En el procedimiento de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros, incoado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 12 de abril de 2001, ha resultado constatado que «De Rosa & Degrel, Sociedad Limitada» no ha comparecido ante esta Dirección General en el plazo de quince días para acreditar quién es la persona que ejerce las funciones de dirección técnica, requisito necesario para la conservación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros.
En consecuencia, con arreglo a lo establecido en el artículo 19.1.b) de la Ley 9/1992, de Mediación en Seguros Privados, se procede a revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de correduría de seguros a «De Rosa & Degrel, Sociedad Limitada» y a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según exige el artículo 19.2 de la citada Ley 9/1992.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Economía en el plazo de un mes, desde su notificación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 12 de julio de 2001.–La Directora general, María del Pilar González de Frutos.
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