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Documento BOE-A-2001-18486

Resolución de 2 de julio de 2001, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se habilita como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado al laboratorio de la empresa "Universal de Desarrollos Electrónicos, Sociedad Anónima" (UNIDESA).

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2001, páginas 36626 a 36627 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-18486

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito presentado por la empresa «Universal de Desarrollos Electrónicos, Sociedad Anónima» (UNIDESA), con registro de control metrológico 02-I.71, domiciliada en la calle Vendrell, 67, de Terrassa (Barcelona), en solicitud de habilitación oficial de un laboratorio auxiliar de verificación metrológica.

Vista la documentación complementaria aportada por la empresa, así como el informe favorable de referencia 21010141 y emitido por el Laboratori General d’Assaigs i Investigacions de Catalunya (LGAI),

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado, y el Real Decreto 1617/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento para la habilitación de «laboratorios de verificación metrológica oficialmente autorizados», ha resuelto:

Primero.

Habilitar como laboratorio auxiliar de verificación metrológica oficialmente autorizado al laboratorio de la empresa «Universal de Desarrollos Electrónicos, Sociedad Anónima» (UNIDESA).

Segundo.

La marca de verificación primitiva asignada a este laboratorio es la siguiente:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2001/237/18486_12892320_image1.png

Las dos cifras exteriores al círculo, que se simbolizan con XX, son variables y corresponden a los dos dígitos finales del año en que se efectúa la verificación primitiva.

Tercero.

Los precintos asignados a este laboratorio y que se utilizarán una vez superadas las pruebas de verificación primitiva tendrán la siguiente forma:

a) Precinto de dos caras:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2001/237/18486_12892320_image2.png

b) Precinto de una cara o embutido:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2001/237/18486_12892320_image3.png

Las dos cifras exteriores al círculo, que se simboliza con XX, son variables y corresponden a los dos dígitos finales del año en que se efectúa la verificación primitiva.

Cuarto.

El contenido y el alcance de esta habilitación se encontrará sujeto a los siguientes condicionamientos:

1. Competencias. El laboratorio auxiliar de verificación metrológica, oficialmente autorizado, de la entidad «Universal de Desarrollos Electrónicos, Sociedad Anónima» (UNIDESA), podrá verificar instrumentos contadores electrónicos para máquinas recreativas y de azar de los tipos B y C, modelo CIRSA CS-4.

2. Ubicación del laboratorio. De acuerdo con la documentación presentada, el laboratorio auxiliar de la empresa «Universal de Desarrollos Electrónicos, Sociedad Anónima» (UNIDESA), se encuentra ubicado en los locales de la empresa, situados en la calle Vendrell, 67, de Terrassa (Barcelona).

3. Instalaciones del laboratorio. Las instalaciones del laboratorio se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas por esta Dirección General.

4. Calibraciones y métodos. Esta Dirección General dispone de una relación de los instrumentos y medios que forman parte de este laboratorio. Estos instrumentos y medios deberán ser comprobados y calibrados periódicamente en un laboratorio debidamente acreditado. Cualquier modificación o cambio de los instrumentos y medios deberán ser notificados inmediatamente a esta Dirección General para su autorización. Los ensayos de la verificación primitiva se llevarán a cabo en las instalaciones del laboratorio.

5. Jefatura del laboratorio. La jefatura del laboratorio será establecida en función de lo que dispone el título II, artículos 7 y 8, del Real Decreto 1617/1985. El Jefe y Subjefe del laboratorio, designados para tal efecto, ejercerán sus funciones de acuerdo con la normativa vigente, estando autorizados para poner las marcas y precintos de verificación primitiva y siendo responsables de que tanto las marcas como los precintos estén suficientemente protegidos para evitar su utilización antirreglamentaria.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 2 de julio de 2001.–Por delegación del Director general de Consumo y Seguridad Industrial, según Resolución de 7 de octubre de 1996 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Ciar i Guevara.

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