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Documento BOE-A-2001-2218

Resolución de 10 de enero de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de "Defensa contra avenidas del arroyo Albarregas", términos municipales de Mérida y Trujillanos (Badajoz), promovido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2001, páginas 3860 a 3864 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-2218

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por el Real Decreto-ley 9/2000, de 6 de octubre, y el Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular Declaración de Impacto Ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la realización de las Declaraciones de Impacto Ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

Con objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, como órgano sustantivo remitió, con fecha 8 de octubre de 1998, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la preceptiva memoria-resumen sobre el proyecto de «Defensa contra las avenidas del arroyo Albarregas», en los términos municipales de Mérida y Trujillanos (Badajoz), promovido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

El proyecto de Defensa contra las avenidas del arroyo Albarregas no figura entre las actuaciones que deben someterse en todo caso al procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental; sin embargo se tipifica en el anejo II de la Directiva 85/337/CEE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, en la categoría de proyectos del punto 10.e), que corresponde a obras de canalización y regulación de cursos de agua.

Sobre la base de los artículos 2 y 4.2 de la citada Directiva, la Secretaría General de Medio Ambiente determinó someter el citado proyecto al procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con la memoria-resumen, de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento, estableció el 20 de noviembre de 1998 un período de consultas a personas, instituciones y administraciones sobre el impacto ambiental del proyecto.

En virtud del artículo 14 del Reglamento, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental trasladó, el 29 de marzo de 1999, a la Dirección General de Obras Hidráulicas Calidad de las Aguas, las contestaciones recibidas para que fuesen consideradas en el Estudio de Impacto Ambiental.

El resultado de esta consulta, la relación de consultados y un resumen de las respuestas recibidas se recogen en el anexo I.

El Proyecto de Defensa contra las avenidas del arroyo Albarregas, del que forma parte el Estudio de Impacto Ambiental, fue sometido al trámite de Información Pública por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, mediante anuncio que se publicó en el «Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz» de 29 de agosto de 2000, no presentándose ninguna alegación al proyecto ni al Estudio de Impacto Ambiental.

Conforme al artículo 16 del Reglamento, la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, con fecha 13 de noviembre de 2000, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el documento técnico de proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la Información Pública.

Una síntesis de la solución elegida constituye el anexo II. El anexo III incluye un resumen del estudio de impacto ambiental.

De la documentación contenida en el expediente de este proyecto se destaca lo siguiente:

1. Históricamente el arroyo Albarregas ha desencadenado, a su paso por la ciudad de Mérida, numerosos acontecimientos relacionados con su desbordamiento en determinadas condiciones meteorológicas. Las inundaciones acaecidas durante los días 5 y 6 de noviembre de 1997 pusieron de manifiesto la insuficiencia de las actuaciones hasta ahora realizadas sobre el encauzamiento del arroyo, ya que el aguacero causante de la riada, con una duración de diez horas, cuya máxima intensidad se alcanzó en las dos últimas horas, adquirió una punta de caudal del orden de 200 m.3/s, mas del doble de la capacidad teórica del encauzamiento existente. Para dar respuesta a estos acontecimientos se plantea la necesidad de actuar adecuando los caudales fluyentes del arroyo Albarregas y la capacidad de su cauce.

2. La finalidad del proyecto es aumentar la capacidad de drenaje del arroyo Albarregas a su paso por la ciudad de Mérida al objeto de alcanzar un nivel de protección frente al riesgo de producción de avenidas que eviten las afecciones por inundación de sus habitantes, servicios, comercio e industria y complementariamente recuperar para la ciudad un entorno deteriorado del que no puede beneficiarse la población.

3. La base de cálculo de partida toma como referencia el estudio sobre las inundaciones del 6 de noviembre de 1997 en Badajoz, Valverde de Leganés y Mérida, del Centro de Estudios Hidrográficos del CEDEX. El nivel de protección a alcanzar, delimitado por factores sociales, económicos y políticos, es como mínimo el que permite evacuar las avenidas de magnitud equivalente a las citadas que corresponde aproximadamente al período de retorno de quinientos años en coordinación con las limitaciones impuestas por los condicionamientos locales.

4. El proceso analítico y de diseño se ha llevado a cabo a partir de las siete soluciones propuestas en la memoria-resumen, descritas en el anejo III, de las que tres proponían actuaciones en la cuenca vertiente del Arroyo Albarregas, dos eran actuaciones sobre el encauzamiento del arroyo a su paso por la ciudad de Mérida, y las dos restantes resultaban de la combinación de las anteriores.

A partir de las sugerencias contenidas en las respuestas a las consultas que se realizaron sobre la memoria-resumen, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, realiza un estudio de cinco posibles soluciones, así mismo descritas en el anejo III, que combinan elementos considerados de diferente forma e incorporan otros nuevos, sobre las que selecciona la solución a desarrollar, descrita en el anejo II. Esta solución incluye la adecuación de la presa de la Cortezona laminadora de avenidas del arroyo Casa Herrera, la adecuación de la sección del encauzamiento en el casco urbano de Mérida con capacidad de 200 m.3/s correspondiente a avenidas con períodos de retorno de quinientos años, el cambio de las estructuras de paso como puentes y pasarelas por otras de mayor luz, la adecuación de las incorporaciones de los afluentes del arroyo Albarregas en el tramo urbano, la reposición de los servicios afectados por las obras tales como saneamiento, acometidas de agua y electricidad, y la recuperación ambiental urbanística de las márgenes del cauce.

5. El territorio sobre el que se desarrolla el proyecto, en relación a las acciones de recrecimiento de la presa de la Cortezona, no afecta al Parque Natural de Cornalbo, ni a especies de alcornoques y encinas presentes en la región en formaciones adehesadas, catalogadas para su especial conservación de acuerdo con la Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestre. Tampoco afecta a las comunidades de aves esteparias, algunas de ellas pertenecientes al anexo I de la Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestres, presentes en los territorios de cereales y girasol que se extienden en el ámbito de la cuenca del arroyo Albarregas. Las acciones correspondientes a las obras de encauzamiento del tramo urbano del arroyo Albarregas, no afectan a especies piscícolas autóctonas presentes en tramos altos de la red hidrográfica del arroyo.

En relación a la preservación del Patrimonio Histórico Artístico de la ciudad de Mérida, se realiza un planteamiento preventivo de prospección arqueológica y un plan de actuación durante las obras, en el entorno del espacio a intervenir, para garantizar la protección de los monumentos existentes como el Acueducto de San Lázaro, el Puente Romano y el Acueducto de los Milagros.

6. El Estudio de Impacto Ambiental contiene un conjunto de medidas preventivas, ya incorporadas en el diseño de la alternativa seleccionada, y de medidas correctoras, así como acciones de restauración vegetal de la presa de la Cortezona, de integración urbana del encauzamiento, y del control de los elementos arqueológicos durante la obra, resumidas en el anexo III, cuyo presupuesto estimado es de 987.242.170 pesetas. Se prevé la realización de medidas preventivas durante las obras de recrecimiento de la presa de la Cortezona, mediante acciones de riego que eliminen el riesgo de dispersión de polvo, delimitación de terrenos para el tráfico y maniobras de vehículos, al objeto de evitar alteraciones a la posible presencia de especies de interés ornitológico pertenecientes al anejo I de la Directiva 79/409/CEE.

En relación a la colonia de cigüeña blanca instalada en los pilares del Acueducto de los Milagros se adoptan medidas durante la obra al objeto de no perturbar su estancia.

Se acomete un plan de recuperación e integración del encauzamiento del arroyo Albarregas en el entorno monumental de la ciudad de Mérida, coordinando la creación de espacios libres con la presencia de vegetación en equilibrio con la finalidad del proyecto para asegurar la capacidad de drenaje del arroyo en momentos de avenida.

La dirección técnica de la obra va a estar, durante la ejecución del proyecto, permanentemente asistida por asesoría ambiental y arqueológica a cargo de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que, como promotora y órgano sustantivo, se encarga de velar el seguimiento de las obras.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el ejercicio de la atribuciones conferidas por el Real Decreto-ley 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y los artículos 4.1, 16.1, y 18 del Reglamento de ejecución aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula, a los solos efectos ambientales, la siguiente Declaración de Impacto Ambiental sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de «Defensa contra avenidas del arroyo de Albarregas».

Se considera válida la evaluación de impacto ambiental del citado proyecto, tramitado conforme al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

Las afecciones que pudieran derivarse del proyecto se reducen o desaparecen en la solución adoptada, diseñada para evitar las afecciones por inundación debido a las avenidas del arroyo Albarregas en la ciudad de Mérida y que incorpora las modificaciones derivadas de las sugerencias a la memoria resumen inicial y aplicando las medidas preventivas y correctoras previstas por el promotor y controladas a través del Plan de Seguimiento y Vigilancia Ambiental, por lo que no se aprecian potenciales impactos adversos residuales significativos sobre el medio ambiente derivados de la ejecución del proyecto «Defensa contra avenidas del arroyo de Albarregas».

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre.

Madrid, 10 de enero de 2001.—La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

ANEXO I
Resultado de las consultas establecidas sobre el impacto ambiental del proyecto
Consultas realizadas Respuestas recibidas
Dirección General de Conservación de la Naturaleza.
Delegación del Gobierno en Extremadura.
Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo de la Junta de Extremadura (Agencia de Medio Ambiente).
Consejería de Cultura y Patrimonio de la Junta de Extremadura.

Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de

Extremadura.

Consejería de Agricultura de la Junta de Extremadura (Servicio de Ordenación Forestal).
Diputación Provincial de Badajoz.
Ayuntamiento de Mérida. X
Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida. X
Ayuntamiento de Trujillanos. X
Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura.
Universidad de Extremadura. Facultad de Ciencias (Departamento de Ciencias morfológicas y Biología celular animal).
Sociedad Ornitológica Española (SEO).
Asociación para la defensa de la Naturaleza y los Recursos de Extremadura (ADENEX). X
Coordinadora Española de Protección Ambiental (CEPA).
Coordinadora de Defensa Ambiental (CODA).

Ayuntamiento de Mérida: Se debe considerar un período de retorno de doscientos-quinientos años ya que las lluvias de los días 5 y 6 de noviembre de 1997 correspondieron a un período de retorno superior al citado. De las soluciones expuestas en la memoria-resumen, la óptima es la B1 y B2 recreciendo la presa de la Cortezona y construyendo una nueva presa en Trujillanos por lo que respecta a las actuaciones en la cuenca vertiente. Respecto al tramo urbano la solución óptima es la A3, recrecimiento de los cajeros un metro, prolongando el encauzamiento aguas arriba de la barriada de San Juan y María Auxiliadora.

Ayuntamiento de Trujillanos: Rechaza la ubicación de la presa de agujero sobre el arroyo Albarregas, aguas arriba de Trujillanos, debido al riesgo para el núcleo urbano, deterioro de la Dehesa Boyal de 40 hectáreas y perjuicio del recurso turístico y ambiental como es la entrada al Parque Natural de Cornalbo.

Se propone como solución idónea el ensanchamiento y encauzamiento de todo el cauce del arroyo Albarregas, desde su nacimiento hasta su desembocadura.

Consorcio de la ciudad Monumental, Histórico-Artística y Arqueológica de Mérida: No se comparte el planteamiento del proyecto de adecuar el caudal del arroyo al cauce; se propone al contrario adecuar los cauces del arroyo al caudal potencial de una avenida; de esta manera se evitan obras en cabecera.

Se propone:

Construcción de una presa, aguas abajo de Trujillanos, y recrecimiento de la presa de La Cortezona. Desvío a la entrada de Mérida del excedente del caudal sobrante en cada una de las soluciones estudiadas. Estudio del ensanche del cauce urbano hasta un máximo de 30 metros, con un tratamiento concreto en cada uno de los estrechamientos. Eliminar la canalización de hormigón en las zonas que sean posibles mayores ensanches. Ensanche natural desde el puente del ferrocarril a la desembocadura del Guadiana. Integración de las consecuencias del estudio hidrológico en el planeamiento urbano de Mérida, retirando, a medio plazo, construcciones incompatibles.

Por otro lado, es necesario un estudio de impacto de las pasarelas, puentes y mobiliario urbano proyectadas en relación con la zona monumental.

ADENEX, Asociación para la Defensa de la Naturaleza y los recursos de Extremadura: Construcción de una presa aguas abajo de Trujillanos, comunicación con canal a la de Cortezona y recrecido de ésta. Desvío a la entrada de Mérida del excedente en cada hipótesis. Estudiar el ensanche de la canalización en Mérida hasta 30 metros, con tratamiento concreto en los puntos de estrechamiento, proyectando alternativas, sin afectarlas, en las construcciones romanas (sifones, canales, etc.). Reserva de zonas de inundación fuera de la canalización, para las avenidas de los quinientos años. Eliminar la canalización «dura» en las zonas en que sean posibles mayores ensanches creando incluso zonas arboladas inundables. Ensanche «blando y total» desde el puente del ferrocarril a la desembocadura en el Guadiana, con la construcción de un nuevo puente y la integración urbana con zonas de ocio.

ANEXO II
Resumen del proyecto: Descripción de la alternativa elegida

Ensanche del encauzamiento a su paso por la ciudad de Mérida hasta que tenga la capacidad suficiente (caudal de diseño 200 m.3/s) para la protección deseada (avenidas con período de retorno de quinientos años), manteniendo en la mayor parte del recorrido la rasante de solera actual. Precisa la demolición y sustitución parcial de los colectores laterales, la demolición y reposición de la mayoría de los puentes de cruce y la prolongación de la sección hacia aguas arriba en la barriada de San Juan, de manera que proteja a toda la zona urbana prevista en el planteamiento de la ciudad. Para alcanzar el nivel de protección deseado (avenidas de quinientos años) no precisa que se realice ninguna presa nueva de laminación en la cuenca vertiente, excepción hecha de la adecuación de la Presa de La Cortezona.

Esta solución plantea una nueva sección del encauzamiento en la que manteniendo la rasante, se amplía en anchura todo lo posible y compatible con el medio existente. El recrecimiento de los muros cajeros se limita a 0,60 metros, a fin de no entorpecer el drenaje transversal. Obliga a demoler prácticamente casi todo el encauzamiento actual.

Se adoptan diferentes secciones tipo acorde con el encaje urbano de cada tramo, que a modo de resumen se indican a continuación:

1. Tramo desde cabecera hasta el acueducto de San Lázaro, con longitud de 1,3 kilómetros (secciones tipo A, B y C). Se demuele completamente el encauzamiento existente y se construye uno nuevo con el doble de anchura y 0,60 metros más alto, con muros y solera de hormigón. El ancho interior de la sección es de 21 metros y la altura normalizada de 2,60 metros. En las zonas de influencia de los remansos producidos por el puente de Cáceres y por el acueducto de San Lázaro los muros suben en altura sobre la normalizada, acompañando a la lámina de agua del remanso. La capacidad máxima agotando el resguardo es de 215 m.3/s, condicionado exclusivamente por la falta de sección de desagüe del acueducto de San Lázaro. El desbordamiento se inicia por lo tanto en la zona inmediata de aguas arriba de éste. El nuevo encauzamiento se prolonga cauce arriba en unos 265 metros sobre el existente, dejando protegido al barrio de San Juan y la zona de expansión de éste prevista en el planeamiento urbano. Aguas arriba de la obra de embocadura, deberán realizarse obras de reacondicionamiento de la sección en tierra del cauce, en una longitud de unos 215 metros, para facilitar la entrada de los caudales de avenida en la canalización de hormigón.

2. Tramo entre el acueducto de San Lázaro y el final de las naves industriales de aguas abajo del puente del Camino Viejo de Mirandilla, con longitud de 0,57 kilómetros (sección tipo D). Se demuele el muro de margen derecha y la solera del encauzamiento existente, conservándose el cajero lateral izquierdo. Este muro lateral izquierdo actual se remoza disponiendo sobre él una imposta que lo recrece en 0,60 metros de altura. Adyacente al mismo, dispone de una solera de hormigón de 20 metros de ancho interior, rematada por el lado derecho en un bordillo de hormigón de 0,50 metros de altura. La margen derecha se deja en tierra, suavemente ataluzada e incorporada al parque lineal que recorre todo este tramo; en esta margen puede inundarse parcialmente en grandes riadas. La capacidad máxima agotando el resguardo es de 215 m.3/s y está condicionada exclusivamente por el gran remanso que se produce en la zona monumental generado por el estrangulamiento que produce el puente romano. Por lo tanto la zona primera que se inundaría son las naves industriales existentes en margen izquierda, aguas abajo del puente ya citado del Camino Viejo de Mirandilla.

3. Tramo de entrada a la zona monumental, aguas arriba de la pasarela del parque de los Milagros, con longitud de 0,44 kilómetros (sección tipo E). En este tramo se demuelen los dos muros cajeros y se conserva la solera, que se ensancha hasta 20 metros y se remata lateralmente con dos bordillos de hormigón de 0,50 metros de altura. Las márgenes se dejan en tierra, ataluzadas suavemente e integradas en la zona verde que forma el gran parque, previsto en el planeamiento, que acoge a la zona monumental del Albarregas. La zona se inunda en grandes avenidas, condicionada por la capacidad de desagüe del puente romano.

4. Zona monumental, entre la pasarela de los Milagros y el puente romano, con longitud de 0,24 kilómetros. Se demuele el encauzamiento existente y se restablece el cauce natural, integrándolo en la zona verde que protege toda esta área. Se puede inundar en riadas por efecto del estrangulamiento de la sección hidráulica en el puente romano. Un tratamiento semejante al propuesto para esta zona monumental se da también al entorno inmediato del acueducto de San Lázaro, tanto por aguas arriba como por aguas abajo de este monumento, en una longitud de algo más de 60 metros.

5. Tramo entre el puente romano y el puente del ferrocarril, con longitud de 0,12 kilómetros (sección tipo F). Para evitar la inundación del barrio de San Bartolomé se procede a ensanchar por la izquierda este tramo, ocupando con la canalización el tercer vano del puente del ferrocarril, además del segundo por el que pasa la canalización existente. La sección, revestida íntegramente con hormigón, tiene cajeros de 2,60 metros de altura y ancho interior entre muros de 24 metros. La ampliación al doble del ancho de la sección del cauce actual permite, sin problemas, la incorporación de los caudales del arroyo del Sapo, que desemboca en este tramo por la margen derecha.

6. Tramo entre el puente del ferrocarril y el puente de la avenida de Fernández López, con longitud de 0,40 kilómetros (sección tipo G). El tratamiento es similar al dado, con la sección tipo D, al tramo de aguas abajo del acueducto de San Lázaro/puente del Camino Viejo de Mirandilla, aunque en este caso lo que se conserva es el muro derecho en lugar del izquierdo. Así pues, en este tramo se demuele el muro cajero de margen izquierda y la solera, conservándose el muro cajero existente de margen derecha. Este muro lateral derecho se recrece mediante una imposta prefabricada de 0,60 metros de altura. La nueva sección, adosada a este muro, consta de una solera de hormigón armado (de 22 metros de anchura) rematada por el extremo izquierdo mediante un bordillo de hormigón de 0,50 metros de altura. La margen izquierda, en tierra, con talud suave, queda integrada en la zona inundable del parque lineal que recorre por este lado toda el área.

7. Tramo de entrega al Guadiana, aguas abajo del puente de Fernández López. Tiene una longitud aproximada de unos 180 metros y en el mismo se dispone la sección tipo H, de forma trapecial, con ancho de solera de 22 metros, calado variable y protección de toda la superficie mojada con escollera. Por lo tanto, en todo este tramo se procede a la demolición completa de la canalización existente.

La obra exige la demolición y reposición, con la luz adecuada, de los puentes de San Juan-María Auxiliadora, la Paz (avenida Marqués de Paterna), Instituto Albarregas-Padre Santacatalina, Camino Viejo de Mirandilla, las Abadías, y avenida de Fernández López, y de las pasarelas del parque de Nuestra Señora de la Antigua, del parque de los Milagros, y de San Bartolomé. Asimismo, incluye la reposición o construcción de nueva planta de 4 kilómetros de colectores generales y más de 6 kilómetros de aceras y caminos peatonales, además de la restauración de todas las zonas verdes que componen el parque lineal que discurre en el planeamiento a lo largo del área urbana del valle del Albarregas.

Se incluye además el acondicionamiento de la presa existente de la Cortezona. Dicha presa es de materiales sueltos, de agujero, homogénea, construida con tierras arcillosas procedentes del vaso. Tiene 0,96 hm.3 de capacidad a nivel del labio del aliviadero. Dispone de dos conductos de desagüe (Φ 1.000 con embocaduras a las cotas 250 y 254, sin ningún mecanismo de cierre. Corona a la cota 258,40 y la longitud del dique es de unos 374 metros. Su objetivo único es la laminación de las avenidas del arroyo Herrera. La presa de la Cortezona debe ser clasificada, en función del riesgo potencial, en Categoría A, tal y como figura en el documento de zonificación y análisis de riesgos exigido por la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones («Boletín Oficial del Estado» de 14 de febrero de 1995).

De acuerdo con la normativa vigente (Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses) la presa de la Cortezona (construida según las prescripciones de la anterior Instrucción) carece de las condiciones de seguridad mínimas exigidas para evacuación de grandes avenidas, por lo que es obligado realizar las obras precisas para que sea capaz de desaguar las avenidas que fija dicha normativa en condiciones satisfactorias de seguridad, con los resguardos adecuados.

En la situación actual existe el riesgo de que la presa pueda desbordarse por coronación, por falta de resguardo, en caso de que sobreviniese una avenida de alto periodo de retorno. Para solucionar esta insuficiencia es necesario recrecer la presa en 3,10 metros de altura, estableciendo la nueva cota de coronación, a nivel de calzada, en la 261,50. El recrecimiento se realizará por el espaldón de aguas abajo, manteniendo la tipología de la presa existente y utilizando los mismos materiales y las mismas canteras que se emplearon en su día para construcción del dique.

Así pues, la nueva presa tendrá unos 13 metros de altura sobre cauce, calzada de coronación a la cota 261,50, con 5 metros de anchura y 519 metros de longitud. El talud del paramento de aguas arriba es 3/1, y en los tres metros superiores es 2,75/1. El del paramento de aguas abajo es 2,75/1 más una berma de 2,75 metros de anchura situada a la cota 251.

El recrecimiento dado al umbral del labio del vertedero permite disponer de una capacidad de almacenamiento transitoria, a cota de éste, de 3,40 hm.3 Este volumen es suficiente para laminar totalmente la avenida extrema, en cualquier hipótesis de funcionamiento y con los resguardos establecidos por la normativa vigente.

ANEXO III
Resumen del Estudio de Impacto Ambiental

El arroyo Albarregas es un afluente del río Guadiana por su margen derecha. Tiene una longitud de 21,5 kilómetros, naciendo aguas arriba del embalse de Cornalbo y quedando los 3,5 kilómetros finales de su recorrido dentro del casco urbano de la ciudad de Mérida. Tiene una superficie de cuenca de 130 km.2

Debido a los problemas que se originaban por la interrelación del casco urbano de la ciudad de Mérida y los cauces del río Guadiana y arroyo Albarregas se acometieron en la década de los años setenta y ochenta las construcciones de colectores marginales, presa de la Cortezona y el encauzamiento del arroyo Albarregas. Este encauzamiento de 3,05 kilómetros de longitud fue diseñado para un período de retorno de cincuenta años y un caudal de avenida de 120 m.3/s que disminuye a 86 m.3/s con la construcción de una presa de agujero en el arroyo Herrera. La capacidad de evacuación queda limitada debido a la presencia del Puente Romano, el Acueducto de San Lázaro, el puente de la Paz y el camino viejo de Mirandilla.

La presa de La Cortezona sobre el arroyo Casa Herrera, afluente del Albarrega lámina las avenidas sobre este último.

La presa de Cornalbo sobre el arroyo Albarregas, datada en el siglo II, fue restaurada en 1936.

El encauzamiento del arroyo de Albarregas ha tenido numerosos desbordamiento con repercusiones sociales y económicas. Durante los días 5 y 6 de noviembre de 1997 se produjo un aguacero que tuvo una concentración de diez horas alcanzando su máxima intensidad en las dos últimas horas.

De acuerdo con los estudios realizados se calcula que la punta de caudal de avenida correspondía a 200 m.3/s, lo que supone más del doble de la capacidad teórica del encauzamiento existente. El desbordamiento afectó principalmente a las barriadas de María Auxiliadora, Santa Catalina y San Bartolomé. Las aguas se vieron obstaculizadas por la presencia de puentes, pasarelas, etc., existentes sobre el encauzamiento.

Las opciones que se plantean para dar solución a este problema y que se expresaban en la memoria-resumen son esquemáticamente las siguientes:

a) Actuaciones en la cuenca vertiente del arroyo Albarregas:

Solución B1: Acondicionamiento de la presa de la Cortezana, sin actuar en la canalización actual del arroyo Albarregas en Mérida, salvo la sustitución del puente de la UVA; implica que el período de retorno del encauzamiento se mantiene en cincuenta años, deberá limitarse las condiciones de uso del suelo inundable y demoler edificaciones realizadas en áreas de inundación.

Solución B2: Incluye la solución B1 y la construcción de una presa de agujero aguas arriba de la localidad de Trujillanos.

b) Actuaciones sobre la canalización del tramo urbano del arroyo de Albarregas:

Solución A1: Retorno al estado primitivo del cauce mediante la demolición de la actual canalización y de las edificaciones localizadas en el área inundable; demolición y reconstrucción de los colectores marginales. Plan de realojo de afectados. Recalificación de suelo urbano del entorno del cauce.

Solución A2: Nueva sección ensanchada del encauzamiento, demolición y reutilización de colectores actuales, de viviendas, de puentes y prolongación de la sección aguas arriba de la barriada de San Juan.

Solución A3: Remodelación de la canalización actual mediante recrecimiento de los cajeros, ensanche de la sección en tramos concretos. Construcción de dos colectores auxiliares, sustitución de tableros de puentes paraadecuación, prolongación del encauzamiento aguas arriba de la barriada de San Juan. La capacidad máxima del encauzamiento estaría limitada en torno a los 140 m.3/s correspondiente a avenida con período de retorno de cien años.

c) Actuaciones combinadas:

Solución C1: Corresponde a la solución A3, a la que se añade el acondicionamiento de la presa de la Cortezana.

El resultado de esta combinación daría respuesta adecuada a avenidas con períodos de retorno entre cien y doscientos años.

Solución C2: Comprende la solución A3, a la que se añade la presa de la Cortezana y la construcción de la presa agujero en Trujillanos. Esta solución permite aumentar casi al doble la capacidad del encauzamiento actual, eliminar los puntos de riada de las subcuencas del arroyo Casa Herrera y de la cabecera del arroyo Albarregas. Esta combinación permite hacer frente a avenidas de una alto período de retorno.

El estudio de soluciones abordado en el proyecto y en el Estudio de Impacto Ambiental que recoge el resultado de las consultas sobre la memoria resumen identifica cinco alternativas:

S.1 Retorno al estado inicial del cauce, con demolición de viviendas e instalaciones.

S.2 No se actúa. Se deja todo tal y como está y se adoptan otras medidas (indemnizaciones, etc.)

S.3 Ensanche del encauzamiento para protección ante la avenida de quinientos años de período de retorno. Acondicionamiento de la presa de La Cortezona.

S.4 Adecuación del encauzamiento y construcción de la presa de Trujillanos, consiguiendo un grado de protección con junto para la avenida de quinientos años de período de retorno. Acondicionamiento de la presa de La Cortezona.

S.5 Adecuación del encauzamiento y construcción de la presa de La Molineta, consiguiendo un grado de protección conjunto para la avenida de quinientos años de período de retorno. Acondicionamiento de la Presa de La Cortezona.

La relación entre las soluciones presentadas en la memoria-resumen y las estudiadas en el proyecto y Estudio de Impacto Ambiental es:

La S.1 del proyecto es la misma que la A1 de la memoria-resumen.

La alternativa S.2 del proyecto no había sido contemplada en la memoria-resumen.

La alternativa S.3 del proyecto sería un desarrollo de la A2 de la memoria-resumen e incluiría además la B1 de la memoria-resumen.

La alternativa S.4 del proyecto sería también un desarrollo de la A2 de la memoria-resumen e incluiría además la B2 de la memoria-resumen.

La alternativa S.5 del proyecto sería también un desarrollo de la A2 de la memoria-resumen, incluiría además la B1 de la memoria-resumen y también incluiría la presa de la Molineta, que no había sido contemplada en la memoria-resumen.

Fuera del ámbito urbano, existen comunidades vegetales con un bajo estado de conservación debido a la presión antrópica existente en esta región. Las formaciones más destacadas desde el punto de vista regional son las dehesas de alcornoques y encinas que no son afectadas por el proyecto, la vegetación de ribera representada por alamedas y fresnedas, que se encuentra en estado muy degradado por la presión urbana y tampoco son afectadas por las acciones del proyecto. Los tamujares que se localizan en determinados puntos del arroyo Albarregas tampoco se afectan por el proyecto.

Determinadas especies de peces como el Calandino, Pardilla y Colmilleja se hallan de forma exigua en ciertos tramos de ríos y arroyos del ámbito regional, alguno de ellos están catalogados como importantes para su conservación.

En el tramo final del arroyo Albarregas, próximo a su desembocadura en el río Guadiana, se localizan especies introducidas como la gambusia, pez-sol, black-bass y carpa, que suponen una amenaza para la fauna autóctona.

Las acciones de proyecto no afectan tramos en los que aún se localizan especies de fauna autóctona.

El territorio comprendido en una banda entre las localidades de Mérida, Trujillanos y Mirandilla, ocupado principalmente por cultivos de cereal y girasol, donde se localizan los parajes denominados como Los Barros, Los Barrillos, La Magdalena, La Zapatera, Los Concejiles y Las Rozas en el ámbito de la cuenca del arroyo Albarregas, sirve de soporte de la comunidad de aves esteparias. Las especies principales son la avutarda, el sisón, el aguilucho cenizo, la ortega o el alcaraván, algunas de las que se hallan catalogadas en el anexo I de la Directiva 79/409/CEE. Los espacios delimitados por esta razón no se afectan por las obras de recrecimiento de la presa de la Cortezana que constituye la acción de proyecto más próxima a dichas áreas. Se adoptan medidas adecuadas para prevenir potenciales incidencias en el área de influencia.

La existencia del Parque Natural de Cornalbo, Zona de Especial Protección para las Aves, aún cuando no está dentro del ámbito de afección del proyecto, hace que se hayan adoptado medidas preventivas en los accesos al Parque.

El encauzamiento existente en el tramo urbano de Mérida se localiza en un entorno deprimido sin apenas uso por la población que vive de espaldas al corredor del arroyo Albarregas. Las obras a realizar con el actual proyecto, van a entroncar este corredor fluvial con las actividades sociales y recreativas de los barrios en los que se localiza.

Estudiadas y analizadas las distintas soluciones para la defensa de la ciudad de Mérida frente a las avenidas del Arroyo Albarregas, así como su impacto ambiental, se determina como solución más idónea, desde un punto de vista social, ambiental y económico, la solución número 3, consistente en: Ensanche del encauzamiento a su paso por la ciudad de Mérida, con capacidad para un caudal de diseño 200 m.3/s correspondiente a avenidas con período de retorno de quinientos años; mantenimiento en la mayor parte del recorrido, la rasante de solera actual; demolición y sustitución de parte de los colectores laterales; demolición y reposición de la mayoría de los puentes de cruce y prolongación de la sección, aguas arriba en la barriada de San Juan, de manera que proteja a toda la zona urbana prevista en el planeamiento de la ciudad; y adecuación de la presa de la Cortezana.

La solución número 3 tiene un grado bajo de afección sobre los elementos bióticos del territorio implicado en sus construcciones, debido a que la mayor parte de la actuación se realiza en áreas urbanas. Por otro lado, el diseño de esta solución ha incorporado medidas preventivas lo que se traduce en un impacto global muy bajo.

Las principales medidas correctoras son:

Delimitación de pistas para el tráfico de maquinaria pesada y transporte de materiales, sobre viales existentes.

Humedecimiento del suelo limitando la emisión de polvo.

Gradeo con subsolador de las superficies de suelo afectados para su descompactación en una profundidad de 50 centímetros, en especial en terrenos destinados a cultivos.

Localización de canteras en el vaso del embalse de la Cortezana, objeto del recrecimiento.

Las actuaciones a realizar en el entorno de la presa de la Cortezana, al objeto de no afectar la fauna estepárica residente en esta área, se realizarán durante los meses de junio a enero.

Se acometen las acciones para la integración paisajística y en el entorno de la presa de la Cortezana mediante la revegetación del recrecimiento. La revegetación se realizará con técnicas de hidrosiembra de gramíneas, leguminosas, empleo de mulch.

Se restituyen todas las servidumbres que puedan afectarse durante la obras, recuperando las condiciones iniciales y adecuando las superficies de terrenos agrícolas para su continuidad de uso.

Se han considerado todos los elementos pertenecientes al Patrimonio Histórico Artístico del entorno del arroyo Albarregas, en relación con las obras de su encauzamiento en la ciudad de Mérida. El encauzamiento se realiza con una sección tipo en la zona monumental de la ciudad, de carácter blando, sin estructuras de hormigón, con taludes de tierra suaves, amplitud de 20 a 35 metros de sección y presencia de espacios verdes.

Se acomete un proyecto de actuación para la restauración del entorno del encauzamiento con acciones de revegetación, creación de aceras, caminos de tierras, redes de riego, alumbrado, mobiliario urbano, parques de ocio acorde con la necesidad de su integración en la zona monumental.

La presencia de la colonia de cigüeñas blancas instalada sobre los pilares del Acueducto de Los Milagros hace que las obras a realizar en el entorno de este monumento tengan lugar durante los meses de septiembre a diciembre, fuera del período reproductivo de la especie entre enero y junio.

Se establece un Plan de Vigilancia y Control que atiende al seguimiento de la ejecución de las medidas de revegetación y restauración, de las acciones en el entorno del Patrimonio Histórico-Artístico de la ciudad de Mérida, así como del entorno de la presa de la Cortezana, principalmente en lo relativo a la potencial aparición de nuevos yacimientos arqueológicos, contando para ello con la participación del Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida en coordinación con la dirección de obra.

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