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Documento BOE-A-2001-18273

Orden de 26 de septiembre de 2001 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 29 de septiembre de 2001, páginas 36311 a 36320 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-18273

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 119/2001,

de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que

se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2001 y con

el fin de atender las necesidades de personal en la Administración

Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda

convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados

en Meteorología del Estado, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas,

por el sistema de promoción interna, desde Cuerpos o Escalas

del Grupo C.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la 23/1988, de 28

de julio, y por la 22/1993, de 29 de diciembre ; la Ley 17/1993,

de 23 de diciembre ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de oposición,

concurso y curso selectivo previstas en el anexo I, con las pruebas,

puntuaciones y materias que se especifican en el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará, de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos en las fases de oposición, concurso y

curso selectivo, a que se refiere el apartado 2.4 del anexo I.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir del 15 de enero de 2002.

La duración máxima de las fases de oposición y de concurso

será de nueve meses, contados a partir de la publicación de la

presente convocatoria.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superada la fase de oposición, será de dos meses a partir de la

terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superasen el curso selectivo, de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad

convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,

intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Pertenecer, como funcionario de carrera, el día de la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", a cualquier Cuerpo o Escala del grupo C y tener, el día

de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una

antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que

pertenezcan, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás

requisitos exigidos en la convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o actividades

semejantes a las del Cuerpo o Escala del grupo C, serán

computables a efectos de antigüedad para participar en estas pruebas

selectivas.

2.1.2 Estar en posesión del título de Arquitecto técnico,

Ingeniero técnico, Diplomado universitario o haber superado tres años

completos de una licenciatura, Formación Profesional de tercer

grado o equivalente, o haber realizado todos los estudios

necesarios para la obtención de dicho título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación

o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de cualquiera

de las profesiones para las que sean necesaria alguna de las

titulaciones citadas.

2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.4 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni de hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitada

gratuitamente en las representaciones diplomáticas o consulares de

España en el extranjero, en las Delegaciones del Gobierno en

las Comunidades Autónomas y Subdelegaciones, así como en el

Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública,

en el Instituto Nacional de Administración Pública y en la Oficina

de Información de los servicios centrales del Ministerio de Medio

Ambiente.

A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad, pasaporte o equivalente.

Las instrucciones para cumplimentar la solicitud serán las que

se detallan a continuación:

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando

mayúsculas de tipo de imprenta.

Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

En el recuadro correspondiente a "Ministerio", consigne

Ministerio de Medio Ambiente.

En el recuadro dedicado a "Centro Gestor", consigne

Subsecretaría de Medio Ambiente y código 23001.

En el recuadro relativo a la "Tasa de derechos de examen",

consigne el código 23020, rellenando los dos primeros dígitos.

En el recuadro donde figura el "Año de la convocatoria", señale

los dos últimos dígitos del año en que la misma se haya publicado,

es decir, 01.

En el recuadro número 15, "Cuerpo, Escala, Grupo profesional

o Categoría", consignar Cuerpo de Diplomados en Meteorología

del Estado y código 1416.

En el recuadro número 16, "Especialidad, área o asignatura",

se dejará en blanco.

En el recuadro número 17, "Forma de acceso", consignar la

letra P.

En el recuadro número 18, "Ministerio/Órgano/Entidad

convocante", consignar Ministerio de Medio Ambiente y código 00023.

En el recuadro número 19. "Fecha "Boletín Oficial del Estado"",

consignar la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de esta convocatoria.

En el recuadro número 20, "Provincia de examen", consignar

Madrid.

En el recuadro número 21, "Minusvalía", indicar el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

En el recuadro número 22, "Reserva para discapacitados", se

dejará en blanco.

En el recuadro número 23, "En caso de minusvalía o

discapacidad adaptación que se solicita y motivo de la misma", el

interesado hará constar las posibles adaptaciones de tiempo y medios

para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas,

incluido el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro número 24, "Títulos académicos oficiales",

consignar el nombre del título que se posee, de entre los exigidos

en la convocatoria, en virtud de lo señalado en la base 2.1.2.

En el recuadro número 25.A) se hará constar el "Idioma o

idiomas" a que se refiere el apartado 1.2 del anexo I de la convocatoria,

de los que el aspirante desee ser examinado.

Consigne en el recuadro destinado a "Importe", el

correspondiente a los derechos de examen, ya que es un impreso

autoliquidativo.

La solicitud deberá presentarse, para el abono de los derechos

de examen y oportuna validación, en cualquier Banco, Caja de

Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que actúan como

entidades colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica

totalidad de las mismas).

3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la

Administración") se hará en el Registro General del Ministerio de Medio

Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente

al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado" y se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Medio

Ambiente, Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de

San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

del Banco de Santander "Tesoro Público. Ministerio de Medio

Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el

extranjero" (Código: 0085/2145/82/0000000079).

3.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de

la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, la tasa por derechos de

examen será de 1.500 pesetas (9,02 euros).

Según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 55/1999,

de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa por

derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

Igualmente, estarán exentas del pago de la tasa las personas

que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al

menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre

que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta

de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo

causa justificada, en acciones de promoción, formación o

reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores

en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional. La

certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con

los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la oficina del

correspondiente Servicio Público de Empleo. En cuanto a la

acreditación de las rentas se efectuará mediante una declaración jurada

o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán

acompañar a la solicitud.

La acreditación del pago de la tasa se realizará mediante

certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable

o mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares de

la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos

de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la

Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente dictará Resolución,

en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de

admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que

se encuentran expuestas al público las listas completas de

aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha

de comienzo del primer ejercicio. Asimismo, se publicará la lista

de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la resolución, para poder subsanar, cuando ello

sea posible, el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

Contra la Resolución por la que se declare a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición,

en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente a

su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano

competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto

de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en

la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios de los servicios centrales del Departamento, en

la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas

y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no

procederá devolución alguna de los derechos de examen en los

supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa

imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Subsecretaria del Ministerio de Medio

Ambiente, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes,

y, en todo caso, deberán estar presentes el Presidente y el

Secretario o quienes les sustituyan. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas, así como al régimen de suplencias y sustituciones de

sus miembros.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia de la mitad al menos de sus

miembros, titulares o suplentes, y, en todo caso, deberán estar presentes

el Presidente y el Secretario o quienes les sustituyan.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría

del Departamento.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente,

plaza de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid,

teléfono 91 597 69 78.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría de segunda de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable

del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado

el mismo un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con

lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial

del Estado" del 16) por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el día 5 de marzo de 2001.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de la puntuación obtenida en cada uno

de los ejercicios, así como la convocatoria del siguiente, se

efectuará por el Tribunal en el local donde se haya celebrado dicho

ejercicio, en la sede del Tribunal (señalada en la base 5.10) y

por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para

facilitar su máxima divulgación. En todo caso, las convocatorias de

los ejercicios deberán publicarse con veinticuatro horas, al menos,

de antelación a la fecha señalada para su iniciación. Si se trata

de una parte del mismo ejercicio, el anuncio deberá publicarse

con doce horas, al menos, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión a la Subsecretaria del Departamento, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la Resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el

plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o directamente

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,

contados ambos plazos a partir del día siguiente a su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del

orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública,

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada en dicha fase, con indicación

de su documento nacional de identidad.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo y

primer ejercicio, por este orden.

Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición

dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día

siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para

presentar en el Ministerio de Medio Ambiente, Subdirección

general de Recursos Humanos, plaza de San Juan de la Cruz, sin

número, 28071 Madrid, la documentación acreditativa de los méritos:

Certificado anexo IV que deberá ser expedido por el Subdirector

general de Personal, o jefe que tenga asignadas dichas

competencias, así como por los titulares de los organismos autónomos,

en su caso.

Títulos o diplomas de formación y perfeccionamiento realizados

y relacionados con las funciones propias del Cuerpo objeto de

esta convocatoria.

Cualquiera otra que se considere oportuna.

La lista provisional que contenga la valoración de los méritos

de la fase de concurso se hará pública en los tablones de anuncios

de los servicios centrales del Ministerio, disponiendo los

aspirantes de un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la

publicación de esta relación provisional, para alegar las rectificaciones

que estimen oportunas.

7.2 Finalizadas las fases de oposición y concurso el Tribunal

publicará en su sede, señalada en la base 5.10 y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes

aprobados, por orden de puntuación alcanzada en dichas fases y con

indicación de su documento nacional de identidad, pasaporte o

equivalente.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición, y si persiste el empate se estará a la mayor puntuación

obtenida en el segundo y primer ejercicio de la fase de oposición,

por este orden.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la

relación de aprobados a la Subsecretaria de Medio Ambiente,

especificando el número de aprobados en cada ejercicio, para su

conocimiento y publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

7.3 Finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales del

Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno la

relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado dicho

curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase teórica

del curso selectivo.

7.4 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación total

alcanzada en todo el proceso selectivo, con especificación de la

puntuación obtenida en cada una de las fases del mismo, así como

con indicación del documento nacional de identidad, pasaporte

o equivalente.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición, y si persistiera el empate, se estará a la mayor puntuación

obtenida en el segundo y primer ejercicio de la fase de oposición,

por este orden.

En ningún caso, la Subsecretaría del Departamento podrá

aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho.

8. Presentación de documentos

y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que

se refiere la base 7.2 de la presente convocatoria, los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos, Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan

de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, los siguientes documentos:

Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.2 de

esta convocatoria o certificación académica que acredite haber

realizado todos los estudios para la obtención del título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

presentarse la documentación que acredite su homologación.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni de hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta

convocatoria.

Los aspirantes que ya estén prestando servicios remunerados

en la Administración como funcionarios de carrera o interinos,

contratados administrativos o como personal laboral, deberán

optar entre percibir una retribución por igual importe de la que

les correspondería en el puesto de trabajo de origen o la que

proceda como funcionarios en prácticas.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, salvo en los casos de

fuerza mayor debidamente acreditada, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece

de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por Orden de la autoridad convocante, y a propuesta de

la Subsecretaría del Departamento, se procederá al nombramiento

de funcionarios en prácticas, que se publicará en el tablón de

anuncios de este Ministerio, y en la que se determinará la fecha

en que empezará a surtir efectos el mismo.

8.4 Finalizado el proceso selectivo quienes lo hubieran

superado deberán solicitar los destinos correspondientes, previa oferta

de los mismos, siendo nombrados, a propuesta de la Subsecretaria

del Ministerio de Medio Ambiente, funcionarios de carrera,

mediante resolución del Secretario de Estado para la Administración

Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la

que se indicará el destino adjudicado.

8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.6 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los centros competentes de formación de

funcionarios, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Madrid, 26 de septiembre de 2001.-P. D. (Orden de 6 de

febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14), la

Subsecretaría, María Jesús Fraile Fabra.

Ilma. Sra. Subsecretaria del Departamento.

ANEXO I

CUERPO DE DIPLOMADOS EN METEOROLOGÍA DEL ESTADO

Proceso de selección y valoración

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Oposición.

b) Concurso.

c) Curso selectivo.

1.2 Fase de oposición.-Constará de dos ejercicios

obligatorios, uno de ellos práctico, así como de una prueba voluntaria

de idiomas. Esta última podrá ser realizada por los aspirantes

que lo deseen y que hayan superado los ejercicios obligatorios.

Los dos ejercicios obligatorios tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del

aspirante en relación con las materias del programa "Bloque 1:

Meteorología y Climatología" que figuran en el anexo II de esta

convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un máximo de 80

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente, a juicio

del Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 25 puntos,

siendo necesario obtener 12,5 puntos para tener acceso al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Este ejercicio constará de las dos partes

siguientes:

A) La primera parte consistirá en la resolución por escrito,

en el tiempo máximo de cuatro horas, de problemas o ejercicios

práctico-numéricos relacionados con las materias del programa

"Bloque 2: Física" y "Bloque 3: Matemáticas", que figuran en el

anexo II de esta convocatoria.

El número de problemas o ejercicios práctico-numéricos de

Física a resolver será de tres, a elegir por el opositor de entre los

cuatro propuestos y el de Matemáticas será de uno, a elegir por

el opositor de entre los dos propuestos.

La calificación máxima de esta parte del ejercicio será de 15

puntos, siendo necesario obtener al menos 7,5 puntos para

superarla.

B) La segunda parte consistirá en la resolución por escrito,

en el tiempo máximo de dos horas, de problemas o ejercicios

práctico-numéricos relacionados con las materias del "Bloque 1:

Meteorología y Climatología", que figura en el anexo II de esta

convocatoria.

El número de problemas o ejercicios práctico-numéricos de esta

parte será de dos, a elegir por el opositor de entre los tres

propuestos.

La calificación máxima de esta parte del ejercicio será de 10

puntos, siendo necesario obtener al menos cinco puntos para

superarla.

Prueba voluntaria de idiomas: Consistirá en una prueba sobre

uno o los dos siguientes idiomas:

Inglés.

Francés.

La citada prueba consistirá en la traducción directa por escrito

y sin diccionario, en el plazo de treinta minutos, de un texto

redactado en el idioma o idiomas elegidos por el aspirante.

Esta prueba se calificará otorgando hasta un máximo de cuatro

puntos para el idioma inglés y hasta un máximo de un punto

para el idioma francés.

1.3 Fase de concurso.-En esta fase se valorarán los siguientes

conceptos:

Antigüedad del funcionario por servicios prestados en cualquier

Administración Pública y reconocidos a efectos de trienios en

cuerpos, escalas, plaza, categoría o empleo del Grupo C.

Grado personal que tenga consolidado y reconocido o

conservado en el Cuerpo o Escala desde la que participa en estas

pruebas selectivas.

Trabajo desarrollado en cuerpos, escalas, plaza, categoría o

empleo del Grupo C, desempeñando puestos de trabajo de

naturaleza análoga o con funciones similares, a juicio del Tribunal,

a las del Cuerpo objeto de esta convocatoria.

Cursos de formación y perfeccionamiento realizados en los

últimos cinco años, tanto en centros oficiales de formación y

perfeccionamiento de funcionarios, como en cualquier otro organismo

o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior

a veinte horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del

Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del

Cuerpo objeto de esta convocatoria.

Estas valoraciones estarán referidas a la fecha de finalización

de presentación de solicitudes.

1.4 Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionario de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo, con una parte de carácter teórico y otra de tipo

práctico, organizado por la Subsecretaría del Departamento, cuya

duración máxima será de cinco meses.

El calendario, programa y normas internas que hayan de

regularlo, serán establecidas oportunamente por la Subsecretaría del

Departamento.

Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas

selectivas deberán ser autorizados para asistir al curso selectivo

por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus

servicios.

En el plazo de quince días naturales desde la finalización de

las prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar

a la Comisión de Valoración, prevista en el apartado 2.3 de este

anexo, un informe de las actividades desarrolladas.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo

los aspirantes dependerán de la Subsecretaría del Departamento.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán

en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de

posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo

de Diplomados en Meteorología del Estado, reincorporándose a

su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquél

en que finalice la realización de la parte de carácter práctico,

con independencia del momento en que se publique la calificación

del mismo.

2. Valoración

2.1 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 1.2 de este anexo.

2.2 Fase de concurso.-La valoración de los méritos a que

hace referencia el precedente punto 1.3, se realizará de la forma

siguiente:

2.2.1 Antigüedad: Por cada año completo de servicios, 0,5

puntos, hasta un máximo de 12 puntos.

2.2.2 Grado Personal: Por la posesión de un grado personal

consolidado se otorgará hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos

en la forma siguiente:

Grado personal igual o superior al 22: 4 puntos.

Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 20: Tres puntos.

Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 18: Dos puntos.

Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 15: Un punto.

Grado personal igual o inferior al 14: 0,75 puntos.

2.2.3 Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante 1

punto por cada año completo de desempeño del puesto o puestos

de trabajo, hasta un máximo de 4 puntos.

2.2.4 Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará

por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

2.3 Curso selectivo.-La calificación del curso selectivo será

otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de

la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada

Subsecretaría y que estará integrada, entre otros miembros, por

profesores y tutores que hayan participado en el curso selectivo.

La calificación máxima de cada una de las partes del curso

selectivo será de 40 puntos, siendo necesario obtener 20, como

mínimo, para superar las mismas.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 80

puntos, siendo necesario un mínimo de 40 puntos para su

aprobación.

2.4 Calificación total.-La calificación total de las pruebas

selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en la fase de oposición, concurso y curso selectivo.

ANEXO II

CUERPO DE DIPLOMADOS EN METEOROLOGÍA DEL ESTADO

Programa

Bloque 1: Meteorología y Climatología

1. Evolución del aire seco.-Gradiente adiabático del aire

seco. Estabilidad de estratificación del aire. Curvas de estado del

aire. Impenetrabilidad de las inversiones. Nivel de equilibrio:

Accesabilidad del nivel de equilibrio. Oscilaciones verticales en la

atmósfera estable. Caso de inestabilidad. Convección mecánica.

Transformaciones elementales no adiabáticas. Evoluciones

politrópicas. Fórmulas barométricas.

2. Temperatura potencial.-Concepto de temperatura

potencial. Criterio de estabilidad por medio de la temperatura potencial.

La temperatura potencial del aire seco. Fundamentos del análisis

isentrópico. Flujo de calor producido por agitación vertical no

isentrópica. Gradiente vertical de la entropía específica.

Deformación de estratos elementales: inversión de subsidencia. Las

curvas de estado en los anticiclones y borrascas.

3. Evoluciones del aire húmedo.-Ecuación de estado del

vapor de agua. Índices de humedad del aire. Teorema de las

expansiones relativas. Las líneas equisaturadas: Determinación gráfica

de la proporción de mezcla. Enfriamiento adiabático sin

saturación. Condición de estabilidad. Inversión mínima. Concepto de

temperatura virtual. Aplicaciones. Cálculo de la temperatura

virtual.

4. Generalidades sobre la condensación en la atmósfera.

-Fórmula de Clapeyron. Variaciones del calor latente de transformación

con la temperatura: Caso de la evaporación, sublimación y

congelación. Concepto de temperatura equivalente: Comparación de

las distintas definiciones. La temperatura equivalente como

invariante característico de las masas de aire. Teoría elemental del

aspiro-psicrómetro: Temperatura del termómetro húmedo.

Relación entre la temperatura del termómetro húmedo y la temperatura

equivalente: Aplicaciones.

5. Condensación por enfriamiento directo.-Punto de rocío.

Condensaciones superficiales y condensaciones de masa.

Humedad equivalente de una superficie. Formación y particularidades

del rocío. Aplicaciones del punto de rocío. Nieblas y brumas.

Intervalo de bruma. Nieblas de irradiación. Nieblas de advección.

6. Condensación por mezcla y por evaporación.-Humedad

relativa de una mezcla. Estudio gráfico de los problemas de

mezclas. Nieblas de mezcla. Método de Schnaidt para el estudio de

las mezclas. Nieblas de río y de casquete polar. Nieblas y estratos

producidos por evaporación de lluvias. Nieblas de otros orígenes.

Predicción de nieblas.

7. Condensación por elevación adiabática.-Variación de la

humedad relativa por ascenso adiabático. Nivel de condensación:

Pronóstico de la altura de los cúmulos. Distribución vertical de

la humedad relativa: Nubes de turbulencia. Condición de

condensación por enfriamiento adiabático. Gradiente adiabático del aire

saturado.

8. Condensación e inestabilidad atmosférica.-Inestabilidad

condicional del aire húmedo: Efecto de disparo. Trabajo de

elevación de una burbuja aérea. Distinción entre inestabilidad latente

efectiva y falsa. Inestabilidad convectiva. Nubes producidas por

elevaciones de conjunto. Inestabilidad selectiva. Energía de

inestabilidad.

9. Temperatura potencial equivalente.-Comparación de las

distintas definiciones de temperatura potencial equivalente. La

pseudoadiabática en relación con la temperatura del termómetro

húmedo. Temperatura potencial del termómetro húmedo. La

pseudotemperatura: Clasificación de los invariantes definidos.

Identificación de las masas de aire. Criterio de inestabilidad convectiva.

10. Formación y disipación de las nubes.-Condensación,

congelación, sublimación. Causas de la formación de nubes.

Turbulencia mecánica. Convección. Ascendencias orográficas y a gran

escala. Causas de la disipación de nubes.

11. Microfísica de nubes.-Nucleación homogénea y

heterogénea. Núcleos de condensación. Crecimiento por condensación.

12. Formación de cristales de hielo.-Nucleación de la fase

hielo. Núcleos de engelamiento. Crecimiento de los cristales por

difusión.

13. Producción de precipitaciones.-Gotas de nube y gotas

de lluvia. Distintas teorías acerca de la formación de gotas.

Trascendencia meteorológica de los símiles coloidales. Intensificación

artificial de la precipitación.

14. Diagramas termodinámicos meteorológicos.-El sondeo

aerológico: Generalidades. Características de los diagramas

meteorológicos: Líneas fundamentales. Diagrama de Stüve,

politrópico y de Rossby.

15. Emagramas.-Definición de emagrama. Investigación de

los emagramas: Caso general. Estudio comparado del emagrama

de Neuhoff, del tefigrama, del aerograma de Werenskiold.

16. Aplicaciones de los diagramas.-Reglas de uso práctico

de los diagramas de líneas congruentes. Energía de

inestabilización. Teorema de Sandström. Teorema de Bjerknes. Energía total

de inestabilidad de una columna. Cálculo de Margules. Medida

de geopotenciales por procedimientos mecánicos.

17. Movimientos absoluto y relativo terrestres.-Ecuaciones

del movimiento. Estudio de las fuerzas. Aceleración de Coriolis.

18. Movimiento de un sistema local.-Ecuaciones del

movimiento en un sistema local. Coordenadas intrínsecas. Ecuaciones

del movimiento horizontal en coordenadas intrínsecas.

19. Campo de vientos.-Características generales del campo

de vientos. Construcción de líneas de corriente. Construcción de

isotacas. Construcción de trayectorias. Relación entre líneas de

corriente y trayectorias.

20. Estática atmosférica.-Condiciones de equilibrio en la

atmósfera. Fórmulas barométricas. Cálculo de geopotenciales.

Ejemplos de atmósferas estáticas.

21. Flujo horizontal sin rozamiento.-Clasificación de las

corrientes horizontales sin rozamiento. Caso del viento

geostrófico. Propiedades del viento geostrófico. Viento del gradiente.

22. Ciclones y anticiclones circulares sin rozamiento.-Caso

general de corriente horizontal sin rozamiento. Estudio de los

diversos términos. Análisis gráfico.

23. La presión como coordenada vertical.-Derivadas

individuales y locales. Relaciones de transformación. Las ecuaciones

del movimiento en el sistema P.

24. Variación vertical del viento geostrófico.-Viento térmico.

Espesores. Estabilidad relativa: Estudio gráfico.

25. La ecuación del espesor.-La superficie topográfica de

1.000 mb. La técnica del entramado. La ecuación del viento

geostrófico para mapas de contornos. Aplicaciones.

26. Función frontogenética.-Frontogénesis en el campo de

la velocidad horizontal. Modelos elementales de líneas de

corriente. Frontogénesis en campos lineales. Análisis cartográfico.

27. Superficies de discontinuidad.-Condiciones cinemáticas.

Condición dinámica de contorno. Clasificación de frentes.

28. Capa límite.-Estructura del viento en la capa de

rozamiento. Espirales de Ekman y de Taylor.

29. Mecanismo de los cambios de presión.-Ecuación de

continuidad. Medida de la divergencia horizontal. Cálculo gráfico.

Ecuación de la tendencia barométrica. Aplicaciones.

30. Circulación y vorticidad.-Teoremas de la circulación.

Relación entre la divergencia y la vorticidad. Vorticidad absoluta

y relativa.

31. Circulación general atmosférica.-Descripción de la

circulación media. Modelo de la circulación general. Aspectos de

la energía atmosférica. Balance de calor. Aplicaciones a los

sistemas orográficos.

32. Elementos del clima.-Insolación e irradiación:

Definiciones e interrelaciones. Radiación solar, atmosférica y terrestre.

Balance de radiación. Temperatura del aire. Presión atmosférica.

Viento. Humedad del aire, evaporación, condensación y

precipitación.

33. Factores del clima.-Factores atmosféricos y geodésicos.

Factores geográficos y geofísicos. Factores físicos y químicos de

la propia atmósfera. Meteorología dinámica y sinóptica como

factores del clima.

34. Efecto de invernadero y cambio climático.-Mecanismo

básico del efecto de invernadero. Aumento del efecto de

invernadero debido a emisiones antropogénicas. Sensibilidad climática.

Mecanismos fundamentales de retroalimentación. Tipos de

modelos climáticos. Mejores estimaciones del cambio climático previsto

para el siglo XXI.

35. El sistema climático y los forzamientos radiativos.

-Componentes del sistema climático. Concepto de forzamiento

radiativo. Fuentes de forzamiento radiativo. Evolución de las

concentraciones de gases de efecto de invernadero. Potenciales de

calentamiento global.

36. Climatología descriptiva.-Clasificaciones climáticas:

Clasificaciones debidas a los distintos autores (Martonne, Lang,

Köppen, Thornthwaite, etc.). Comparación de las distintas

clasificaciones. Distribución de los climas en la tierra: Climas fríos. Climas

templados. Climas continentales. Climas áridos y semiáridos.

Climas tropicales.

37. Climas de España.-Influencia de los factores y elementos

climáticos sobre la península Ibérica y sobre las regiones insulares.

Climatología sinóptica de España. Clasificación climática de España.

38. Variabilidad en el sistema climático.-Oscilación

cuasibienal. El fenómeno ENSO. Teleconexiones regionales.

Fluctua

ciones y tendencias interdecadales (influencias antropogénicas,

gases atmosféricos, temperaturas en la superficie y en el aire

superior, etc.).

39. Simulación matemática del clima.-Estructura

físico-matemática de los modelos climáticos. Ecuaciones de los modelos.

Necesidad de utilización de integraciones numéricas.

Parametrizaciones. Naturaleza de las soluciones matemáticas.

40. Tipos de modelos climáticos.-Jerarquía de los modelos.

Modelos de la circulación general. Modelos estadístico-dinámicos:

De balance de energía, radiativo-convectivos y bidimensionales.

Aplicaciones de los modelos.

Bloque 2: Física

1. Cinemática de la partícula.-Vector de posición.

Trayectoria de un punto. Derivada del vector de posición respecto del

arco de trayectoria. Derivada segunda del vector de posición

respecto del arco de trayectoria dos veces. Plano osculador, normal

principal, radio de curvatura. Vector velocidad. Vector aceleración:

Componentes intrínsecas de la aceleración. Composición de

movimientos: Movimiento de proyectiles. Movimiento relativo:

Aceleración de Coriolis.

2. Dinámica de la partícula.-Leyes de Newton. Impulso y

cantidad de movimiento. Teorema del impulso. Teorema del momento

angular. Aplicaciones. Circulación de una fuerza: Trabajo.

Teorema de la energía cinética. Campos de fuerzas conservativas.

Energía potencial. Teorema de conservación de la energía mecánica.

3. Dinámica de los sistemas de partículas.-Sistema de

partículas. Centro de masas. Segunda ley de Newton para un sistema

de partículas. Teorema del momento angular para un sistema.

Energías cinética y potencial de un sistema: Leyes de conservación.

Variación de la energía mecánica: Caso particular de las fuerzas

de rozamiento. Estudio particular de los choques o colisiones.

4. Dinámica de la rotación del sólido rígido.-Concepto de

sólido rígido. Momento de inercia: Teoremas de ejes paralelos

y perpendiculares. Momento angular de un sólido rígido: Teorema

del momento angular. Conservación del momento angular.

Ecuación fundamental de la dinámica de la rotación. Trabajo de

rotación y energía cinética de rotación: Teorema de conservación de

la energía mecánica. Movimiento de Poinsot. Ecuaciones

giroscópicas de Euler.

5. Gravitación.-Ley de Newton de la gravitación universal.

Campo de fuerzas gravitatorias. Teorema de Gauss para el campo

gravitatorio. Energía potencia y potencial gravitatorio. Movimiento

kepleriano. Campo gravitatorio solar. Energía mecánica de

sistemas gravitatorios: Órbitas cerradas y abiertas. Campo

gravitatorio terrestre. Movimiento de satélites artificiales. Movimiento de

los cuerpos de masa variable: Cohetes.

6. Oscilador armónico.-Movimiento producido por una

fuerza periódica simple. Oscilador armónico lineal: Amplitud, período

y frecuencia. Leyes de conservación. Oscilaciones armónicas

amortiguadas. Oscilaciones armónicas forzadas: Resonancia. Oscilador

armónico isótropo.

7. Mecánica de fluidos.-Concepto de presión en un punto.

Ecuaciones fundamentales de la estática de fluidos: Aplicaciones.

Tensión superficial. Presión debida a la curvatura de una superficie

líquida. Capilaridad. Ley de Jurin. Concepto de fluido perfecto.

Movimiento estacionario de un fluido perfecto. Ecuación de

continuidad. Teorema de Bernouilli. Viscosidad: Fluidos newtonianos.

Clases de flujo. Ecuación de Navier-Stokes. Fórmula de Poiseuille.

Turbulencia: Número de Reynolds.

8. Ondas mecánicas.-Definición de onda. Caso particular de

ondas mecánicas. Ecuación de onda. Ondas periódicas.

Composición de ondas: Ondas estacionarias e interferencias. Efecto

Doppler. Ondas elásticas de un medio homogéneo, isótropo e

indefinido: Aplicaciones. Acústica: Naturaleza del sonido. Análisis del

sonido. Análisis armónico: Series de Fourier.

9. Termodinámica. Conceptos fundamentales.-Origen y

alcance de la termodinámica. Tratamientos macroscópico y

microscópico. División de la termología. Sistemas

termodinámicos. Equilibrio termodinámico. Transformaciones

termodinámicas: Procesos reversibles. Relaciones matemáticas generales de

la termodinámica.

10. Principio cero. Concepto de temperatura.-Enunciado del

principio cero de la termodinámica. Concepto de temperatura

empírica. Escalas termométricas. Termómetros de gas a

temperatura constante. Temperatura absoluta. Escala internacional

práctica de temperaturas.

11. Primer principio de la termodinámica.-El trabajo en

termodinámica: Convenio de signos. Cálculo del trabajo de expansión

en sistemas hidrostáticos. Expresión general del trabajo.

Coeficientes de dilatación y compresibilidad. Cálculo de trabajo en

sistemas condensados. Enunciado del primer principio: Energía

interna y calor. Aplicaciones del primer principio: Capacidad calorífica

y entalpía. Coeficientes calorimétricos de un sistema hidrostático

homogéneo. Calor específico de una transformación elemental.

Transformaciones politrópicas.

12. Segundo principio de termodinámica. Entropía.

-Necesidad del segundo principio. Máquinas térmicas. Rendimiento

termodinámico. Ciclo de Carnot. Enunciado del segundo principio.

Teorema de Carnot. Temperatura termodinámica. Escala Kelvin

de temperaturas. Teorema de Clausius. Definición de entropía.

Variaciones de entropía en procesos reversibles. Entropía e

irreversibilidad. Variaciones de entropía en procesos irreversibles.

Energía no utilizable y degradación de la energía. Producción de

entropía.

13. Aplicaciones conjuntas del primer y segundo principio

de la termodinámica.-Ecuación fundamental de la termodinámica

o de Gibbs. Trabajo perdido en un proceso irreversible. Método

general de aplicación de los dos principios. Ecuación generalizada

de Mayer. Ecuaciones T. dS. Relación entre los coeficientes de

compresibilidad isotermo e isentrópico. Fórmula generalizada de

Reech. Ecuación de Clapeyron.

14. Potenciales termodinámicos.-Funciones potenciales de

un sistema. Significado físico de las funciones de Helmholtz y

de Gibbs. Propiedades de las funciones termodinámicas.

Generalización a cualquier sistema. Relaciones de Maxwell y diagrama

termodinámico de Born. Condiciones de equilibrio y espontaneidad.

15. Sistemas gaseosos.-Definición de gas perfecto. Ecuación

de estado de gas perfecto. Transformaciones adiabáticas de un

gas perfecto. Entropía de un gas perfecto. Comportamiento de

los gases reales. Ecuaciones de estado de los gases reales.

Isotermas de Andrews y estados metastables. La ecuación de Van

der Waals y las constantes críticas. Ley de los estados

correspondientes: Punto de Boyle. Diagrama de compresibilidad

generalizado.

16. Procesos de flujo estacionario.-Ecuación energética de

un fluido en régimen estacionario: Aplicación a procesos de

intercambio térmico y de circulación por conductos o turbinas.

Expansión Joule-Kelvin. Temperatura de inversión de un gas de Var

der Waals. Ecuaciones de Bernouilli y de Zeuner. La energía en

los procesos de flujo.

17. Electrostática y dieléctricos.-Ley de Coulomb. Cargas no

puntuales. Principios de superposición y de conservación de la

carga. Campo eléctrico. Trabajo y potencial eléctrico. Flujo

eléctrico. Teorema de Gauss. Campos eléctricos creados por distintas

distribuciones de carga. Polarización eléctrica. Capacidad de un

conductor aislado. Condensadores. Distintos tipos de

asociaciones. Energía electrostática: Localización espacial de la energía.

18. Electrocinética.-Corriente eléctrica. Ley de Ohm:

Ecuaciones fundamentales. Superficies de discontinuidad:

Correspondencia entre campos de corrientes estacionarias y campos

electrostáticos. Ley de Joule. Fuerza electromotriz. Leyes de Kirchoff.

19. Electromagnetismo.-Campo magnético creado por

corrientes estacionarias. Campo creado por circuitos simples:

Campo creado por una espira circular y por un solenoide. Potencial

vector y potencial escalar. Acciones entre corrientes.

20. Inducción electromagnética.-Fuerzas entre circuitos.

Energía electromagnética. Coeficientes de inducción mutua y de

autoinducción. Expresión general de la energía electromagnética.

Corrientes eléctrica variables. Corrientes de desplazamiento.

21. Corriente alterna.-Producción de una fuerza

electromotriz alterna. Circuito con resistencia, autoinducción y condensador

en serie. Ley de Ohm de la corriente alterna. Montaje en paralelo.

Potencia de la corriente alterna. Corrientes bifásicas, trifásicas

y polifásicas.

22. Ondas electromagnéticas.-Generación y propagación de

ondas electromagnéticas. El resonador de Hertz. Espectro de ondas

electromagnéticas. Velocidad de propagación de una onda

electromagnética en un medio continuo. Densidad de energía de los

campos eléctrico y magnético. Intensidad de una onda

electromagnética: Vector de Poynting. Presión de la radiación

electromagnética.

23. Naturaleza de la luz. Principios fundamentales.-Teorías

acerca de la naturaleza de la luz. Leyes de la reflexión y refracción

de la luz. Velocidad de la luz: Experimento de Michelson. Índice

de refracción de la luz. Reflexión total. Dispersión luminosa.

Camino óptico. Principio de Fermat. Nueva concepción corpuscular

de la luz. Efectos fotoeléctrico y Compton. Dualidad

onda-corpúsculo. Hipótesis de De Broglie.

24. Interferencias y difracción de la luz.-Carácter ondulatorio

de la luz. Experiencias de Young y de Fresnel. Interferencias en

láminas delgadas. Anillos de Newton. Interferómetro de Michelson.

Anillos y franjas de difracción de Fresnel y de Fraunhöfer. Redes

de difracción.

25. Radiación térmica.-La luz y las radiaciones. Poder

emisivo. Intercambio de energía entre dos superficies. Poder

absorbente. Intensidad específica de radiación. Densidad de energía

total. Ley de Kirchoff. Radiación del cuerpo negro: Ley de Lambert.

Ley de Stefan-Boltzmann. Ley del desplazamiento de Wien. Efecto

invernadero. Leyes de distribución de Wien y de Rayleigh-Jeans.

Fórmula de Planck.

Bloque 3: Matemáticas

1. Sistemas de ecuaciones lineales.-Definición de ecuaciones

lineales. Clasificación de los sistemas. Método de Gauss. Sistemas

de Cramer: Solución. Regla de Cramer. Sistema general de

ecuaciones lineales: Compatibilidad. Teorema de Rouché-Frobenius.

Resolución de sistemas de ecuaciones lineales. Método de

Jordan-Gauss.

2. Números reales y series.-Números reales y complejos.

Sucesiones y series. Clasificación de las series. Criterios de

convergencia. Condición necesaria de convergencia. Propiedades de

las series. Comparación de series.

3. Teoría de funciones.-Definición general de relación y de

función. Clasificación de las funciones. Propiedades de las

funciones reales continuas. Estudio analítico de las funciones

elementales. Representación gráfica de funciones.

4. Límites y continuidad.-Definición de límite: Teoremas

fundamentales y condición de Cauchy. Álgebra de límites.

Continuidad de funciones. Teorema de Bolzano. Máximos y mínimos:

Teorema de Weirstrass. Discontinuidad.

5. Diferenciación de funciones de una variable real.

-Definición de derivada. Álgebra de derivadas. La regla de la cadena.

Funciones con derivada no nula. Funciones con derivada nula.

Teoremas de Rolle y del valor medio de cálculo diferencial.

Fórmula de Taylor con resto. Concepto e interpretación geométrica

de la diferencial de una función de variable real.

6. Diferenciación de funciones de varias variables.-La

derivada direccional. Diferenciales de funciones de varias variables.

Diferenciales de las funciones compuestas y regla de la cadena.

El teorema del valor medio para funciones de varias variables.

Derivadas parciales de orden superior. Fórmula de Taylor para

funciones de varias variables.

7. Métodos de integración.-Concepto de integral indefinida.

Integración por descomposición. Integración por sustitución.

Integración por partes. Integración por transformaciones algebraicas.

Integración de las funciones racionales e irracionales. Integración

de las diferenciales binomias. Integración de funciones

trascendentes.

8. La integral definida.-Definición de integral según

Riemann. Criterios de integrabilidad. Propiedades generales de la

integral. Teorema fundamental del cálculo integral. Regla de

Barrow.

9. Ecuaciones diferenciales ordinarias.-Ecuaciones

diferenciales de primer grado: Variables separables. Ecuaciones

diferenciales homogéneas. Ecuaciones diferenciales exactas. Integración

de las ecuaciones diferenciales de Bernouilli y de Riccati. Factor

integrante: Caso en que la ecuación es homogénea.

10. Curvas planas.-Tangentes y normales. Asíntotas en

coordenadas cartesianas, polares y cuando la curva está expresada

por sus ecuaciones paramétricas. Concavidad, convexidad e

inflexión. Puntos singulares. Construcción de curvas.

11. Cónicas.-Definición y clasificación. Centro, diámetros,

diámetros conjugados y ejes. Ecuación incompleta sin término

rectángulo ni cuadrado de la ordenada. Hipérbola equilátera:

Asíntotas. Ecuación reducida de las cónicas. Focos y directrices.

12. Curvas alabeadas.-Línea alabeada. Tangente a una curva

alabeada. Plano normal a una línea alabeada. Plano osculador.

Normal, principal y binormal. Plano rectificante. Asíntotas y planos

asintóticos.

13. Trigonometría esférica.-Fórmulas de Bessel. Grupo de

fórmulas fundamentales. Triángulos y rectiláteros. Pentágono de

Neper. Resolución de triángulos esféricos, rectángulos y

oblicuángulos: Analogías de Delambre y de Neper. Aplicaciones de la

trigonometría esférica a la esfera terrestre.

14. Teoría de la probabilidad.-Concepto de probabilidad

estadística. Propiedad aditiva de las probabilidades. Probabilidad

condicionada. Sucesos dependientes. Experimentos compuestos.

Experimentos dependientes e independientes. El teorema de

Bayes. Función de distribución y función de probabilidad.

15. Estadística descriptiva.-Media aritmética. Mediana,

cuartiles y percentiles. Moda. Otras medidas de tendencia central.

Medidas de dispersión. Desviación típica. Momentos. Corrección

de Sheppard. Medidas de forma: Asimetría y curtosis. Otras

medidas de dispersión.

ANEXO III

Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado

Tribunal titular

Presidente: Don Antonio Rodríguez Picazo, Cuerpo Superior

de Meteorólogos del Estado.

Secretario: Don Juan Manuel Naranjo Sierra, Cuerpo de

Diplomados en Meteorología del Estado.

Vocales: Doña Isabel Martínez Marco, Cuerpo Superior de

Meteorólogos del Estado ; doña María Sonsoles Gómez-Guillamón

Fernández, Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado,

y don Francisco Soriano Llano, Cuerpo de Gestión de la

Administración Civil del Estado.

Tribunal suplente

Presidente: Don Antonio A. Palacio López-Villaseñor, Cuerpo

Superior de Meteorólogos del Estado.

Secretario: Don Juan Manzano Cano, Cuerpo de Diplomados

en Meteorología del Estado.

Vocales: Doña María Dolores Olmeda Gordo, Cuerpo Superior

de Meteorólogos del Estado ; don Benito Rodríguez Mallol, Cuerpo

de Diplomados en Meteorología del Estado, y doña María Elena

Beltrán López, Cuerpo Subinspectores de Empleo y Seguridad

Social.

ANEXO IV: (Ver imagen página 36319)

ANEXO V

Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado

Don ................................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con documento nacional de identidad número .....................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado,

que no se encuentra separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas ni inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas.

En ....................., a ........ de ................. de ........

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