del mismo, deberá ser aprobada por la Consejería de Cultura y Deporte. En el caso de que esté aprobado el instrumento de planeamiento del entorno afectado, la autorización de la intervención competerá al Ayuntamiento, que deberá comunicar la intención de conceder la licencia a la Consejería de Cultura y Deporte con una antelación de diez días a su concesión definitiva.

Será igualmente preceptiva la autorización de la Consejería de Cultura y Deporte para la colocación de elementos publicitarios e instalaciones aparentes en el entorno de protección.

Quinto.

Que de acuerdo con lo que disponen los artículos 17 y 22 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, se notifique esta Resolución a los interesados, a los efectos oportunos, y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado para su anotación preventiva.

Sexto.

Que la presente Resolución, con su anexo, se publique en el «Boletín Oficial de Cantabria» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santander, 2 de abril de 2001.–El Consejero, José Antonio Cagigas Rodríguez.

ANEXO
Delimitación del entorno de protección

El entorno de protección de la Iglesia de San Andrés, en Argomilla de Cayón, comprende una serie de parcelas rústicas dentro de los siguientes límites: Al este, camino de la iglesia; al sur, un pequeño camino agrícola que bordea la zona de Gedio; al oeste, un pequeño camino que conecta con el que separa a la iglesia de la casa y el lindero oeste de la parcela 9 (El Coto) del polígono 11 de Santa María de Cayón, hasta enganchar con otro camino que conecta con la carretera de Argomilla-Espesedo; al norte, esta última carretera y el límite del suelo urbano del núcleo de Argomilla y un camino que conecta las dos zonas urbanas.

Justificación: La iglesia se ubica en una loma aislada y separada de la localidad de Argomilla. Al lado del templo se encuentran la ronda procesional flanqueada por árboles, el cementerio, un edificio noble de fábrica de piedra y otra pequeña construcción. En la delimitación del entorno se han tenido en cuenta la vinculación espacial de las edificaciones descritas, el entorno natural a ellas asociado, así como las visuales consolidadas.

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