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Documento BOE-A-2001-2889

Resolución de 12 de enero de 2001, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, por la que se actualizan, para el año 2001, las cuantías máximas constitutivas del importe de las subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2001, páginas 5101 a 5101 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-2889
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/01/12/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 20 de enero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 23), modificada por la Orden de 4 de febrero de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo. A su vez, el artículo único de la segunda Orden dispone que las cuantías máximas señaladas en los apartados a) y b) del citado artículo se actualizarán cada año natural, de acuerdo con la evolución que experimente el Índice de Precios al Consumo, publicado anualmente por el Ministerio de Economía y Hacienda.

Publicado por el Ministerio de Economía y Hacienda el 11 de enero de 2001, el Índice de Precios al Consumo del año 2000, ha resultado del 4 por 100.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en su modificación por la Ley 4/1999, y haciendo uso de la autorización establecida por la disposición final segunda de la Orden de 20 de enero de 1998, la Directora general del Instituto Nacional de Empleo ha resuelto:

Primero.-Las cuantías máximas con las que el Instituto Nacional de Empleo subvencionará las retribuciones totales y la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos del personal necesario para la ejecución de la acciones en función de las normas legales y reglamentarias del Convenio Colectivo aplicable, o de acuerdo con la normativa de aplicación en la Administraciones Públicas para funcionarios, y para el año 2001 serán las siguientes:

a) Para los técnicos, las establecidas en la respectiva normativa de aplicación para cada categoría, nivel o grupo profesional, hasta 4.160.000 peseta por año.

b) Para el personal de apoyo, las retribuciones establecidas en la respectiva normativa de aplicación para cada categoría, nivel o grupo profesional, hasta 2.914.000 pesetas por año.

Final.-Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 12 de enero de 2001.-La Directora general, María Dolores Cano Ratia.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/01/2001
  • Fecha de publicación: 09/02/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 10/02/2001
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE num. 48, de 24 de febrero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-3838).
Referencias anteriores
Materias
  • Empleo
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Subvenciones

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