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Documento BOE-A-2001-7977

Resolución de 9 de marzo de 2001, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica el colector solar plano marca "Rayosol", modelo V-18AS, fabricado por "Made Rayosol Instalaciones, Sociedad Limitada".

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2001, páginas 14998 a 14998 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-7977

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por «Rayosol Instalaciones, Sociedad Limitada», con domicilio social en Carril de Cuétara, sin número, para la certificación de un colector solar plano, fabricado por «Rayosol Instalaciones, Sociedad Limitada», en su instalación industrial ubicada en Málaga;

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación se solicita, y que el laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, mediante dictamen técnico con clave CA/RPT/4451/003/INTA/OO, y la entidad colaboradora «Inspección y Garantía de Calidad, Sociedad Anónima» (IGC), y por certificado de fecha 14 de febrero de 2001, han hecho constar, respectivamente, que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares,

Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición, ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-0501 y con fecha de caducidad el día 9 de marzo de 2004, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 9 de marzo de 2004.

Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y, por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución ante el Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Marca: «Rayosol».

Modelo: V-18AS.

Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Selectivo-níquel.

Superficie útil: 1,91 metros cuadrados.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 9 de marzo de 2001.–La Directora general, Carmen Becerril Martínez.

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