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Documento BOE-A-2001-16651

Resolución de 12 de junio de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda el inicio de expediente administrativo para la declaración de bien de interés cultural de la Antigua Cárcel Correccional de Oviedo (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 25 de agosto de 2001, páginas 32235 a 32235 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2001-16651

TEXTO ORIGINAL

Visto el acuerdo de la Comisión de Patrimonio Histórico de Asturias de 22 de mayo de 2001 por el que se informa favorablemente la incoación de expediente administrativo para la declaración de bien de interés cultural de la Antigua Cárcel Correccional de Oviedo;

Vistos la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/1999, de 15 de julio, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.

Incoar expediente administrativo para la declaración de bien de interés cultural de la Antigua Cárcel Correccional de Oviedo y continuar la tramitación del mismo de acuerdo con las disposiciones vigentes.

Segundo.

Comunicar al Ayuntamiento de Oviedo que la incoación del expediente determina la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en la zona donde se ubica el inmueble afectado, así como la suspensión también de los efectos de las que hayan sido otorgadas con anterioridad a esta Resolución y mientras dure la tramitación del expediente.

Tercero.

Solicitar del Ayuntamiento de Oviedo los expedientes de licencias que, de acuerdo con lo expresado en el apartado segundo, queden suspendidos y que por esa Corporación se proceda a notificar la suspensión a los promotores, constructores y técnicos directores de las obras así como dar cuenta al Registro de la Propiedad para su anotación preventiva.

Cuarto.

Que este acuerdo se notifique al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, 12 de junio de 2001.–El Consejero de Educación y Cultura, Francisco Javier Fernández Vallina.

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