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Documento BOE-A-2001-19898

Orden de 21 de septiembre de 2001 por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada "Fundación Española para el Estudio del Hígado" de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2001, páginas 39102 a 39103 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-19898

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la «Asociación Española para el Estudio del Hígado» en Madrid el 9 de febrero de 2001, según consta en la escritura pública número cuatrocientos dos, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don José Grau Linares.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid (28028), calle Francisco Silvela, número 69, 2.o C y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.

Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de un millón de pesetas (6.010,12 euros). La dotación consistente en efectivo metálico, ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: «La Fundación tendrá un carácter benéfico y cultural, orientado a la satisfacción de necesidades morales, físicas o científicas de todo orden y estará exenta de todo fin lucrativo, encontrándose obligada a dar publicidad suficiente a su objeto y actividades, así como a los proyectos que en cumplimiento de ellos elabore y proponga, para que sean conocidas por sus eventuales beneficiarios, utilizando a este fin cualquier medio de comunicación social y muy especialmente las revistas de la Asociación Española para el Estudio del Hígado y de la Sociedad Española de Patología Digestiva. En su virtud, dentro de estos amplios objetivos, tendrá como finalidad concreta, más importante e inmediata, la de fomentar el desarrollo y estimular y contribuir a la enseñanza e investigación de la Patología y Fisiología del Hígado en todos sus aspectos, así como facilitar y promocionar la labor de los profesionales que la ejercen».

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Joaquín Berenguer Lapuerta; Vicepresidentes: Don Manuel García Bengoechea, don Luis Rodrigo Sáez y don Manuel Jiménez Sáenz; Secretario general: don Rafael Esteban Mur; Vicesecretario: Don Ramón Planas Vila; Tesorero: Don Luis Ruiz del Árbol Olmos; Vocales: Doña María Buti Ferret, don Juan Cabrera Cabrera, don Gerardo Clemente Ricote, don Martín Prieto Castillo, don Pedro Escartín Marín y don Miguel Bruguera Cortada.

Consta la aceptación expresa de los cargos indicados.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34.1 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo).

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 29 de marzo).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones anteriormente citadas.

La Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 1 de febrero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 9), en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.

Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos extremos.

Tercero.

Según lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley, el cargo de patrono, en caso de recaer en persona física, deberá ejercerse personalmente.

El artículo 15 de los Estatutos dice que «el Patronato quedará validamente constituido cuando concurran a la reunión, presente o representado, al menos la mitad más uno de los Patronos», por lo que, en lo que contradiga lo dispuesto en el artículo 13.5, antes citado, se tendrá por no puesto o matizada la expresión correspondiente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Ley de Fundaciones.

Cuarto.

Según la disposición transitoria única del Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la «Fundación Española para el Estudio del Hígado» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la Fundación denominada «Fundación Española para el Estudio del Hígado», de ámbito estatal, con domicilio en Madrid (28028), calle Francisco Silvela número 69, 2.o C, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifiquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 21 de septiembre de 2001.–P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), el Secretari General Técnico, José Luis Cádiz Deleito.

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