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Documento BOE-A-2001-19318

Resolución de 9 de octubre de 2001, de la Secretaría de Estado de Organización Territorial del Estado, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra, en relación con la Ley Foral 18/2001, de 5 de julio, por la que se regula la actividad audiovisual en Navarra y se crea el Consejo Audiovisual de Navarra.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 16 de octubre de 2001, páginas 38091 a 38091 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2001-19318

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría de Estado dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 9 de octubre de 2001.–El Secretario de Estado, Gabriel Elorriaga Pisarik.

ANEXO

Doña Isabel Benzo Sainz y don José Antonio Razquin Lizarraga, Secretarios de la Junta de Cooperación Administración General del Estado- Comunidad Foral de Navarra,

CERTIFICAN

Que en la reunión de la Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra, celebrada el día 8 de octubre de 2001, se adoptó el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas sobre los artículos 2.1; 4; 5; 6 y 29.2 de la Ley Foral 18/2001, de 5 de julio, por la que se regula la actividad audiovisual en Navarra y se crea el Consejo Audiovisual de Navarra.

2. Designar un grupo de trabajo, compuesto por un número igual de miembros de cada una de las representaciones, para proponer a la Junta de Cooperación la solución que proceda, pudiendo comprender, en su caso, la modificación de los preceptos señalados. La constitución de este grupo de trabajo se efectuará en un plazo de quince días y sus propuestas deberán elevarse a la Junta de Cooperación antes del vencimiento del plazo previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional antes del próximo día 16 de octubre, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan de ampliación del plazo al excelentísimo señor Presidente del Gobierno para la interposición del recurso de inconstitucionalidad frente a la Ley, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Navarra».

Y para que conste y surta los oportunos efectos, se expide la presente certificación por los Secretarios de la Junta de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Foral de Navarra, a 8 de octubre de 2001.

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