Vacante puesto de trabajo de personal de Administración y
Servicios que se relaciona en el Anexo I, dotado
presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención a
las necesidades del servicio,
Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por
el artículo 18, en relación con el 3.e) de la Ley de Reforma
Universitaria, y por el artículo 35 de los Estatutos de la Universidad,
aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio ("Boletín
Oficial del Estado" de 31 de julio) ; de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada
por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en la relación de puestos
de trabajo de la Universidad, y en el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, ha resuelto convocar concurso específico para
cubrir el citado puesto vacante con arreglo a las siguientes:
Bases de la convocatoria
Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los
funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad
Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos
y Escalas clasificados en los grupos A y B comprendidos en el
artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción
del personal docente e investigador, sanitario, de Correos y
Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte
Aéreo y Meteorología.
2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que
se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios
en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de
la situación de suspenso que hayan cumplido el período de
suspensión, excedencia voluntaria, y excedencia para el cuidado de
hijo.
3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán
participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones
a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de
28 de julio.
4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades
Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si
han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.
5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés
particular [artículo 29.3.c), de la Ley 30/1984] sólo podrán participar
si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha
situación.
6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado
de hijos que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo podrán
participar en el concurso si han transcurrido dos años desde la
toma de posesión de dicho puesto.
7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán
instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto
de trabajo solicitado que no suponga una modificación exorbitante
en el contexto de la organización. La Comisión de Valoración
podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la
información que estime necesaria en orden a la adaptación aducida, así
como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración
Laboral, Sanitaria o de los competentes del Ministerio de Asuntos
Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto
en concreto.
Tercera.-El puesto de trabajo objeto de la convocatoria se
detalla en el anexo I. Los concursantes habrán de reunir los
requisitos de grupo que se señalan en el mismo y de Cuerpo o Escala
de los establecidos en la relación de puestos de trabajo de esta
Universidad.
Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de
acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se
detalla:
Primera fase:
4.1 Grado personal consolidado:
4.1.1 Por grado personal igual o superior al del puesto
solicitado: dos puntos.
4.1.2 Por grado personal inferior en dos niveles al del puesto
solicitado: 1,5 puntos.
4.1.3 Por grado personal inferior en tres o más niveles al
del puesto solicitado: un punto.
4.2 Valoración del trabajo desarrollado: La valoración del
trabajo desarrollado en la Universidad Nacional de Educación a
Distancia se hará considerando las Unidades y Niveles administrativos
de los puestos de trabajo donde se hayan prestado servicios
durante los últimos seis años, siempre que dicha plaza se hubiera
obtenido por concurso.
En caso de estar desempeñando un puesto que no se hubiera
obtenido mediante concurso (en comisión de servicios, adscripción
provisional, etc.), la valoración provisional del trabajo se efectuará
siempre en el puesto de origen.
Todo ello según la siguiente tabla:
Puestodetrabajo Númerodeañosenelpuesto
En la misma unidad administrativa . 3,2 3,4 3,6 3,8 4,0 4,2
En la misma área y mismo nivel
administrativo ................... 2,7 2,9 3,1 3,3 3,5 3,7
En la misma área e inferior nivel .... 2,2 2,4 2,6 2,8 3,0 3,2
En diferente área y mismo nivel .... 1,7 1,9 2,1 2,3 2,5 2,7
En diferente área e inferior nivel .... 1,2 1,4 1,6 1,8 2,0 2,2
Años ....................... 1 2 3 4 5 6
En el supuesto de que de la aplicación de la tabla resultase
más de una puntuación, se tendrá en cuenta la más alta añadiendo
a la misma:
Por año trabajado en el área de la plaza objeto de concurso:
a) En un puesto del mismo nivel que ésta: 0,100 puntos.
b) En un puesto de distinto nivel que ésta: 0,075 puntos.
Por año trabajado en un área diferente a la de la plaza objeto
de concurso:
a) En un puesto del mismo nivel que ésta: 0,075 puntos.
b) En un puesto de distinto nivel que ésta: 0,050 puntos.
A los efectos de valoración de estos méritos, se considerará
la Unidad Administrativa como el Servicio objeto del concurso.
La valoración máxima por este apartado será de 4,2 puntos.
4.3 Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente
se valorarán los cursos que versen sobre materias directamente
relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo objeto
del presente concurso y se acrediten con el certificado o título
correspondiente. En este apartado sólo se tendrán en cuenta los
impartidos con el Plan de Formación de la Gerencia de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, Instituto Nacional
de Administración Pública u Organismos Oficiales.
La valoración máxima por este apartado será de 1,50.
4.4 Antigüedad en la Administración:
4.4.1 Por cada año de servicios reconocidos en la
Administración o fracción superior a seis meses, 0,05 puntos, hasta un
máximo de dos.
4.4.2 Por cada año de servicios prestados en la Universidad
Nacional de Educación a Distancia (UNED) o fracción superior
a seis meses, 0,10 puntos, hasta un máximo de dos.
A los efectos de valoración no se computarán los años de
servicio que hayan sido prestados simultáneamente a otros
igualmente alegados.
La valoración máxima por este apartado será de dos puntos.
4.5 Cuerpo o Escala:
4.5.1 Por pertenecer a Cuerpo o Escala de Grupo A de
clasificación (artículo 25 de la Ley 30/1984), 1,50 puntos.
4.5.2 Por pertenecer a Cuerpo o Escala de Grupo B de
clasificación (artículo 25 de la Ley 30/1984), 1,25 puntos.
Segunda fase:
Para acceder a esta fase y por lo tanto para obtener puesto
a través de esta convocatoria, el aspirante deberá conseguir en
la primera fase, al menos, 5,5 puntos.
4.6 Méritos específicos:
En concepto de méritos específicos adecuados a las
características del puesto de trabajo, se valorarán los reseñados en el
anexo I de esta convocatoria como determinantes de la idoneidad
de quien aspire a desempeñar el puesto.
Para la valoración de estos méritos, los aspirantes deberán
presentar su currículum vitae con las certificaciones, títulos o
justificantes que estimen pertinentes y una Memoria que consistirá
en un análisis de las tareas del puesto y de los requisitos,
condiciones y medios necesarios para su desempeño, a juicio del
candidato, con base en la descripción del puesto contenida en el
anexo I.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la
documentación aportada por los concursantes, convocará, para la
celebración de una entrevista, a los candidatos que, según la
cuantificación de sus méritos por baremo, tengan opción efectiva a
la plaza ; la entrevista versará sobre aspectos de la Memoria y
del currículum.
La valoración de esta fase se efectuará mediante puntuación
obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno
de los miembros de la Comisión de Valoración, desechándose
la máxima y mínima concedidas o, en su caso, una de las que
aparezca repetidas.
En el proceso de valoración de estos méritos específicos, la
Comisión de Valoración podrá reclamar del concursante cuantas
aclaraciones sobre los méritos alegados crea conveniente, a fin
de realizar una valoración adecuada de los mismos.
La puntuación máxima para esta fase será de tres puntos.
Quinta.-La propuesta de Resolución para la plaza convocada
deberá recaer sobre la persona candidata que haya obtenido la
mayor puntuación, sumados los resultados finales de las distintas
fases.
En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo
dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate,
una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante
cuyos apellidos sean los primeros en prelación, a partir de la letra
B, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública de 23 de febrero
de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que
se publica el resultado del sorteo celebrado el día 16 de febrero.
Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos
imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del
modelo que figura como anexo III de esta Resolución. Dicho
certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia
de personal de cada organismo, o por la Sección de Personal
de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate
de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado
de hijos.
En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán
expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que
figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General
de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de
la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado
para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,
asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales
certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del
Ministerio u Organismo donde tuvieran su último destino
definitivo.
Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso
acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la
terminación de su período de suspensión.
3. Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
4. Los expectantes de destino por supresión del puesto
aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General
de la Función Pública.
Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este
concurso, dirigidas al Excelentísimo Señor Rector Magnífico de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al
modelo publicado como anexo II de esta Resolución y se
pre
sentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente
al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", bien directamente en las Unidades de Atención
al Público de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
sitas en la calle Bravo Murillo, 38 (28015 Madrid) ; Edificio de
Humanidades, calle Senda del Rey, sin número, y Pabellón de
Gobierno, Ciudad Universitaria, sin número (28040 Madrid), bien
en las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley, 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación
que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,
adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos
respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o
justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.
Los anexos a presentar son los siguientes:
Anexo II: Solicitud de participación.
Anexo III: Certificación de la Unidad de Personal.
Anexo IV: Currículum vitae profesional.
Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente
Comisión:
Titulares:
Presidente: Don Luis Herrero Juan, Gerente de la Universidad.
Vocales por la Gerencia: Doña María Teresa Mendiguchía
González, Vicegerente de Coordinación Administrativa, y doña Paloma
Centeno Fernández, Jefa de Servicio de Investigación.
Secretario: Don Ramón Jiménez Romano, Jefe de
Departamento de Recursos Humanos.
La Junta de Personal podrá designar un representante que se
incorporará, con voz y voto, a la Comisión de Valoración.
Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación
de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para
el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto
si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar
el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre
ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción
realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del
plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del
otro puesto.
2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto
de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.
Décima.-El plazo para la Resolución del Concurso será de
cinco meses, contados desde el día siguiente al de la finalización
de la presentación de solicitudes.
Undécima.-1. El concurso se decidirá por Resolución del
Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", determinándose
el puesto de trabajo que se adjudica y el funcionario que se destina
al mismo.
2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido
será de tres días si radica en la misma localidad o de un mes
si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio
activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que
resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al
servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse
desde el día siguiente a dicha publicación.
3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez
finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido
concedidos a los interesados.
4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como
de servicio activo, excepto los supuestos a que se refiere el artículo
48.4 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado.
Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de
reposición ante el excelentísimo y magnífico señor Rector de esta
Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a su publicación.
Madrid, a 28 de diciembre de 2000.-El Rector, Jaime Montalvo
Correa.
ANEXO I
Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: Madrid
Número
de
orden
Denominación del puesto Descripción Nivel Complemento
específico
Adsc.
grupo Méritos específicos Puntos
máximos
1 Jefe/a de Servicio de
Secretaría General.
Responsable bajo la dependencia
orgánica de la Vicegerencia de
Coordinación Administrativa y
funcional de la Secretaría General,
de la gestión, coordinación y
control de los servicios generales,
pruebas presenciales, recursos,
apoyo a órganos colegiados de
gobierno de la Universidad, títulos
oficiales, información y registro
general y apoyo administrativo a
otras unidades adscritas a la
Secretaría General de la Universidad.
26 1.763.260 A/B Amplios conocimientos de
legislación administrativa general y
especialmente legislación
universitaria.
Amplios conocimientos y
experiencia en apoyo administrativo a
órganos colegiados de gobierno de la
Universidad, información y
registro general, recursos, gestión de
servicios generales (transportes,
mensajería, conserjería, etc.),
gestión económica.
Experiencia en dirección de equipos
de trabajo y conocimientos de
informática a nivel de usuario.
Licenciatura en Derecho.
3
ANEXO II
Concurso de méritos convocado por Resolución de la
Universidad Nacional de Educación a Distancia de fecha ................
("Boletín Oficial del Estado" número ........)
Solicitud de participación en el concurso de méritos que
formula:
Don/Doña ..................................................
Documento nacional de identidad número .......................
Domicilio ............................. Teléfono ..............
Localidad ........................ C. P. ........................
Administración a la que pertenece ..............................
Núm. Registro de Personal ....................... Grupo .......
Grado consolidado .............................................
Solicita: Participar en el concurso referenciado en el
encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al efecto
acompaña la documentación que en el índice se detalla,
justificativa de circunstancias, requisitos y méritos.
En ..................... a ..... de ................ de 2001.
ANEXO III
(El certificado debe extenderse por la Unidad de Personal del
Organismo donde preste servicios el/la funcionario/a)
Don/Doña ..................................................
Cargo ..........................................................
Certifico: Los datos que siguen previa verificación del
expediente personal de la persona interesada (1).
1. Datos personales:
Apellidos y nombre ..........................................
Cuerpo o Escala .................. Grupo ...... DNI ............
Código de Cuerpo o Escala ................ NRP ................
2. Situación administrativa:
(Señálese el recuadro correspondiente, cumplimentando los
datos adicionales, en su caso.)
[ ] Servicio activo.
[ ] Servicios especiales.
[ ] Servicio en Comunidades Autónomas.
[ ] Suspensión de funciones.
Fecha de finalización del período de suspensión ..............
[ ] Excedencia forzosa.
[ ] Excedencia voluntaria.
Artículo 29.4 (2) .... o apartado .... artículo 29.3 Ley 30/1984.
Fecha de cese en el servicio activo ...........................
[ ] Otras situaciones ........ Fecha cese serv. activo ........
3. Puesto de trabajo:
[ ] Definitivo (3) [ ] Provisional (4)
Organismo ..................................................
Localidad ......................................................
Denominación .................................................
Fecha toma posesión ....... Nivel complemento destino .......
4. Puesto de trabajo desempeñado en comisión de servicios (5):
Organismo ..................................................
Localidad ......................................................
Denominación .................................................
Fecha toma posesión ....... Nivel complemento destino .......
5. Particularidades (determinar en su caso):
[ ] Se encuentra exceptuado del período de permanencia
previsto en la base primera, número 3.
[ ] Por tener destino dentro de la UNED.
[ ] Por haber sido removido del puesto de trabajo al que
accedió por concurso o libre designación.
[ ] Por supresión del puesto de trabajo.
6. Méritos que acredita (base cuarta):
6.1 Que tiene consolidado grado ...........................
6.2 Puesto de trabajo desempeñado en la
actualidad: ....................... Años y meses.......................
Añosymeses
completos
Otrospuestosdesempeñados:
Denominación Desde Hasta
6.3 Antigüedad en la UNED. Tiempo de servicio efectivo
reconocido:
Años .............. Meses .............. Días ..............
6.4. Antigüedad en otras Administraciones. Tiempo de
servicio reconocido:
Años .............. Meses .............. Días ..............
Lo que expido a petición de la persona interesada y para que
surta efectos en el concurso de méritos convocado por Resolución
de la UNED con fecha ................... de ...................
de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de ........................).
En Madrid, a ................. de ................. de 2001.
El/la Jefe/a de la Unidad de Personal,
(Lugar, fecha, firma y sello)
(1) Los datos se referirán a la fecha de terminación del plazo de presentación
de instancias.
(2) Si no hubiera transcurrido un año desde la fecha de cese, deberá
cumplimentarse el apartado 3 (puesto de trabajo).
(3) Puestosobtenidosporconcurso,libredesignación,nuevoingresoypermuta.
(4) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo y por
los motivos previstos en el artículo 72.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
(5) En caso de desempeñar un puesto de trabajo en comisión de servicios,
cumplimentar también el apartado 3, referido al puesto de trabajo en propiedad.
ANEXO IV
Currículum vitae
A) Datos personales:
Apellidos:
Nombre:
Documento nacional de identidad (número):
Domicilio (calle):
Domicilio (localidad):
Código postal:
Teléfono:
B) Datos profesionales:
Cuerpo o Escala:
Nivel de complemento de destino:
Grado consolidado:
Historial profesional (con breve descripción de tareas):
C) Datos académicos y aptitudes:
Títulos:
Cursos:
Idiomas:
Otros:
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid