De conformidad con lo previsto en el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo modificar el apartado 3 del punto primero, que quedará redactado como sigue:
"3. Secretario: El Jefe del Servicio de Contratación, que será sustituido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por el Jefe de la Sección de Contratación o por el Jefe de la Sección de Adquisiciones."
Madrid, 22 de febrero de 2001.-El Director general, Julio Seage Mariño.
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