De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
de 10 de abril), y en los números 18 de la base V de la convocatoria
del concurso-oposición y 10 de la base V de la convocatoria de
adquisición de nuevas especialidades, realizadas por Orden de
21 de noviembre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de
diciembre), por la que se convoca concurso-oposición para ingreso
en el Cuerpo de Maestros y adquisición de nuevas especialidades,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar las listas de aspirantes admitidos y excluidos
al concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros, que
serán expuestas en la Dirección General de la Función Pública,
en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, en las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno, Direcciones Provinciales del Departamento en Ceuta
y Melilla y en la sede del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
en Madrid, calle Alcalá, número 36.
En las citadas listas los aspirantes que deben realizar la prueba
de conocimiento del castellano aparecen con las letras P.I.
Segundo.-Aprobar las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos al procedimiento para la adquisición de nuevas
especialidades, que serán expuestas en los lugares citados en el
apartado anterior.
Tercero.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.2
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los
aspirantes excluidos un plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín
Oficial del Estado", para que, por escrito, puedan subsanar el
defecto que haya motivado su exclusión. Asimismo, aquellos
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus
datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo. Tales
escritos se dirigirán en el caso de aspirantes al concurso-oposición
para ingreso en el Cuerpo de Maestros, a la Dirección Provincial
correspondiente; para los participantes en la adquisición de nuevas
especialidades, en la Dirección Provincial de la provincia que
consignaron en el número 20 de la solicitud de participación en las
pruebas.
Cuarto.-Recibidas las reclamaciones, las Direcciones
Provinciales procederán a su estudio y a la rectificación de las listas
provisionales en los casos que procediera.
Realizadas las rectificaciones, las Direcciones Provinciales
remitirán a la Dirección General de Programación Económica,
Personal y Servicios las listas definitivas de admitidos y excluidos.
Madrid, 23 de enero de 2001.-P. D., Orden 1 de marzo
de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 2), y Orden de 3 de
julio de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" del 5), la Directora
general de Programación Económica, Personal y Servicios,
Engracia Hidalgo Tena.
Ilmos. Sres Subdirectora general de Administración de Recursos
Humanos y Directores provinciales de Educación, Cultura y
Deporte.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid