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Documento BOE-A-2001-23315

Resolución de 16 de noviembre de 2001, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se acuerda conceder las ayudas de intercambio del Programa de Cooperación Interuniversitaria/E.AL.2001, para el establecimiento de redes temáticas de docencia entre Universidades españolas e iberoamericanas.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 2001, páginas 46322 a 46323 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-23315

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 20 de julio de 2001, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de agosto, se aprueba la convocatoria especifica de ayudas de intercambio del Programa de Cooperación Interuniversitaria/E.AL.2001, para el establecimiento de redes temáticas de docencia entre Universidades españolas e iberoamericanas.

Una vez finalizado el procedimiento de evaluación y selección previsto en la base décima del anexo I de la convocatoria, el Comité de Selección establecido por las Universidades españolas, la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo y la Agencia Española de Cooperación Internacional, ha formulado la correspondiente propuesta de concesión de las ayudas.

Vista dicha propuesta, esta Presidencia, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 81.3 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, acuerda:

1. Conceder las ayudas del Programa de Cooperación Interuniversitaria/E.AL.2001, para el establecimiento de redes temáticas de docencia entre Universidades españolas e iberoamericanas, a los proyectos y Universidades coordinadoras incluidos en la relación que se adjunta como anexo.

La mencionada relación comienza en la Universidad Autónoma de Barcelona con la red temática «Toxicología Genética» y finaliza en la Universidad de «Pablo de Olavide» con la red temática «La Universidad en América Latina y el desarrollo de un pensamiento crítico y de defensa de los Derechos Humanos en Iberoamérica. Balance y perspectivas».

2. Aprobar el pago de la ayuda económica establecida en el anexo que se acompaña, a cada una de las Universidades coordinadoras de la redes temáticas seleccionadas, de acuerdo con lo establecido en la base sexta del anexo I de la convocatoria.

3. Establecer como justificación de la actividad realizada, la obligación de presentar, por parte de la Universidad coordinadora y en el plazo máximo de un año, a partir de la recepción de la ayuda, la siguiente documentación:

a) Memoria descriptiva de las actividades realizadas por la red que deberán ajustarse a las establecidas en el documento «Plan de Docencia» adjuntado en su día a la solicitud.

b) Relación y justificantes originales de los gastos incurridos en la realización de las actividades de la red e incluidos en el Plan de Gastos adjuntado en su día a la solicitud, en los términos establecidos en la base séptima del anexo I de la convocatoria de ayudas y reintegro de la cantidad no justificada, realizado mediante transferencia a la cuenta corriente número 9000 0001 20 0200003247, que la Agencia Española de Cooperación Internacional mantiene en el Banco de España, calle Alcalá, número 50, 28014 Madrid.

4. Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del presente acuerdo.

Contra la resolución de concesión de las ayudas, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 16 de noviembre de 2001.–El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de noviembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmos. Sres. Director general de Cooperación con Iberoamérica y Vicesecretaria general de la AECI.

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