De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 número 3 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en el artículo 129, número 3, del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, se pone en conocimiento del público en general y de los asegurados en particular que Insurance División Department of Enterprise, Trade and Employment, órgano de control de Irlanda, ha comunicado la aprobación de la cesión de cartera de la entidad «Industrial Insurance Company Limited», a la entidad «Industriforsikring AS», con fecha de efecto de 26 de junio de 2001.
Se advierte que los contratos de seguro que asuman compromisos localizados en territorio español, podrán ser rescindidos por los tomadores en el plazo de un mes desde la presente publicación, teniendo derecho al reembolso de la parte de prima no consumida.
Madrid, 21 de noviembre de 2001.‒La. Directora general, María del Pilar González de Frutos.
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