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Documento BOE-A-2001-17175

Acuerdo de 4 de septiembre de 2001, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos para tomar parte en las pruebas selectivas para la provisión de 13 plazas a cubrir por concurso de méritos entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias objeto del orden jurisdiccional civil, convocadas por Acuerdo de 9 de mayo de 2001, del Pleno del mismo Consejo.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 2001, páginas 34140 a 34140 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2001-17175

TEXTO ORIGINAL

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes para tomar

parte en las pruebas selectivas para la provisión de 13 plazas

a cubrir por concurso de méritos entre juristas de reconocida

competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las

materias objeto del orden jurisdiccional civil, para el acceso a la Carrera

Judicial por la categoría de Magistrado, convocadas por Acuerdo

de 9 de mayo de 2001, del Pleno del Consejo General del Poder

Judicial ("Boletín Oficial del Estado" del 25), su Comisión

Permanente, en reunión del día 4 de septiembre de 2001, adoptó

el siguiente acuerdo:

Primero.-Aprobar la relación de aspirantes admitidos y

excluidos, con carácter provisional, que se especifica en el anexo al

presente Acuerdo.

Segundo.-Quienes figuren en la misma como excluidos o no

se encuentren en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo

de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación

del presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado" para

formular reclamaciones o subsanar los defectos advertidos, que se

codifican con arreglo a las causas expresadas en el referido anexo.

Las correspondientes subsanaciones se harán llegar mediante

instancia dirigida al excelentísimo señor Presidente del Consejo

General del Poder Judicial y se podrán presentar directamente en el

Registro General del Consejo General del Poder Judicial (calle

Marqués de la Ensenada, 8, 28071 Madrid) o por los medios

previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común. Quienes no subsanen la

exclusión o aleguen el defecto u omisión en tiempo y forma justificando

su derecho a ser incluidos, quedarán definitivamente excluidos.

Tercero.-Publicar en el "Boletín Oficial del Estado" el

contenido del presente Acuerdo, con la relación provisional de

aspirantes excluidos y remitir a todos los Tribunales Superiores de

Justicia y Audiencias Provinciales las listas de aspirantes

provisionalmente admitidos y excluidos para que sean expuestas al

público a fin de facilitar la comprobación de inclusión o no en

las mismas.

Madrid, 4 de septiembre de 2001.-El Presidente del Consejo

General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

ANEXO

Causa

de exclusión Apellidos y nombre DNI

H Alavedra Farrando, Enrique ........... 39.171.452

B Álvarez López, Francisco ............... 10.279.419

B Álvarez de Eulate Ruiz de Gauna, José

María ............................... 15.928.386

H Argote Alarcón, Jorge ................. 50.138.608

B Barutel Manaut, Carles ................ 39.137.380

B Béjar Carbonell, Rafael Javier .......... 22.641.269

H Castellana Valeri, Albert ............... 46.312.199

B Cejas Mohedano, Jesús ................ 75.603.043

B Domínguez González, Alfredo .......... 24.134.690

H Esquembre Poveda, José Miguel ....... 74.205.621

H Ferres Dordal, Miguel .................. 77.105.416

B García Goñi, Ana María ................ 50.541.692

H García Martínez, Roberto .............. 17.206.452

B García Rivas, Francisco José ........... 22.480.779

H Gil Moreno, María Gloria ............... 42.697.774

B Giménez Santos, Bernardino Fernando . 73.936.163

B González Finant, Carlos ................ 15.887.461

B González Forradellas, Fernando ........ 17.813.385

B-J Jiménez Reyes, Antonio ............... 30.433.988

E.2 López Escribano, José Luis ............. 51.319.976

H López Peraza, José Marcelino .......... 42.757.204

B Mendaro Dorantes, María del Castillo .. 31.634.546

H Moles Montoliu, Juan Luis ............. 18.934.475

H Muniz Espada, Esther .................. 9.299.857

H Navarrete Arancibia, Alejandro Donato . 33.885.679

H Porfirio Carpio, Leopoldo José ......... 28.858.587

B Pozo Fernández, María Isabel .......... 28.464.235

H Puig Pérez, Juan ....................... 36.549.058

B Redondo Huici, José María ............. 15.908.793

D-G-H Ruiz Quesada, María ................... 43.414.582

H Tamarit Palacios, Joan M. ............. 73.907.186

B Vázquez Robles, Jorge Ignacio ......... 37.661.940

H Vega Reina, Antonio ................... 33.862.962

H Villanueva Riu, Ignacio ................ 13.073.312

Causas de exclusión:

A: Instancia presentada fuera de plazo.

B: No aportar fotocopia del documento nacional de identidad.

C: No haber firmado la solicitud.

D: No justificar el abono de la tasa por derechos de examen

o realizarlo indebidamente.

E: No acreditar el derecho a la exención de la tasa por derechos

de examen (apartados E.1, E.2 y E.3 simultáneamente).

E.1: No acreditar correctamente la exención de la tasa por

derechos de examen, por no demostrar su condición de

demandante de empleo en los términos exigidos en la convocatoria.

E.2: No acreditar la ausencia de rechazo de oferta de empleo

adecuado ni la negativa a participar en acciones de promoción,

formación o reconversión profesionales en los términos exigidos

en la convocatoria.

E.3: No aportar declaración jurada de percepción de rentas

en los términos exigidos en la convocatoria.

E.4: No acreditar la discapacidad igual o superior al 33 por 100

en los términos exigidos en la convocatoria.

G: No presentar el impreso de solicitud normalizado.

H: No reunir o no justificar los años de servicio como jurista

en los términos exigidos reglamentariamente, no aportar

certificado del nombramiento como funcionario, o del Consejo General

de la Abogacía para los Letrados.

J: No aportar la documentación en la forma establecida en

la base primera B.1 de la convocatoria.

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