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Documento BOE-A-2001-8952

Resolución de 17 de abril de 2001, de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Industria y Comercio, por la que se autoriza a la empresa "Asesores Medioambientales Consulting, Sociedad Limitada" a actuar como organismo de control autorizado.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2001, páginas 16750 a 16751 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2001-8952

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud presentada por don Francisco Leis Vidal, en calidad de representante de «Asesores Medioambientales Consulting, Sociedad Limitada», con CIF B-15457294, y con domicilio social en avenida Fisterra, 275, 2.o A Coruña, solicitando autorización para actuar como organismo de control,

Esta Dirección General de Industria tiene en consideración los siguientes hechos:

Primero.

«Asesores Medioambientales Consulting, Sociedad Limitada» fue acreditada por ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, en fecha 3 de septiembre de 2001, como entidad de inspección, según los criterios recogidos en la norma UNE EN 45000, para las actividades de ámbito reglamentario recogidas en el anexo de ENAC correspondiente, tal y como consta en el Certificado de Acreditación número 29/EI031, por un período de vigencia hasta notificación en contra.

Segundo.

Con fecha 25 de enero de 2001, don Francisco Leis Vidal, en nombre y representación de «Asesores Medioambientales Consulting, Sociedad Limitada», presentó escrito solicitando, al amparo del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Infraestructura de Calidad y Seguridad Industrial, que se le concediese la autorización para actuar como organismo de control en los ámbitos reglamentarios solicitados.

A tal efecto, aportaba la documentación exigida en el artículo 43 del citado Real Decreto.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Dirección General es competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de Autonomía de Galicia («Boletín Oficial del Estado» número 101, de 28 de abril), en los Reales Decretos 1634/1980, de 31 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 191, de 9 de agosto), y 2563/1982, de 24 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 246, de 14 de octubre; «Diario Oficial de Galicia» número 30, de 4 de diciembre); en los Decretos 6/1982, de 29 de enero («Diario Oficial de Galicia» número 2, de 12 de febrero), y 132/1982, de 4 de noviembre («Diario Oficial de Galicia» número 30, de 4 de diciembre), y en el Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria y Comercio («Diario Oficial de Galicia» número 57, de 21 de marzo), modificado por los Decretos 140/1991, de 2 de mayo («Diario Oficial de Galicia» número 86, del 7), y 292/1995, de 3 de noviembre («Diario Oficial de Galicia» número 219, del 15), en relación con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria («Boletín Oficial del Estado» del 23), y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996), por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial y la demás legislación concordante.

Segundo.

En la tramitación de este expediente se han cumplido todos los requisitos reglamentarios.

Tercero.

La documentación presentada por «Asesores Medioambientales Consulting, Sociedad Limitada» acredita que la empresa cumple con las exigencias generales establecidas en el artículo 43.3 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, para su actuación en el ámbito reglamentario solicitado.

Esta Dirección General de Industria, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, resuelve:

Primero.

Autorizar a la empresa «Asesores Medioambientales Consulting, Sociedad Limitada», para actuar como Organismo de Control Autorizado para las actividades de inspección comprendidas en las áreas de los ámbitos reglamentarios siguientes:

12. Calidad ambiental.

12.1 Área Atmósfera.

12.2 Área aguas.

Segundo.

Esta autorización tiene un período de vigencia hasta notificación en contra, pudiendo ser suspendida o revocada, además de en los casos contemplados en la legislación vigente, cuando lo sea la citada acreditación de ENAC.

Tercero.

«Asesores Medioambientales Consulting, Sociedad Limitada» queda autorizada para actuar en todo el territorio del Estado, en los ámbitos reglamentarios y para el período de vigencia establecidos en los puntos primero y segundo, respectivamente, debiendo, en cualquier caso, notificar a la Administración competente de la Comunidad Autónoma distinta de la que lo autorizó el inicio de su actividad.

Cuarto.

Esta autorización queda supeditada al siguiente condicionado:

a) Comunicar a la Delegación Provincial de Industria da Coruña los datos actualizados para su inscripción o modificación en el Registro de establecimientos industriales, establecido por la Ley de Industria y regulado por el Real Decreto 697/1995, de 28 de abril, y por el Decreto 115/2000, de 11 de mayo.

b) Comunicar a la Dirección General de Industria, al día siguiente de producirse, cualquier modificación de las condiciones o requisitos que dieron lugar a esta autorización, acompañando, en su caso, el informe o certificado de la entidad de acreditación ENAC.

c) Cumplir lo establecido, con carácter general, en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, en lo que sea de aplicación.

d) En sus actuaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia, cumplir los requisitos suplementarios que en su día pueda establecer la Consejería de Industria y Comercio.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el excelentísimo señor Consejero de Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su notificación, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 17 de abril de 2001.–El Director general de Industria, Ramón Ordás Badía.

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