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Documento BOE-A-2001-4067

Resolución de 29 de diciembre de 2000, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación de modelo de un aparato surtidor destinado al suministro de combustible líquido, marca "Nuovo Pignone", modelo DP-AL, con estructura de tipo C (compact) o estructura de tipo BA (bandera), a favor de la empresa "Mides, Sociedad Anónima", con registro de control metrológico 02-H-020.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2001, páginas 7661 a 7662 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-4067

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición presentada por la entidad «Nuovo Pignone SpA», domiciliada en vía Felice Metteucci, número 2, Firenze (Italia), en solicitud de aprobación de modelo de un instrumento destinado al suministro de combustibles, marca «Nuovo Pignone», modelo DP-AL, con chasis o estructura compacta (DPC-AL) o de bandera (DPBA-AL), y distribuido y comercializado en España por la empresa «Mides, Sociedad Anónima», con registro de control metrológico 02-H-020.

Vista la Resolución de 16 de septiembre de 1998 emitida por la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo que concedió la aprobación de modelo al sistema electrónico de suministro de carburante líquido, marca «Nuovo Pignone», modelo DPX-AL, en sus versiones X y F,

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, que establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, que determínalos órganos competentes en Cataluña en materia de control metrológico, y la Orden de 28 de diciembre de 1988 que regula metrológicamente los sistemas de medida de líquidos diferentes del agua, ha resuelto:

Primero.

Conceder aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la empresa «Mides, Sociedad Anónima», con registro de control metrológico 02-H-020, de un instrumento surtidor destinado al suministro de carburante, marca «Nuovo Pignone», modelo DP-AL, con chasis versión C (compact) y chasis versión BA (bandera), equipado con cabezal electrónico modelo OTP, versión E.

Segundo.

Las versiones que se autorizan de estos surtidores son las siguientes:

Versión Número de boquereles

Caudal

l/min.

Grupos de bombeo
DPCAL050GE1S. 1 40 1
DPCAL050GE1D. 1 40 1
DPCAL050GE2S. 2 40 2 (1)
DPCAL050GE2D. 2 40 2 (1)
DPCAL090GE1S. 1 80 1
DPCAL090GE1D. 1 80 1
DPCAL090GE2S. 2 80 2
DPCAL090GE2D. 2 80 2
DPCAL090GE1S/T. 1 40-80 1
DPCAL090GE1D/T. 1 40-80 1
DPCAL090GE2S/T. 2 40-80 2
DPCAL090GE2D/T. 2 40-80 2
Versión Número de boquereles

Caudal

l/min.

Grupos de bombeo
DPBAAL050GE1S. 1 40 1
DPBAAL050GE1D. 1 40 1
DPBAAL050GE2S. 2 40 2 (1)
DPBAAL050GE2D. 2 40 2 (1)
DPBAAL090GE1S. 1 80 1
DPBAAL090GE1D. 1 80 1
DPBAAL090GE2S. 2 80 2
DPBAAL090GE2D. 2 80 2
DPBAAL090GE1S/T. 1 40-80 1
DPBAAL090GE1D/T. 1 40-80 1
DPBAAL090GE2S/T. 2 40-80 2
DPBAAL090GE2D/T. 2 40-80 2
Tercero.

El signo de aprobación de modelo asignado es:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2001/51/04067_11733986_image1.png

Cuarto.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta resolución llevarán visibles, como mínimo, las siguientes inscripciones de identificación:

Marca, modelo, versión, número de serie/año de fabricación, presión máxima de funcionamiento, caudal máximo (l/min.), caudal mínimo (l/min.), volumen por impulso eléctrico, suministro mínimo, sistema de manguera llena, rango de temperaturas de funcionamiento, líquidos a medir, marca de aprobación de modelo.

Quinto.

Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a la cual se refiere esta resolución tendrán que cumplir todas las condiciones contenidas en el anexo al certificado de aprobación de modelo 00-02.34.

Sexto.

Para garantizar un correcto funcionamiento de los instrumentos se procederá a su precintado una vez realizada la verificación primitiva, según se describe y representa en la memoria y planos que sirvieron de base para su estudio por la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial.

Séptimo.

Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular solicitará a la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial la oportuna prórroga de la aprobación, en caso de estar interesada en ello.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 29 de diciembre de 2000.–El Director general, Albert Sabala i Duran.

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