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Documento BOE-A-2001-17671

Resolución de 3 de agosto de 2001, de la Universidad de Cádiz, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta Universidad mediante concurso de méritos.

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 18 de septiembre de 2001, páginas 34906 a 34908 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-17671

TEXTO ORIGINAL

Existiendo las vacantes relacionadas en el anexo I, en esta

Universidad y siendo necesaria la provisión de las mismas, según

lo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para

la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988,

de 28 de julio, desarrolladas por el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General

de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado y la Resolución de este Rectorado de fecha 20

de diciembre de 1993, por la que se aprueba la relación de puestos

de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios.

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas

por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma

Universitaria, los Estatutos de la Universidad de Cádiz ("Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía" número 14, de 18 de febrero de 1986)

y demás disposiciones vigentes, ha dispuesto anunciar la

convocatoria de los puestos de trabajo relacionados en el anexo I, por

el procedimiento de concurso de méritos, con arreglo a las

siguientes

Bases de convocatoria

Base I. Aspirantes

1. Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio

de la Administración de la Universidad de Cádiz, pertenecientes

a los Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos B, C y D de

los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de

agosto, teniendo en cuenta lo indicado en el anexo I respecto

a las Escalas Especiales o Especialidades de Escala, que se

encuentren en la situación de servicio activo o en las situaciones de

servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria, declaradas

por el órgano competente y reúnan los requisitos establecidos

en el anexo I.

2. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán

participar siempre que hayan transcurridos dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido por concurso, salvo las

excepciones a las que se refiere el apartado f) del artículo 20

de la Ley 30/1984, según nueva redacción dada por la

Ley 23/1988, de 28 de julio.

3. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular sólo podrán participar si al término del plazo de

presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.

Base II. Valoración

La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas,

se ajustará al siguiente baremo:

1. Méritos generales

1.1 Grado personal consolidado.-El grado personal

consolidado se valorará en todos los casos, calificándose hasta un

máximo de tres puntos, con arreglo al siguiente baremo:

Por tener un grado personal consolidado de superior nivel al

del puesto que se solicita: 3 puntos.

Por tener un grado personal consolidado del mismo nivel al

del puesto que se solicita: 2,5 puntos.

Por tener un grado personal consolidado de inferior nivel al

del puesto que se solicita: 2 puntos.

Todos aquellos solicitantes que se encuentren en proceso de

consolidación de grado, se entenderá que poseen un grado

personal consolidado equivalente al nivel mínimo de su grupo de

titulación.

1.2 Cursos de formación y perfeccionamiento.-Por la

realización o impartición de cursos de formación y perfeccionamiento

que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en

el puesto de trabajo que se solicita, organizado por organismo

oficial, en los que se haya expedido diploma y certificación de

asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento:

Organizado por centro oficial de formación de funcionarios:

1 punto por cada curso impartido y 0,5 puntos por cada curso

asistido.

Organizado por otro centro oficial: 0,5 puntos por cada curso

impartido y 0,25 puntos por cada curso asistido.

El límite máximo será de 2,5 puntos.

Las publicaciones y ponencias tendrán la consideración de

cursos asistidos de carácter oficial en centros no de formación de

funcionarios.

1.3 Experiencia.-En el mismo área de conocimientos del

puesto solicitado, a razón de un punto por año de servicio completo

o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de seis puntos.

El período máximo de tiempo a valorar será de seis años.

La Comisión adjudicará la puntuación correspondiente a la

experiencia, en función de un baremo proporcional al nivel del

puesto desempeñado por el solicitante en el mismo área de

conocimiento del puesto que se solicita, pudiendo valorarse también

las aptitudes y rendimientos apreciados a los candidatos en los

puestos anteriormente desempeñados, solicitando para ello los

informes necesarios.

1.4 Antigüedad.-Se valorará a razón de 0,25 puntos por año

completo de servicios reconocidos o fracción superior a seis meses,

hasta un máximo de 3,5 puntos.

No se computarán, a efectos de antigüedad, servicios que hayan

sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

1.5 Por tener destino previo el cónyuge, siempre que fuese

personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz

o funcionario de cualquier Administración, en la localidad donde

radique el puesto/s de trabajo solicitado/s, se concederá al

solicitante 1,5 puntos.

La puntuación a que hace referencia el apartado anterior se

entenderá otorgada siempre que el solicitante concurse desde un

puesto de trabajo en localidad distinta a aquella en que radique

la del puesto solicitado.

Para poder adjudicar las plazas relacionadas en el anexo I será

preciso obtener una puntuación mínima total en los méritos

generales de 6,5 puntos en los puestos de trabajo de nivel de

complemento de destino inferior al 18 y de siete puntos en los puestos

de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior

al 18. A los efectos de la superación de la puntuación mínima,

se podrá sumar a la puntuación obtenida en los méritos generales

la obtenida en la confección de la memoria, siempre que se hubiese

superado el mínimo establecido en dicha memoria.

Todos los méritos alegados deberán ser justificados

documentalmente.

2. Méritos específicos

2.1 Memoria.-En todos los puestos de trabajo solicitados se

podrá presentar memoria justificativa de los requisitos,

condiciones y medios necesarios para su desempeño, la cual deberá

presentarse dentro del plazo establecido a través de correo electrónico

a la siguiente dirección: oposiciones.pasUuca.es. A la entrada de

ésta el Área de Personal remitirá de forma inmediata un correo

electrónico al interesado/a comunicándole la correcta recepción.

De no recibirse la conformidad del Área de Personal, el interesado

remitirá la memoria en papel a través del Registro General de

la Universidad. Se puntuará hasta un máximo de cuatro puntos,

de conformidad con el procedimiento establecido en el

artículo 45.5 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. La Comisión

podrá, en su caso, entrevistar a los candidatos en relación con

la memoria presentada.

Para poder sumar la puntuación obtenida en la memoria a

la de los restantes méritos reconocidos, será preciso haber

obtenido una puntuación mínima de dos puntos.

A título orientativo, se relacionan las siguientes

recomendaciones que se podrán tener en cuenta en la confección de las

memorias:

La memoria podría consistir en una propuesta organizativa que

contendría, como mínimo, un análisis de las tareas del puesto

y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su

desempeño, etc., con base en la descripción establecida en la

convocatoria y que versaría sobre las funciones que el citado puesto

tiene dentro del área al que esté adscrito.

El formato a usar en su confección podría ser Office 97 y el

de presentación sería formato DIN A-4, tipo de letra arial o similar,

a espacio sencillo y a una cara.

Para las plazas de los grupos A y B podría contener entre 10

y 100 páginas y para las plazas de los grupos C y D entre 10

y 50 páginas.

2.2 Méritos en relación al puesto de trabajo.-En concepto

de méritos, en relación con el puesto de trabajo, se valorarán

los reseñados en el anexo I como determinantes de la idoneidad

de quien aspire a desempeñar el puesto, atendiendo a su

cualificación en particulares técnicas, áreas o materias, a cuyo efecto

podrá requerirse al concursante, si se estimara necesario, para

una entrevista o demostración que permita verificar los

merecimientos que haya aducido. Los citados méritos podrán

establecerse para aquellos puestos de trabajo cuyo nivel de complemento

de destino sea superior al 16. Los méritos, en relación con el

puesto de trabajo, para aquellos puestos que se hayan establecido

se valorarán hasta un máximo de cuatro puntos, siendo requisito

obligatorio para poder proceder a la adjudicación de la plaza haber

obtenido un mínimo de dos puntos en los citados méritos.

Base III. Solicitudes

Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse

al modelo que figura en el anexo II, al excelentísimo señor Rector

Magnífico de la Universidad de Cádiz, dentro del plazo de quince

días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y las

presentarán en el Registro General de la Universidad de Cádiz (calle

Ancha, número 16, Cádiz) o en las oficinas a que se refiere el

artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que los participantes soliciten varias plazas, la

preferencia de las mismas se entenderá establecida en el mismo

orden en que aparezcan en la solicitud de participación.

Base IV. Calificación

1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuyos

componentes se relacionan en el anexo III. La Comisión podrá solicitar

de la autoridad convocante la designación de expertos que en

calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.

2. No se calificarán las solicitudes presentadas fuera de plazo

ni las formuladas por quienes no fuesen funcionarios de carrera

al servicio de la Administración de la Universidad de Cádiz o se

hallasen sujetos a limitaciones que les impidan tomar parte en

el presente concurso.

3. Los requisitos y méritos invocados por los interesados,

deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias.

Base V. Adjudicaciones

1. La Comisión elevará a la autoridad competente la

correspondiente propuesta para la adjudicación de las plazas, según

la prelación de los concursantes a los puestos, de acuerdo con

las evaluaciones que consten en el acta y en orden de mayor

a menor puntuación. Sumando para ello las puntuaciones obtenida

en la fase de méritos generales y las obtenidas en la fase de méritos

específicos, teniendo en cuenta lo establecido en los apartados

1 y 2 de la base II.

2. En caso de que varios aspirantes tuviesen igual puntuación,

se dará preferencia al funcionario que hubiera obtenido mayor

puntuación en el apartado 1.3 de la base II.

Base VI. Resolución

1. El concurso será resuelto por Resolución, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", cuya publicación servirá de

notificación a los interesados.

2. El plazo de toma de posesión será de tres días si radica

en la misma localidad o de un mes si radica en distinta localidad

o comporta el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del

concurso en el "Boletín Oficial del Estado", así como el cambio de

situación administrativa que en cada caso corresponda.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el

plazo de toma de posesión deberá contarse desde la fecha de

concesión de dicho reingreso.

3. El cómputo de plazo para el cese se iniciará cuando

finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos

al interesado.

La presente convocatoria y los actos derivados de la misma

podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 3 de agosto de 2001.-El Vicerrector de Profesorado,

Francisco José Fernández-Trujillo Núñez.

ANEXO I

Puestos de trabajo que se convocan a concurso

Orden Denominación Grupo Nivel C. Esp. Localidad

1 Gestor Gabinete Rector (*). C/D 16 581 Cádiz.

2 Gestor Servicio de Deportes. C/D 16 581 Pto. Real.

3 Gestor Vicer. Relac.

Internacionales. C/D 16 581 Cádiz.

4 Jefe Unidad de Formación PAS. C 22 966 Cádiz.

5 Jefe Gestión Área de Personal. C 20 812 Cádiz.

6 Gestor Área de Personal. C/D 16 581 Cádiz.

7 Gestor Área de Personal (*). C/D 16 581 Cádiz.

8 Cajero Habilitado suplente (*). C/D 18 684 Cádiz.

9 Gestor Campus de Pto. Real (*). C/D 16 581 Pto. Real.

10 Ayudante Biblioteca

Humanidades (*). B 22 906 Cádiz.

11 Ayudante Biblioteca Campus

Pto. Real (*). B 22 906 Pto. Real.

(*) Los puestos de trabajo marcados se cubrirán en caso de que queden definitivamente

vacantestrasla resolucióndelpresenteconcurso.

ANEXO II

Convocatoria de concurso de méritos convocada por

Resolución de la Universidad de Cádiz, de fecha 3 de agosto de 2001

Solicitud de participación en el concurso de méritos que

formula:

Don/doña ..................................................

documento nacional de identidad ...............................

domicilio ......................................................

teléfono ....................... localidad .......................

provincia ......................... CP .........................

Cuerpo o Escala ................................................

Administración a la que pertenece ..............................

NRP ........... grupo ........... grado consolidado ...........

Solicita: Participar en la convocatoria referenciada en el

encabezamiento, de acuerdo con las bases de la misma y al efecto

acompaña reseña de puesto/s a que aspira.

Reseña de puesto/s solicitado/s:

Número de orden ............................................

Denominación del puesto ....................................

................................................................

En ........................... a ........... de ....................... de 2001

(Firma del interesado)

Excmo. y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Cádiz.

ANEXO III

Composición de la Comisión valoradora del concurso de

méritos convocado por Resolución de la Universidad de Cádiz, de fecha

3 de agosto de 2001.

Presidente: Ilustrísimo señor don José Ramón Repeto

Gutiérrez, Gerente de la Universidad de Cádiz.

Vocales en representación de la Universidad de Cádiz:

Para los puestos 1 al 9:

Don José Palao Sánchez, Director del Gabinete del Rector.

Don Antonio Vadillo Iglesias, Director de Economía.

Para los puestos 10 y 11:

Don Miguel Duarte Barrionuevo, Director del Área de

Biblioteca.

Doña María José Ruiz Troncoso, Jefa de Biblioteca del Campus

de Puerto Real.

Vocales en representación de la Junta de Personal de

Administración y Servicios:

Para los puestos 1, 2, 3, 6, 7 y 9: Don Jerónimo López Gutiérrez

y doña Pilar de Castro Herrero.

Para el puesto 8: Don Jerónimo López Gutiérrez y doña

Adelaida Ruiz Barbosa.

Para el puesto 5: Doña Adelaida Ruiz Barbosa y don Juan

Luis Candón Macías.

Para el puesto 4: Don José Luis Marcos Vara y don Juan Luis

Candón Macías.

Para los puestos 10 y 11: Doña Oliva Paz Ramírez y don Enrique

Jurado Gutiérrez.

Secretario: Don Juan Marrero Torres, Coordinador de

Planificación de Personal.

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