Visto el expediente de indulto de don Marcelino Miota Martínez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Cuenca, en sentencia de fecha 25 de junio de 1998, como autor de un delito de infidelidad en la custodia de documentos, a la pena de seis meses y un día de prisión, 100.000 pesetas de multa y seis años y un día de inhabilitación especial para el desempeño de cargos públicos electos en las corporaciones locales o cualquier otra Administración, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Marcelino Miota Martínez la mitad de la pena privativa de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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