Existiendo las vacantes relacionadas en el anexo I, en esta
Universidad y siendo necesaria la provisión de las mismas, según
lo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988,
de 28 de julio, desarrolladas por el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado y la Resolución de este Rectorado de fecha 20
de diciembre de 1993, por la que se aprueba la relación de puestos
de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios.
Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas
por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, los Estatutos de la Universidad de Cádiz ("Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía" número 14, de 18 de febrero de 1986)
y demás disposiciones vigentes, ha dispuesto anunciar la
convocatoria de los puestos de trabajo relacionados en el anexo I, por
el procedimiento de concurso de méritos, con arreglo a las
siguientes
Bases de convocatoria
Base I. Aspirantes
1. Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio
de la Administración de la Universidad de Cádiz, pertenecientes
a los Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos B, C y D de
los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, teniendo en cuenta lo indicado en el anexo I respecto
a las Escalas Especiales o Especialidades de Escala, que se
encuentren en la situación de servicio activo o en las situaciones de
servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria, declaradas
por el órgano competente y reúnan los requisitos establecidos
en el anexo I.
2. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán
participar siempre que hayan transcurridos dos años desde la toma
de posesión del último destino obtenido por concurso, salvo las
excepciones a las que se refiere el apartado f) del artículo 20
de la Ley 30/1984, según nueva redacción dada por la
Ley 23/1988, de 28 de julio.
3. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés
particular sólo podrán participar si al término del plazo de
presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.
Base II. Valoración
La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas,
se ajustará al siguiente baremo:
1. Méritos generales
1.1 Grado personal consolidado.-El grado personal
consolidado se valorará en todos los casos, calificándose hasta un
máximo de tres puntos, con arreglo al siguiente baremo:
Por tener un grado personal consolidado de superior nivel al
del puesto que se solicita: 3 puntos.
Por tener un grado personal consolidado del mismo nivel al
del puesto que se solicita: 2,5 puntos.
Por tener un grado personal consolidado de inferior nivel al
del puesto que se solicita: 2 puntos.
Todos aquellos solicitantes que se encuentren en proceso de
consolidación de grado, se entenderá que poseen un grado
personal consolidado equivalente al nivel mínimo de su grupo de
titulación.
1.2 Cursos de formación y perfeccionamiento.-Por la
realización o impartición de cursos de formación y perfeccionamiento
que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en
el puesto de trabajo que se solicita, organizado por organismo
oficial, en los que se haya expedido diploma y certificación de
asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento:
Organizado por centro oficial de formación de funcionarios:
1 punto por cada curso impartido y 0,5 puntos por cada curso
asistido.
Organizado por otro centro oficial: 0,5 puntos por cada curso
impartido y 0,25 puntos por cada curso asistido.
El límite máximo será de 2,5 puntos.
Las publicaciones y ponencias tendrán la consideración de
cursos asistidos de carácter oficial en centros no de formación de
funcionarios.
1.3 Experiencia.-En el mismo área de conocimientos del
puesto solicitado, a razón de un punto por año de servicio completo
o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de seis puntos.
El período máximo de tiempo a valorar será de seis años.
La Comisión adjudicará la puntuación correspondiente a la
experiencia, en función de un baremo proporcional al nivel del
puesto desempeñado por el solicitante en el mismo área de
conocimiento del puesto que se solicita, pudiendo valorarse también
las aptitudes y rendimientos apreciados a los candidatos en los
puestos anteriormente desempeñados, solicitando para ello los
informes necesarios.
1.4 Antigüedad.-Se valorará a razón de 0,25 puntos por año
completo de servicios reconocidos o fracción superior a seis meses,
hasta un máximo de 3,5 puntos.
No se computarán, a efectos de antigüedad, servicios que hayan
sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.
1.5 Por tener destino previo el cónyuge, siempre que fuese
personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz
o funcionario de cualquier Administración, en la localidad donde
radique el puesto/s de trabajo solicitado/s, se concederá al
solicitante 1,5 puntos.
La puntuación a que hace referencia el apartado anterior se
entenderá otorgada siempre que el solicitante concurse desde un
puesto de trabajo en localidad distinta a aquella en que radique
la del puesto solicitado.
Para poder adjudicar las plazas relacionadas en el anexo I será
preciso obtener una puntuación mínima total en los méritos
generales de 6,5 puntos en los puestos de trabajo de nivel de
complemento de destino inferior al 18 y de siete puntos en los puestos
de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior
al 18. A los efectos de la superación de la puntuación mínima,
se podrá sumar a la puntuación obtenida en los méritos generales
la obtenida en la confección de la memoria, siempre que se hubiese
superado el mínimo establecido en dicha memoria.
Todos los méritos alegados deberán ser justificados
documentalmente.
2. Méritos específicos
2.1 Memoria.-En todos los puestos de trabajo solicitados se
podrá presentar memoria justificativa de los requisitos,
condiciones y medios necesarios para su desempeño, la cual deberá
presentarse dentro del plazo establecido a través de correo electrónico
a la siguiente dirección: oposiciones.pasUuca.es. A la entrada de
ésta el Área de Personal remitirá de forma inmediata un correo
electrónico al interesado/a comunicándole la correcta recepción.
De no recibirse la conformidad del Área de Personal, el interesado
remitirá la memoria en papel a través del Registro General de
la Universidad. Se puntuará hasta un máximo de cuatro puntos,
de conformidad con el procedimiento establecido en el
artículo 45.5 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. La Comisión
podrá, en su caso, entrevistar a los candidatos en relación con
la memoria presentada.
Para poder sumar la puntuación obtenida en la memoria a
la de los restantes méritos reconocidos, será preciso haber
obtenido una puntuación mínima de dos puntos.
A título orientativo, se relacionan las siguientes
recomendaciones que se podrán tener en cuenta en la confección de las
memorias:
La memoria podría consistir en una propuesta organizativa que
contendría, como mínimo, un análisis de las tareas del puesto
y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su
desempeño, etc., con base en la descripción establecida en la
convocatoria y que versaría sobre las funciones que el citado puesto
tiene dentro del área al que esté adscrito.
El formato a usar en su confección podría ser Office 97 y el
de presentación sería formato DIN A-4, tipo de letra arial o similar,
a espacio sencillo y a una cara.
Para las plazas de los grupos A y B podría contener entre 10
y 100 páginas y para las plazas de los grupos C y D entre 10
y 50 páginas.
2.2 Méritos en relación al puesto de trabajo.-En concepto
de méritos, en relación con el puesto de trabajo, se valorarán
los reseñados en el anexo I como determinantes de la idoneidad
de quien aspire a desempeñar el puesto, atendiendo a su
cualificación en particulares técnicas, áreas o materias, a cuyo efecto
podrá requerirse al concursante, si se estimara necesario, para
una entrevista o demostración que permita verificar los
merecimientos que haya aducido. Los citados méritos podrán
establecerse para aquellos puestos de trabajo cuyo nivel de complemento
de destino sea superior al 16. Los méritos, en relación con el
puesto de trabajo, para aquellos puestos que se hayan establecido
se valorarán hasta un máximo de cuatro puntos, siendo requisito
obligatorio para poder proceder a la adjudicación de la plaza haber
obtenido un mínimo de dos puntos en los citados méritos.
Base III. Solicitudes
Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse
al modelo que figura en el anexo II, al excelentísimo señor Rector
Magnífico de la Universidad de Cádiz, dentro del plazo de quince
días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y las
presentarán en el Registro General de la Universidad de Cádiz (calle
Ancha, número 16, Cádiz) o en las oficinas a que se refiere el
artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que los participantes soliciten varias plazas, la
preferencia de las mismas se entenderá establecida en el mismo
orden en que aparezcan en la solicitud de participación.
Base IV. Calificación
1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuyos
componentes se relacionan en el anexo III. La Comisión podrá solicitar
de la autoridad convocante la designación de expertos que en
calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.
2. No se calificarán las solicitudes presentadas fuera de plazo
ni las formuladas por quienes no fuesen funcionarios de carrera
al servicio de la Administración de la Universidad de Cádiz o se
hallasen sujetos a limitaciones que les impidan tomar parte en
el presente concurso.
3. Los requisitos y méritos invocados por los interesados,
deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
Base V. Adjudicaciones
1. La Comisión elevará a la autoridad competente la
correspondiente propuesta para la adjudicación de las plazas, según
la prelación de los concursantes a los puestos, de acuerdo con
las evaluaciones que consten en el acta y en orden de mayor
a menor puntuación. Sumando para ello las puntuaciones obtenida
en la fase de méritos generales y las obtenidas en la fase de méritos
específicos, teniendo en cuenta lo establecido en los apartados
1 y 2 de la base II.
2. En caso de que varios aspirantes tuviesen igual puntuación,
se dará preferencia al funcionario que hubiera obtenido mayor
puntuación en el apartado 1.3 de la base II.
Base VI. Resolución
1. El concurso será resuelto por Resolución, que se publicará
en el "Boletín Oficial del Estado", cuya publicación servirá de
notificación a los interesados.
2. El plazo de toma de posesión será de tres días si radica
en la misma localidad o de un mes si radica en distinta localidad
o comporta el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso en el "Boletín Oficial del Estado", así como el cambio de
situación administrativa que en cada caso corresponda.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el
plazo de toma de posesión deberá contarse desde la fecha de
concesión de dicho reingreso.
3. El cómputo de plazo para el cese se iniciará cuando
finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos
al interesado.
La presente convocatoria y los actos derivados de la misma
podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Cádiz, 3 de agosto de 2001.-El Vicerrector de Profesorado,
Francisco José Fernández-Trujillo Núñez.
ANEXO I
Puestos de trabajo que se convocan a concurso
Orden Denominación Grupo Nivel C. Esp. Localidad
1 Gestor Gabinete Rector (*). C/D 16 581 Cádiz.
2 Gestor Servicio de Deportes. C/D 16 581 Pto. Real.
3 Gestor Vicer. Relac.
Internacionales. C/D 16 581 Cádiz.
4 Jefe Unidad de Formación PAS. C 22 966 Cádiz.
5 Jefe Gestión Área de Personal. C 20 812 Cádiz.
6 Gestor Área de Personal. C/D 16 581 Cádiz.
7 Gestor Área de Personal (*). C/D 16 581 Cádiz.
8 Cajero Habilitado suplente (*). C/D 18 684 Cádiz.
9 Gestor Campus de Pto. Real (*). C/D 16 581 Pto. Real.
10 Ayudante Biblioteca
Humanidades (*). B 22 906 Cádiz.
11 Ayudante Biblioteca Campus
Pto. Real (*). B 22 906 Pto. Real.
(*) Los puestos de trabajo marcados se cubrirán en caso de que queden definitivamente
vacantestrasla resolucióndelpresenteconcurso.
ANEXO II
Convocatoria de concurso de méritos convocada por
Resolución de la Universidad de Cádiz, de fecha 3 de agosto de 2001
Solicitud de participación en el concurso de méritos que
formula:
Don/doña ..................................................
documento nacional de identidad ...............................
domicilio ......................................................
teléfono ....................... localidad .......................
provincia ......................... CP .........................
Cuerpo o Escala ................................................
Administración a la que pertenece ..............................
NRP ........... grupo ........... grado consolidado ...........
Solicita: Participar en la convocatoria referenciada en el
encabezamiento, de acuerdo con las bases de la misma y al efecto
acompaña reseña de puesto/s a que aspira.
Reseña de puesto/s solicitado/s:
Número de orden ............................................
Denominación del puesto ....................................
................................................................
En ........................... a ........... de ....................... de 2001
(Firma del interesado)
Excmo. y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Cádiz.
ANEXO III
Composición de la Comisión valoradora del concurso de
méritos convocado por Resolución de la Universidad de Cádiz, de fecha
3 de agosto de 2001.
Presidente: Ilustrísimo señor don José Ramón Repeto
Gutiérrez, Gerente de la Universidad de Cádiz.
Vocales en representación de la Universidad de Cádiz:
Para los puestos 1 al 9:
Don José Palao Sánchez, Director del Gabinete del Rector.
Don Antonio Vadillo Iglesias, Director de Economía.
Para los puestos 10 y 11:
Don Miguel Duarte Barrionuevo, Director del Área de
Biblioteca.
Doña María José Ruiz Troncoso, Jefa de Biblioteca del Campus
de Puerto Real.
Vocales en representación de la Junta de Personal de
Administración y Servicios:
Para los puestos 1, 2, 3, 6, 7 y 9: Don Jerónimo López Gutiérrez
y doña Pilar de Castro Herrero.
Para el puesto 8: Don Jerónimo López Gutiérrez y doña
Adelaida Ruiz Barbosa.
Para el puesto 5: Doña Adelaida Ruiz Barbosa y don Juan
Luis Candón Macías.
Para el puesto 4: Don José Luis Marcos Vara y don Juan Luis
Candón Macías.
Para los puestos 10 y 11: Doña Oliva Paz Ramírez y don Enrique
Jurado Gutiérrez.
Secretario: Don Juan Marrero Torres, Coordinador de
Planificación de Personal.
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