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Documento BOE-A-2001-23316

Resolución de 29 de octubre de 2001, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se concede una renovación de beca, de la convocatoria de becas bilaterales para ciudadanos extranjeros para el curso académico 2001/2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 2001, páginas 46323 a 46323 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-23316

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden Ministerial de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la Resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001) de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario General de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias y, en desarrollo de la Resolución de 19 de mayo de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de junio), por la que se aprueba la convocatoria de becas para ciudadanos extranjeros curso académico 2001/2002, esta Agencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 3424/2000 de 15 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 16), y a propuesta de la Comisión evaluadora ha resuelto:

Primero.

Conceder la renovación de la beca que venía disfrutando para hacerla coincidir con la duración de los estudios al estudiante don Brahim Ahmed Killy de Mauritania según normas de la convocatoria de becas bilaterales para ciudadanos extranjeros, por el periodo de 1 a 31 de diciembre de 2001.

La dotación económica es de 100.000 pesetas (601,01 euros) mensuales y un seguro médico no farmacéutico.

Segundo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, y Resolución de 19 de mayo de 2001.

Una vez obtenida la preceptiva autorización se tramitaría el expediente de concesión de beca del periodo restante en 2002.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el órgano que dicta la Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 29 de octubre de 2001.−El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

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