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Documento BOE-A-2001-4068

Resolución de 19 de enero de 2001, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, por la que se declaran como minerales las aguas procedentes del manantial denominado "La Cadena", sito en la finca "La Presa", del término municipal de Loja, en la provincia de Granada, expediente incoado a don Juan Piña García, en nombre de "Parque de la Presa, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2001, páginas 7662 a 7662 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2001-4068

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente elevado por la Delegación Provincial de Granada de esta Consejería, que tiene como objeto la prosecución de trámites parala declaración como mineral de la aguas procedentes del manantial denominado «La Cadena», sito en la finca «La Presa», término municipal de Loja (Granada), expediente incoado por don Juan Piña García, en nombre de «Parque de la Presa, Sociedad Anónima».

Antecedentes de hecho

Primero.

La Delegación Provincial de Granada, eleva el expediente con informe propuesta de declaración como mineral de estas aguas.

Segundo.

El entorno en que se sitúa dicho manantial reúne las características hidrogeológicas necesarias para su explotación, de acuerdo con los datos existentes en el Servicio de Minas de esta Consejería.

Tercero.

En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería (Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto), el Instituto Tecnológico y Geominero de España ha realizado el correspondiente análisis de la aguas que figura en el expediente, y no se encuentra inconveniente para que sean declaradas como minerales.

Fundamentos de derecho

Unico.

Dado que en el expediente mencionado queda debidamente acreditado que se han cumplido todos los trámite exigidos, así como que se cumplan todos los requisitos necesarios para que unas aguas puedan ser declaradas como minerales, de acuerdo con el artículo 39 del Reglamento General mencionado;

Vistas la Ley de Minas de 21 de julio de 1973; el Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978, y demás legislación de general y pertinente aplicación, esta Consejería de Trabajo e Industria, a propuesta de la Delegación Provincial y con el conforme de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,

Resuelve

Declarar como minerales, las aguas procedentes del manantial denominado «La Cadena», sito en la finca «La Presa», término municipal de Loja (Granada), pudiendo solicitarse la autorización de explotación de las mismas, dentro del plazo de un año a partir del momento de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante esta Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo a elección del recurrente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, o ante la de la circunscripción donde aquel tenga su domicilio, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de enero de 2001.–El Consejero.–P. D. (Orden de 3 de octubre de 2000, «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 124, del 28), El Viceconsejero, Antonio Fernández García.

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