De conformidad con lo establecido en las bases 10.5 y 10.6
de la Orden de 26 de noviembre de 1999, por la que se convocaron
pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la
Administración de Justicia, publicada en el "Boletín Oficial del
Estado" de 10 de diciembre de 1999 y hecha pública en el "Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña" de 7 de enero de 2001,
resuelvo:
1. Hacer pública la relación de plazas desiertas de Cataluña
(anexo 1) que se ofrecen a los aspirantes aprobados, por este
ámbito territorial, por la Resolución de 21 de abril de 2001 de
la Secretaría de Estado de Justicia.
2. Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito
se dirigirán a la Directora general de Relaciones con la
Administración de Justicia del Departamento de Justicia de la
Generalidad de Cataluña, y se presentarán en el plazo de los diez días
naturales siguientes a la publicación de esta Resolución en el
"Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a partir
del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del
Estado", en el caso de que la publicación de esta Resolución no
sea simultánea en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña" en el Registro General del
Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona).
También se podrán enviar por los medios previstos en el
artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Las solicitudes se formalizarán según el modelo que
aparece como anexo 2 de esta Resolución, y de acuerdo con las
siguientes instrucciones:
En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta un máximo
de puestos de trabajo igual al número de orden alcanzado en
el ámbito territorial por el que se ha concurrido en estas pruebas
selectivas, y en el que se indicará el centro de trabajo (órgano,
localidad y puesto de trabajo).
En caso de que no le correspondan ninguno de los destinos
especificados de esta forma, se seguirá el orden de preferencia
por provincias que los interesados señalen en el modelo.
Dentro de cada provincia los destinos serán adjudicados por
el siguiente orden:
1. Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
2. Audiencias Provinciales.
3. Fiscalías.
4. Juzgados de Instrucción.
5. Juzgados Penales.
6. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
7. Juzgados de Primera Instancia.
8. Juzgados Contencioso-Administrativos.
9. Juzgados Sociales.
10. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
11. Juzgados de Menores.
12. Juzgados de Paz.
4. Ningún aspirante podrá anular ni modificar su instancia
una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
5. De no formular solicitud de plazas o no corresponderle
ninguna de las solicitadas, el Consejero de Justicia procederá a
destinar al aspirante, con carácter forzoso, a cualquiera de las
plazas no adjudicadas.
6. La adjudicación de los destinos se hará con carácter
forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las
pruebas selectivas por el ámbito territorial de Cataluña.
7. Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Justicia en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación
en el último diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución
se haga pública ; o bien podrán impugnarla directamente mediante
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el último
diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la
Generalidad de Cataluña"), ante el Juzgado
Contencioso-Administrativo competente de Barcelona, de conformidad con lo
establecido en los artículos 14.2 y 25 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la
defensa de sus intereses.
De acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial
del Estado" del 27), y con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
la interposición de los recursos contenciosos-administrativos se
notificarán a los interesados mediante su publicación en el "Diario
Oficial de la Generalidad de Cataluña" y mediante su exposición
en los tablones de anuncios de los siguientes órganos: Servicios
Centrales del Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81,
08010 Barcelona) ; Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona
Ciudad (calle Pau Claris, 158, ático, 08009 Barcelona) ; Gerencia
de Apoyo Judicial de Barcelona Comarcas (avenida Josep
Tarradellas, 179, 08901 L'Hospitalet de Llobregat) ; Delegaciones
Territoriales del Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89,
17005 Girona) ; de Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida), y
de Tarragona (calle Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002
Tarragona) ; Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (paseo Lluís
Companys, 14-16, 08018 Barcelona) ; Audiencias Provinciales de
Barcelona (paseo Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona), de
Girona (plaza de la Catedral, 2, 17004 Girona), de Lleida (rambla
Ferran, 13, 25001 Lleida), y Tarragona (avenida Lluís
Companys, 10, 43005 Tarragona) ; Decanatos de Barcelona (paseo
Lluís Companys, 1-5, 08003 Barcelona), de Girona (avenida
Ramón Folch, 4-6, 17001 Girona), de Lleida (edificio Canyeret,
calle la Parra, 21, 25007 Lleida), y de Tarragona (avenida Lluís
Companys, 10, 43005 Tarragona) ; Clínica Médico Forense (ronda
Sant Pere, 35, 08010 Barcelona) ; Instituto Anatómico Forense
(calle Enric Casanovas, 143, 08036 Barcelona) ; y en las Fiscalías
de Barcelona (calle Pau Claris, 160, 08009 Barcelona), de Girona
(plaza de la Catedral, 2, 17004 Girona), de Lleida (edificio
Canyeret, calle la Parra, 21, 25007 Lleida), y de Tarragona (avenida
Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona).
Barcelona, 6 de julio de 2001.-El Consejero, Josep-D. Guàrdia
i Canela.
ANEXO (ver imágenes páginas 27087 a 27091).
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