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Documento BOE-A-2001-23620

Resolución de 27 de noviembre de 2001, de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, por la que se dispone la publicación del Protocolo General de Colaboración entre la Xunta de Galicia, el Ministerio de Medio Ambiente, la Confederación Hidrográfica del Norte y la Asociación Gallega de Pizarristas para el desarrollo de actuaciones de restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por antiguas escombreras de pizarra en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 13 de diciembre de 2001, páginas 47120 a 47121 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-23620

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 10 de julio de 2001, El Protocolo General de Colaboración entre la Xunta de Galicia, el Ministerio de Medio Ambiente, la Confederación Hidrográfica del Norte y la Asociación Gallega de Pizarristas para el desarrollo de actuaciones de restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por antiguas escombreras de pizarra en la Comunidad Autónoma de Galicia, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicho Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, a 27 de noviembre de 2001.‒El Secretario de Estado, Pascual Fernández Martínez.

ANEXO
Protocolo General de Colaboración entre la Xunta de Galicia, el Ministerio de Medio Ambiente, la Confederación Hidrográfica del Norte y la Asociación Gallega de Pizarristas para el desarrollo de actuaciones de restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por antiguas escombreras de pizarra en la Comunidad Autónoma de Galicia

En Santiago de Compostela, a 10 de julio de 2001.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don Manuel Fraga Iribarne, Presidente de la Xunta de Galicia, nombrado por Real Decreto 1835/1997, de 4 de diciembre.

El excelentísimo señor don Jaume Matas Palou, Ministro de Medio Ambiente, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril, en el ejercicio de las competencias establecidas en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, añadida por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

El excelentísimo señor don Ramón Álvarez Maqueda, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, nombrado por Real Decreto 1661/1996, de 5 de julio, en ejercicio de las competencias asignadas al organismo de cuenca por los artículos 21 y 22 de la Ley de Aguas.

Y don Santiago Vázquez León, Presidente de la Asociación Gallega de Pizarristas, facultado para este acto por Acuerdo de la Asamblea General de la Asociación de fecha 29 de junio de 2001.

EXPONEN

En la Comunidad Autónoma de Galicia existen numerosas escombreras de pizarra, que acumulan un ingente volumen de material, ubicadas fundamentalmente en las zonas de Valdeorras (Ourense) y Quiroga (Lugo) y originadas por antiguas industrias de la pizarra.

Estas grandes escombreras tienen un fuerte impacto ambiental, tanto en lo relativo a la deforestación de grandes superficies con el negativo efecto inducido de erosiones y arrastres de material como en la afección a los cauces fluviales y sus inmediaciones, generándose, por todo ello, una gran incidencia en los ecosistemas de la zona.

El Ministerio de Medio Ambiente ha puesto en marcha un Plan de Restauración Hidrológico Forestal y de Protección de Enclaves Naturales, cuyos objetivos pueden aplicarse plenamente al problema que presentan estas escombreras de pizarra.

Se trataría de conseguir una adecuada rehabilitación de estas zonas, partiendo de la recuperación de los cauces afectados por las antiguas escombreras de pizarra, que tuviera en cuenta asimismo la restauración forestal de las áreas más problemáticas desde el punto de vista de la erosión y el arrastre de materiales, todo ello en orden a lograr una solución eficaz desde el punto de vista medioambiental.

La Xunta de Galicia tiene gran interés en participar en este objetivo de recuperación medioambiental de estos espacios y ha venido participando plenamente en la gestación y el desarrollo del presente acuerdo.

La Asociación de Pizarristas de Galicia entiende que las Empresas del sector deben colaborar en esta iniciativa con el Ministerio de Medio Ambiente y la Xunta de Galicia para lograr una adecuada solución de restauración ambiental y ofrecer, asimismo, una actividad compatible con el desarrollo sostenible de las zonas de ubicación de las industrias de la pizarra.

Para cumplir estos objetivos se considera que el plazo de cinco años es el mínimo que exige la magnitud y complejidad de las actuaciones, teniendo en cuenta la necesidad de unos tiempos de maduración técnica de los proyectos y de su tramitación administrativa, que han de añadirse a los del proceso de licitación y ejecución de las obras.

Sobre la base de todo lo anterior, todos se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para suscribir el presente documento, y a tal efecto,

ACUERDAN

Llevar a cabo, de forma coordinada y en colaboración, actuaciones de restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por antiguas escombreras de pizarra en la Comunidad Autónoma de Galicia. Para ello, se tendrán en cuenta las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

Las actuaciones objeto del presente Protocolo General de Colaboración son las siguientes:

I. Restauración hidrológico-forestal de la cuenca del río Casaio, de las subcuencas de los ríos Riodolas, San Gil y Valborrás (Orense) y de otras cuencas menores, que comprende el acondicionamiento y ordenación de unos 20 kilómetros de cauces de ríos y arroyos con acciones que permitan la fijación y recuperación de sus márgenes frente arrastres y erosiones, y la restauración de unas 100 hectáreas de escombreras mediante obras de drenaje, reperfilado y revegetación.

II. Restauración hidrológico-forestal de la cuenca del río Candís (Orense), que comprende el acondicionamiento y ordenación de unos 4 kilómetros del cauce del río y sus afluentes, con acciones que permitan la fijación y recuperación de sus márgenes frente arrastres y erosiones, y la restauración de unas 20 hectáreas de escombreras mediante obras de drenaje, reperfilado y revegetación.

III. Restauración hidrológico-forestal del río Sil en la comarca de Valdeorras y de las cuencas de los arroyos Cacheira, Seco y Perón y de la zona de San Vicente de Leira (Ourense) que, en conjunto, permitirán acondicionar unos 1,5 kilómetros de cauce con acciones que permitan la fijación y recuperación de márgenes frente a los arrastres y erosiones y restaurar unas 14 hectáreas de escombreras mediante actuaciones de drenaje, reperfilado y revegetación.

IV. Restauración hidrológico-forestal de las cuencas de los ríos Quiroga y Espín en las zonas de Parios de la Sierra, Folgoso del Caurel y Lamas-Villarchao (Lugo), que comprende el acondicionamiento y ordenación de unos 5 kilómetros de cauce de ríos y arroyos con acciones que permitan la fijación y recuperación de sus márgenes frente a arrastres y erosiones y la restauración de unas 38 hectáreas de escombreras mediante acciones de drenaje, reperfilado y revegetación.

Segunda.

Las partes que suscriben el presente documento se comprometen a realizar los trámites necesarios para posibilitar, en el marco de este Protocolo General, la ejecución de las actuaciones previstas en la estipulación primera en un plazo de cinco años.

Tercera.

Las actuaciones de este Protocolo General de Colaboración serán financiadas en conformidad con la siguiente fórmula:

El Ministerio de Medio Ambiente financiará el 70 por 100 del importe total de las inversiones necesarias, que se harán efectivas en los Presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Norte, mediante aportaciones procedentes del Fondo FEDER de la Unión Europea.

La Xunta de Galicia y las Empresas del Sector de la pizarra de Galicia aportarán en conjunto la cofinanciación nacional correspondiente a las inversiones previstas, que supone el 30 por 100 restante del citado importe total, correspondiendo un 10 por 100 a la Xunta de Galicia y el 20 por 100 restante a las Empresas del Sector de la pizarra de Galicia.

Las partes asumirán, en la misma proporción, las variaciones económicas que puedan producirse, al alza o a la baja, por modificaciones, revisiones de precios, obras complementarias y otras incidencias que sean aprobadas en el desarrollo de las obras correspondientes a cada actuación.

Cuarta.

Para llevar acabo cada una de las actuaciones de este Protocolo General de Colaboración, la Xunta de Galicia ‒a través de las Consejerías de Industria y Medio Ambiente‒, la Confederación Hidrográfica del Norte y las Empresas del Sector de la pizarra establecerán Convenios específicos que se ajustarán a las determinaciones contenidas en el artículo 6 de la Ley 30/1992 y estarán sometidos a las estipulaciones acordadas en el presente documento.

Quinta.

Con el fin de hacer efectivos dichos Convenios, la Asociación Gallega de Pizarristas se compromete a gestionar la participación de sus miembros en la financiación de las actuaciones específicas de este Protocolo General que se desarrollen en sus respectivas zonas.

Sexta.

Los estudios, proyectos, direcciones de obra y cualesquiera otras asistencias técnicas necesarias para dar adecuado cumplimiento al objeto del Protocolo General de Colaboración serán financiadas con la misma fórmula de reparto establecida en la estipulación tercera.

Séptima.

Los terrenos necesarios para las actuaciones serán puestos a disposición de la Confederación Hidrográfica del Norte por las Empresas del Sector de la pizarra de Galicia, previamente a la contratación de las obras.

Octava.

Para posibilitar la utilización de fondos europeos en la parte de la financiación estatal de este Protocolo General, la contribución conjunta de la Xunta de Galicia y las Empresas del Sector de la pizarra de Galicia será efectuada con aportaciones que hagan compatible dicha utilización.

Dichas aportaciones se materializarán mediante las correspondientes transferencias a la Confederación Hidrográfica del Norte en las cuantías y plazos que se determinen en los Convenios específicos para cada actuación concreta.

Novena.

La Confederación Hidrográfica del Norte licitará, adjudicará y gestionará los contratos de obra de todas las actuaciones del Protocolo General de Colaboración hasta su terminación definitiva.

Décima.

Se crea una Comisión de Seguimiento, formada por dos representantes de cada una de las partes firmantes, con el objeto de desarrollar este Protocolo General de Colaboración, promoviendo la firma de los Convenios específicos a que se refiere la estipulación cuarta.

Undécima.

La vigencia del presente Protocolo General de Colaboración se extenderá a todo el período de ejecución de las actuaciones a las que el mismo se refiere.

Podrá extinguirse por acuerdo de las partes que lo suscriben o por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción. En estos casos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas.

Duodécima.

Los proyectos de obra de las actuaciones que van a ser objeto de convenios específicos se ajustarán a las condiciones establecidas en las medidas aprobadas en las asignaciones de ayudas del Fondo FEDER.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento: El Presidente de la Xunta de Galicia, Manuel Fraga Iribarne.‒El Ministro de Medio Ambiente, Jaume Matas Palou.‒El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, Ramón Álvarez Maqueda.‒El Presidente de la Asociación Gallega de Pizarristas, Santiago Vázquez León.

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