Visto el expediente de indulto de don Alfonso López Funes, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, en sentencia de fecha 19 de diciembre de 1994, como autor de un delito de malversación de caudales públicos, a la pena de seis años y un día de prisión mayor e inhabilitación absoluta que, por auto de revisión de 4 de diciembre de 1997, le quedó fijada en tres años de prisión y seis años de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1989, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en indultar a don Alfonso López Funes la mitad de la pena privativa de libertad e inhabilitación absoluta pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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